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COMITÉ INTERINSTITUCIONAL DE CONTROL INTERNO DEL RISARALDA

COMITÉ INTERINSTITUCIONAL DE CONTROL INTERNO DEL RISARALDA. Marco Legal. Ley 87 de 1993, “ Por la cual se establecen normas para el ejercicio del Control Interno en las entidades y organismos del Estado y se dictan otras disposiciones” (Ver. art. 13)

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COMITÉ INTERINSTITUCIONAL DE CONTROL INTERNO DEL RISARALDA

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Presentation Transcript


  1. COMITÉ INTERINSTITUCIONAL DE CONTROL INTERNO DEL RISARALDA

  2. Marco Legal • Ley 87 de 1993,“Por la cual se establecen normas para el ejercicio del Control Interno en las entidades y organismos del Estado y se dictan otras disposiciones”(Ver.art. 13) • Ley 489 de 1998, " Por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglas generales para el ejercicio de las atribuciones previstas en los numerales 15 y 16 del artículo 189 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones.(Ver art. 27, 28 y 29.) • Decreto 2145 de 1999“Por el cual se dictan normas sobre el Sistema Nacional de Control Interno de las Entidades y Organismos de la Administración Pública del Orden Nacional y Territorial y se dictan otras disposiciones”(Verart. 1, 3, 4, 7- numerales 4 y 5; 16 y 19.) • Decreto 2539 de 2000“Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 2145 de noviembre 4 de1999”(Ver art. 7) • Estatutos del CICI Nacional. “Reglamento interno Comité Interinstitucional de Control Interno - CICI”(Ver Art. Numeral 3 Parágrafo 3)

  3. Creado por • El Comité Interinstitucional de Control Interno del Risaralda – CICIR - fue constituido mediante resolución 0319 del 7 de septiembre de 2007 de la Gobernación de Risaralda.

  4. Objeto • Órgano facilitador encargado de orientar, asesorar y poner en marcha estrategias para la debida implementación y el mejoramiento continuo del Sistema de Control Interno  de las entidades públicas existentes en el Departamento de Risaralda

  5. Funciones De acuerdo al numeral 4º del artículo 7º del Decreto 2145 de 1999, modificado por el artículo 7º, del Decreto 2539 de 2000 son funciones de los CICI: • Consolidar e intercambiar experiencias exitosas en materia de control interno. • Brindar asesoría y apoyo a los responsables de la puesta en práctica y la evaluación independiente. • Estudiar y difundir las políticas, planes y programas establecidos por el Departamento Administrativo de la Función Pública, el Consejo Asesor del Gobierno Nacional en materia de Control Interno, la Contaduría General de la Nación y demás organismos que regulan los temas del Control Interno. • Canalizar las necesidades de capacitación y asesoría de las diferentes entidades en materia de Control Interno. • Elegir la Junta Directiva. • Formular propuestas de mejoramiento, para facilitar la relación en materia de control Interno. • Fomentar el compromiso y el apoyo de los gobernantes, gerentes y demás personal directivo de las entidades que conforman el Comité con las políticas, planes y programas del Sistema Nacional de Control Interno. • Promover el desarrollo, actualización y unificación de la normatividad del Sistema de Control Interno. • Elaborar y aprobar su propio reglamento.

  6. Quienes pueden hacer parte del CICIR El Comité Interinstitucional de Control Interno del Departamento de Risaralda - CICIR -, estará integrado por los Delegados de las Entidades Públicas que soliciten su inscripción ante este Comité, tal como lo establece la ley 87 de 1993, en su articulo 5°.

  7. Entidades vinculadas El CICIR esta integrado por los Delegados de las Entidades Públicas que soliciten su inscripción ante este Comité

  8. Derechos de los miembros • Elegir y ser elegido como miembro de la Junta Directiva y demás órganos del Comité. • Participar en los diferentes proyectos del Comité de conformidad con sus objetivos. • Participar en los procesos de capacitación del CICIR, de acuerdo con los criterios de la Junta Directiva. • Conocer de las decisiones, planes y proyectos adoptados por la Junta Directiva del CICIR.  • Representar al Comité en eventos o ante organismos nacionales e internacionales de acuerdo con los criterios de la Junta Directiva.

  9. Deberes de los miembros • Cumplir con el reglamento interno del Comité. • Contribuir al logro de los objetivos del Comité, participando activamente en los proyectos y eventos que éste determine. • Asistir cumplidamente a las sesiones tanto ordinarias como extraordinarias que se convoquen y cumplir con las tareas que se le asignen.

  10. Órganos de administración y control • Sesión Plenaria • Junta Directiva: • Presidente • Vicepresidente • Secretario • Vocales • Cada cargo tiene su respectivo suplente

  11. Actividades realizadas • Primer Foro Regional CICIR 2005 • Segundo Foro Regional CICIR 2006 • Tercer Foro Regional CICIR 2008 • Cuarto Foro CICIR 2009 • Conversatorios 2005, 2006, 2007, 2008, 2009 • Seminarios cortos 2005, 2006, 2007 • Seminario Taller Implementación MECI y su evaluación, 2008 • Envío de información permanente sobre control interno y demás temas pertinentes • Orientación a entidades en cuanto a control interno. • Enlace con el Departamento Administrativo de la Función Pública

  12. JUNTOS FORTALECEMOS EL CONTROL INTERNO CICIR 2010 • INSCRIPCIONES: • beatriznv@hotmail.com • sycalvo@utp.edu.co

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