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Mayo-2013

NOVEDADES EN LA GESTIÓN TELEMÁTICA DE LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Mayo-2013. INDICE GENERAL. 1.- Antecedentes normativos y última legislación promulgada. 2.- Novedades en el Sistema RED. 3.- Implantación del sistema de notificaciones telemáticas (NOTESS) en la TGSS.

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Presentation Transcript


  1. NOVEDADES EN LA GESTIÓN TELEMÁTICA DE LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Mayo-2013

  2. INDICE GENERAL 1.- Antecedentes normativos y última legislación promulgada. 2.- Novedades en el Sistema RED. 3.- Implantación del sistema de notificaciones telemáticas (NOTESS) en la TGSS. 4.- Servicios ofrecidos por el sistema RED a los trabajadores autónomos. Operativa. 5.- Operativa del sistema NOTESS. 6.- Conclusiones.

  3. INDICE GENERAL 1.- Antecedentes normativos y última legislación promulgada. 2.- Novedades en el Sistema RED. 3.- Implantación del sistema de notificaciones telemáticas (NOTESS) en la TGSS. 4.- Servicios ofrecidos por el sistema RED a los trabajadores autónomos. Operativa. 5.- Operativa del sistema NOTESS. 6.- Conclusiones.

  4. 1.- Antecedentes Normativos • Ley 11/2007 de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos y el Real Decreto 1671/2009 • Posibilita a las Administraciones Públicas establecer notificación Telemática Obligatoria. • Regula la notificación telemática por varios medios, entre ellos mediante comparecencia en la correspondiente sede electrónica

  5. 1.- Antecedentes Normativos • Disposición adicional quincuagésima del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (redacción Ley 32/2010): Establecimiento de notificaciones de actos administrativos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos Las notificaciones por medios electrónicos, informáticos o telemáticos de actos administrativos en el ámbito de la SS se efectuarán en la SEDESS 1 Los sujetos obligados serán los determinados por Ministerio de Empleo y Seguridad Social así como quienes, sin estar obligados, hubiesen optado por dicha clase de notificación 2 Los sujetos no obligados a ser notificados por vía telemática en la SEDESS y que no opten por dicha forma de notificación, serán notificados en el domicilio indicado para cada procedimiento, y en su defecto, en el que figure en los registros de la Administración de la SS 3 Las notificaciones de los actos administrativos que traigan causa o se dicten como consecuencia de los datos que deban comunicarse electrónicamente a través de Sistema RED, realizadas a los autorizados para dicha transmisión, se efectuarán obligatoriamente en la SEDESS, siendo válidas y vinculantes a todos los efectos legales para las empresas y sujetos obligados, salvo que estos últimos hubiesen manifestado su preferencia porque dicha notificación se les efectúe directamente a ellos o a un tercero 4

  6. 1.- Antecedentes Normativos • Orden ESS/484/2013, de 26 de marzo, por la que se regula el Sistema de remisión electrónica de datos en el ámbito de la Seguridad Social. (B.O.E. de 28 de marzo) • Orden ESS/485/2013, de 26 de marzo, por la que se regulan las notificaciones y comunicaciones por medios electrónicos en el ámbito de la Seguridad Social. (B.O.E. de 28 de marzo) • Orden ESS/486/2013, de 26 de marzo, por la que se crea y regula el Registro electrónico de apoderamientos de la Seguridad Social para la realización de trámites y actuaciones por medios electrónicos. (B.O.E. de 28 de marzo) • Resolución de 17 de abril de 2013, de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, por la que se fija la fecha a partir de la cual determinadas actuaciones de exacción forzosa emitidas por la T.G.S.S. en su procedimiento recaudatorio se notificarán electrónicamente. (B.O.E. de 19 de abril)

  7. INDICE GENERAL 1.- Antecedentes normativos y última legislación promulgada. 2.- Novedades en el Sistema RED. 3.- Implantación del sistema de notificaciones telemáticas (NOTESS) en la TGSS. 4.- Servicios ofrecidos por el sistema RED a los trabajadores autónomos. Operativa. 5.- Operativa del sistema NOTESS. 6.- Conclusiones.

  8. 2.- Novedades Sistema RED Objetivo y Ámbito de actuación Materias: Inscripción de empresas, afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores, cotización y recaudación de empresas y trabajadores en el ámbito de la Seguridad Social en los términos y condiciones previstos en cada momento por la normativa aplicable a estas materias. Confirmación de partes médicos de baja, de confirmación de la baja y de alta correspondiente a procesos de incapacidad temporal cuya gestión esté encomendada a la entidad gestora o a la mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social, en los términos establecidos en la Orden TAS/399/2004, de 12 de febrero, sobre la presentación en soporte informático de los partes médicos de baja, confirmación de la baja y alta correspondientes a procesos de incapacidad temporal. Cualquier otra actuación que venga exigida en la normativa de la Seguridad Social, cuya gestión venga atribuida a la T.G.S.S. en la forma y con las especificaciones técnicas que establezca por resolución de su Director General. Las notificaciones de los actos administrativos derivados como consecuencia de los datos comunicados electrónicamente a través del Sistema RED se efectuarán en la sede electrónica de la Secretaría de Estado de la S.S. (disposición adicional quincuagésima LGSS) 1 2

  9. 2.- Novedades Sistema RED Ámbito de aplicación Subjetivo • OBLIGADOS A INCORPORARSE AL SISTEMA RED: • Las empresas, agrupaciones de empresas y demás sujetos responsables: • obligados a cotizar y encuadrados en cualquiera de los Regímenes del Sistema de la Seguridad Social. • con independencia del número de trabajadores que mantengan en alta. • RETAs, excepto SETAs (agrarios cuenta propia), que estén obligados a transmitir por el Sistema RED los datos relativos a sus trabajadores, estarán también obligados respecto de sus propios datos como trabajadores autónomos. • Las empresas, agrupaciones de empresas y demás sujetos obligados a cotizar encuadrados en los Sistemas Especiales del Régimen General, excepto el sistema especial de empleados de hogar. • PUEDEN SOLICITAR LA INCLUSIÓN VOLUNTARIAMENTE: • Los trabajadores autónomos, cualquiera que sea su actividad o la razón de inclusión del trabajador en el R.E.T.A.. • salvo los obligados de conformidad con lo dispuesto en el apartado anterior.

  10. INDICE GENERAL 1.- Antecedentes normativos y última legislación promulgada. 2.- Novedades en el Sistema RED. 3.- Implantación del sistema de notificaciones telemáticas (NOTESS) en la TGSS. 4.- Servicios ofrecidos por el sistema RED a los trabajadores autónomos. Operativa. 5.- Operativa del sistema NOTESS. 6.- Conclusiones.

  11. Servicio Notificaciones Telemáticas Procedimientos Sujetos a NOTESS • Reclamaciones de Deuda • Providencias de Apremio • Actos de Vía Ejecutiva • Procedimientos de Deducción • Aplazamientos Segundo Trimestre No habrá más notificaciones en papel de estos procedimientos para los sujetos responsables obligados a NOTESS Durante 2013 Adaptación a NOTESS de otros procedimientos y aplicaciones Incorporación de otros actos administrativos de la SS por Resolución SESS

  12. Servicio Notificaciones Telemáticas ¿Quiénes están obligados? Obligatoriedad Permanente Sujetos obligados a incorporarse al Sistema RED, con independencia de que sus CCCs estén de alta o baja Las Mutuas de accidente de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social, así como sus entidades y centros mancomunados Obligatoriedad no permanente Sujetos, que sin estar obligados a incorporarse al Sistema RED, se hayan adherido voluntariamente al mismo – mientras sigan incorporados al Sistema RED

  13. Servicio Notificaciones Telemáticas ¿Quién recibe la Notificación? La empresa siempre será objeto de la notificación correspondiente al CCC principal y el Autorizado REDy usuarios secundarios Salvo que la empresa: A través de SEDESS, determine que será el único receptor de la notificación telemática, o A través del Registro Electrónico de Apoderamiento –REAT-, designe a un tercero como receptor adicional

  14. Servicio Notificaciones Telemáticas Reglas Determinación Receptor 1º. La Empresa SIEMPRE 2º. Si tiene Apoderadotambién el Apoderado 3º. Si no tiene apoderado  al autorizado RED del CCC principal

  15. INDICE GENERAL 1.- Antecedentes normativos y última legislación promulgada. 2.- Novedades en el Sistema RED. 3.- Implantación del sistema de notificaciones telemáticas (NOTESS) en la TGSS. 4.- Servicios ofrecidos por el sistema RED a los trabajadores autónomos. Operativa. 5.- Operativa del sistema NOTESS. 6.- Conclusiones.

  16. Servicios Sistema RED a RETA SISTEMA RED RÉGIMEN ESPECIAL DE TRABAJADORES AUTÓNOMOS 16 ASIGNACIÓN NAFs A UNA AUTORIZACIÓN DEL SISTEMA RED 16

  17. Servicios Sistema RED a RETA Asignación/Rescisión CCCS/NAFs Con el fin de facilitar a los autorizados RED la gestión de sus autorizaciones, se ha puesto a su disposición, entre otras, la transacción ON LINE “Solicitar la asignación o rescisión de CCCs y NAFs “. El acceso a esta transacción se realiza a través de la web www.seg-social.es >> Acceso Sistema RED on-line. 17

  18. Servicios Sistema RED a RETA Asignación/Rescisión CCCS/NAFs A continuación se abre una nueva ventana en la que se deberá introducir el certificado SILCON y la contraseña para acceder al servicio. 18

  19. Servicios Sistema RED a RETA Asignación/Rescisión CCCS/NAFs Tras validar el usuario y la contraseña, la pantalla que aparece en la nueva ventana del navegador contiene un saludo de bienvenida con el nombre del usuario y las opciones que tiene disponibles, dentro de los “Servicios RED”. La transacción de Asignación de NAFs está ubicada dentro de la opción “Gestión de Autorizaciones”. 19

  20. Servicios Sistema RED a RETA Asignación/Rescisión CCCS/NAFs 20

  21. Servicios Sistema RED a RETA Asignación/Rescisión CCCS/NAFs Marcar la acción a realizar y pinchar en “Continuar” 21

  22. Servicios Sistema RED a RETA Asignación/Rescisión CCCS/NAFs Introducir el NAF y pulsar “Continuar” 22

  23. Servicios Sistema RED a RETA Asignación/Rescisión CCCS/NAFs Si el NAF introducido es correcto la pantalla mostrará “Nombre y apellidos” del autónomo y la observación “Correcto”. En caso contrario se indicará el error. Se puede modificar el N.A.F. erróneo situando el cursor en su casilla, tecleando el número correcto y pulsando “Continuar”, o se puede eliminar marcando el cuadro situado a la izquierda del mismo y pinchando en “Eliminar”. Para continuar con la asignación pulsar “Continuar” 23

  24. Servicios Sistema RED a RETA Asignación/Rescisión CCCS/NAFs 24

  25. Servicios Sistema RED a RETA Asignación/Rescisión CCCS/NAFs Pulsar “Continuar” para finalizar 25

  26. Servicios Sistema RED a RETA Asignación/Rescisión CCCS/NAFs Para completar la asignación de un NAFs a una autorización del Sistema RED, el afiliado debe confirmar la misma a través de la Sede Electrónica de la web de la Seguridad Social www.seg-social.es >> 26

  27. Servicios Sistema RED a RETA Asignación/Rescisión CCCS/NAFs 27

  28. Servicios Sistema RED a RETA Asignación/Rescisión CCCS/NAFs 28

  29. Servicios Sistema RED a RETA Asignación/Rescisión CCCS/NAFs 29

  30. Servicios Sistema RED a RETA Asignación/Rescisión CCCS/NAFs Seleccionar el Certificado Digital y “Aceptar” 30

  31. Servicios Sistema RED a RETA Asignación/Rescisión CCCS/NAFs 31

  32. Servicios Sistema RED a RETA Asignación/Rescisión CCCS/NAFs 32

  33. Servicios Sistema RED a RETA Asignación/Rescisión CCCS/NAFs Fin de la asignación 33

  34. Servicios Sistema RED a RETA SISTEMA RED RÉGIMEN ESPECIAL DE TRABAJADORES AUTÓNOMOS 34 ALTA/BAJA EN RETA A TRAVÉS DE UNA AUTORIZACIÓN DEL SISTEMA RED 34

  35. Servicios Sistema RED a RETA Alta/Baja AUTORIZADO RED La Tesorería General de la Seguridad Social en cumplimiento de su compromiso de ofrecer mayor calidad en los servicios a los empresarios, ha ampliado las funcionalidades que ofrece el Sistema RED, diseñando dos nuevas transacciones ON LINE que permiten solicitar el alta y baja en el Régimen Especial de Trabajadores por cuenta propia o Autónomos sin necesidad de acudir a las Administraciones de la Seguridad Social. Estas nuevas transacciones se incluyen dentro de los servicios RED on-line, a los que tienen acceso los autorizados, a través de la página web de la Seguridad Social. Para poder acceder a estas nuevas funcionalidades dicho autorizado deberá tener asignado el Número de Afiliación del trabajador al que se intenta dar de baja o alta en RETA. Además el trabajador debe tener un Número de Seguridad Social válido 35

  36. Servicios Sistema RED a RETA Alta/Baja AUTORIZADO RED El acceso a esta transacción se realiza a través de la web www.seg-social.es >> Acceso Sistema RED on-line. 36

  37. Servicios Sistema RED a RETA Alta/Baja AUTORIZADO RED A continuación se abre una nueva ventana en la que se deberá introducir el certificado SILCON y la contraseña para acceder al servicio. 37

  38. Servicios Sistema RED a RETA Alta/Baja AUTORIZADO RED Tras validar el usuario y la contraseña, la pantalla que aparece en la nueva ventana del navegador contiene un saludo de bienvenida con el nombre del usuario y las opciones que tiene disponibles, dentro de los “Servicios RED”. Las transacciones de ALTA/BAJA en RETA están ubicadas dentro de la opción “Inscripción y Afiliación Real”. 38

  39. Servicios Sistema RED a RETA Alta/Baja AUTORIZADO RED Con la selección de la opción Inscripción y Afiliación On-line Real se accede a la siguiente pantalla, en la que se encuentra disponible, dentro del menú de Actualizaciones , las solicitudes de Alta y Baja en RETA 39

  40. Servicios Sistema RED a RETA SOLICITUD DE ALTA EN RETA A TRAVÉS DEL SISTEMA RED ON-LINE 40

  41. Servicios Sistema RED a RETA Alta RED ON-LINE RECORDATORIO Para poder acceder a estas nuevas funcionalidades el autorizado debe tener asignado el Número de Afiliación del trabajador al que se quiere dar de alta en RETA. 41

  42. Servicios Sistema RED a RETA Alta RED ON-LINE Si los datos introducidos son correctos y el Número de Seguridad Social, se encuentra asignado al autorizado que está realizando el movimiento aparecerá una nueva pantalla: 42

  43. Servicios Sistema RED a RETA Alta RED ON-LINE Tras pulsar el botón “Continuar”, se accederá a la pantalla dónde se visualiza el domicilio de residencia del afiliado que figura en el Fichero General de Afiliación. En esta pantalla se ofrece la posibilidad de modificar dicho domicilio o continuar sin hacerlo. En caso de pulsar el botón “modificar” el Sistema muestra la siguiente pantalla: 43

  44. Servicios Sistema RED a RETA Alta RED ON-LINE DOMICILIO DE RESIDENCIA Indicar tipo de domicilio para “Continuar” 44

  45. Servicios Sistema RED a RETA Alta RED ON-LINE DOMICILIO DE RESIDENCIA Introducir datos del nuevo domicilio para “Continuar” 45

  46. Servicios Sistema RED a RETA Alta RED ON-LINE DOMICILIO DE RESIDENCIA En esta nueva pantalla se muestran los nuevos datos introducidos, pudiendo el usuario “Confirmar” o “Anular” la operación: En el supuesto de anular la operación, se retrocederá a la pantalla inicial de Solicitud de Cambio de Domicilio de Residencia 46

  47. Servicios Sistema RED a RETA Alta RED ON-LINE DOMICILIO DE RESIDENCIA En el caso de confirmar la operación aparecerá una pantalla en la que se indica que la modificación del domicilio se ha realizado correctamente: 47

  48. Servicios Sistema RED a RETA Alta RED ON-LINE Si se ha pulsado “Continuar”, surgirá una nueva ventana, que va a permitir modificar en este caso, el Domicilio de Autónomos (domicilio que el trabajador tiene asociado al RETA). Si en la pantalla inicial de Solicitud de Cambio de Residencia se eligió la opción “continuar”, es decir, si no se ha modificado el domicilio de residencia, se habrá llegado directamente a esta misma pantalla: El funcionamiento de esta opción es similar a la solicitud de cambio de domicilio de residencia, con la diferencia de que en este caso existe la posibilidad de indicar si el domicilio de autónomos será el domicilio a efectos de notificaciones. En caso de pulsar el botón “modificar”, aparecerá la siguiente pantalla: 48

  49. Servicios Sistema RED a RETA Alta RED ON-LINE DOMICILIO ASOCIADO A RETA 49

  50. Servicios Sistema RED a RETA Alta RED ON-LINE DOMICILIO ASOCIADO A RETA 50 Este proceso es igual al de cambio de domicilio con la salvedad del Indicador de Notificación que se deberá marcar “SI” o “NO” a dichos efectos 50

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