1 / 9

ADULTERIO

Pablo Raúl Llerena Cevallos Docente: Dra. Jacqeline Cabanilla Derecho Civil. ADULTERIO.

malia
Télécharger la présentation

ADULTERIO

An Image/Link below is provided (as is) to download presentation Download Policy: Content on the Website is provided to you AS IS for your information and personal use and may not be sold / licensed / shared on other websites without getting consent from its author. Content is provided to you AS IS for your information and personal use only. Download presentation by click this link. While downloading, if for some reason you are not able to download a presentation, the publisher may have deleted the file from their server. During download, if you can't get a presentation, the file might be deleted by the publisher.

E N D

Presentation Transcript


  1. Pablo Raúl Llerena Cevallos Docente: Dra. JacqelineCabanilla Derecho Civil ADULTERIO

  2. A través de los siglos, en diversas culturas, el adulterio ha sido moralmente censurado y hasta penado, considerándoselo un delito, pero esto no ha impedido que muchas personas lo practiquen. Tradicionalmente, ha sido más tolerado y socialmente aceptado en los hombres que en las mujeres, las cuales, según la época o la nación en la cual hayan vivido, han sido severamente reprimidas, incluida la pena capital, ya se demostrara o no su culpabilidad. El adulterio en la historia

  3. Consiste en la unión sexual de dos personas cuando uno o ambos están casados con otra persona. ¿En qué consiste?

  4. -Entre los egipcios, después de recibir el hombre mil azotes, a la mujer se le cortaba la nariz. -El espartano Licurgo castigaba a un hombre convicto de adulterio como a un parricida. Solón creía que la mayor pena que podía decretarse contra la mujer adúltera era la afrenta pública. Los locrios les sacaban los ojos. La ley fue impuesta por Zaleuco, cuyo hijo fue sorprendido después cometiendo adulterio. En su corazón se entabló una lucha entre el amor paternal y el deseo de ver rígidamente observada su ley. A fin de conciliar ambas cosas, decretó que le arrancaran un ojo a su hijo y al mismo tiempo se presentó en público con el rostro vendado, porque acababa de hacerse arrancar uno de sus propios ojos para que en cierto modo se cumpliera la ley. Por el antiguo derecho de Roma no había pena alguna establecida contra el adulterio, por consiguiente se dejaba su imposición al arbitrio de los jueces. Augusto fue el primero que estableció su castigo, decretando la pena de muerte. -Justiniano modificó la ley imponiendo a la adúltera la pena de azotes y reclusión en un monasterio donde permanecería a perpetuidad si el marido en el plazo de dos años no la perdonaba o no quería admitirla. -En tiempos antiguos los sajones quemaban a la mujer adúltera, y sobre sus cenizas levantaban una horca donde ahorcaban al cómplice. - La ley de los godos castigaba el adulterio dando a la parte ofendida la facultad para contraer un nuevo matrimonio con quien quisiere. -Canuto, rey de Inglaterra, mandó que en caso de adulterio el hombre fuese desterrado, y que a la mujer le cortasen las narices y las orejas. -En Mingrelia (Georgia), cuando un hombre sorprende a su mujer en adulterio, tenía derecho a obligar al galán a pagar un lechoncillo, que solían después comerse entre los tres. -En Francia antiguamente el adulterio era castigado con la pena de muerte. -En Polonia, antes del cristianismo, se llevaba al criminal a la plaza y en ella se le sujetaba por sus partes naturales a un madero por medio de un clavo. Se ponía cerca de él una navaja de afeitar, reduciéndosele a la necesidad de hacerse eunuco o de morir en aquel estado. Colección de los casos de Adulterio más célebres a través de la historia

  5. El adulterio desde el punto de vista religioso no solo es el acto sexual que se comete con una persona fuera del matrimonio, sino también el acto de mirar a otra persona que no sea el cónyuge con deseo sexual. "Si, estando casado, miras a una mujer por primera vez e imaginas un deseo sexual, estás usando el sentido de la vista. Si la miras una segunda vez, estás permitiendo ser tentado. Si la miras una tercera vez, has abierto tu corazón al pecado. Más allá de esta tercera vez, es definitivamente pecado." El adulterio desde el punto de vista religioso.

  6. En Argentina el adulterio estaba penado por el art. 118 del Código Penal, pero fue derogado por ley 24.453 de 1995. Sin embargo, es causa de separación personal y divorcio, según los artículos 202 y 214 del Código Civil. • En México el adulterio fue despenalizado el 24 de marzo de 1980 anteriormente la constitución mexicana castigaba con rigor dicho delito después de la revolución. • En Puerto Rico el adulterio está penado por el artículo 130 del Código Penal de 2004 y es clasificado como delito menos grave (multa o cárcel hasta 90 días).. Regulaciones en países latinoamericanos.

  7. El Art. 109 del Código Civil, en su numeral 1ro. dice que son causas de divorcio: " El adulterio de uno de los cónyuges "La causal de adulterio para poder ejercer la acción de divorcio, es antiquísima, lo recoge la legislación de casi todos los países y la nuestra la concede al cónyuge inocente, la posibilidad de divorciarse por esta casual. El adulterio en el Ecuador.

  8. Paises en donde el adulterio es penalizado:

  9. GRACIAS

More Related