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ÍNDICE. INTRODUCCIÓN NORMATIVA DE RÉGIMEN ACADÉMICO Y EVALUACIÓN DEL ALUMNADO NORMATIVA DE PROGRESO Y PERMANENCIA. INTRODUCCIÓN. DEDICACIÓN DEL ESTUDIANTE. Asignatura anual 9 créditos. INTRODUCCIÓN. DEDICACIÓN DEL ESTUDIANTE. Asignatura cuatrimestral 4.5 créditos. INTRODUCCIÓN.
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ÍNDICE • INTRODUCCIÓN • NORMATIVA DE RÉGIMEN ACADÉMICO Y EVALUACIÓN DEL ALUMNADO • NORMATIVA DE PROGRESO Y PERMANENCIA
INTRODUCCIÓN • DEDICACIÓN DEL ESTUDIANTE • Asignatura anual 9 créditos
INTRODUCCIÓN • DEDICACIÓN DEL ESTUDIANTE • Asignatura cuatrimestral 4.5 créditos
INTRODUCCIÓN • RENDIMIENTO ? Fuente: La Universidad Española en Cifras Elaboración: Propia
INTRODUCCIÓN TASA DE ÉXITO • RENDIMIENTO TASA DE RENDIMIENTO Fuente: SEPQ-UPV Elaboración: Propia
INTRODUCCIÓN • RENDIMIENTO • Conclusiones • La tasa de éxito global de la UPV es objetivamente buena • La tasa de rendimiento global es manifiestamente mejorable • La comparación del comportamiento entre los alumnos de primero de nuevo ingreso y los repetidores, permite afirmar que estos tienden a no presentarse a las asignaturas pendientes de primero • Sin embargo, cuando se presentan, sus tasas de éxito son similares a las de los alumnos de nuevo ingreso.
INTRODUCCIÓN • RENDIMIENTO • Conclusiones • En consecuencia, y con el objetivo de mejorar nuestros indicadores de rendimiento es preciso fomentar una cultura que propenda a evitar que los estudiantes abandonen las asignaturas: • Adoptar las medidas oportunas para acomodar la dedicación exigible por cada asignatura al número de ECTS previstos en el plan de estudios • Generalizar, en la medida de lo posible, sistemas de evaluación continua • Limitar el avance a segundo curso de los estudiantes con créditos pendientes de primero • No permitir comportamientos que conduzcan a matrículas desproporcionadamente elevadas, en términos de ECTS
Normativa de Régimen Académico y Evaluación del Alumnado • Calendario académico • Seguimiento de actividades • Evaluación ordinaria • Evaluación por curriculum
Clases: • Cuatrimestre 1: 14 semanas • Cuatrimestre 2: 14 semanas 28 semanas • Exámenes: • Enero: 3 semanas • Abril: 1 semana • Junio: 4 semanas • Julio: 4 semanas • Septiembre: 2 semanas 14 semanas Normativa de Régimen Académico y Evaluación del Alumnado • CALENDARIO ACADÉMICO ACTUAL (2008/09) Solapamiento de exámenes con matrícula y con comienzo de clases
Normativa de Régimen Académico y Evaluación del Alumnado • NUEVO CALENDARIO ACADÉMICO: • 1 DE SEPTIEMBRE … 31 DE JULIO • Clases • Actos de Evaluación • Exámenes, si ha lugar • Recuperaciones • Evaluación curricular • Matrícula • ⋮ Evaluación continua
35 semanas • Semestre 1: 17 semanas (reales) • Semestre 2: 18 semanas (reales) Normativa de Régimen Académico y Evaluación del Alumnado • NUEVO CALENDARIO ACADÉMICO:
Normativa de Régimen Académico y Evaluación del Alumnado • SEGUIMIENTO DE ACTIVIDADES • DERECHO Y DEBER DE LOS ESTUDIANTES Obligación de IMPARTIR TODAS las actividades programadas Obligación de ASISTIR a TODAS las actividades programadas CONTROL (ERT) CONTROL (PDI) Circunstancias especiales (laborales, personales, etc.): EXENCIÓN
Normativa de Régimen Académico y Evaluación del Alumnado • EVALUACIÓN ORDINARIA • Los alumnos tienen derecho a ser evaluados con garantías de equidad, objetividad y justicia y de acuerdo con el nivel de enseñanza impartida. • La evaluación de los estudiantes consiste en determinar el grado de alcance de los objetivos de aprendizaje y competencias que deben adquirirse en una titulación. • La calificación final de una asignatura debe considerar los resultados parciales de diferentes actos de evaluación realizados a lo largo curso. • El sistema y los criterios de evaluación de cada asignatura deben ser conocidos desde el principio de curso. • El sistema y los criterios de evaluación no podrán ser modificados durante el curso. • Los profesores encargados de la docencia de una asignatura evaluarán a los alumnos matriculados en dicha asignatura. • Es función de la ERT establecer los criterios docentes y de evaluación del alumnado
Normativa de Régimen Académico y Evaluación del Alumnado • EVALUACIÓN ORDINARIA • Acto de Evaluación: cualquier prueba, ejercicio o examen cuya calificación influya en la nota final de la asignatura. EVALUACIÓN ≤15 • Voluntaria • Personal Resultados / Convocatoria Revisión ≥2 Objetivo: que, en la medida que el profesor estime necesario, el alumno pueda recibir explicaciones sobre los criterios de valoración utilizados y, en su caso, sobre los criterios de puntuación y de los baremos utilizados Revisión ≤3 ≤2 Resultados definitivos ACTAS, si ha lugar ≤8 Reclamación a la ERT ≤15 • Actos de evaluación que tengan una influencia igual o superior al 20% sobre la calificación final • Calificación final de la asignatura Resolución de la CR ≤2 Comunicación de la ERT ≤1 mes Reclamación al Rector Resolución
Normativa de Régimen Académico y Evaluación del Alumnado • EVALUACIÓN POR CURRICULUM BLOQUE CURRICULAR Conjunto de asignaturas que se evalúan de forma global ERT Define modo de agrupación Agrupación temporal Agrupación por contenidos PRIMER CURSO GRADO SELECTIVO
Normativa de Régimen Académico y Evaluación del Alumnado • EVALUACIÓN POR CURRICULUM CONDICIONES GENERALES • Tener evaluadas todas las asignaturas del bloque • Se considera la nota de la primera matrícula • Calificaciones de las asignaturas no menor que 4 • Media del bloque igual o superior a 5 (primero) • Media del bloque igual o superior a 6 (resto) Circunstancias excepcionales Informe ERT CPEC
Normativa de Progreso y Permanencia • Régimen de dedicación • Permanencia • Progreso • Comisión de Permanencia y Evaluación Curricular
Normativa de Progreso y Permanencia • RÉGIMEN DE DEDICACIÓN ECTS 60 60 55 55 • TIEMPO COMPLETO: 50 50 • Matrícula superior a 30 ECTS 45 45 40 40 35 35 30 30 25 25 20 20 • TIEMPO PARCIAL: 15 15 10 10 • Debe justificarse • Límite de estudiantes a tiempo parcial: 5% • Matrícula entre 15 y 30 ECTS 5 5 0 0
Normativa de Progreso y Permanencia • PERMANENCIA • Fase inicial (primer curso) • Superar 12 ECTS el primer año de matrícula • Continuación de estudios: 1 curso más (una sola vez) • Superar el primer curso en dos cursos académicos (sólo Grados) • Continuación de estudios: 1 curso más (una sola vez) • Resto de cursos: • Tasa de rendimiento del 50% • Reingreso: • Después de 2 cursos de desvinculación
Normativa de Progreso y Permanencia • PERMANENCIA • Desvinculación definitiva de un título: • Por incumplimiento de alguna condición de permanencia, si se concedió la continuación de estudios por no aprobar el primer año 12 ECTS • Por no superar todo el primer curso, si se concedió la continuación de estudios por no aprobar primero en 2 cursos académicos • Por incumplimiento de alguna condición de permanencia, después de haber obtenido el reingreso • Desvinculación definitiva de upv: • Por desvinculación definitiva de dos títulos oficiales
Normativa de Progreso y Permanencia • PROGRESO • Fase inicial (primer curso de los Grados) • Superar entre 48 y 60 ECTS (define el Centro) para promocionar a segundo • Si no se ha aprobado todo primero, la matrícula total entre primero y segundo será igual al número de ECTS superados de primero. En estos casos el Centro debe aprobar el Plan de Matrícula • Condiciones generales • Matrícula en dos cursos consecutivos como máximo • Hacer efectiva la matrícula por la totalidad de los ECTS pendientes del curso inferior antes de matricularse de algún ECTS del curso superior • El máximo número de ECTS de matrícula anual (a excepción del TFG/TFM) es de 60 ECTS, salvo • ECTS para completar la carrera inferior a 84 • Rendimiento del curso anterior sea del 100%
Normativa de Progreso y Permanencia • COMISIÓN DE PERMANENCIA Y EVALUACIÓN POR CURRICULUM • Competencias: • Resolver las solicitudes de continuación de estudios y las solicitudes de reingreso en una titulación. • Resolver, a propuesta de la ERT, los casos excepcionales de incumplimiento de las condiciones de superación automática de la evaluación por curriculum. • Confeccionar anualmente el informe de seguimiento de la aplicación de la presente normativa para su presentación ante el Consejo de Gobierno y el Consejo Social. • Resolver las cuestiones de interpretación que se planteen sobre la presente normativa. • Cualquier otra que le sea encomendada por el Consejo de Gobierno o por el Consejo Social.