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Diego Vio Jefe de la División Jurídica del Ministerio de Minería Santiago, 11 de junio de 2007

Licitación para la E&P de Hidrocarburos en Magallanes. Diego Vio Jefe de la División Jurídica del Ministerio de Minería Santiago, 11 de junio de 2007.

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Diego Vio Jefe de la División Jurídica del Ministerio de Minería Santiago, 11 de junio de 2007

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Presentation Transcript


  1. Licitación para la E&P de Hidrocarburos en Magallanes Diego Vio Jefe de la División Jurídica del Ministerio de Minería Santiago, 11 de junio de 2007

  2. Constitución Política de 1980 (Art. 19 N° 24 incisos 6 & 10) Establece el dominio absoluto, exclusivo, e inalienable de los depósitos de hidrocarburos D. F. L. Nº 302 de 1960: Establece que el Ministerio de Minería representa al Presidente de la República para el conocimiento, negociación y suscripción de los CEOPs. D.F.L. N° 2 de 1987: Establece las normas generales respecto a Contratos Especiales de Operación CEOPs D.L. 2224 de 1978: Ley que crea la Comisión Nacional de Energía D.F.L N°1 de 1986: Ley Orgánica de ENAP CEOPs: Marco Jurídico Aplicable

  3. Régimen tributario: Ley de la Renta vigente a la fecha de suscripción del contrato, o… Impuesto calculado sobre el monto de la retribución equivalente a un 50% de dicha retribución 2) Disponibilidad de divisas generadas por concepto de la retribución, exportaciones de hidrocarburos y venta de equipos y otros bienes de propiedad del Contratista CEOPs: Normas Aplicables (I)

  4. Régimen impositivo aplicable a los subcontratistas extranjeros (tasa del 20%) Régimen de internación de las máquinas, aparatos, equipos, herramientas, etc, para el cumplimiento del trabajo petrolero, entre otras materias. CEOPs: Normas Aplicables (II) El régimen, beneficios, franquicias y exenciones permanecerán invariables durante la vigencia del CEOP

  5. La Licitación

  6. Los D.S dictados por la Presidenta de la República para cada uno de los bloques, determinaron llamar a una licitación pública para invitar a empresas nacionales e internacionales a concursar en el proceso de adjudicación de CEOPs en la Cuenca de Magallanes, con el objetivo de: La Licitación (I) • Determinar la persona del Contratista para cada uno de los diez bloques • Suscribir el contrato con la mejor oferta en términos de inversión, trabajos comprometidos y retribución esperada Las Bases de Licitación fueron tomadas de razón por la Contraloría General de la República con fecha 30 de mayo de 2007.

  7. Características: Proceso público y abierto Transparente Reglado Pueden participar sociedades nacionales o extranjeras, estatales y privadas que gocen de personalidad jurídica de acuerdo con las leyes de su país, asociaciones o consorcios, de reconocida capacidad técnica y financiera. La Licitación (III)

  8. El proceso de licitación será administrado por el Comité Especial de Licitación (CEL) compuesto por: Subsecretaria de Minería, quién lo presidirá. Secretario Ejecutivo de la Comisión Nacional de Energía Jefe División Jurídica Ministerio de Minería Jefe del Área Hidrocarburos de la Comisión Nacional de Energía Un representante del Ministerio de Hacienda Un representante del Ministerio de Economía. Administración del proceso (I)

  9. Funciones del CEL: Velar por el fiel cumplimiento de los procedimientos definidos para el proceso. Realizar la evaluación técnica y económica de las ofertas. Proponer a la Ministra las adjudicaciones de los bloques. Administración del proceso (II)

  10. Publicidad y recepción de ofertas(Desde el 10/6 al 10/10) Llamado a licitación Período de retiro de bases Período de compra de información técnica Periodo de recepción y respuesta a consultas Fecha de recepción de ofertas Etapas de la Licitación (I)

  11. Apertura y evaluación de ofertas (11 de octubre de 2007) Etapa oferta administrativa (29 de octubre 2007) El objetivo es verificar los antecedentes legales del oferente, evaluar su solvencia y capacidad financiera, acreditar la experiencia en el rubro y verificar el cumplimiento de la garantía de seriedad de la oferta. Etapa oferta económica (31 de octubre de 2007) El objetivo es seleccionar, de entre aquellos oferentes que hayan calificado para esta etapa, la mejor oferta. Etapas de la Licitación (II)

  12. Sólo calificarán para la etapa económica aquellas ofertas que, cumpliendo todas las exigencias legales y aquellas contenidas en las Bases, debidamente calificadas por el CEL, cumplan además los siguientes requisitos: Que el Operador certifique una producción promedio manual correspondiente a su participación en todos los campos operados en los años 2005 y 2006 superior o igual a 2.5 mil barriles de petróleo equivalente. Que el Operador certifique una inversión promedio anual en los años 2005 y 2006, en actividades de exploración y desarrollo, de al menos US$ 10 millones Etapas de la Licitación (III)

  13. Siete bloques sin participación de ENAP: Parámetros de la retribución. Plan mínimo de exploraciones para el primer, segundo y tercer período. Sólo se considerarán inversiones asociadas a la adquisición de sísmica (2D y 3D) y a la perforación de pozos. Tres bloques con participación de ENAP: Porcentaje de financiamiento de los costos atribuibles a ENAP, como miembro del Consorcio, que el oferente absorberá en cada uno de los períodos exploratorios. Factores a calificar en la Oferta Económica

  14. Las empresas participantes de la licitación, en calidad de operadores, podrán adjudicarse un máximo de 3 bloques en los cuales exista más de una oferta. Si la empresa operadora es parte del único consorcio oferente en los distintos bloques, la adjudicación será sin limitación alguna. 3) Adjudicación: La adjudicación corresponderá a la Ministra de Minería, quién por resolución adjudicará a la mejor oferta propuesta por el Comité Especial de Licitación. Limitaciones

  15. El Estado de Chile suscribirá el respectivo contrato con aquel oferente adjudicado. Para estos efectos, las empresas extranjeras deberán constituir y domiciliar una sociedad bajo las leyes chilenas vigentes. Previo a la suscripción del contrato se deberá obtener el pronunciamiento de: Suscripción del Contrato • Informe favorable del Consejo de Ministros de la CNE • Acuerdo del Consejo del Banco Central respecto al régimen cambiario • Dictamen de Servicios de Impuesto Internos respecto a la forma de tributación.

  16. Características del Contrato a suscribir

  17. Tres períodos de exploración: 3+2+2= 7 Plazo: Máximo 35 años Contratista deberá iniciar las operaciones dentro de los seis meses de la entrada en vigencia del contrato. Serán de cargo del contratista las inversiones necesarias para desarrollar las labores comprometidas para las etapas exploratorias. Deber de informar sobre el avance de las labores de exploración Exploración

  18. Boletas de garantía o carta de crédito bancaria por cada período de exploración, equivalentes a la inversión mínima comprometida. Posibilidad de reducir el monto de la garantía cada seis meses conforme al avance de los trabajos comprometidos. Garantías

  19. Al término del primer período de exploración, el contratista devolverá al Estado por lo menos el 25% del Área Original del Contrato excluidas las Áreas de Explotación y las consideradas dentro del Área de Protección Provisional. Devolución de Areas

  20. Por cada yacimiento declarado comercialmente explotable. Dura un máximo de 25 años, siempre y cuando no exceda los 35 años de vigencia del contrato. Las operaciones necesarias para el desarrollo y puesta en producción del yacimiento son de cargo del Contratista. Obligación de contratar seguros en caso de contaminación. Explotación

  21. Responsabilidad del Contratista. Mejores condiciones de comercialización de mercado: proceso de licitación pública nacional y/o internacional. Derecho preferente de compra del Estado del petróleo y/o gas comerciable. Comercialización

  22. La retribución para el contratista será de un máximo de 95% de la venta de petróleo/gas durante la primera de fase del proyecto, cuando los costos incurridos son mayores a los ingresos acumulados. Posteriormente, la retribución declina aceleradamente hasta que los ingresos acumulados dupliquen los costos acumulados, produciéndose una reducción de un 10% adicional en la retribución. Retribución (I)

  23. Establece un reparto de la producción valorada (retribución), tomando en consideración los niveles de producción y los costos implicados. El reparto de la producción valorada permite a ambas partes compartir los efectos de un alza o baja en los precios del gas/petróleo. Considera los costos de exploración realizados por el contratista como costos implicados para la estimación del reparto de producción valorada, estimulando la actividad exploratoria del área. Estimula la eficiencia en la exploración y explotación. Retribución (II)

  24. El contratista está sujeto al pago del impuesto de primera categoría de la Ley de la Renta (17%) El régimen tributario es invariable por el plazo de vigencia del contrato. Tributación

  25. Término de cualquier período de exploración si el Contratista decide suspender definitivamente sus operaciones. Incumplimiento injustificado de las obligaciones contractuales, declarado por sentencia judicial. Cumplimiento del plazo. Suspensión por más de tres años por causa de fuerza mayor. Término del Contrato

  26. Marco Jurídico aplicable a la Licitación para la E&P de Hidrocarburos en Magallanes Diego Vio Jefe de la División Jurídica Ministerio de Minería Valparaíso, 6 de junio de 2007

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