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Evolucin de la normativa vigente. Constituyen parte del cuerpo normativo vigente:Las partes no modificadas de las resoluciones precitadas.La Resolucin Conjunta M.P. N 157/2003 y M.E. N 255/2003, que lo restituy y modific, y la Resolucin M.E.P. N 83/2003, que complementa condiciones, requis
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1. RGIMEN DE IMPORTACIN DE LNEAS DE PRODUCCIN USADAS. Resumen actualizado de sus caractersticas principales LEGISLACIN
El rgimen es creado por la Resolucin (ex M.E). N 511, del 29/06/2000.
La Autoridad de Aplicacin fue asignada a la entonces Secretara de Industria, Comercio y Minera, dependiente del Ministerio de Economa, quien en uso de sus facultades dicta la Reglamentaria: Resolucin SICM N 272 del 22/12/2000. El rgimen creado fue definido con vigencia transitoria y por perodos expresamente dispuestos. Tuvo, con ciertas modificaciones normativas, vigencia durante el ao 2001. No tuvo vigencia en el ao 2002 y fue restituido con modificaciones acordes con un nuevo ciclo econmico nacional en el ao 2003.
2. Evolucin de la normativa vigente Constituyen parte del cuerpo normativo vigente:
Las partes no modificadas de las resoluciones precitadas.
La Resolucin Conjunta M.P. N 157/2003 y M.E. N 255/2003, que lo restituy y modific, y la Resolucin M.E.P. N 83/2003, que complementa condiciones, requisitos y fija el vencimiento del rgimen al 31/12/2003.
Ese mismo ao se dict la Disposicin de la Subsecretara de Industria S.S.I. N 15/2003, con alcance para la evaluacin de los proyectos en anlisis.
En 2004, se reinicia el rgimen con la Resolucin M.E.P N 353/2004 (B.O. 27/05/2004). Se dicta la Res. M.E.P N 583/2004. Ambas resoluciones modifican condiciones del rgimen. Se fija el vencimiento del rgimen al 31/12/2005.
Se dicta La Resolucin S.I.C. y PyME de reglamentacin de la adquisicin de bienes importados mediante contratos de leasing.
En 2006 se reinicia la vigencia del rgimen por intermedio de la Res. M.E.P. N 78/2006. Modifica condiciones del rgimen y fija su vencimiento al 31/12/2006.
3. RGIMEN DE IMPORTACIN DE LNEAS DE PRODUCCIN USADAS. Resumen actualizado de sus caractersticas principales La Resolucin ex ME N 511/2000 estableci un rgimen especial de importacin de bienes de uso, de condicin usados, para inversiones en activo fijo y con desgravacin arancelaria, en la medida que los mismos fueran parte constitutiva principal de una lnea de produccin completa y autnoma a instalarse, e imprescindibles para la realizacin de un proceso productivo destinado a producir bienes tangibles.
La mencionada lnea de produccin, a su vez, deber ser parte de una nueva planta industrial o implicar la ampliacin, diversificacin o modernizacin de una planta industrial existente.
4. RGIMEN DE IMPORTACIN DE LNEAS DE PRODUCCIN USADAS. Resumen actualizado de sus caractersticas principales El aspecto particular de este rgimen consiste en autorizar importaciones desgravadas de bienes usados, que al mismo tiempo acrediten el cumplimiento de condiciones fijadas de antigedad y vida til y de aseguramiento de la calidad.
Adems del encuadre tcnico mencionado, son otras condiciones explcitas para los proyectos presentados en este rgimen, las siguientes:
Mediante el presente Rgimen no podrn ingresarse al pas bienes o componentes de bienes comprendidos dentro del marco de la Ley N 24.051 y sus modificatorias de RESIDUOS PELIGROSOS y de la Ley N 24.040 de COMPONENTES QUIMICOS. Se requiere una declaracin jurada por parte del peticionante en la que se comprometa a cumplir esta condicin.
5. RGIMEN DE IMPORTACIN DE LNEAS DE PRODUCCIN USADAS. Resumen actualizado de sus caractersticas principales No podrn transferir a ttulo gratuito u oneroso, por el trmino de DOS (2) aos contados a partir de la fecha de puesta en rgimen del emprendimiento aprobado, los bienes adquiridos al amparo del presente Rgimen, ni enajenar total o parcialmente la empresa beneficiaria durante el perodo sealado oportunamente aprobado.
La Autoridad de Aplicacin, ante la comunicacin expresa por parte del beneficiario acerca de la intencin de enajenacin parcial o total de la empresa, resolver por excepcin su autorizacin mediante Resolucin, slo si los cambios operados, no afectan la continuidad del proyecto
La empresa beneficiaria deber llevar un registro en sus libros contables a travs de cuentas que individualicen stos bienes, las que debern contar con la leyenda "RESOLUCION N 511/00".
6. RGIMEN DE IMPORTACIN DE LNEAS DE PRODUCCIN USADAS. Resumen actualizado de sus caractersticas principales Las autorizaciones de importacin que se otorguen en virtud del presente Rgimen tendrn vigencia por UN (1) ao, facultndose a la Autoridad de Aplicacin a ampliar este plazo en los casos en que el Informe Tcnico presentado por la empresa dictamine la imposibilidad de llevar a cabo el proyecto en ese plazo.
Los bienes a importar estarn sujetos al Rgimen de comprobacin de destino por el trmino de DOS (2) aos desde la fecha de la importacin, tiempo al cual se le adicionar el correspondiente a la puesta en rgimen de la lnea de produccin. Al trmino del plazo establecido de dos aos posteriores a la puesta en marcha del proyecto, se debe verificar el cumplimiento de los requisitos contrados y objetivos declarados, sobre la base de los informes de las auditoras obligatorias que realizan la Autoridad de Aplicacin y el INTI. Asimismo la Direccin General de Aduanas debe informar en el sentido de si la operatoria de importacin de los bienes fue cumplida en forma satisfactoria.
7. RGIMEN DE IMPORTACIN DE LNEAS DE PRODUCCIN USADAS. Resumen actualizado de sus caractersticas principales Se estableci que los bienes usados que correspondan a los proyectos presentados en el presente Rgimen tributarn un Derecho de Importacin Extrazona (DIE) del SEIS POR CIENTO (6%), lo cual ha regido para las importaciones desde el ao 2005. Esto constituye un significativo beneficio teniendo en cuenta los aranceles que fija el Rgimen general de importacin de bienes usados (Resolucin N 909 de fecha 29 de julio de 1994 del ex-M.E. y O y S. P. y sus modificatorias)
Los requisitos particulares del rgimen se concentran en el Artculo 6 de la Res. ex M.E. N 511/2000. Han variado en el tiempo de acuerdo a las modificaciones normativas.
8. RGIMEN DE IMPORTACIN DE LNEAS DE PRODUCCIN USADAS. Resumen actualizado de sus caractersticas principales REQUISITOS
Deben exhibirse los fundamentos y respaldos que exhiban las caractersticas de un proyecto econmicamente competitivo.
Que la inversin del proyecto incluya la adquisicin de bienes, equipos e instalaciones de origen nacional en una determinada proporcin del valor de los bienes importados del proyecto, que desde el ao 2005 fue establecida en el 40%. De este porcentaje dos tercios (26,7%) deben ser bienes de capital, es decir maquinarias y equipamiento que clasifiquen el Anexo XVII del Decreto 690/2002. El otro tercio puede integrarse con otro tipo de bienes de uso nuevos de origen nacional y / o reparaciones sobre los bienes de capital, en ambos casos con destino a la actividad fabril de la empresa.
9. RGIMEN DE IMPORTACIN DE LNEAS DE PRODUCCIN USADAS. Resumen actualizado de sus caractersticas principales Tener aprobado un Sistema de Gestin y Aseguramiento de la Calidad para la actividad a desarrollar con la lnea productiva del proyecto. O un compromiso de certificacin del mismo.
Presentar un programa de desarrollo de proveedores.
Presentar un dictamen tcnico de un organismo especializado en el tipo de proyecto solicitado por el peticionario. El objetivo del mismo es contar con la opinin autorizada e idnea de un organismo de reconocida solvencia tcnica (Universidad Nacional u Organismo dependiente del Estado Nacional), que evale las caractersticas relevantes del emprendimiento.
10. RGIMEN DE IMPORTACIN DE LNEAS DE PRODUCCIN USADAS. Instrumentos y Actos Administrativos CERTIFICADO DE TRMITE
Una vez formalizada la presentacin de la documentacin completa del proyecto industrial a esta Secretara surge en casi todos los casos la urgencia de los despachos de las importaciones de los bienes respectivos cuando se est en el periodo de la evaluacin. A fin de atender esa solicitud se cre el Certificado de Trmite. Consiste en una autorizacin que otorga la Direccin Nacional de Gestin Comercial Externa que habilita el despacho a plaza de los bienes de origen importado, al amparo del rgimen, constituyendo la empresa una garanta a satisfaccin de la Direccin General de Aduanas por el diferencial de aranceles no pagados. Este Certificado no presume la aprobacin o desaprobacin del proyecto, ni constituye principio de otorgamiento alguno de los beneficios del rgimen.
11. RGIMEN DE IMPORTACIN DE LNEAS DE PRODUCCIN USADAS. Instrumentos y Actos Administrativos DICTAMEN CONJUNTO
El producto de las evaluaciones que las distintas reas intervinientes realizan sobre el proyecto presentado constituyen la base y antecente de la dictaminacin conjunta que establece la reglamentacin de esta Secretara. El Dictamen Conjunto es suscripto por la Direccin Nacional de Gestin Comercial Externa y la Direccin Nacional de Industria.
En el mbito de la Subsecretara de Industria se dict la Disposicin N 15/2003 que establece los lineamientos de la evaluacin y circunscribe los temas tcnicos y econmicos de particular incumbencia.
Es dable destacar que deben observarse requisitos de orden administrativo y legal de las presentaciones, que recaen en las reas de responsabilidad especfica sobre tales materias.
12. RGIMEN DE IMPORTACIN DE LNEAS DE PRODUCCIN USADAS. Instrumentos y Actos Administrativos RESOLUCIN APROBATORIA
Las solicitudes que demuestran su aptitud para la aprobacin son elevadas con un Proyecto de Resolucin secretarial (elaborado en el mbito de la Subsecretara de Poltica y Gestin Comercial) en el que se inscriben las condiciones generales del rgimen y las particulares del proyecto promovido.
El proyecto es aprobado con la sancin de la Resolucin respectiva, por la Secretara de Industria, Comercio y de la Pequea y Mediana Empresa.
13. RGIMEN DE IMPORTACIN DE LNEAS DE PRODUCCIN USADAS. Instrumentos y Actos Administrativos CIRCUITO ADMINISTRATIVO
La empresa presenta la documentacin en la Mesa General de Entradas de la Secretara dirigida a la Direccin Nacional de Gestin Comercial Externa. Simultneamente, deber efectuar una presentacin ante la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS dependiente de la AFIP.
El expediente es intervenido e informado por rea tcnica de la Direccin de Promocin de las exportaciones. Esta misma rea confecciona un proyecto de Dictamen conjunto y Resolucin. En los casos que se justifique una urgencia del despacho a plaza de los bienes a importar y a pedido de la empresa, confecciona un Certificado de Trmite.
14. RGIMEN DE IMPORTACIN DE LNEAS DE PRODUCCIN USADAS. Instrumentos y Actos Administrativos CIRCUITO ADMINISTRATIVO
El expediente es enviado a la Direccin Nacional de Industria, cuya rea de evaluacin tcnica interviene e informa de acuerdo a las pautas de la Disposicin S.S.I. N 15/2003.
El procedimiento incluye un pase a la Direccin de Legales del rea de Industria, Comercio y PyME, tanto para la suscripcin de la Resolucin como la del mencionado certificado de Trmite. Este ltimo es emitido y suscripto por la Direccin Nacional de Gestin Comercial Externa.
15. RGIMEN DE IMPORTACIN DE LNEAS DE PRODUCCIN USADAS. Instrumentos y Actos Administrativos
CIRCUITO ADMINISTRATIVO
Se somete a consideracin de las dos Direcciones Nacionales mencionadas la aprobacin de un Dictamen Conjunto y de aprobarse el proyecto presentado se eleva para la suscripcin del Secretario de Industria, Comercio y Pyme una Resolucin Secretarial.
16. RGIMEN DE IMPORTACIN DE BIENES INTEGRANTES DE GRANDES PROYECTOS DE INVERSIN - LNEAS DE PRODUCCIN NUEVAS -Resumen actualizado de sus caractersticas principales LEGISLACIN ESPECFICA
El rgimen es creado por la Resolucin (ex M.E.) N 256, del 03/4/2000.
La Autoridad de Aplicacin fue asignada a la entonces Secretara de Industria, Comercio y Minera, dependiente del Ministerio de Economa, quien, en uso de sus facultades, dicta la resolucin reglamentaria: Resolucin SICM N 204 del 05/05/2000.
17. RGIMEN DE IMPORTACIN DE BIENES INTEGRANTES DE GRANDES PROYECTOS DE INVERSIN - LNEAS DE PRODUCCIN NUEVAS -Resumen actualizado de sus caractersticas principales MODIFICACIONES NORMATIVAS
Resolucin M.E. N 1089 del 28 de diciembre de 2000.
Resolucin M.E. N 8 del 23 de marzo de 2001.
Resolucin M.E. N 216 del 2 de mayo de 2003.
Disposicin reglamentaria de la Subsecretara de Industria: Disposicin S.S.I. N 15/2003.
18. RGIMEN DE IMPORTACIN DE BIENES INTEGRANTES DE GRANDES PROYECTOS DE INVERSIN - LNEAS DE PRODUCCIN NUEVAS -Resumen actualizado de sus caractersticas principales
El Rgimen est destinado a empresas industriales que cuenten con un proyecto de inversin en la actividad manufacturera de mejoramiento de su competitividad. Los bienes susceptibles de ser importados al amparo del beneficio promocional deben ser nuevos, formar parte exclusivamente de una nueva lnea de produccin completa y autnoma, estar comprendidos dentro del predio (o mbito) en que funciona la empresa y ser imprescindibles para la realizacin del proceso productivo objeto de la peticin.Tambin se incluyen en el beneficio los bienes nuevos destinados al tratamiento y/o eliminacin de sustancias contaminantes del aire, suelo y/o agua.
Los bienes de la lnea a instalarse deben a su vez, estar afectados directamente a Nuevas Plantas Industriales, o a Ampliaciones y / o Modernizacin de Plantas Existentes, destinadas a la produccin manufacturera.
19. RGIMEN DE IMPORTACIN DE BIENES INTEGRANTES DE GRANDES PROYECTOS DE INVERSIN - LNEAS DE PRODUCCIN NUEVAS -Resumen actualizado de sus caractersticas principales CONDICIONES EXPLCITAS
Mediante el presente Rgimen no podrn ingresarse al pas bienes o componentes de bienes comprendidos dentro del marco de la Ley N 24.051 y sus modificatorias de RESIDUOS PELIGROSOS y de la Ley N 24.040 de COMPONENTES QUIMICOS. Se requiere una declaracin jurada por parte del peticionante en la que se comprometa a cumplir esta condicin.
No podrn transferir a ttulo gratuito u oneroso, por el trmino de DOS (2) aos contados a partir de la fecha de puesta en rgimen del emprendimiento aprobado, los bienes adquiridos al amparo del presente Rgimen, ni enajenar total o parcialmente la empresa beneficiaria durante el perodo sealado. La Autoridad de Aplicacin ante la comunicacin expresa por parte del beneficiario acerca de la intencin de enajenacin parcial o total de la empresa, resolver por excepcin su autorizacin mediante Resolucin, slo si los cambios operados, no afectan la continuidad del proyecto oportunamente aprobado.
20. RGIMEN DE IMPORTACIN DE BIENES INTEGRANTES DE GRANDES PROYECTOS DE INVERSIN - LNEAS DE PRODUCCIN NUEVAS -Resumen actualizado de sus caractersticas principales CONDICIONES EXPLCITAS
La empresa beneficiaria deber llevar un registro en sus libros contables a travs de cuentas que individualicen stos bienes, las que debern contar con la leyenda "RESOLUCION N 256/00".
Las autorizaciones de importacin que se otorguen en virtud del presente Rgimen tendrn vigencia por UN (1) ao, facultndose a la Autoridad de Aplicacin a ampliar este plazo en los casos en que el Informe Tcnico presentado por la empresa dictamine la imposibilidad de llevar a cabo el proyecto en ese plazo.
Los bienes a importar estarn sujetos al Rgimen de comprobacin de destino por el trmino de DOS (2) aos desde la fecha de la importacin, tiempo al cual se le adicionar el correspondiente a la puesta en rgimen de la lnea de produccin.
21. RGIMEN DE IMPORTACIN DE BIENES INTEGRANTES DE GRANDES PROYECTOS DE INVERSIN - LNEAS DE PRODUCCIN NUEVAS -Resumen actualizado de sus caractersticas principales CONDICIONES EXPLCITAS
Al trmino de los plazos establecidos: dos aos posteriores a la puesta en marcha del proyecto, se debe verificar el cumplimiento de los requisitos contrados y objetivos declarados, sobre la base de los informes de las auditoras obligatorias que realizan la Autoridad de Aplicacin y el INTI. Asimismo la Direccin General de Aduanas debe informar en el sentido de si la operatoria de importacin de los bienes fue cumplida en forma satisfactoria.
22. RGIMEN DE IMPORTACIN DE BIENES INTEGRANTES DE GRANDES PROYECTOS DE INVERSIN - LNEAS DE PRODUCCIN NUEVAS -Resumen actualizado de sus caractersticas principales BENEFICIOS Y REQUISITOS
Los bienes que se importen de extrazona al amparo del Rgimen, que sean integrantes del proyecto abonan un CERO POR CIENTO (0%) en concepto de derecho de importacin (DIE).
Asimismo, se puede importar en concepto de repuestos, bajo los beneficios establecidos, hasta un valor FOB no superior al CINCO POR CIENTO (5%) del valor FOB total de los bienes a importar.
23. RGIMEN DE IMPORTACIN DE BIENES INTEGRANTES DE GRANDES PROYECTOS DE INVERSIN - LNEAS DE PRODUCCIN NUEVAS -Resumen actualizado de sus caractersticas principales REQUISITOS
Los requisitos particulares del rgimen se concentran en el Artculo 5 de la Res. ex M.E. N 256/2000. Han variado de acuerdo a las modificaciones normativas. El plexo normativo vigente establece las siguientes:
Adquirir bienes de uso nuevos de origen local por un monto igual o superior al VEINTE POR CIENTO (20%) del valor total de aquellos bienes nuevos importados al amparo del presente rgimen. La mitad de dicha proporcin deben ser bienes de capital, es decir maquinarias y equipos as clasificados.
Tener aprobado un Sistema de Gestin y Aseguramiento de la Calidad para la actividad a desarrollar con la lnea productiva del proyecto. O un compromiso de certificacin del mismo.
24. RGIMEN DE IMPORTACIN DE BIENES INTEGRANTES DE GRANDES PROYECTOS DE INVERSIN - LNEAS DE PRODUCCIN NUEVAS -Resumen actualizado de sus caractersticas principales REQUISITOS
Presentar un dictamen tcnico de un organismo especializado en el tipo de proyecto solicitado por el peticionario. El objetivo del mismo es contar con la opinin autorizada e idnea de un organismo de reconocida solvencia tcnica (Universidad Nacional u Organismo dependiente del Estado Nacional), que evale las caractersticas relevantes del emprendimiento.
25. RGIMEN DE IMPORTACIN DE BIENES INTEGRANTES DE GRANDES PROYECTOS DE INVERSIN - LNEAS DE PRODUCCIN NUEVAS -Instrumentos y Actos Administrativos CERTIFICADO DE TRMITE
Una vez formalizada la presentacin de la documentacin completa del proyecto industrial a esta Secretara surge en casi todos los casos la urgencia de los despachos de las importaciones de los bienes respectivos cuando se est en el periodo de la evaluacin. A fin de atender esa solicitud se cre el Certificado de Trmite. Consiste en una autorizacin que otorga la Direccin Nacional de Gestin Comercial Externa que habilita el despacho a plaza de los bienes de origen importado, al amparo del rgimen, constituyendo una garanta a satisfaccin de la Direccin General de Aduanas por el diferencial de aranceles no pagados. Este Certificado no presume la aprobacin o desaprobacin del proyecto, ni constituye principio de otorgamiento alguno de los beneficios del rgimen.
26. RGIMEN DE IMPORTACIN DE BIENES INTEGRANTES DE GRANDES PROYECTOS DE INVERSIN - LNEAS DE PRODUCCIN NUEVAS -Instrumentos y Actos Administrativos DICTAMEN CONJUNTO
El producto de las evaluaciones que las distintas reas intervinientes realizan sobre el proyecto presentado son la base racional de la dictaminacin conjunta que establece la reglamentacin de esta Secretara. El Dictamen Conjunto es suscripto por la Direccin Nacional de Gestin Comercial Externa y la Direccin Nacional de Industria.
En el mbito de la Subsecretara de Industria se dict la Disposicin N 15/2003 que establece los lineamientos de la evaluacin y circunscribe los temas tcnicos y econmicos de particular incumbencia.
Es dable destacar que deben observarse requisitos de orden administrativo y legal de las presentaciones, que recaen en las reas de responsabilidad especfica sobre tales materias.
27. RGIMEN DE IMPORTACIN DE BIENES INTEGRANTES DE GRANDES PROYECTOS DE INVERSIN - LNEAS DE PRODUCCIN NUEVAS -Instrumentos y Actos Administrativos RESOLUCIN APROBATORIA
Las solicitudes que demuestran su aptitud para la aprobacin son elevadas con un Proyecto de Resolucin secretarial (elaborado en el mbito de la Subsecretara de Poltica y Gestin Comercial) en el que se inscriben las condiciones generales del rgimen y las particulares del proyecto promovido.
El proyecto es aprobado con la sancin de la Resolucin respectiva, por la Secretara de Industria, Comercio y de la Pequea y Mediana Empresa.
28. RGIMEN DE IMPORTACIN DE BIENES INTEGRANTES DE GRANDES PROYECTOS DE INVERSIN - LNEAS DE PRODUCCIN NUEVAS -Instrumentos y Actos Administrativos CIRCUITO ADMINISTRATIVO
La empresa presenta la documentacin en la Mesa General de Entradas de la Secretara dirigida a la Direccin Nacional de Gestin Comercial Externa. Simultneamente, deber efectuar una presentacin ante la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS dependiente de la AFIP.
El expediente es intervenido e informado por rea tcnica de la Direccin de Promocin de las exportaciones. Esta misma rea confecciona un proyecto de Dictamen conjunto y Resolucin. En los casos que se justifique una urgencia del despacho a plaza de los bienes a importar y a pedido de la empresa, confecciona un Certificado de Trmite.
29. RGIMEN DE IMPORTACIN DE BIENES INTEGRANTES DE GRANDES PROYECTOS DE INVERSIN - LNEAS DE PRODUCCIN NUEVAS -Instrumentos y Actos Administrativos CIRCUITO ADMINISTRATIVO
El expediente es enviado a la Direccin Nacional de Industria, cuya rea de evaluacin tcnica interviene e informa de acuerdo a las pautas de la Disposicin S.S.I. N 15/2003.
El procedimiento incluye un pase a la Direccin de Legales del rea de Industria, Comercio y PyME, tanto para la suscripcin de la Resolucin como la del mencionado Certificado de Trmite. Este ltimo es emitido y suscripto por la Direccin Nacional de Gestin Comercial Externa.
30. RGIMEN DE IMPORTACIN DE BIENES INTEGRANTES DE GRANDES PROYECTOS DE INVERSIN - LNEAS DE PRODUCCIN NUEVAS -Instrumentos y Actos Administrativos CIRCUITO ADMINISTRATIVO
Se somete a consideracin de las dos Direcciones Nacionales mencionadas la aprobacin de un Dictamen Conjunto y de aprobarse el proyecto presentado se eleva para la suscripcin del Secretario de Industria, Comercio y Pyme una Resolucin Secretarial.