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DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD N° 0 DPC - 0

DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD N° 0 DPC - 0. PROFESORAS: Rosa Aura Casal Aura Elena Peña. Declaración de Principios de Contabilidad N° 0 Normas básicas y principios de contabilidad de aceptación general. DPC-0 Información Básica.

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DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD N° 0 DPC - 0

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  1. DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD N° 0 DPC - 0 PROFESORAS: Rosa Aura Casal Aura Elena Peña

  2. Declaración de Principios de Contabilidad N° 0 Normas básicas y principios de contabilidad de aceptación general

  3. DPC-0 Información Básica Fecha de Emisión : La DPC-0 fue emitida en el mes de abril de 1997. Norma que reemplaza : La norma reemplaza a la Publicación Técnica No. 3 emitida en el mes de septiembre de 1974. La DPC-0 representa el marco principal de las normas contables en Venezuela y la base para la aplicación de los principios de contabilidad generalmente aceptados o PCGA.

  4. Estructura de la DPC-0 • El pronunciamiento tiene la siguiente estructura : • Introducción • Definición y División de la Contabilidad • Alcance de este Boletín • Objetivos de la Contabilidad Financiera y de los Estados Financieros • Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados • Criterios para la Aplicación Supletoria de otros Pronunciamientos

  5. ESTADOS FINANCIEROS TÉCNICAS METODOLOGÍAS PRINCIPIOS SUPUESTOS FUNDAMENTALES DPC-0 La relación entre los estados financieros y el cuerpo doctrinario de la ciencia contable :

  6. DPC-0 El párrafo 6 de la DPC-0 establece lo siguiente : Actividad de servicio La contabilidad Un sistema de información Una disciplina descriptiva y analítica De las tres características, las dos primeras son las más resaltantes, por cuanto al asignarle el atributo de actividad de servicio a la contabilidad, está en sintonía con su clasificación de ciencia social.

  7. DPC-0 El párrafo 9 de la DPC-0 está referido a: Normas básicas, conceptos teóricos y criterios específicos, englobados bajo la expresión PCGA relacionados con la preparación y presentación de los estados financieros a ser utilizados La presentación de los estados financieros conforme a PCGA. Los PCGA revisten la máxima expresión de las reglas, normas o postulados en cuanto a cómo deben ser presentadas las cifras de una entidad. Importancia

  8. DPC - 0 El párrafo 12, abarca los siguientes aspectos Deben cumplir con ciertos objetivos básicos a fin de darle una organización y sistematización a la teoría y práctica de la ciencia contable: Uniformar los criterios contables para el registro de las operaciones. a) Los objetivos de la contabilidad financiera y de los estados financieros y, b) Los PCGA A la contabilidad se le ha denominado el lenguaje de los negocios: Lo utilizan los empresarios para poder medir y presentar los resultados obtenidos en el ejercicio económico, la situación financiera de las empresas, los cambios en la posición financiera y/o en el flujo del efectivo.

  9. DPC- 0 • Cita las principales • instituciones de tipo • profesional en el orden • o contexto internacional • y sus definiciones de • estados financieros o de • la contabilidad. • Establece tratamientos • especiales para • operaciones específicas. • Orienta a los usuarios de • los estados financieros. • Sistematiza el • conocimiento contable. En sentido amplio, los estados financieros objetivo de la contabilidad, incluye al menos lo siguiente : Balance general. Estado de resultados o de ganancias y pérdidas. Estado de costo de ventas y estado de costo de producción y ventas (no obligatorio). Estado de movimiento de las cuentas del patrimonio. Estado de flujo del efectivo. Notas a los estados financieros

  10. DPC- 0 La definición del término estados financieros de acuerdo a IASC, hace la distinción que éstos deben ser presentados de acuerdo a Normas Internacionales de Contabilidad cuando sean emitidos a personas tales como: accionistas, acreedores, empleados y público en general, es decir, a los usuarios externos. Sin embargo, la elaboración a los fines de uso interno puede tener otro tipo de agrupación y/o clasificación para su presentación: El objetivo es por lo general la administración del negocio.

  11. DPC- 0 La DPC-0 en el párrafo 24, establece lo siguiente : Los PCGA, son un cuerpo de doctrinas asociadas con la contabilidad Explican Las actividades corrientes o actuales y como guía en la selección de convencionalismos o procedimientos aplicados por los profesionales de la Contaduría Pública en el ejercicio de las actividades que le son propias, en forma independiente de las entidades analizadas y que han sido aceptados en forma general y aprobados por la FDCCP de Venezuela a través de su Comité Permanente de Principios de Contabilidad.

  12. DPC- 0 Los PCGA, son las guías que dictan las pautas para el registro, tratamiento y presentación de transacciones financieras o económicas. Para sustentar la aplicabilidad de los principios contables, se establecen supuestos básicos, que son de aceptación general y de aplicación inicial para cualquier estado financiero, que: Deben ser presentados de acuerdo con los PCGA. Una de las principales razones por las cuales surgen los PCGA, está referida al entendimiento básico que debe tener un usuario sobre las cifras que presenta una empresa para ser comparadas con otras. A fin de cumplir con esta comparabilidad y que la misma sea válida. Los estados financieros deben seguir ciertas reglas básicas en su preparación y elaboración.

  13. Aspectos Importantes DPC- 0 Una clasificación de los PCGA según la DPC-0 son los siguientes : Postulados o Principios básicos 1. Equidad 2. Pertinencia 1. Entidad 2. Enfasis en el aspecto económico 3. Cuantificación 4. Unidad de medida Supuestos derivados del ambiente económico PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD GENERALMENTE ACEPTADOS 1. Valor histórico 2. Dualidad económica 3. Negocio en marcha 4. Realización contable 5. Período contable Principios para cuantificar las operaciones Principios generales 1. Objetividad 2. Importancia relativa 3. Comparabilidad 4. Revelación suficiente 5. Prudencia Principios aplicables a los estados financieros

  14. DPC- 0 La DPC-0 establece en sus párrafos 47 al 50 los criterios para la aplicación supletoria de otros pronunciamientos Para la aplicación práctica de los PCGA, la profesión en Venezuela debe guiarse en primer lugar por los publicados por la FDCCP de Venezuela. Para estos efectos se entiende por principios publicados por la Federación los que emite a través de su Comité Permanente de Principios de Contabilidad como: Declaraciones de Principios de Contabilidad: DPC o Publicaciones Técnicas: PT

  15. DPC- 0 Si algún aspecto no es tratado por los principios mencionados en el párrafo anterior, en segundo lugar y de manera supletoria, los Contadores Públicos Venezolanos deberán guiarse por las Normas Internacionales de Contabilidad (NICs) emitidas como definitivas por el Comité Internacional de Principios de Contabilidad (International Accounting Standards Committee-IASC).

  16. DPC- 0 Ante circunstancias no previstas por los organismos mencionados, la supletoriedad se dará, en tercer lugar, con los principios de contabilidad aceptados en México, emitidos y publicados por el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) a través de sus boletines y circulares. En cuarto lugar y de acuerdo con el mismo criterio de supletoriedad, se aplicarán los pronunciamientos contables de la Financial Accounting Standards Board-FASB conocidos como FAS y, finalmente, por los pronunciamientos contables emitidos en países latinoamericanos con situaciones económicas similares a Venezuela.

  17. DPC -0 En el caso que en la secuencia supletoria indicada se planteen varias opciones de tratamiento para una misma situación, la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela, a través de la auscultación previa del Comité Permanente de Principios de Contabilidad, debe pronunciarse por una de ellas mediante una Publicación Técnica - PT.

  18. Declaración de Principios de Contabilidad N° 6 Revelación de políticas contables

  19. DPC-6 Fecha de Emisión : La DPC-6 fue emitida en el mes de junio de 1987. Norma que reemplaza : La norma no reemplaza a ninguna norma previamente emitida. Comentarios : La DPC-6 establece las revelaciones básicas que deben efectuarse en los estados financieros con respecto a las políticas contables.

  20. Estructura de la DPC-6 • El pronunciamiento tiene la siguiente estructura : • Introducción • Discusión • Opinión - Aplicación • Contenido • Formato • Vigencia

  21. DPC-6 Este pronunciamiento trata uno de los aspectos más importantes del trabajo del contador público como es la revelación de información financiera ¿Cuánta información es necesaria revelar para que un usuario de la información financiera tenga los elementos mínimos para evaluar la situación financiera y de resultados de una entidad?. La revelación de políticas contables, se lleva a cabo a través de las notas a los estados financieros, en donde la primera nota debe corresponder a las políticas contables seguidas. No existe un criterio específico de cuánta información debe revelarse, sino más bien requisitos mínimos que son establecidos en las DPC.

  22. DPC-6 En el párrafo 2 establece lo siguiente: Si la gerencia omite en los estados financieros, información requerida por PCGA, incluyendo las notas que los acompañan, el auditor debe: *Expresar una opinión con salvedad o adversa * Proveer la información en su informe, si es práctico, a menos que la omisión en el informe de auditor es reconocida como apropiada por una DNA específica. Práctico significa: que la información es razonablemente obtenible de las cuentas y registros de la gerencia y que proveer la información en su informe no requiera que el auditor asuma la posición de un preparador de información financiera. Ver Normas sobre Servicios Especiales Prestados por Contadores Públicos , N° 1, de la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela.”

  23. DPC-6 El pronunciamiento exige un tratamiento adecuado de las revelaciones en los estados financieros. Debe hacerse la distinción en la responsabilidad por la revelación de información, la cual corresponde a la gerencia de una empresa y en caso de que tal revelación no sea suficiente, debe el contador público independiente emitir una opinión con salvedad. En el siguiente gráfico se muestran las responsabilidades que corresponden en la revelación de información financiera.

  24. DPC-6 Revelación PCGA ¿Quién la realiza? La gerencia de la empresa ¿Es adecuada? Si No Responsabilidad de la empresa Opinión Opinión con limpia salvedad Responsabilidad del Contador Público Independiente

  25. DPC-6 En el párrafo 3 establece lo siguiente: El auditor usa información recibida del cliente sobre bases confidenciales. Sin esta base de confidencialidad, le sería dificultoso al auditor obtener información necesaria para formular su opinión sobre los estados financieros. Por consiguiente, el auditor normalmente no debe disponer sin el conocimiento del cliente, información que no requiere ser revelada en los estados financieros para cumplir con PCGA. El auditor recibe información detallada de diversa índole para llevar a cabo su trabajo y ésta no es necesaria en muchos casos detallarla para que los estados financieros se encuentren de acuerdo con PCGA.

  26. DPC-6 Algunos ejemplos de este tipo de información puede estar constituida por : Planes estratégicos, Estrategias de mercadeo Clientes importantes Planes de sistemas Estructuras de costos de los productos Nómina confidencial Planes de inversión Reuniones de junta directiva Pagos a directivos La información citada es solamente a manera enunciativa. Como se puede observar, la revelación de un plan de sistemas, por ejemplo, no tiene relación con una adecuada presentación de los estados financieros de acuerdo con los PCGA

  27. DPC-6 En el párrafo 7 y 11 establece lo siguiente : La información acerca de la política contable adoptada por una entidad es esencial. Cuando los estados financieros son emitidos con el propósito de presentar razonablemente la posición financiera, cambios en la posición financiera (*) y resultados de operaciones de acuerdo con PCGA, debe incluirse una descripción de la política contable de importancia de la entidad informadora, como una parte integral de los estados financieros. En aquellos casos donde pueda ser apropiado el emitir uno o más de los estados financieros básicos sin los otros, designados para presentar razonablemente la información dada de acuerdo con PCGA, los estados así presentados también deben incluir la revelación de la política contable pertinente. (*) Sustituido por el Estado de Flujo del Efectivo”

  28. DPC-6 Ejemplos de revelación por parte de una entidad comercial requeridos comúnmente con respecto a la política contable debe incluir, entre otros : • Aquellos relacionados con • principios de consolidación, • 2. Valoración de inventarios, • 3. Depreciación y amortización, • 4. Amortización de intangibles, • 5. Traducción de monedas extranjeras y sus limitaciones y restricciones, • 6. Reconocimientos de • ganancia en contratos del • tipo de construcción a largo • plazo, 7. Reconocimiento de ingresos procedentes de franquicias y operaciones de arrendamiento, 8. Reconocimiento del impuesto sobre la renta diferido, 9. Capitalización de intereses, 10. Método para reflejar las inversiones en los estados financieros.”

  29. Declaración de Principios de Contabilidad N° 7 Estados financieros consolidados, combinados y valuación de inversiones permanentes por el método de participación patrimonial

  30. DPC-7 Información Básica Fecha de Emisión : La DPC-7 fue emitida en el mes de noviembre de 1987. Norma que reemplaza : La norma no reemplaza a ninguna norma previamente emitida. Comentarios : La DPC-7 establece el tratamiento que se debe seguir con las inversiones de naturaleza patrimonial.

  31. Estructura de la DPC-7 • Introducción • Estados Financieros Consolidados • Política de Consolidación • Eliminaciones de la Consolidación • Participación de Accionistas Minoritarios • Estados Financieros Combinados • Método de Valor de Mercado • Método de Costo

  32. Estructura de la DPC-7 • Método de Participación Patrimonial • Inversiones que Normalmente deben Registrarse por el Método de Participación Patrimonial • Inversiones que se Excluyen del Método de Participación Patrimonial • Inversión que por primera vez se Registra por el Método de Participación Patrimonial • Inversión que ya no cumple con los Requisitos para ser Registrada por el Método de Participación Patrimonial

  33. Estructura de la DPC-7 • Inversión Registrada por el Método de Participación Patrimonial Reducida a Cero o Menos • Revelaciones en los Estados Financieros Consolidados • Revelaciones cuando se usa el Método de Participación Patrimonial • Revelaciones cuando se usa el Método del Costo • Vigencia • Bibliografía

  34. DPC-7 En el párrafo 1 establece lo siguiente: La contabilidad mide la sustancia económica de las operaciones y en muchos casos cuando son aplicados los PCGA, se hace abstracción de la forma en la cual son realizadas las operaciones, es decir: La sustancia sobre la forma Para las inversiones en acciones con derecho a voto, la medición del monto de la inversión a ser mostrada en el balance general y el ingreso periódico producido por esas inversiones a ser mostrado en el estado de resultados, depende de la proporción poseída por la compañía inversora en la empresa emisora. Para interpretar y usar efectivamente los estados financieros periódicos de empresas que tienen inversiones a largo plazo, deben comprenderse claramente los diversos enfoques y sus impactos económicos.

  35. El concepto de entidad económica y unidad económica son aplicados sobre el concepto de entidad jurídica cuando, por ejemplo, se consolidan estados financieros. Las entidades jurídicas pueden ser constituidas para perseguir un fin determinado de manera individual o en conjunto con otras entidades jurídicas, de tal manera que la forma de constitución de diferentes entidades jurídicas son asociadas a una entidad económica común. En este sentido, la naturaleza económica de las operaciones en conjunto prevalece sobre el objetivo individual de diferentes entidades jurídicas. El párrafo 1 hace referencia a las inversiones en acciones con derecho a voto y en este sentido debe entenderse como tal las acciones comunes de una sociedad que de acuerdo a la teoría de sociedades son las que tienen derecho a voto y por consiguiente decisión de una entidad.

  36. Aspecto Económico Aspecto Jurídico Entidad A B C D DPC-7 En la siguiente figura se muestra el concepto jerarquizado de unidad económica.

  37. DPC-7 La DPC-7 establece dos criterios para la medición y presentación en los estados financieros, de las inversiones a largo plazo en acciones con derecho a voto Influencia significativa La influencia significativa es un aspecto de juicio objetivo y subjetivo, debido a que no necesariamente una participación accionaria significativa implica una influencia significativa en las operaciones de una entidad por lo que el aspecto cuantitativo puede ser sustituido por un asunto de juicio. Control De esta manera, no solamente se requiere una medida cuantitativa para poder medir el grado de influencia significativa, sino que se debe tener otro parámetro de medida que permita saber si existe, por ejemplo, realmente influencia significativa.

  38. DPC-7 Establece en su párrafo 4 lo siguiente : La forma en que estos términos se relacionan con la medición e información de las inversiones a largo plazo en acciones de capital es como sigue : Nivel de Propiedad Método de Medición y Presentación • Control (más del 50% de acciones ) • Propietarios o gerencia comunes (sin relación de propiedad entre compañías) • 3. Influencia significativa pero no control • (entre el 20% y 50% de acciones) • 4. Sin influencia significativa ni control • (menos del 20% de las acciones) 1.Consolidación 2. Combinación 3. Patrimonial 4. Costo

  39. DPC-7 Para explicar los estados financieros consolidados, combinados o la aplicación del método de participación patrimonial, es necesario tener en consideración los diferentes tipos de acciones en las empresas. TERCERO PRIMERO SEGUNDO También podemos tener acciones preferentes, las cuales generalmente son preferentes en cuanto a dividendos, liquidación de activos u otro tipo de preferencia, pero no en cuanto a voto en una asamblea de accionistas. Acciones comunes con derecho a voto, que en algunas empresas son catalogadas como tipo A, B, C, D, etc. En muchos casos esta diferenciación está asociada con el valor de la acción y con el derecho a voto. Acciones comunes sin derecho a voto, pueden tener una clasificación C ó D, según se haya decidido en la asamblea de accionistas.

  40. DPC-7 En los párrafos 8 al 10 establecelo siguiente : La condición usual para un interés financiero de controles la posesión de una partida mayoritaria en los derechos de votos en asambleas de accionistas y por lo tanto, como una regla general, la posesión por una compañía, directa o indirectamente, de más del 50% de las acciones con derecho a voto emitidas por otra compañía, es una condición que lleva a la consolidación. La excepción a la regla anterior es que no deberá consolidarse una filial, cuando: 1. Es probable que su control sea temporal, 2. Cuando se encuentre en quiebra o, 3. Cuando esté sujeta a una reorganización legal, etc.

  41. DPC-7 Además, aunque un grupo de compañías son heterogéneas en carácter, puede ser más apropiado hacer una consolidación que presentar un gran número de estados separados. Por otra parte, los estados separados o combinados serían preferibles para una filial o grupo de filiales si la presentación o la información financiera concerniente a las actividades particulares de dichas filiales es más informativa para los accionistas o prestamistas de la compañía matriz de lo que sería la inclusión de dichas filiales en una consolidación. (ver párrafos 12 y 22).” Al decidir sobre la política de consolidación, el objetivo debe ser puesto en que se haga la presentación financiera más significativa de acuerdo con las circunstancias. Al lector de los estados financieros se le debe dar información que es útil para sus necesidades, pero no se le debe abrumar con detalles innecesarios.

  42. DPC-7 La consideración de consolidar o combinar estados financieros, está relacionada con la finalidad de mostrar en una sola entidad la situación financiera y los resultados de operación de un grupo de empresas interrelacionadas por la propiedad de sus acciones y su gestión ejecutiva, desde el punto de vista económico o gerencial forman una sola entidad y por lo tanto cuando se presentan estados financieros consolidados o combinados no se presentan los estados financieros de una sola empresa sino de un grupo de empresas que desde el punto de vista legal constituyen entidades diferentes. Cuando se preparan estados financieros consolidados, combinados o se aplica el método de participación patrimonial la situación legal de las entidades o compañías individuales incluidas en dicho estado financiero no es asunto importante. Reviste mayor importancia el aspecto financiero involucrado que da origen a la consolidación, combinación o aplicación del método de participación patrimonial.

  43. DPC-7 En el párrafo 16, establece lo siguiente : • Deben eliminarse todos los saldos y transacciones efectuados entre las compañías del grupo consolidado y los estados financieros no deben reflejar utilidades o pérdidas originadas por transacciones intercompañías. • El proceso o metodología para consolidar las cifras de una matriz y sus filiales se puede dividir en los siguientes pasos : • Determinar la composición accionaria de las • diferentes entidades y sus relaciones a nivel de las inversiones que se tienen entre cada una.

  44. DPC-7 • 2. Elaborar una cédula en • hoja de trabajo de • consolidación con los • estados financieros • definitivos de cada • entidad. A manera de • sugerencia la cédula • puede tener la siguiente • estructura : • * Rubro del estado • financiero • * Saldos de la compañía • matriz • * Saldos de las compañías • filiales • Total de saldo de matriz • más filiales • Columnas de ajustes • y eliminaciones • * Total de saldos de la • consolidación • La estructura sugerida es típica de una cédula de consolidación y deben elaborarse tanto para el balance general como para el estado de resultados consolidado. -

  45. DPC-7 En los párrafos 17 y 18, establece lo siguiente : Cuando para la matriz el costo de la inversión en una filial comprada, exceda la participación a que la matriz tenga derecho sobre los activos netos de la filial a la fecha de su adquisición, según los estados financieros de la filial, el excedente, deberá tratarse en el balance consolidado de acuerdo con su naturaleza. Hasta el grado que tales diferencias puedan atribuirse a partidas específicas del activo, deberán asignarse a esos rubros Cualquier diferencia que no pueda ser asignada demanera específica deberá ser revelada bajo el título apropiado, por ejemplo, “Exceso del costo sobre el valor neto en libros de acciones de filiales” y será presentado como último renglón del activo en el balance general. Debe absorberse este exceso mediante cargos a los resultados consolidados en un período que no debe exceder de veinte años.

  46. DPC-7 El valor de mercado de las acciones de una compañía, debe estar determinado por el valor presente de los ingresos y las utilidades futuras. Puedeexistir una sobrevaluación basada en el valor de sus inventarios, del costo de reposición de sus activos o de las ventajas competitivas que pueda tener la compañía, así se determina el valor a ser pagado por los potenciales inversionistas, que por lo general resulta mayor que el valor del activo neto de la compañía o lo que se denomina valor contable de la compañía. Cuando el costo de adquisición de una inversión en acciones sea inferior a la participación que la matriz tiene derecho sobre los activos netos de la filial a la fecha de la compra, se aplicará tratamiento similar al indicado en el párrafo 17, acreditando la diferencia a una cuenta que podría titularse “Exceso del valor neto en libros sobre el costo de acciones de filiales” El cual debe ser presentado en la sección de patrimonio del balance general.

  47. DPC-7 Las diferencias entre el valor contable y el valor pagado generalmente se originan por subvaluación contable de los inventarios o de los activos fijos, como estas partidas son no monetarias y generan un mayor valor a la compañía adquiriente, independientemente si las mismas han sido reexpresadas conforme con lo indicado en la DPC-10 y sus boletines de actualización. Es improbable que un inversionista pague un monto en exceso por montos provenientes de partidas monetarias, las cuales se realizan por el valor registrado en libros. El valor de mercado de las acciones de una compañía en términos económicos, debe estar determinado por el valor presente de los ingresos y las utilidades futuras. En la compra se debe determinar la causa del valor pagado en exceso por dichas acciones. Lo anterior, es importante para identificar ciertas partidas que serán eliminadas en la consolidación o la determinación del crédito mercantil o plusvalía

  48. DPC-7 En el caso de diferencias pagadas que no puedan ser atribuidas a una partida específica del activo que se comenta en el párrafo 17, es lo que se conoce como plusvalía y que de acuerdo con lo señalado recibe el nombre de “exceso del costo sobre el valor neto en libros de acciones de filiales”, Este exceso del costo sobre el valor neto en libros de acciones de filiales se debe calcular tomando en cuenta la participación que tiene la compañía que está invirtiendo al momento o fecha de adquisición. Podría suceder que el valor pagado o costo de las acciones de la compañía filial resultare menor que el valor neto en libros de la participación de la compañía matriz en la filial, y de acuerdo con lo indicado en el párrafo 18 este exceso del valor neto de los activos se presenta en el patrimonio en una cuenta y no es amortizable.

  49. DPC-7 Establece en su párrafo 31 lo siguiente: Participación de Accionistas Minoritarios • 3. El Flujo de efectivo debe • presentarse como un cargo que • no requiere capital de trabajo. • Para presentar el interés minoritario existen tres enfoques o formas de presentación : • 1. Presentar el interés minoritario • como una partida dentro del • pasivo. • 2. Presentar el interés minoritario • como una partida luego del • pasivo y antes del patrimonio. • 3. Presentar el interés minoritario • como una partida del patrimonio • luego de las partidas del interés • mayoritario. • En el capital contable • consolidado debe presentarse en el balance general inmediatamente antes de la sección de patrimonio. • 2. En los resultados consolidados deberá presentarse en el estado de resultados, como deducción, inmediatamente antes de la utilidad o pérdida neta.

  50. Cada una de estas posiciones tiene un razonamiento para soportar la presentación del interés minoritario Segundo caso Se incluye como una partida entre el pasivo y el patrimonio. Justificación El interés minoritario no forma parte del patrimonio y debe segregarse del pasivo debido a que él tiene una naturaleza diferente a las partidas presentadas en el pasivo, en el sentido de que no son exigibles y surge como una partida del proceso de consolidación. Primer caso Se incluye como una partida del pasivo solamente cuando la participación minoritaria no tiene importancia relativa. Justificación No se deben presentar en el patrimoniopuesto que las cifras consolidadas son elaboradas para el grupo que controla la entidad que reporta y de la cual no forman parte los accionistas minoritarios. Tercer Caso: En el patrimonio luego de todas las partidas del interés mayoritario Justificación: Este monto representa la participación neta de los accionistas minoritarios sobre los activos netos.

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