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Acto Legislativo TRANSFERENCIAS

Acto Legislativo TRANSFERENCIAS. Cámara de Representantes Comisión Primera Constitucional David Luna Sánchez.

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Acto Legislativo TRANSFERENCIAS

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Presentation Transcript


  1. Acto Legislativo TRANSFERENCIAS Cámara de Representantes Comisión Primera Constitucional David Luna Sánchez

  2. El debate de transferencias se ha centrado en el monto del SGP: los detractores afirman que las regiones deben recibir una proporción de los ICN que haga justicia al esfuerzo fiscal que han realizado y el Gobierno cree que los ingresos de las regiones deben aislarse de las fluctuaciones de la economía

  3. El problema Satisfacer las necesidades de las regiones manteniendo la estabilidad fiscal Ejecutivo Estabilidad fiscal y macroeconómica Legislativo desarrollo para las regiones

  4. La propuesta Reconocer los avances en cobertura llevando el debate al terreno de la calidad, de esa forma, la presión por recursos disminuye protegiendo a la Nación y las regiones simultáneamente

  5. La propuesta Matrícula en educación básica y media Fuente: Informe del Presidente al Congreso – DNP – DEPP

  6. La propuesta Fuente: UNESCO – OREALC, 1998

  7. La propuesta Total Afiliados al Régimen Subsidiado Fuente: Informe del Presidente al Congreso – DNP – DEPP

  8. La propuesta Cobertura en salud en Latinoamérica Fuente: Banco Mundial

  9. En conclusión… Debemos reconocer, por que los hechos así lo demuestran, al acto legislativo 01/2001 como la revolución de la cobertura. El acto legislativo 011/06 debe constituirse en la revolución de la calidad, no sólo en cuanto a los servicios prestados, sino a la eficiencia del gasto Fuente: Banco Mundial

  10. En conclusión… Adoptar el mecanismo de crecimiento real pero incrementando 7 puntos por encima de la inflación Billones de pesos Fuente: Federación Colombiana de Municipios

  11. En conclusión… ¿Por qué? • El mecanismo de crecimiento real, protege los ingresos de las entidades territoriales de las fluctuaciones del ciclo económico • Facilita la planeación del gasto en las entidades territoriales • 7 puntos por encima de la inflación permiten incrementar la calidad de los servicios, manteniendo las actuales coberturas

  12. En conclusión… La calidad como compromiso de todos • Si el Estado – Nación se compromete con una política de calidad en los servicios sociales, el Estado - Local debe comprometerse con incrementar la calidad en el gasto • Cada peso adicional debe ser eficazmente empleado y los resultados del gasto deben ser mensurables y públicamente verificados

  13. En conclusión… ¿Cuáles son nuestras demandas? Inciso 1º artículo 3º: El monto del Sistema General de Participaciones de los Departamentos, Distritos y Municipios se incrementará, a partir del año 2008, en un porcentaje igual al de la tasa de inflación causada, más un incremento adicional de 7%, tomando como base el monto liquidado en la vigencia anterior.

  14. En conclusión… ¿Cuáles son nuestras demandas? Inciso 7º artículo 3º: Cuando una entidad territorial alcance coberturas universales y un nivel de calidad mínimo determinado por Ley reglamentaria en los sectores de educación, salud y/o servicios públicos domiciliarios de agua potable y saneamiento básico, previa certificación de la entidad nacional competente, podrá destinar los recursos excedentes a inversión en otros sectores de su competencia. El Gobierno Nacional reglamentará la materia.

  15. En conclusión… ¿Cuáles son nuestras demandas? Inciso 8º artículo 3º: Cuando un departamento, por causas no imputables a factores externos por fuera de su control, con los recursos asignados por el Sistema General de Participaciones no aumente la cobertura en educación, salud y agua potable y saneamiento básico en dos periodos fiscales seguidos, de acuerdo con las metas establecidas, para el siguiente período fiscal se aplicará la figura del encargo fiduciario con los recursos a que tenga derecho, con el objeto que se cumplan las metas en el servicio o los servicios para ese periodo. La asignación de la entidad fiduciaria, que de preferencia debe ser de carácter oficial o público, así como la expedición de los actos administrativos, que en desarrollo del mismo se produzca, corresponderá al Gobierno Nacional.

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