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Operación de los Consejos de Cuenca y sus Órganos Auxiliares

Operación de los Consejos de Cuenca y sus Órganos Auxiliares. 19 de enero de 2010. Consejo de Cuenca del Río Santiago y sus Órganos Auxiliares. LEY DE AGUAS NACIONALES.

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Operación de los Consejos de Cuenca y sus Órganos Auxiliares

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  1. Operación de los Consejos de Cuenca y sus Órganos Auxiliares 19 de enero de 2010

  2. Consejo de Cuenca del Río Santiago y sus Órganos Auxiliares

  3. LEY DE AGUAS NACIONALES ARTÍCULO 1. La presente Ley es reglamentaria del Artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de aguas nacionales; es de observancia general en todo el territorio nacional, sus disposiciones son de orden público e interés social y tiene por objeto regular la explotación, uso o aprovechamiento de dichas aguas, su distribución y control, así como la preservación de su cantidad y calidad para lograr su desarrollo integral sustentable. ARTÍCULO 2. Las disposiciones de esta Ley son aplicables a todas las aguas nacionales, sean superficiales o del subsuelo. Estas disposiciones también son aplicables a los bienes nacionales que la presente Ley señala. Las disposiciones de esta Ley son aplicables a las aguas de zonas marinas mexicanas en tanto a la conservación y control de su calidad, sin menoscabo de la jurisdicción o concesión que las pudiere regir.

  4. ORGANISMOS DE CUENCA Y DIRECCIONES LOCALES Los Organismos de Cuenca son las responsables de administrar y preservar las aguas nacionales en cada una de las trece regiones hidrológico-administrativas en que se ha dividido el país. Las regiones y sus sedes son:         I. Península de Baja California (Mexicali, Baja California).        II. Noroeste (Hermosillo, Sonora).        III. Pacífico Norte (Culiacán, Sinaloa).        IV. Balsas (Cuernavaca, Morelos).        V. Pacífico Sur (Oaxaca, Oaxaca).        VI. Río Bravo (Monterrey, Nuevo León).        VII. Cuencas Centrales del Norte (Torreón, Coahuila).        VIII. Lerma Santiago Pacífico (Guadalajara, Jalisco).        IX. Golfo Norte (Ciudad Victoria, Tamaulipas).        X. Golfo Centro (Jalapa, Veracruz).        XI. Frontera Sur (Tuxtla Gutiérrez, Chiapas).        XII. Península de Yucatán (Mérida, Yucatán).        XIII. Aguas del Valle de México y Sistema Cutzamala (México, Distrito Federal). Las Direcciones Locales, tienen la importante labor de aplicar las políticas, estrategias, programas y acciones de la Comisión en las entidades federativas que les corresponden.

  5. Concertar y consensar prioridades, programas, proyectos y acciones • Apoyar el ordenamiento y distribución del agua y coadyuvar a su vigilancia • Apoyar la regularización de usuarios • Prevenir y conciliar conflictos asociados al agua y sus bienes inherentes • Ejecutar programas y acciones vía los consejeros FUNCIONES GENERALES DE LOS CONSEJOS DE CUENCA: CONSEJOS DE CUENCA:DEFINICIÓN Y FUNCIONES CONSEJO DE CUENCA (art. 13 L.A.N.): Instancia de coordinación y concertación entre representantes del Gobierno, sector público y usuarios, con objeto de formular y propiciar la ejecución de programas para mejorar la administración de las aguas nacionales; desarrollar la infraestructura hidráulica y sus servicios, y coadyuvar en la conservación y restauración de las cuencas hidrológicas.

  6. CONSEJOS DE CUENCA EN MÉXICO

  7. CONSEJO DE CUENCA DEL RIO SANTIAGO

  8. Cuenca del Río Santiago: División política Acuífero Interestatal Ojocaliente – Aguascalientes - Encarnación

  9. Comité Técnico de Aguas Subterráneas C O T A S

  10. COMITÉS TÉCNICOS DE AGUA SUBTERRÁNEA LAN: Organización y Participación de los Usuarios y de la Sociedad ARTÍCULO 14. En el ámbito federal, "la Comisión" acreditará, promoverá y apoyará la organización de los usuarios para mejorar el aprovechamiento del agua y la preservación y control de su calidad, y para impulsar la participación de éstos a nivel nacional, estatal, regional o de cuenca en los términos de la presente Ley y sus reglamentos. ARTÍCULO 14 BIS. "La Comisión", conjuntamente con los Gobiernos de los estados, del Distrito Federal y de los municipios, los organismos de cuenca, los consejos de cuenca y el Consejo Consultivo del Agua, promoverá y facilitará la participación de la sociedad en la planeación, toma de decisiones, ejecución, evaluación y vigilancia de la política nacional hídrica. Se brindarán apoyos para que las organizaciones ciudadanas o no gubernamentales con objetivos, intereses o actividades específicas en materia de recursos hídricos y su gestión integrada, participen en el seno de los Consejos de Cuenca, así como en Comisiones y Comités de Cuenca y Comités Técnicos de Aguas Subterráneas.

  11. Estructura del Consejo de Cuenca del río Santiago

  12. COMITÉS TÉCNICOS DE AGUAS SUBTERRÁNEAS (COTAS) COTAS Consejo de Cuenca Propone y consensa los objetivos y políticas hidráulicas generales para la cuenca Acuífero Subcuenca CUENCA Microcuenca Si existen problemas específicos en parte de la cuenca, por ejemplo un acuífero, el Consejo determina formar un organismo dependiente para cumplir con un objetivo específico a través de políticas puntuales Formula e instrumenta las acciones específicas que cumplan con la política El COTAS informa al Consejo de los resultados obtenidos

  13. DEFINICIÓN DEL COTAS • Los “COTAS“ son una forma de organización de los usuarios de las aguas nacionales subterráneas que se constituyen para facilitar su participación en los programas de recuperación, estabilización y preservación de los acuíferos sobreexplotados • Los “COTAS” son organizaciones auxiliares de los Consejos de Cuenca que contribuyen al cumplimiento de sus fines en el ámbito territorial de los acuíferos • Los “COTAS” concentran su atención en la reglamentación, control y vigilancia de los acuíferos sobreexplotados

  14. OBJETIVOS DEL COTAS Coadyuvar en la formulación y ejecución de programas y acciones para la ESTABILIZACIÓN, RECUPERACIÓN Y PRESERVACIÓN de los acuíferos sobreexplotados y PREVENIR la sobreexplotación de aquellos donde aun no se presenta..

  15. Directiva COTAS Organización básica del COTAS El COTAS es un organismo formado por usuarios Su directiva se elige de entre los representantes de los usuarios El Gobierno presta apoyo y consultoría técnica-jurídica y vigila se respete la legislación vigente

  16. ESTRUCTURA DEL COMITÉ TÉCNICO DE AGUAS SUBTERRÁNEAS ORGANO DIRECTIVO DEL COTAS PRESIDENTE TESORERO SECRETARIO INVITADOS SECRETARIA O GERENCIA TECNICA GRUPO TECNICO CONSULTIVO GERENCIA OPERATIVA REPRESENTANTE DEL USO PUBLICO URBANO REPRESENTANTE DEL USO INDUSTRIAL REPRESENTANTE DEL USO EN SERVICIOS REPRESENTANTE DEL USO AGRICOLA REPRESENTANTE DEL USO PECUARIO A S A M B L E A D E U S U A R I O S COMITÉ REGIONAL DE USUARIOS AGRÍCOLAS COMITÉ REGIONAL DE USUARIOS PECUARIOS COMITÉ REGIONAL DE USUARIOS EN SERVICIOS COMITÉ REGIONAL DE USUARIOS PUBLICO URBANO COMITÉ REGIONAL DE USUARIOS INDUSTRIALES

  17. Funciones del COTAS 1/2 • Colaborar con la autoridad competente en la aplicación de la Ley de Aguas Nacionales y de su Reglamento • Participar en la elaboración y/o proponer la reglamentación que se requiera para mejorar el manejo y aprovechamiento del acuífero y coadyuvar con la autoridad competente en su instrumentación • Recibir y canalizar sugerencias, solicitudes, denuncias o quejas de usuarios en relación al aprovechamiento del acuífero • Promover la concurrencia de recursos técnicos, financieros, materiales y tecnológicos que contribuyan a la eficaz administración del acuífero. • Diseñar y promover programas educativos e informativos sobre el papel de las aguas subterránea en el desarrollo y la sustentabilidad de la región.

  18. Funciones del COTAS 2/2 • Colaborar en la resolución de los conflictos por el uso y la distribución de las aguas del acuífero • Promover la participación amplia y democrática de los usuarios y actores regionales en la gestación del agua • Promover la integración de comisiones y grupos de trabajo que atiendan los y problemas específicos relacionados con el uso y aprovechamiento de los acuíferos • Promover y participar en el desarrollo de estudios de disponibilidad y de comportamiento de los acuíferos • Representar a los usuarios de las aguas subterráneas de un acuífero ante la correspondiente Comisión y/o Consejo de Cuenca

  19. Funciones del Gerente Operativo • Atender el cumplimiento de los acuerdos, y de reunir, preparar y proporcionar la información técnica necesaria para el análisis y discusión de los problemas que afronta el Acuífero, así como de facilitar la logística para el correcto funcionamiento del COTAS y la realización de sus eventos. Tendrá únicamente derecho a voz en las sesiones del COTAS.

  20. Funciones del Grupo Técnico Consultivo • Grupo Técnico Consultivo que coordinará el Director General del Organismo de Cuenca o el servidor público que designe, el cual contará además, con un vocal representante del Gobierno del Estado que corresponda. A este grupo se podrá invitar como vocal, a un representante de cada una de las dependencias o entidades del Gobierno Federal directamente vinculadas con las actividades productivas de los usuarios de las aguas nacionales, y a un representante de cada uno de los municipios que se encuentren comprendidos en el territorio del COTAS. Los integrantes del Grupo Técnico Consultivo tendrán derecho a voz y voto en sus reuniones de trabajo, pero en las sesiones del COTAS únicamente el derecho a voz.

  21. Invitados • Invitados, que serán aquellos representantes de las Universidades, Institutos de Investigación, Organismos No Gubernamentales, Asociaciones y Colegios de Profesionales y otras organizaciones de la sociedad, que a juicio de los directivos o vocales de los COTAS, puedan contribuir al mejor conocimiento del comportamiento del Acuífero y de los problemas asociados a su explotación, participando en la formulación de alternativas de solución. La invitación se hará por escrito y deberá ser suscrita por el Presidente del COTAS.

  22. Acuífero Ojocaliente-Aguascalientes-Encarnación Localización y Extensión Aguascalientes 2929 Km2 Zacatecas 1713 Km2 Jalisco 90 Km2 TOTAL 4732 Km2

  23. COMITÉ TÉCNICO DE AGUAS SUBTERRÁNEASPROGRAMAS Y LINEAS DE ACCIÓN LINEAS DE ACCION • SANEAMIENTO • Identificación de sitios de contaminación de agua subterránea • Estudios e identificación de acciones de remediación. • Monitoreo de las acciones de remediación. • ORDENAMIENTO Y REGULACIÓN DE LA EXPLOTACIÓN • Validación y actualización del Censo de aprovechamientos • Actualización y difusión del Registro Público de derechos de Agua • Reglamentación, control y vigilancia de la explotación del acuífero • Contribuir al desarrollo del Mercado del agua • RECONOCIMIENTO DEL VALOR SOCIAL, ECONÓMICO Y AMBIENTAL DEL AGUA • Participación en estudios de costos del agua que determinen contribuciones de los usuarios para los programas de los COTAS • Formulación y participación en los programas de capacitación, divulgación y educación • CONSERVACIÓN DE AGUA Y SUELO • Identificación de proyectos de recarga de acuíferos • Desarrollo y evaluación de proyectos de recarga de acuíferos • USO EFICIENTE • Modernización de sistemas y procesos • Seguimiento en las acciones de uso eficiente • Vinculación con los programas institucionales

  24. GRACIAS

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