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CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO

CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO. Visita in situ a Ecuador en el marco de la Cuarta Ronda de Análisis Del 1 al 3 de octubre de 2013 Quito, Ecuador Panel 16 Dirección de Asuntos Éticos, Participación Ciudadana y Control Patrimonial. Régimen de competencias y mecanismos

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  1. CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO Visita in situ a Ecuador en el marco de la Cuarta Ronda de Análisis Del 1 al 3 de octubre de 2013 Quito, Ecuador Panel 16 Dirección de Asuntos Éticos, Participación Ciudadana y Control Patrimonial

  2. Régimen de competencias y mecanismos de coordinación interinstitucional Artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador Las instituciones del Estado tienen el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución. En concordancia, el artículo 204 de la Carta Magna, señala que la Función de Transparencia y Control Social debe: promover e impulsar el control de las entidades y organismos del sector público, y de las personas naturales o jurídicas del sector privado que presten servicios o desarrollen actividades de interés público, para que los realicen con responsabilidad, transparencia y equidad; fomentar e incentivar la participación ciudadana; proteger el ejercicio y cumplimiento de los derechos; y prevenir y combatirla corrupción. La Función de Transparencia y Control Social estará formada por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, la Defensoría del Pueblo, la Contraloría General del Estado y las superintendencias.

  3. Régimen de competencias y mecanismos de coordinación interinstitucional De otra parte, el artículo 206 de la Norma Suprema, establece: “Los titulares de las entidades de la Función de Transparencia y Control Social conformarán una instancia de coordinación, y elegirán de entre ellos, cada año, a la Presidenta o Presidente de la Función”. En esta línea, la FTCS de la cual es parte la Contraloría General del Estado, ha elaborado un Plan Nacional de Prevención y Lucha Contra la Corrupción a ser implementado entre los años 2013 y 2017, con el objetivo de articular los esfuerzos institucionales en la lucha contra la corrupción en el Ecuador, a través de 6 políticas generales y 34 estrategias, alineadas con el Plan Nacional para el Buen Vivir. Adicionalmente la CGE coordina acciones con otras instituciones a través de la suscripción de convenios de cooperación institucional. Incop Defensoría del Pueblo Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, en temas de capacitación Sobre el control de personas jurídicas de derecho privado con participación estatal, la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado (artículo 4 inciso segundo), dispone que “Se evitará la superposición de funciones con otros organismos de control, sin perjuicio de estar obligados de actuar en el marco de sus competencias constitucionales y legales, de manera coordinada, conjunta y/o simultánea”.

  4. Difusión de objetivos y funciones Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 337 de 18 de mayo de 2004: Art. 7.- Por la transparencia en la gestión administrativa que están obligadas a observar todas las instituciones del Estado que conforman el sector público en los términos del artículo (118) 225 de la Constitución (Política) de la República y demás entes señalados en el artículo 1 de la presente Ley, difundirán a través de un portal de información o página web, así como de los medios necesarios a disposición del público, implementados en la misma institución, la información mínima actualizada, que para efectos de dicha Ley, se la considera de naturaleza obligatoria. A base del citad mandato, la Contraloría General del Estado difunde toda la información institucional a través de un portal de información en su página WEB, www.contraloria.gob.ec. Desde el año 2009 hasta la fecha la CGE mantiene el 100% de cumplimiento de la LOTAIP, cumpliendo los parámetros establecidos en el literal del artículo 11 de dicha ley. El monitoreo y seguimiento lo realizan la Defensoría del Pueblo, como instancia estatal y la Corporación de Participación Ciudadana (durante la vigencia del Proyecto de Vigilancia de la Gestión Pública).

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