1 / 32

PROGRAMA COMERCIO INTERNACIONAL Integrantes: Luisa Fernanda Gómez

PROGRAMA COMERCIO INTERNACIONAL Integrantes: Luisa Fernanda Gómez Gisel Guzmán Zamir puentes Jimmy Torres. DECLARACION ADUANERA. SON OBLIGADOS A DECLARAR. El importador es quien realiza la operación

Télécharger la présentation

PROGRAMA COMERCIO INTERNACIONAL Integrantes: Luisa Fernanda Gómez

An Image/Link below is provided (as is) to download presentation Download Policy: Content on the Website is provided to you AS IS for your information and personal use and may not be sold / licensed / shared on other websites without getting consent from its author. Content is provided to you AS IS for your information and personal use only. Download presentation by click this link. While downloading, if for some reason you are not able to download a presentation, the publisher may have deleted the file from their server. During download, if you can't get a presentation, the file might be deleted by the publisher.

E N D

Presentation Transcript


  1. PROGRAMA COMERCIO INTERNACIONAL Integrantes: Luisa Fernanda Gómez Gisel Guzmán Zamir puentes Jimmy Torres

  2. DECLARACION ADUANERA SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO 297042

  3. SON OBLIGADOS A DECLARAR • El importador es quien realiza la operación • Las personas naturales o jurídicas que conforman los consorcios o uniones temporales con el fin de celebrar contratos con entidades estatales SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO 297042

  4. CONTENIDO DE LA DECLARACIÓN • Identificación de las mercancías • Cobro de tributos aduaneros y sanciones • Aplicación régimen aduanero • Totalidad de datos y requisitos exigidos por el régimen aduanero • Condiciones de la DIAN SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO 297042

  5. La declaración se puede presentar en el momento del arribo de la mercancía • En los plazos que determine la DIAN • Dentro del plazo de permanencia en deposito temporal SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO 297042

  6. Antes de la presentación y aceptación de la declaración y a lo largo de 5 años debe el declarante conservar • Registro y licencia de importación • Documentos de transporte • Factura comercial • Certificado de origen • Certificados sanitarios o los exigidos por normas especiales SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO 297042

  7. Lista de empaque • Mandato o declaración de importación • Cuando las mercancías amparadas en un registro o licencia de importación, certificado de origen, documento de transporte, factura comercial, sean objeto de despachos parciales, el declarante deberá dejar constancia de cada una de las declaraciones presentadas al dorso del original o copia del documento correspondiente, indicando el número y fecha de aceptación de la Declaración de Importación y del levante, así como la cantidad declarada SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO 297042

  8. DETERMINACION DE AFORO • Aceptada la declaración, de manera inmediata la autoridad aduanera a través de los servicios informáticos electrónicos de la DIAN, con fundamento determinará las mercancías que deban ser sometidas al aforo físico, documental o no intrusivo. En los demás eventos se autorizará el levante automático de la mercancía. SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO 297042

  9. LEVANTE DE LA MERCANCIA • Cuando la DIAN a través de servicios informáticos así lo autorice • Cuando después del aforo documental se establezca la conformidad entre lo declarado y los documentos soportes • Cuando después del aforo documental se establezca conformidad entre los declarado y loa forado SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO 297042

  10. El levante deberá obtenerse dentro del término de permanencia en el depósito temporal previsto SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO 297042

  11. DECLARACIONES DEL REGIMEN DE IMPORTACION SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO 297042

  12. DECLARACION ANTICIPADA • Es la declaración que se presenta con antes del arribo de la mercancía al territorio nacional aduanero SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO 297042

  13. DECLARACION INICIAL • Es la primer declaración que se presenta la cual permite acreditar el cumplimiento de las obligaciones aduaneras SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO 297042

  14. DECLARACION DE CORRECCION • Es para corregir errores como sub-partidas arancelarias, tarifas, tasa de cambio, sanciones operación matemática, valor FOB, fletes, valor en aduana. Esta se lleva a cabo después de un aforo y dentro de la corrección se deben liquidar los mayores, tributos, intereses o sanciones que haya lugar. SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO 297042

  15. LEGALIZACION Se puede legalizar en los siguientes casos la mercancía: • Cuando se informa oportunamente los excesos o sobrantes no sean justificados por el transportador. • Cuando existe abandono legal • Cuando arribe una mercancía a territorio nacional aduanero con excesos o sobrantes sin amparo del documento de transporte SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO 297042

  16. REGIMENES ADUANEROS DE IMPORTACION SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO 297042

  17. CONSUMO • Son las mercancías importadas desde el exterior o de zona franca pueden circular libremente en territorio aduanero nacional luego de pago de tributos y sanciones que hubiere lugar SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO 297042

  18. REIMPORTACION POR PERFECCIONAMIENTO PASIVO • Es la reimportación de mercancía exportada temporalmente para su transformación, elaboración o reparación SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO 297042

  19. IMPORTACION DE MUESTRAS SIN VALOR COMERCIAL • Mercancías que tiene libre circulación pero que son declaradas bajo esta modalidad, cumpliendo requisitos y condiciones establecidas por la DIAN, sin necesidad de tener licencia de importación SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO 297042

  20. MERCANCIAS CON VALOR INSIGNIFICANTE • Es la importación de mercancías con un valor FOB inferior a mil dólares estadounidenses, las cuales están exentas de gravamen arancelario SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO 297042

  21. MATERIAL PUBLICITARIO • El material que ingresa de manera temporal al país para ferias, exposiciones, promoción de mercancías, siempre y cuando su presente sea descalificado para la venta. SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO 297042

  22. ADMISION TEMPORAL PARA REEXPORTACION EN EL MISMO ESTADO SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO 297042

  23. Se permite la importación al territorio aduanero para determinadas mercancías destinadas a la reexportación, sin modificación alguna en determinado plazo SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO 297042

  24. CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LEASING Se podrá celebrar contratos de arrendamiento financiero sobre bienes importados bajo el régimen de admisión temporal de largo plazo SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO 297042

  25. ADMISION TEMPORAL DE AERONAVES DE SERVICIO PRIVADO SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO 297042

  26. Son aeronaves de matricula extranjera que se usan para transportar exclusivamente a como medio de transporte de personas que arriben al país con el fin de mantener actividades comerciales. • Solo se conceden a personas jurídicas que hayan tenido dos mil millones de pesos a Diciembre del año anterior SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO 297042

  27. REGIMENES DE PERFECCIONAMIENTO ACTIVO SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO 297042

  28. Permite el ingreso al territorio nacional aduanero con suspensión total o parcial de tributos aduaneros para mercancías destinadas a ser reexportadas total o parcialmente SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO 297042

  29. REGIMENES ADUANEROS DE EXPORTACION SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO 297042

  30. REGIMEN DE EXPORTACION DEFINITIVA • REEXPORTACION • REGIMEN DE REEXPORTACION TEMPORAL PARA LA REIMPORTACION EN EL MISMO ESTADO SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO 297042

  31. REEMBARQUE • REGIMEN DE EXPORTACION TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO PASIVO SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO 297042

  32. GRACIAS SENA COMERCIO INTERNACIONAL GRUPO 297042

More Related