1 / 16

CLASES DE ACTOS JURIDICOS

CLASES DE ACTOS JURIDICOS. Abg. Wilver Caballero Condori Docente UAC. SEGÚN EL NUMERO DE MANIFESTACIONES DE VOLUNTAD. 1.- Unilaterales: Cuando para su formación basta la declaración de voluntad de una persona o parte.

urian
Télécharger la présentation

CLASES DE ACTOS JURIDICOS

An Image/Link below is provided (as is) to download presentation Download Policy: Content on the Website is provided to you AS IS for your information and personal use and may not be sold / licensed / shared on other websites without getting consent from its author. Content is provided to you AS IS for your information and personal use only. Download presentation by click this link. While downloading, if for some reason you are not able to download a presentation, the publisher may have deleted the file from their server. During download, if you can't get a presentation, the file might be deleted by the publisher.

E N D

Presentation Transcript


  1. CLASES DE ACTOS JURIDICOS Abg. Wilver Caballero Condori Docente UAC

  2. SEGÚN EL NUMERO DE MANIFESTACIONES DE VOLUNTAD 1.- Unilaterales: Cuando para su formación basta la declaración de voluntad de una persona o parte. 2.- Bilaterales: Cuando para su formación se requiere de las declaraciones de voluntad de dos partes distintas. 3.- Plurilaterales: Según Aníbal Torres son los que proceden de mas de dos partes.

  3. POR LA EFICACIA DEL ACTO JURIDICO EN VIDA O MUERTE DEL AUTOR 1.- Inter Vivos: O entre vivos, son aquellos cuya eficacia no pende de la muerte del autor del acto. 2.- Mortis Causa: Denominado de actos de ultima voluntad, son aquellos que para que produzcan efectos es necesario que se produzca la muerte del sujeto que lo llevaba a cabo.

  4. POR EL BENEFICIO PARA QUIENES EJECUTAN EL ACTO JURIDICO 1.- Gratuitos: Son aquellos que benefician exclusivamente a una sola de las partes. 2.- Onerosos: Son aquellos de los cuales se derivan ventajas para ambas partes.

  5. POR LA SUBORDINACION A UNA MODALIDAD 1.- Puros: O simples son aquellos que producen sus efectos de inmediato y sin limitaciones, constituyendo la regla general. 2.- Modales: Son aquellos cuyos efectos están subordinados a una modalidad (condición, plazo y modo).

  6. POR EL CONTENIDO PATRIMONIAL 1.- Patrimoniales: Son aquellos con los que se producen relaciones jurídicas con contenido económico. 2.- Extrapatrimoniales: O de índole personal, generan relaciones jurídicas personales, no susceptibles de apreciación pecuniaria.

  7. POR SU SUBSISTENCIA POR SI MISMO 1.- Principales: Son aquellos que subsisten por si mismos, sin necesidad de otro acto que les sirva de sustento o de apoyo. 2.- Accesorios: Son aquellos que para poder subsistir necesitan de un acto principal que les sirva de sustento o de apoyo, al cual acceden.

  8. POR LA FORMALIDAD 1.- Formales: Son aquellos para los que la ley ha previsto una formalidad, se dividen en: 1.1. Solemnes: Son aquellos para los que la ley ha previsto una formalidad, cuya inobservancia acarrea la nulidad del acto jurídico.

  9. POR LA FORMALIDAD 1.2. No Solemnes: Son aquellos para los que la ley ha previsto una formalidad, cuya inobservancia no acarrea la nulidad del acto jurídico. 2.- No Formales: Son aquellos para los que la ley no ha previsto ninguna formalidad.

  10. POR SU REGULACION 1.- Nominados: O típicos, son aquellos que por su trascendencia socioeconómica se encuentran regulados por la ley. 2.- Innominados: O atípicos, son aquellos que pese a no estar contemplados por el legislador, pueden adquirir existencia jurídica en aplicación del principio de la autonomía privada.

  11. POR SU SUBORDINACION AL ALEA 1.- Conmutativos: Son aquellas cuyas prestaciones se conocen desde el momento mismo de su celebración. 2.- Aleatorios: O riesgosos, porque las prestaciones no se conocen desde el momento de su celebración porque están sujetos al alea.

  12. POR EL MOMENTO DE EJECUCION DE LAS PRESTACIONES 1.- De ejecución instantánea: cuando las partes cumplen con ejecutar sus prestaciones en el momento mismo en que es perfeccionado. 2.- De ejecución diferida: Cuando las partes postergan el cumplimiento de sus obligaciones para un momento ulterior.

  13. POR EL MOMENTO DE EJECUCION DE LAS PRESTACIONES 3.- De tracto sucesivo: Cuando las obligaciones de las partes o de una de ellas, se desenvuelve a través de un periodo mas o menos prolongado, en forma continuada o periódica.

  14. POR LA TRADICION 1.- Consensuales: Son los actos bilaterales o plurilaterales no formales, que se perfeccionan con el simple consentimiento de las partes. 2.- Reales: Son aquellos que se perfeccionan con la entrega del bien.

  15. POR LAS PRESTACIONES 1.- Con prestaciones unilaterales: Una sola de las partes es la que se obliga a ejecutar una prestación a favor de la otra. 2.- Con prestaciones reciprocas: Son aquellos en los cuales ambas partes se obligan a ejecutar una prestación a favor de la otra.

  16. POR LA FACULTAD DE DISPOSICION 1.- De administración:El administrador solamente tiene el uso, goce, conservación y explotación del patrimonio que se le ha entregado. 2.- De disposición: Son aquellos con los cuales se modifica sustancialmente el patrimonio entregado porque se transfiere la propiedad de los bienes o porque se gravan.

More Related