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TARIFAS ESPECIALES

TARIFAS ESPECIALES. SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y REGISTRO Margoth Saenz. TARIFAS ESPECIALES. Decreto 2280 de 2008. Causara derechos registrales equivalentes a mil ciento treinta pesos ($1.130,oo) * Resolución 0069 de 2011. Código de liquidación 81. Código de liquidación 70.

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TARIFAS ESPECIALES

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Presentation Transcript


  1. TARIFAS ESPECIALES SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y REGISTRO MargothSaenz

  2. TARIFAS ESPECIALES Decreto 2280 de 2008

  3. Causara derechos registrales equivalentes a mil ciento treinta pesos ($1.130,oo) * Resolución 0069 de 2011 Código de liquidación 81

  4. Código de liquidación 70

  5. Instrucción administrativa N. 11 Derechos notariales y de registro en el otorgamiento e inscripción de escrituras contentivas de mejoramiento de vivienda con dineros provenientes de subsidio de vivienda familiar Las entidades financieras vigiladas por la superintendencia financiera para el desarrollo de planes de vivienda en las modalidades de vivienda nueva, construcción en sitio propio o de mejoramiento de viviendas realizadas con dineros provenientes del subsidio en materia de vivienda de interes social se causaran derechos registrales equivalentes a la mitad de los ordinarios.

  6. Circular 142Asunto: Ley 1001 de 2005 art. 7 • ARTÍCULO 7o. Facúltese al Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe, en Liquidación, para cancelar mediante resolución administrativa los gravámenes que actualmente recaen sobre los inmuebles adjudicados por el extinto Instituto de Crédito Territorial y cuyas obligaciones se encuentren a paz y salvo, entre otros, hipotecas, condiciones resolutorias, patrimonios de familias, etc. • Facúltese también a las Entidades Públicas Nacionales para cancelar mediante resolución administrativa, los gravámenes que actualmente recaen sobre los inmuebles a ceder a las entidades territoriales. • PARÁGRAFO 1o. Para efectos de la cancelación y liberación de gravámenes en lo referente al cobro de la tarifa de derechos de registro, se entenderá como acto sin cuantía y en consecuencia el cobro será por la suma de catorce mil setecientos pesos ($14.700) moneda corriente. • PARÁGRAFO 2o. En las resoluciones administrativas de cancelación de gravámenes no se requerirá indicar el valor del gravamen que se cancela ni el monto por el que el mismo fue constituido.

  7. Se acuerdo con la anterior disposición es clara la facultad del instituto Nacional de vivienda de interés social y reforma urbana INURBE , en liquidación y de las entidades publicas nacionales para cancelar mediante resolución administrativa los gravámenes que actualmente recaen sobre los inmuebles adjudicados por el extinto Instituto de Crédito Territorial y los inmuebles a ceder a las entidades territoriales. Cabe observar que de acuerdo con el decreto se fijo los derechos por concepto de la función registral como un acto sin cuantía y según resolución 0069 de 6 de enero de 2011 por valor de catorce mil setecientos treinta pesos ($14.730).

  8. Gracias !!!

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