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PROCESO DE HABILITACIÓN DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE SALUD

PROCESO DE HABILITACIÓN DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE SALUD. SISTEMA ÚNICO DE HABILITACIÓN.

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PROCESO DE HABILITACIÓN DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE SALUD

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Presentation Transcript


  1. PROCESO DE HABILITACIÓN DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE SALUD

  2. SISTEMA ÚNICO DE HABILITACIÓN Según el Decreto 1011 de 2006, en el Art, 6°, Resolución No.1043/2006 la habilitación es el conjunto de normas, requisitos y procedimientos mediante los cuales se establece, registra, verifica, y controla el cumplimiento de las condiciones básicas de capacidad tecnológica y científica, de suficiencia patrimonial y financiera y de capacidad técnico administrativo, indispensable para la entrada y permanencia al sistema.

  3. HABILITACION Es la Fase Inicial. Implica cumplir una serie de requisitos mínimos para iniciar / desarrollar su actividad. Utiliza Estándares básicamente de estructura, calificándose cumple / no cumple. De carácter obligatorio. Válida para todos los establecimientos, públicos y privados. BUSCA: dar seguridad a los usuarios frente a los potenciales riesgos asociados a la prestación de servicios.

  4. CONDICIONES BASICAS DE: HABILITACION – Suficiencia Patrimonial y Financiera – Capacidad Técnico Administrativa – Capacidad Tecnológica y Científica

  5. CONDICIONES DE CAPACIDAD TECNOLÓGICA Y CIENTIFICA CONDICIONES DE SUFICIENCIA PATRIMONIAL Y FINANCIERA Son los estándares básico de estructura y de proceso que deben cumplir los prestadores de servicios de salud por cada uno de los servicios que prestan y que se consideran suficiente y necesario para reducir los principales riesgos que amenazan la vida o la salud de los usuarios. Los estándares para el cumplimiento de estas condiciones son los incluidos en el Anexo Técnico No 1 de la Resolución No.1043/2006. Es el cumplimiento de las condiciones que posibilitan la estabilidad financiera de las Instituciones Prestadoras de Salud en el mediano plazo, su competitividad dentro del área de influencia y cumplimiento de sus obligaciones en el corto plazo

  6. CERTIFICACION DE SUFICIENCIA PATRIMONIAL • Y FINANCIERA DE ( nombre de la institución) • De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 1011 de 2006 y el artículo 1º de la Resolución 1043 de 2006 en mi calidad de Revisor Fiscal o contador público ( según sea el caso) de la Institución denominada________________________ con Nit ______________, una vez revisados y analizados los estados financieros a corte diciembre 31 del año ____ (o fecha de habilitación) y una vez aplicados los indicadores de suficiencia patrimonial, me permito certificar: • Que su Patrimonio Total supera en más del 50% su capital social ( según resultado de aplicar el siguiente indicador) • Patrimonio Total x 100 • ____________________________________ • Cuenta que registra el capital • Que las obligaciones mercantiles vencidas en más de 360 días, no superan el 50% del pasivo corriente. ( según el resultado de aplicar el siguiente indicador) • Sumatoria de los Montos de Obligaciones Mercantiles de más de 360 días x 100 • ______________________________________ • Pasivo Corriente • Que la obligaciones Laborales vencidas en más de 360 días, no superan el 50% del pasivo corriente ( según resultado de aplicar el siguiente indicador) • Sumatoria de los Montos de Obligaciones Laborales de más de 360 días x 100 • _______________________________________ • Pasivo Corriente • En consecuencia me permito dar Fe pública que la Suficiencia Patrimonial y Financiera de la Institución ______________________ cumple con todos los requisitos exigidos por el Decreto 1011/06 y la Resolución 1043/06. • FIRMA • Revisor Fiscal O Contador. • T.P. • Nota: Los indicadores deben ser diligenciados con cifras, tomadas de los Estados Financieros y adjuntar fotocopia de la tarjeta profesional del Contador Público o Revisor Fiscal si está obligado a tenerlo.

  7. CONDICIONES DE CAPACIDAD TÉCNICO ADMINISTRATIVA • Son condiciones de capacidad técnico administrativa para una Institución Prestadora de Servicio de Salud: • El cumplimiento de las requisitos legales exigidos por las normas vigentes con respecto a su existencia y representación legal, de acuerdo con su naturaleza jurídica. • El cumplimiento de los requisitos administrativos y financieros que permitan demostrar que la IPS, cuenta con un sistema contable.

  8. LA HABILITACION ES OBLIGATORIA PARA IPS PROFESIONALES INDEPENDIENTES SERVICIOS DE TRANSPORTE ESPECIAL DE PACIENTES ENTIDADES CON OBJETO SOCIAL DIFERENTE QUE PRESTAN SERVICOS DE SALUD.

  9. REGISTRO ESPECIAL DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE SALUD FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO ESPECIAL DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE SALUD Es la base de datos de las Entidades Departamentales y Distritales de Salud, en la cual se efectúa el registro de los Prestadores de Servicios de Salud que se encuentren habilitado y es consolidada por parte del Ministerio de Protección Social. Los Prestadores de Servicios de Salud presentarán el formulario de inscripción en el Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud ante las Entidades Departamentales y Distritales de Salud.

  10. REGISTRO ESPECIAL DE PRESTADORESINSCRIPCION SE REGISTRA: ALTA SERVICIO Complejidad MEDIA BAJA

  11. A CONTINUACIÓN PRESENTAREMOS EL MANUAL UNICO DE ESTÁNDARES Y DE VERIFICACIÓN Anexo Técnico No.1 de la Resolución N°. 1043 de 3 de Abril de 2006 “Por la cual se establecen las condiciones que deben cumplir los Prestadores de Servicios de Salud para habilitar sus servicios e implementar el componente de auditoría para elmejoramiento de la calidad de la atención y se dictan otras disposiciones”

  12. 1. RECURSO HUMANO: El personal asistencial que presta directamente los servicios de salud a los usuarios, cumple con los requisitos exigidos por el Estado para ejercer MANUAL UNICO DE ESTÁNDARES Y DE VERIFICACIÓN

  13. 2° Infraestructura – Instalaciones Físicas – Mantenimiento. Las condiciones y el mantenimiento de la infraestructura física de las áreas asistenciales, son adecuadas al tipo de servicios ofrecidos.

  14. 3. Dotación – Mantenimiento Son los equipos indispensables, sus condiciones y mantenimiento adecuado, para prestar los servicios de salud ofrecidos por el prestador

  15. 4. Medicamentos y Dispositivos Médicos – Gestión de Medicamentos y Dispositivos Se tienen diseñados y se aplican, procesos para el manejo de medicamentos y dispositivos médicos para uso humano, cuyas condiciones de almacenamiento, distribución y entrega, condicionen directamente riesgos en la prestación de los servicios.

  16. 5. Procesos prioritarios asistenciales Están documentados los principales procesos asistenciales, guías clínicas internas o definidas por normas legales. La documentación incluye acciones para divulgar su contenido entre los responsables de su ejecución y para controlar su cumplimiento.

  17. 6. Historia Clínica y Registros Asistenciales Tiene diseñados procesos que garanticen que cada paciente cuenta con historia clínica y que su manejo es técnicamente adecuado. Se cuenta con los registros de procesos clínicos, diferentes a la historia clínica, que se relacionan directamente con los principales riesgos propios de la prestación de servicios (Resolución 1995 de 1999 y las demás normas que la modifiquen, adicionen o sustituyan).

  18. PARA TENER EN CUENTA • Un mismo servicio no puede tener doble habilitación y solo podrá ser habilitado por el prestador responsable del mismo. • El prestador que declare un servicio, es el responsable del cumplimiento de todos los estándares aplicables al servicio que inscribe, Independientemente de que para su funcionamiento concurran diferentes • organizaciones o personas para aportar en el cumplimiento de los estándares. • Cuando un Prestador de Servicios de Salud preste sus servicios a través de dos o más sedes dentro de dos (2) o más Departamentos o Distritos, deberá presentar el formulario de inscripción en cada una de las jurisdicciones Departamentales o distritales de Salud en las cuales presta los servicios, declarando en cada una, una sede como principal.

  19. SE CONSIDERAN NOVEDADES • Apertura de servicios, sedes, camas, salas. • Cambio de domicilio, de representante legal • Cierre de servicios temporal o definitivo • Cierre de una sede, de camas, salas. • Disolución o Liquidación de la entidad o estar adelantando alguno de estos procesos

  20. PASOS Y DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA LA INSCRIPCIÓN Para Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud. Presente los siguientes documentos: Documento de Autoevaluación para la Habilitación (Anexo Técnico N° 1 de la Resolución 1043. Formulario de Inscripción o de Novedades. Acto de Creación de la Institución (Cámara de Comercio, Personería Jurídica, Ley, Ordenanza, Acuerdo, Decreto, etc.) según sea el caso. Fotocopia del NIT. Copia del documento de identificación del representante legal. Certificado de Suficiencia Patrimonial y Financiera de la IPS en original. Copia de la tarjeta profesional del Contador y/o Revisor Fiscal. Programa de Auditoria para el Mejoramiento de la Calidad (PAMEC) Si la IPS declara servicio de Traslado Asistencial de Pacientes además debe anexar : copia de la tarjeta de propiedad del vehículo y de la revisión técnico –mecánica. Si la IPS declara servicio de Radiología e Imágenes diagnosticas debe contar con la correspondiente licencia de funcionamiento de los equipo, o aprobación del Área de Vigilancia y Control de la Oferta si se necesita en tramite.

  21. GLOSARIO Programa de Auditoría para el Mejoramiento de la Calidad –PAMEC El Decreto 1011 de 2006 define Auditoria para el Mejoramiento como “el mecanismo sistemático y continuo de evaluación y mejoramiento de la calidad observada, respecto de la calidad esperada de la atención de salud” que reciben los usuarios; y en el Anexo Técnico No. 2 de la Resolución 1043 de 2006 establece que el Programa de Auditoria para el Mejoramiento de la Calidad de la Atención en Salud, PAMEC “es la forma a través de la cual la institución implementará el componente de Auditoria para el Mejoramiento de la Calidad.” Prestadores de Servicios de Salud: Se consideran como tales, las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, los Profesionales Independientes de Salud y los Servicios de Transporte Especial de Pacientes. Son los Grupos de práctica profesional que cuentan con infraestructura física para prestar servicios de salud. Profesional independiente: Toda persona natural reconocida por la Ley como profesional, con facultades para actuar de manera autónoma en la prestación del servicio de salud, para lo cual podrá contar con personal de apoyo en los niveles técnico y auxiliar.

  22. GLOSARIO Estándares: Conjunto de normas y condiciones indispensables, suficientes y necesarias para reducir los principales riesgos que amenazan la vida ó la salud de los usuarios. Deben ser de obligatorio cumplimiento por los prestadores de Servicios de Salud. Autoevaluación: Procedimiento previo a la presentación del formulario de inscripción que debe realizar todo prestador de servicios de salud de acuerdo con el anexo técnico No. 1 de la Resolución 1043 de 2006 según los servicios que preste. En caso de identificar deficiencias en el cumplimiento de tales condiciones, deberán abstenerse de prestar el servicio hasta tanto realicen los ajustes necesarios para el cumplimiento de los requisitos. . Formulario de inscripción: Formulario mediante el cual se declara el cumplimiento de las condiciones de habilitación y del programa de Auditoria para el mejoramiento de la calidad, con el propósito de inscribirse en el Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud. Verificación: Procedimiento establecido mediante plan de visitas para verificar el cumplimiento de condiciones exigibles a los prestadores de Servicios de Salud. Es responsabilidad de las Entidades Departamentales y Distritales de Salud.

  23. GLOSARIO EVITESE SANCIONES: La adulteración, modificación o duplicación por cualquier medio del Distintivo de Habilitación, así como la fijación de un facsímil de cualquier naturaleza diferente al original será causal de revocatoria de la habilitación del servicio si la tuviere o de las sanciones equivalentes a la operación de un servicio sin habilitación en caso contrario, sin menoscabo de las acciones civiles, penales o disciplinarias a que haya lugar por esta conducta fraudulenta. Certificación de cumplimiento de las condiciones para la habilitaciónCuatro años contados a partir de la fecha de radicación ante la Entidad Departamental o Distrital correspondiente. Distintivo de habilitación:Símbolo dirigido a los usuarios que garantiza que el prestador está inscrito en el registro especial e prestadores de servicios de salud. Debe ser visible a los usuarios en los servicios habilitados.

  24. GRACIAS POR SU ATENCIÓN

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