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JUICIOS ORALES EN MATERIA PENAL

JUICIOS ORALES EN MATERIA PENAL. SISTEMAS DE ENJUICIAMIENTO PENAL. Sistemas de Enjuiciamiento Penal.

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JUICIOS ORALES EN MATERIA PENAL

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Presentation Transcript


  1. JUICIOS ORALES EN MATERIA PENAL SISTEMAS DE ENJUICIAMIENTO PENAL DCSC

  2. Sistemas de Enjuiciamiento Penal Cualquier sistema de enjuiciamiento que se precie de serlo, procura sin lugar a dudas: “... el castigo de los culpables y, al mismo tiempo, la tutela de los inocentes...” (Derecho y razón. Ferrajoli, Luigi. Ed. Trotta, Madrid 1995.) DCSC

  3. Orígenes • Verbo • En presencia de toda la comunidad • En presencia del monarca o sumo sacerdote • Se dejaba constancia en escritura DCSC

  4. Sistema Inquisitivo • Última época del Derecho Romano Imperial • Propia de los imperios • Iglesia católica apostólica y romana • Derecho Canónico • Santa Inquisición • Siglo XIII DCSC

  5. Sistema Inquisitivo En este sistema de enjuiciamiento se le exige al ciudadano, no solamente que no sea deshonesto, es decir, que no delinca, pero tampoco que lo parezca, es decir, que no lo acusen y en su caso, si lo llegaran a acusar, para justificar el castigo de la apariencia, el Estado “inventa” una presunción de culpabilidad. DCSC

  6. Sistema Inquisitivo La prisión preventiva, que opera como un castigo en sí mismo El interrogatorio al indiciado premoderno por parte del fiscal, representaba el primer ataque, para obtener de aquél (por cualquier medio) la confesión DCSC

  7. Sistema Inquisitivo La Santa Inquisición concentra las funciones de acusar y defender, siendo ambas confusas, es desarrollada en el marco de un proceso penal excesivamente formal, riguroso, discontinuo y secreto, por tales motivos, escrito mientras se cumple a través de actas que, posteriormente constituirán el material a partir del cual se dictará la sentencia respectiva. DCSC

  8. Sistema Inquisitivo La persona inculpada era un objeto procesal, no se le reconocía el “derecho de defensa” por personas distintas de los inquisidores, por si era culpable, ya que no lo merecía y si era “inocente”, el investigador probo, tarde o temprano lo descubriría. Criterio de prueba legal (prueba tasada). DCSC

  9. Sistema Acusatorio Grecia democrática y Roma republicana, donde la libertad. La dignidad del ciudadano ocupa un lugar preferente en la protección brindada por el ordenamiento jurídico. Constituye el modelo al que aspiran los Estados democráticos en respeto a los derechos fundamentales de los individuos. DCSC

  10. Sistema Acusatorio Inglaterra lo empezó a practicar, posteriormente fue adoptado por la Revolución Francesa e implantado en Francia por la primera república. Juicio oral y público ante la presencia de un tribunal de jurados. Trial by Jury of Peers (Juicio por Jurado de Iguales) DCSC

  11. Sistema Acusatorio La institución del jurado fue instituida como un derecho del imputado en la Carta Magna de Juan Sin Tierra en el año de 1215. Gran Jurado y el Pequeño Jurado o Jurado de Juicio. DCSC

  12. Sistema Acusatorio Los jurados eran integrados por personas de la clase alta, fueron democratizándose, sentencias pronunciadas en los Estados Unidos, “Thiel v. Southern Pacific Co.” y “Taylor v. Louisiana” de 1946, todos los jurados deberán estar integrados por miembros de todas las clases sociales de la sociedad, incluyendo a las minorías. DCSC

  13. Sistema Acusatorio La característica fundamental de este sistema de enjuiciamiento penal, lo constituye la división de poderes Se le reconoce a la persona como sujeto de derechos inalienables y colocado siempre en igualdad frente al órgano estatal El tribunal está constituido por los ciudadanos (jurado) y el juez. DCSC

  14. Sistema Acusatorio El proceso se instaura siempre bajo la premisa de inocencia del acusado El juicio se desarrolla bajo los principios de oralidad, publicidad, contradicción, inmediación y concentración. Lo expresado se deja constancia por escrito y por medio de audio y video. DCSC

  15. Sistema Mixto Sistema de enjuiciamiento penal es un híbrido (sistema inquisitivo y acusatorio) siglos XVIII y principios del XIX, fundamentalmente en Europa y posteriormente en América Latina. DCSC

  16. Sistema Mixto Recoge del sistema inquisitivo, la persecución estatal y la averiguación de la verdad histórica como meta directa del procedimiento penal y del sistema acusatorio, el principio de inocencia del inculpado, sujeto de derechos, aun cuando el ejercicio del derecho de defensa está muy restringido en la etapa de la instrucción o la averiguación DCSC

  17. Países de América Latina que aplican el Juicio Oral • República Federal Argentina (1983 y 1989) • República de Bolivia (31 de mayo 2001) • República de Colombia (1939, 1979 y 1987) • República de Costa Rica (1973) • República de Cuba (1902 y 1997) • República de Chile (2001 y 16 de junio del 2005)* • República del Ecuador (2001) • República de Guatemala (1992 y 1994) • República de Panamá (1941) • República del Paraguay (2000) • República Bolivariana de Venezuela (1990) DCSC

  18. Principios del Juicio Oral Penal La oralidad Signos fonéticos acompañados por gesticulaciones, movimientos del cuerpo, ademanes, tanto voluntarios como involuntarios que incrementan la potencia expresiva. Obliga a dar lectura pública de todas las pruebas documentales en audiencia pública DCSC

  19. La Publicidad Todo proceso judicial como acto republicano de gobierno, debe ser público y sus diversas etapas deben de estar disponibles al conocimiento directo e inmediato de la población en general.  La publicidad permite que los ciudadanos ejerzan un control de verificación sobre la actuación del Poder Judicial. Evita la secrecía DCSC

  20. La Continuidad o Concentración Realización del debate en una sola audiencia (en la menor cantidad de audiencias consecutivas y con la mayor proximidad temporal entre ellas) Evitar que por el tiempo se elimine la imprecisión que el juzgador pueda formarse con relación a las partes en el proceso y las pruebas desahogadas, ante la presencia de un mismo juez y/o jurado. DCSC

  21. La Contradicción Se considera la etapa reina del proceso penal acusatorio, esencial permitir a la defensa contradecir los elementos de la acusación, indispensable y obligatorio la asistencia del acusado para que pueda ejercer su derecho de defensa contradictoria, probar procesalmente su inocencia y alegar en su oportunidad lo que a su derecho corresponda. DCSC

  22. La Inmediación Determina la relación directa que debe existir en el debate entre el juez y/o jurado, las partes y los medios de prueba, así como los testigos, asistentes técnicos, peritos, traductores, etc. Sin interposición de persona o cosa alguna, tampoco deberán existir demoras que se interpongan en su apreciación y percepción sensorial por parte del Tribunal. DCSC

  23. Las Etapas del Juicio Oral Penal Etapa de Instrucción Etapa preparatoria del juicio oral que se desarrolla por los fiscales, conocimiento de hechos posiblemente delictivos, por denuncia o por investigación de la policía y de otros organismos auxiliares. El fiscal realiza la investigación, debe investigar tanto las circunstancias que impliquen y que favorezcan al inculpado. DCSC

  24. Las Etapas del Juicio Oral Penal ETAPA DE PREPARACIÓN DEL JUICIO ORAL Etapa intermedia que se inicia una vez que ha concluido la investigación, se presenta la acusación en contra del imputado, deberá ser por escrito y en la que proponen las pruebas que pretende ofrecer y desahogar durante el juicio. DCSC

  25. Las Etapas del Juicio Oral Penal El juez de garantías notificará al acusado y dispondrá de todo lo necesario para que tenga verificativo la audiencia de preparación del juicio oral, dando un plazo para que la defensa presente, también por escrito los elementos que a su juicio existan para contradecir la acusación y las pruebas del fiscal. DCSC

  26. Las Etapas del Juicio Oral Penal La audiencia de preparación del juicio, se desarrolla en forma oral, en la que obligatoriamente deben estar presentes, el fiscal y el ofendido, el acusado y su defensor, así como otros actores civiles. Se delimitan las pruebas que sean admitidas para ser desahogadas en la audiencia de juicio. DCSC

  27. Las Etapas del Juicio Oral Penal El juez de garantías dicta el auto de apertura del juicio oral, que deberá ser remitido al tribunal que conocerá del asunto, dentro del plazo de 48 horas; el delito o delitos por lo que se seguirá el juicio y qué pruebas son las que presentarán las partes. Pruebas periciales, de inspección judicial y de reconstrucción de hechos. DCSC

  28. Etapas del Juicio Oral Audiencia que debe ser continua y pública y el juez hará una exposición del contenido del auto de apertura del juicio oral y una vez hecho lo anterior, le concederá el uso de la palabra al fiscal para que presente su acusación ante el juez y/o jurado. Se le dará el uso de la palabra a las víctimas, a efecto de que expongan de viva voz sus acusaciones DCSC

  29. Etapas del Juicio Oral Posteriormente, se le concederá el uso de la palabra al defensor y al acusado por si es que este último desea declarar al respecto. Deberán estar presentes en el Tribunal las personas que van a intervenir (testigos, peritos, etc.), sin que tengan contacto unas con otras durante todo el tiempo que dure la audiencia. DCSC

  30. A) Alegatos Iniciales o de Apertura Primero hace uso de la voz, el fiscal, quien explica en qué consiste la acusación, señalando el delito de que se trate, la forma en que éste se cometió y la participación que en el mismo haya tenido el acusado. No tiene límite de tiempo para su exposición, quedando al arbitrio del juez fijar ese límite, el cual deberá ser igual para todas las partes. DCSC

  31. A) Alegatos Iniciales o de Apertura Tiene derecho a expresarse el ofendido quien se sujetará al mismo tiempo que el fiscal si así lo decide. Se le concede el uso de la palabra al defensor, quien deberá exponer los argumentos en que basa su defensa y al acusado para que si desea hacerlo, presente su declaración sobre los hechos que se le imputan en forma libre. DCSC

  32. B) Desahogo de las Pruebas En esta etapa se desahogan todas las pruebas, con excepción de las periciales, de inspección judicial y reconstrucción de hechos. Prueba documental se llama a quien realizó el documento para que lo autentifique y sea interrogado sobre su contenido, a los testigos para que expresen si conocen dicho documento. DCSC

  33. B) Desahogo de las Pruebas Prueba pericial se cuestiona al perito sobre los resultados arrojados, así como el procedimiento que se utilizó para llegar a dicho resultado, entre otras. Prueba testimonial el testigo no puede leer su propio testimonio, pero sí puede consultar algunos documentos que le auxilien para precisar ciertos datos. DCSC

  34. C) Alegatos Finales Una vez desahogadas todas las pruebas, se le concede al fiscal el turno para que presente sus conclusiones, posteriormente el defensor y por último al procesado, por el mismo tiempo; fijando todos su posición final. DCSC

  35. D) Cierre de Debate y Deliberación El Tribunal una vez concluido los alegatos finales, deberá declarar cerrado el debate y proceder a la deliberación del fallo, deliberación que debe hacerse en una sala distinta a la sala de audiencias, ya sea por el jurado o los jueces y deberá concluir con una sentencia absolutoria o condenatoria. Recursos DCSC

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