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Héctor Gama Baca

Héctor Gama Baca. “FIN 48”. Agenda. Antecedentes Contenido y ámbito de aplicación Aplicación práctica en México para subsidiarias de empresas que preparan sus Estados Financieros conforme a USGAAP (coticen o no en la bolsa de valores de EEUU)

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  1. Héctor Gama Baca “FIN 48”

  2. Agenda • Antecedentes • Contenido y ámbito de aplicación • Aplicación práctica en México para subsidiarias de empresas que preparan sus Estados Financieros conforme a USGAAP (coticen o no en la bolsa de valores de EEUU) • Impacto en la determinación de los impuestos diferidos (FAS109)

  3. Entorno normativo y pronunciamientos • SOX, Stock and Exchange Commission de los Estados Unidos (“SEC”), Public Company Accounting Oversight Board de los Estados Unidos (“PCAOB”), Financial Accounting Standards Board (“FASB”) y International Accounting Standard Board (“IASB”). • Enfoque en debilidades materiales y controles internos. • Nuevos regímenes normativos. • Mayor supervisión por parte de las autoridades fiscales. • Irregularidades contables; fraude; gobierno corporativo; arriesgar la reputación.

  4. Comprensión del mercado

  5. IMPUESTOS DIFERIDOS (FAS 109)

  6. Normatividad Nacional e Internacional Norma Internacional MEXICO U.S.A. Normas de información financiera (antes Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados) International Accounting Standards Financial Accounting Standards

  7. Cálculo de la tasa efectiva • Impuesto corriente • Impuesto diferido Más: Provisión total de impuestos Igual a: Entre: Utilidad antes de impuestos Igual a: % Tasa efectiva

  8. ¿Qué es el FIN 48? • Es una interpretación al FAS 109 para el manejo de posiciones inciertas en materia del Impuesto Sobre la Renta (“ISR”). • Reemplaza a FAS 5 en posiciones de ISR. • FAS 5 regula contingencias fiscales y sigue vigente para cualquier contingencia que sea diferente a ISR.

  9. Objetivos de FIN 48 • Aclaración del tratamiento contable de posiciones fiscales inciertas, a fin de evitar subjetividades • Proveer un modelo consistente para reconocer, dejar de reconocer y medir los beneficios relacionados con el impuesto sobre la renta, así como su presentación en los Estados Financieros. • Establecer límites reales y consistentes a fin de mejorar la relación y comparabilidad del reporte de Estados Financieros. • Aplica a todas las entidades que reportan en USGAAP.

  10. Alcance de FIN 48 • “Posición Fiscal”: Define como una postura tomada en declaraciones presentadas en el pasado o que se piensa tomar en declaraciones futuras • Una “Posición” puede provocar: • una reducción permanente de impuestos (diferenciaspermanentes) • un diferimiento de los mismos (diferencias temporales) • cambios en la realización esperada de activos diferidos (estrategias de planeación fiscal). • También abarca decisiones de no presentar declaraciones, asignaciones jurisdiccionales (p/e: precios de transferencia), y caracterización de ingresos (p/e: establecimiento permanente).

  11. Un proceso de dos pasos La aplicación del FIN 48 requiere de un proceso de dos pasos que separa el reconocimiento de la posición, de la cuantificación del valor a ser reconocido. • Paso 1: Reconocimiento • Un beneficio fiscal será reconocido cuando puede ser sostenido exclusivamente basado en los elementos técnicos de la posición, en una probabilidad superior al 50% (More Likely Than Not “MLTN”) • Paso 2 : Cuantificación • En base los hechos y circunstancias presentes, la posición es medida por el mayor monto que tenga una probabilidad acumulada superior al 50% de ocurrencia.

  12. Proceso de dos pasos: Paso 1. Reconocimiento Aspectos a considerar: • Presunción de que la situación fiscal será examinada. • La autoridad fiscal tendrá pleno conocimiento de los hechos. • Elementos técnicos a ser considerados (ley fiscal, regulaciones, autorizaciones, precedentes judiciales, etc.). • Evaluar cada situación fiscal de manera independiente.

  13. Proceso de Reconocimiento Las reglas aplican para todas las situaciones fiscales (deducciones, exclusiones, o créditos): • Clasificar posiciones fiscales entre altamente ciertas e inciertas Situaciones fiscales altamente ciertas: • Documentar el criterio y el proceso de identificación Situaciones fiscales inciertas: • Determinar/documentar unidad de medida • Evaluar/documentar aspectos técnicos fiscales • Evaluar/documentar la probabilidad (>50% probabilidad de éxito) • Si la probabilidad es >50%, proceder al Paso 2 (Cuantificación) • Si la probabilidad es 50% o menor, no reconocer el beneficio fiscal (registro de “provisión”)

  14. Paso 2: Cuantificación El monto a ser reconocido por una posición, corresponderá a la cantidad máxima del beneficio fiscal con una probabilidad acumulada superior al 50% de ser realizada (concepto de probabilidad acumulada). • Basada en hechos y circunstancias determinadas a la fecha del informe

  15. Reconocimiento: Escenario 1 60% es el monto máximo de beneficio fiscal que es mayor al 50% de probabilidad de ser realizado

  16. Estrategias de planeación fiscal • Una estrategia de planeación fiscal deberá cumplir con los criterios de reconocimiento y cuantificación FIN 48 antes de ser considerada. • FAS 109 requiere consideración de estrategias de planeación fiscal.

  17. Reconocimiento posterior • Ocurre cuando se cumple alguna de las siguientes condiciones: • Se cumple con el criterio de probabilidad en más de un 50%; • Se resuelve la posición fiscal mediante negociación o litigio; • Vence el plazo de las facultades de comprobación.

  18. Eliminación posterior o cambio en medición • Deberá dejarse de reconocer un beneficio fiscal cuando no se cumpla con el criterio de probabilidad en más de un 50%; • Cambios en cuantificación deberán ser reflejados en el período en que ocurren.

  19. Intereses y sanciones • El interés es un costo de periodo. • Clasificación de interés y sanciones es una opción de las políticas contables.

  20. Presentación: • La diferencia entre el beneficio fiscal como se refleja entre la declaración y el monto registrado en la contabilidad, debe ser clasificada de la siguiente manera: • Como una reducción en el activo diferido resultante de una diferencia temporal deducible, o pérdidas fiscales, o crédito fiscal por recuperar, o, • Como un pasivo actual o diferido, basado en el tiempo esperado de flujos de efectivo. • El único pasivo que debe ser clasificado como diferido es el que surge de una diferencia temporal, que cumple con el requisito de reconocimiento.

  21. Revelaciones: • Al final de cada periodo, revelar: • Un resumen con los montos de los beneficios fiscales no reconocidos al inicio y al final del periodo. • El monto de los beneficios fiscales no reconocidos que, si se reconocieran, impactarían la tasa efectiva. • El monto total de intereses y multas correspondientes (en el Estado de Resultados) y en su conjunto (en el Estado de Posición Financiera). • Las posiciones donde es razonablemente posible que el monto del beneficio fiscal sin reconocer se incremente o disminuya de una manera importante dentro de los 12 meses que comprende el reporte. • Detalle de los años fiscales que siguen sujetos a examinación por las autoridades . • Podrían requerirse revelaciones periódicas.

  22. Fecha de aplicación y transición • Fecha efectiva • Ejercicios fiscales que empiecen después del 15 de diciembre de 2006. • Debe aplicarse en el Q1 de 2007 • SAB 74 requiere una mención de los nuevos preceptos contables del periodo de emisión y una explicación del impacto esperado sí se conoce. • Transición • El efecto acumulado de aplicar FIN 48 es reportado como un ajuste al saldo inicial de utilidades retenidas (o algún otro elemento del capital o activos fijos en el Balance General)

  23. Calcular el efecto del ajuste acumulable Establecer • Nexos • Estructuración • Auditorías • Precios de Transferencia Transacciones • Combinación de Negocios • Disposiciones • Remanentes Fiscales/ limitaciones • Posturas Internacionales Evaluación, Optimización y Seguimiento de Procesos y Controles Enfoque en la Totalidad, la Existencia, la Valuación y la Medición, la Presentación y la Revelación ISR Criterios Vinculativos Planeaciones Fiscales Requisitos de Forma Internacional • Establecimiento Permanente • Estructuración • Precios de Transferencia • REFIPRES Litigios Multas e intereses Ley de limitaciones Opciones en procedimientos de auditoria. • Evaluación de Posiciones Fiscales • Identificar todas las posiciones fiscales • Documentar posturas altamente ciertas e inciertas • Adopción del FIN 48 • Análisis completo de reconocimiento para cada posición incierta • Análisis completo de medición para saber si es más probable o no • Calcular Intereses y Multas • Reporte y Revelación • Establecer la Clasificación • Planear para Revelaciones Parciales y Anuales • Establecer Procedimientos para su Desarrollo • Seguimiento de la aplicación FIN 48 • Diseñar Procesos paraPosteriores Reconocimientos, o Cambios de Medidas

  24. EJEMPLOS DE REVELACIONES “DISCLOSURES” HECHOS ANTE SEC

  25. Ejemplos de Revelaciones ante SEC (10K) • General Electric “On January 1, 2007, we adopted Financial Accounting Standards Board Interpretation 48, Accounting for Uncertainty in Income Taxes (FIN 48), and FASB Staff Position (FSP) FAS 13-2, Accounting for a Change or Projected Change in the Timing of Cash Flows Relating to Income Taxes Generated by a Leveraged Lease Transaction. Among other things, FIN 48 requires application of a “more likely than not” threshold to the recognition and derecognition of tax positions. It further requires that a change in judgment related to prior years’ tax positions be recognized in the quarter of such change. FSP FAS 13-2 requires recalculation of returns on leveraged leases when there is a change in the timing or projected timing of cash flows relating to income taxes associated with such leases. The January 1, 2007 transition reduced our retained earnings by $126 million, $49 million associated with FIN 48 and $77 million with FSP FAS 13-2. Of this total, $89 million was a decrease in goodwill and $77 million was a decrease in financing receivables net, partially offset by a $40 million decrease in income tax liabilities.”

  26. Ejemplos de Revelaciones ante SEC (10K) • Delta Airlines, Inc. “We adopted the provisions of FIN 48 on January 1, 2007. The adoption of FIN 48 resulted in a $30 million charge to accumulated deficit that is reported as a cumulative effect adjustment for a change in accounting principle to the opening balance sheet position of shareowners’ deficit at January 1, 2007. The total amount of unrecognized tax benefits as of that date of adoption was $217 million which did not change significantly during the three months ended March 31, 2007. Included in the total unrecognized tax benefits at January 1, 2007, are $86 million of tax benefits that, if recognized, would affect the effective tax rate. We accrued interest related to unrecognized tax benefits in interest expense and penalties in operating expenses. We had $65 million for the payment of interest accrued at January 1, 2007. Upon adoption of FIN 48 we increased our accrual for interest by $4 million. We have no amounts accrued for penalties.”

  27. Ejemplos de Revelaciones ante SEC (10K) • Anheuser Busch Companies “Effective January 1, 2007, Anheuser-Busch adopted FASB Interpretation No. 48 (FIN 48), “Accounting for Uncertainty in Income Taxes.” On adoption, the company had $96.8 million in gross unrecognized tax benefits, resulting in $45.9 million of net uncertain tax benefit positions that would reduce the company’s effective income tax rate if recognized. To comply with FIN 48, Anheuser-Busch reclassified $102.6 million of tax liabilities from current to noncurrent on the balance sheet and also separately recognized $53.1 million of deferred tax assets which had previously been netted against tax liabilities. The company made no adjustments to retained earnings related to the adoption and anticipates no significant changes to the amount of unrecognized tax benefits in the next 12 months. The company’s policy is to accrue interest related to potential underpayment of income taxes within the provision for income taxes. The liability for accrued interest totaled $7.8 million as of January 1, 2007. Interest is computed on the difference between the company’s uncertain tax benefit positions under FIN 48 and the amount deducted or expected to be deducted in the company’s tax returns.”

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