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Ética de las contrataciones. Responsabilidad Administrativas y Penales/ Régimen de Sanciones. Oscar Herrera Giurfa. Función Publica.
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Ética de las contrataciones. Responsabilidad Administrativas y Penales/ Régimen de Sanciones Oscar Herrera Giurfa
Función Publica Toda actividad temporal o permanente, remunerada u honoraria, realizada por una persona natural en nombre del Estado o de sus entidades, en cualquiera de sus niveles jerárquicos. (Art.2 del código de Etica) Oscar Herrera Giurfa
Función Publica Los fines de la función pública son: • El Servicio a la Nación, la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos. Oscar Herrera Giurfa
Gestión Publica Es el conjunto de acciones mediante las cuales las entidades tienden al logro de sus fines, objetivos y metas, los que están enmarcados por las políticas gubernamentales establecidas por el Poder Ejecutivo. Oscar Herrera Giurfa
Gerencia Publica Es el desempeño de la función ejecutiva en el gobierno: tomar decisiones sobre propósitos y acciones en contextos específicos y satisfaciendo criterios de razonabilidad, con impacto agregado en la política pública Oscar Herrera Giurfa
FUNCIONARIO/SERVIDOR PÚBLICO Servidor Público: ciudadano en ejercicio que presta servicio en entidades de la Administración Pública con nombramiento o contrato de autoridad competente, con las formalidades de Ley, en jornada legal y sujeto a retribución remunerativa permanente en períodos regulares. Oscar Herrera Giurfa
FUNCIONARIO/SERVIDOR PÚBLICO Funcionario Público: ciudadano que es elegido o designado por autoridad competente, conforme al ordenamiento legal, para desempeñar cargos del más alto nivel en los poderes públicos y los organismos con autonomía. Los cargos políticos y de confianza son los determinados por Ley. (REGLAMENTO DE LA LEY DE BASES DE LA CARRERA ADMINISTRATIVA) Oscar Herrera Giurfa
FUNCIONARIO/SERVIDOR PÚBLICO • Funcionario Público, es quien actúa por delegación del Estado en las relaciones externas de la administración con los administrados, expresando ante estos la voluntad de aquel. • Servidor Público, es el que prestando servicios en la administración, no actúa con dicha delegación y la hace exclusivamente en las relaciones internas de la misma administración. Oscar Herrera Giurfa
FUNCIONARIO/SERVIDOR PÚBLICO • Servidor o Funcionario Público.- Es para los efectos de esta Ley, todo aquel que independientemente del régimen laboral en que se encuentra, mantiene vínculo laboral, contractual o relación de cualquier naturaleza con alguna de las entidades, y que en virtud de ello ejerce funciones en tales entidades (...).” Oscar Herrera Giurfa
Deberes de la Función Pública • 1. Neutralidad • Debe actuar con absoluta imparcialidad política, económica o de cualquier otra índole en el desempeño de sus funciones demostrando independencia a sus vinculaciones con personas, partidos políticos o instituciones. • . Oscar Herrera Giurfa
Deberes de la Función Pública • 2. Transparencia • Debe ejecutar los actos del servicio de manera transparente, ello implica que dichos actos tienen en principio carácter público y son accesibles al conocimiento de toda persona natural o jurídica. El servidor público debe de brindar y facilitar información fidedigna, completa y oportuna. • . Oscar Herrera Giurfa
Deberes de la Función Pública • 3. Discreción • Debe guardar reserva respecto de hechos o informaciones de los que tenga conocimiento con motivo o en ocasión del ejercicio de sus funciones, sin perjuicio de los deberes y las responsabilidades que le correspondan en virtud de las normas que regulan el acceso y la transparencia de la información pública. . Oscar Herrera Giurfa
Deberes de la Función Pública • 4. Ejercicio Adecuado del Cargo • Con motivo o en ocasión del ejercicio de sus funciones el servidor público no debe adoptar represalia de ningún tipo o ejercer coacción alguna contra otros servidores públicos u otras personas. Oscar Herrera Giurfa
Deberes de la Función Pública • 5. Uso Adecuado de los Bienes del Estado • Debe proteger y conservar los bienes del Estado, debiendo utilizar los que le fueran asignados para el desempeño de sus funciones de manera racional, evitando su abuso, derroche o desaprovechamiento, sin emplear o permitir que otros empleen los bienes del Estado para fines particulares o propósitos que no sean aquellos para los cuales hubieran sido específicamente destinados. Oscar Herrera Giurfa
Deberes de la Función Pública • 6. Responsabilidad • Todo servidor público debe desarrollar sus funciones a cabalidad y en forma integral, asumiendo con pleno respeto su función pública. • Ante situaciones extraordinarias, el servidor público puede realizar aquellas tareas que por su naturaleza o modalidad no sean las estrictamente inherentes a su cargo, siempre que ellas resulten necesarias para mitigar, neutralizar o superar las dificultades que se enfrenten. Oscar Herrera Giurfa
Tipos de Responsabilidad • Administrativa • Civil • Penal Oscar Herrera Giurfa
RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA • Es aquella en la que incurren los servidores y funcionarios: por haber contravenido el ordenamiento jurídico administrativo y las normas internas de la entidad a la que pertenecen, se encuentre vigente o extinguido el vínculo laboral o contractual al momento de su identificación durante el desarrollo de la acción de control. Oscar Herrera Giurfa
RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA • Incurren también en responsabilidad administrativa funcional los servidores y funcionarios públicos que en el ejercicio de sus funciones, desarrollaron una gestión deficiente, para cuya configuración se requiere la existencia, previa a la asunción de la función pública que corresponda o durante el desempeño de la misma, de mecanismos objetivos o indicadores de medición de eficiencia. • Prescribe a los 4 años Oscar Herrera Giurfa
RESPONSABILIDAD CIVIL • Es aquella en la que incurren los servidores y funcionarios públicos, que por su acción u omisión, en el ejercicio de sus funciones, hayan ocasionado un daño económico a su Entidad o al Estado. Es necesario que el daño económico sea ocasionado incumpliendo el funcionario o servidor publico sus funciones, por dolo o culpa, sea esta inexcusable o leve. La obligación de resarcimiento a la Entidad o al Estado es de carácter contractual y solidaria, y la acción correspondiente prescribe a los diez (10) años de ocurridos los hechos que generan el daño económico. Oscar Herrera Giurfa
RESPONSABILIDAD PENAL • Es aquella en la que incurren los servidores y funcionarios públicos que en ejercicio de sus funciones han efectuado un acto u omisión tipificado como delito. Oscar Herrera Giurfa
Responsabilidad según etapa de la contratación pública • Responsabilidad derivada de los actos previos: • Responsabilidad derivada de los procesos • Responsabilidad derivada de los contratos • Funcionarios Involucrados Oscar Herrera Giurfa
FASES DE LA RESPONSABILIDAD • Presupuesto de la Responsabilidad • Comisión de la falta • Evaluación • Sindicación • Proceso • Sanción Oscar Herrera Giurfa
Principios y Criterios para la Evaluación de Responsabilidades • PRINCIPIO DE LICITUD • PRINCIPIO DE LEGALIDAD • INJUSTO TIPICO • RELACION CAUSAL • IMPUTABILIDAD • LESION RESARCIBLE • PRINCIPIO DE RESERVA Oscar Herrera Giurfa
PRESUNCION DE LICITUD • Considerar que los auditados han actuado con arreglo a las normas legales y administrativas en forma transparente, salvo la prueba en contrario que compete aportar al auditor. Implica que la identificación de responsabilidad debe sustentarse en evidencia suficiente y competente sobre la conducta del auditado, excluyendo la posibilidad de determinar solo por sospeche ante su falta de aclaraciones/comentarios o por circunstancias análogas. Oscar Herrera Giurfa
PRINCIPIO DE LEGALIDAD • El examen que se efectué debe estar sujeto a un marco ordenatorio vigente y previo con relación a la conducta sancionable a la cual delimita Oscar Herrera Giurfa
PRINCIPIOS DEL INJUSTO TIPICO • Exige delimitación concreta de los elementos de la conducta que se hace reprochable, a fin de aplicar alguna sanción. • Limita el empleo de cláusulas abiertas, deberes generales o conceptos jurídicos indeterminados. • Excluye como sancionales conductas que no implican lesión alguna de bienes jurídicos, riesgos efectivos ni trastornos relevantes. Oscar Herrera Giurfa
RELACION CAUSAL • Consiste en apreciar en términos materiales la exigibilidad de la conducta personal al auditado dentro de su contexto de actuación y cometido de probidad, así como diferenciar los hallazgos determinados por circunstancias externas o estructurales de las administración.(nexo causal) Oscar Herrera Giurfa
CONOCIMIENTO EFECTIVO • Consiste en apreciar la posibilidad de conocimiento del auditado respecto al hecho observado, sus consecuencias e implicancias; sobre las condiciones reales existentes en el momento para observar integralmente las dispociones que regulan su conducta, así como sobre la su conducta, así como sobre la razonabilidad y transparencia de las acciones adoptadas para ese propósito. Oscar Herrera Giurfa
LESION RESARCIBLE • Existencia de detrimento patrimonial. • Carácter antijurídico del detrimento (cuando la Administración Publica no tenga el deber de soportar el detrimento conforme a la legalidad) Oscar Herrera Giurfa
RESERVA: • Criterio cuya aplicación impide que durante el análisis de responsabilidades se revele información que efectué el prestigio de las gestiones, entidades, a su personal o al Sistema Nacional de Control o dificulte el avance del análisis Oscar Herrera Giurfa
Determinación de Responsabilidades • El Informe de Control Identifica Responsabilidades • La Contraloría o el Tribunal Superior de responsabilidades determinan las Responsabilidades Administrativas • El Juez Determina Responsabilidad Civil o Penal Oscar Herrera Giurfa
Sanciones Administrativas Aplicables.. Procedimiento sancionador de la Contraloría: Ley 29622 Ley que amplía las facultades de la Contraloría en el proceso para sancionar en materia de responsabilidad administrativa funcional. Decreto Supremo 023-2011-PCM Reglamento de Sanciones e Infracciones para la Responsabilidad Administrativa Funcional Derivada de los Informes emitidos por los Órganos del Sistema Nacional de control.
DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACION PÚBLICA CARACTERISTICAS • Delitos inherentes a la función:Conductas no punibles si las realizan particulares solo califican como delito porque en razón de su cargo tiene la obligación de proceder en un sentido determinado.( malversación, abuso de autoridad). Oscar Herrera Giurfa
DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACION PÚBLICA CARACTERISTICAS • Delitos de base común: Conductas punibles para ambas situaciones, tales conductas no protegen un valor o principio de la Administración Pública sino transcendentes a todo escenario. Oscar Herrera Giurfa
DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACION PÚBLICA CARACTERISTICAS • Delitos agravados por la función pública:Conducta de funcionario la agrava. Ejemplo: violación de secreto de comunicaciones Oscar Herrera Giurfa
DELITOS COMETIDOS POR FUNCIONARIOS PUBLICOS • Abuso de autoridad • Colusión • Peculado • Corrupción de Funcionarios Oscar Herrera Giurfa
MUCHAS GRACIAS Oscar Herrera Giurfa