1 / 21

TEMA 11

TEMA 11. CONTRATOS PÚBLICOS DE OBRAS, GESTIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS Y SUMINISTROS. CONTRATO DE OBRAS. CONTRATO CELEBRADO ENTRE LA ADMINISTRACIÓN Y UN EMPRESARIO CUYO OBJETO SEA: Construcción de bienes inmuebles (carreteras, puertos, presas etc)

Télécharger la présentation

TEMA 11

An Image/Link below is provided (as is) to download presentation Download Policy: Content on the Website is provided to you AS IS for your information and personal use and may not be sold / licensed / shared on other websites without getting consent from its author. Content is provided to you AS IS for your information and personal use only. Download presentation by click this link. While downloading, if for some reason you are not able to download a presentation, the publisher may have deleted the file from their server. During download, if you can't get a presentation, the file might be deleted by the publisher.

E N D

Presentation Transcript


  1. TEMA 11 CONTRATOS PÚBLICOS DE OBRAS, GESTIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS Y SUMINISTROS

  2. CONTRATO DE OBRAS • CONTRATO CELEBRADO ENTRE LA ADMINISTRACIÓN Y UN EMPRESARIO CUYO OBJETO SEA: • Construcción de bienes inmuebles (carreteras, puertos, presas etc) • Realización de trabajos que modifiquen la forma del terreno (sondeos, regeneración de playas etc) • La reforma, reparación, conservación o demolición de los anteriores • ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO: Requiere la presentación de un proyecto que defina el objeto del contrato. Se adjudicarán por los siguientes procedimientos: • Procedimiento abierto • Procedimiento restringido • Procedimiento negociado (excepcional) puede ser con o sin publicidad

  3. Procedimiento negociado con publicidad • Se utilizará en los casos siguientes (previa justificación): • Cuando las ofertas en los procedimientos abierto y restringido sean inaceptables y siempre que no se modifiquen sustancialmente las condiciones originales del contrato. Incluirá a todos los licitadores que en el procedimiento anterior hubieran sido admitidos a licitación • Cuando los fines de la obra sean la investigación • En casos excepcionales en los que no se pueda determinar previamente el precio global

  4. Procedimiento negociado sin publicidad • Se utilizará en los siguientes casos (previa justificación) • Cuando el contrato no se adjudique en procedimiento abierto o restringido por falta de licitadores o por no haber sido admitidos a licitación siempre que no se modifiquen las condiciones originales del contrato, excepto el precio que no podrá aumentar en más del 10% • Cuando la obra sólo pueda encomendarse a determinada empresa por cuestiones de especialidad técnica o artística o por necesidad de proteger los derechos de exclusividad. • Urgencia que requiera su rápida realización • Cuando se trate de obras complementarias que no figuren en el proyecto si su importe no excede del 20% del precio • Cuando se trate de repetición de obras similares a otras adjudicadas por procedimiento abierto o restringido • Los de clarados secretos o reservados • Los de presupuesto inferior a 60.101,21

  5. Formas de adjudicación • SUBASTA . La adjudicación será para el licitador que oferte el precio mas bajo. Sólo se utilizará en obras de poca cuantía que están perfectamente definidas. • CONCURSO. Se adjudica al licitador que, en su conjunto, presente la proposición más ventajosa, según los criterios establecidos en los pliegos de condiciones sin atender exclusivamente al precio.

  6. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO • Se formaliza en documento administrativo o en escritura pública si así lo solicita el contratista en el plazo de 30 días desde la adjudicación • La garantía a depositar la fijará el órgano de contratación en cada caso.

  7. Clasificación de las obras • Obras de primer establecimiento. Aquellas que dan lugar a la creación de un bien inmueble • Obras de reforma: obras de mejora, ampliación, modernización, adaptación, adecuación o refuerzo de un bien inmueble • Obras de reparación simple: las necesarias para corregir el deterioro producido en un bien inmueble • Obras de conservación y mantenimiento: si el deterioro ha sido producido por el paso del tiempo • Obras de demolición: las que tienen por objeto la demolición de bienes inmuebles.

  8. Ejecución del contrato • La ejecución comienza con el replanteo dentro del plazo marcado (< 1 mes desde la formalización del contrato) • La ejecución se realiza de acuerdo a las cláusulas establecidas • El contratista es responsable de los defectos hasta que se cumpla el plazo de garantía • La administración expedirá mensualmente certificaciones que acrediten las obras ejecutadas, y así el contratista podrá cobrar.

  9. Modificación del contrato • Las modificaciones dependen del director de la obra. • Requiere un expediente de modificación de obras que requiere las siguientes actuaciones: • Propuesta técnica efectuada por el director donde figure el importe aproximado de la modificación y la descripción de la obra a realizar • Audiencia del contratista • Conformidad del órgano de contratación • Certificado de existencia de crédito.

  10. Extinción del contrato de obras • Por cumplimiento del contrato. Una vez terminada la obra, un técnico de la administración levantará acta y comenzará el plazo de garantía nunca inferior a 1 año. Si la obra no reúne las características exigidas en el proyecto, se levantará acta de los defectos y concederá un plazo para subsanarlos. Durante el plazo de 15 años el contratista responderá de los vicios ocultos. • Por resolución del contrato: son causa de resolución: • La demora en la comprobación del replanteo • La suspensión en la iniciación de las obras por un plazo > 6 meses • Suspensión de las obras por un plazo > 8 meses • Errores materiales que afecten al menos en un 20% del presupuesto • Modificaciones que impliquen alteración del precio en mas del 20%

  11. Contratos de gestión de servicios públicos • Son en la práctica una concesión administrativa. • Las empresas particulares se presentan al concurso cuando la explotación del servicio les genere beneficios. • La administración asegura la buena marcha de los servicios contratados • CLASIFICACIÓN: • CONCESIÓN: el empresario gestiona el servicio • GESTIÓN INTERESADA: el empresario comparte el servicio con la administración • CONCIERTO: con persona natural o jurídica si esta persona está prestando un servicio análogo al del contrato • CONSTITUCIÓN DE SOCIEDADES DE ECONOMÍA MIXTA cuando la administración participa a través de una entidad pública.

  12. Duración de los contratos de servicios públicos • La duración se fijará en cada contrato • Suelen contener cláusulas de prorroga inmediata • No podrán tener duración indefinida. Su duración, incluidas las prórrogas no superará los siguientes periodos: • 50 años para contratos que incluyan ejecución y explotación de la obra • 25 años para contratos de servicios no relacionados con sanidad • 10 años cuando se trate de contratos de prestación de servicios sanitarios.

  13. Adjudicación del contrato de gestión de servicios públicos • Se adjudican por procedimiento abierto o restringido mediante concurso • El procedimiento negociado sólo se emplea, previa justificación en los siguientes casos: • Cuando no hay concurrencia en la oferta • Urgencia , resultante de acontecimientos imprevisibles. • Los declarados secretos • aquellos cuyo presupuesto de gastos de primer establecimiento se prevea inferior a 30050,61 y cuyo plazo de duración sea inferior a 5 años • Aquellos no adjudicados en concurso por falta de licitación o por no haber sido admitidas. • Las prestaciones de asistencia sanitaria concertadas con medios ajenos.

  14. Adjudicación, formalización y garantía definitiva • El contrato se perfecciona cuando lo adjudica el órgano competente • Se formaliza en documento administrativo, o escritura pública si así lo solicita el contratista, en el plazo de 30 días desde la adjudicación • La garantía será fijada por el órgano de contratación en cada caso, concediendo un plazo de 15 días para depositarla.

  15. Ejecución y modificación del contrato • El contratista ejecutará las obras de acuerdo con lo establecido en el contrato y en los plazos señalados. Está obligado a: • Prestar el servicio con la continuidad convenida y garantizar a los particulares el derecho a utilizarlo en las condiciones establecidas • Cuidar del buen orden des servicio • Indemnizar los daños que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera el desarrollo • Respetar los acuerdos internacionales que obliguen en esta materia • La administración puede modificar las características del servicio y las tarifas que deben abonar los usuarios. Si estas afectan al régimen financiero del contrato, se compensará al contratista.

  16. Extinción del contrato de gestión de servicios • POR CUMPLIMIENTO. Al finalizar el plazo estipulado el servicio revierte al estado junto a las obras o instalaciones realizadas. • POR RESOLUCIÓN. Además de las causas generales de resolución, son causas particulares de este tipo de contratos: • Demora de la administración en la entrega de la contraprestación o de los medios según contrato • Rescate del servicio, antes de vencer el plazo, por razones de interés público • La supresión del servicio por razones de interés público • Imposibilidad de explotar el servicio por acuerdos adoptados posteriormente por la administración.

  17. CONTRATOS DE SUMINISTROS • Aquel que tiene por objeto la compra, arrendamiento, arrendamiento financiero o adquisición de producto o bienes muebles. • Cuando el empresario deba entregar una pluralidad de bienes sucesivamente por un precio unitario sin conocer la cuantía total ni el tiempo de duración (gasoil) • La adquisición y arrendamiento de equipos informáticos excepto los programas. • La fabricación de cosas elaboradas con características peculiares fijadas previamente por la administración

  18. Adjudicación del contrato de suministros • Subasta . Se utiliza en adquisiciones de escasa cuantía de productos normalizados cuya calidad y forma no puede variar. • Concurso. Se usa en el resto de contratos • Procedimiento negociado. Sólo se empleará cuando las ofertas económicas en los procedimientos anteriores sean irregulares o inaceptables si no se modifican sustancialmente las condiciones iniciales. Podrá realizarse con o sin publicidad según los casos.

  19. Adjudicación, garantía definitiva y formalización • El contrato se perfecciona mediante la adjudicación por el órgano contratante • En el plazo de 15 días debe aportar una garantía del 4% del presupuesto del contrato (existen exenciones) • Se formaliza en documento administrativo, o escritura pública si así lo solicita el contratista, en el plazo de treinta días desde la notificación de la adjudicación

  20. Ejecución, modificación y revisión • El contratista está obligado a entregar los bienes objeto de suministro en el tiempo y lugar fijados y de acuerdo con las cláusulas administrativas • Si la recepción de los bines, es posterior a la entrega, la administración será responsable de su custodia • El precio se abonará en dinero, pudiendo ser en otros bienes si su valor no supera el 50% del valor contratado • Podrá ser modificado por el órgano de contratación por razones de interés público, previa audiencia del contratista • El precio se podrá revisar, cuando la duración sea superior a 6 meses y se haya ejecutado el 20%

  21. Extinción del contrato de suministros • Por cumplimiento: al finalizar la entrega de los suministros según lo estipulado en el contrato • Por resolución: además de las causas generales ya estudiadas, son causas propias de este tipo de contrato: • La suspensión de la iniciación del suministro por plazo superior a 6 meses • Suspensión del suministro por plazo superior a 1 año acordado por la administración, salvo que figure un plazo inferior. • Modificaciones del suministro que impliquen alteraciones del precio superiores o inferiores al 20% del precio.

More Related