html5-img
1 / 15

LA FANTASIA DEL POSTRE LTDA

LA FANTASIA DEL POSTRE LTDA . ¿ QUIERES ENDULZAR TU VIDA? HAS REALIDAD ESTA FANTASÍA . Y SENTIRÁS OTRO SABOR EN TU VIDA. NATHALY BERNAL ERIKA ROJAS YENNY RODRIGUEZ YENNIFER SUAREZ. Socias de la fantasía del postre.

huyen
Télécharger la présentation

LA FANTASIA DEL POSTRE LTDA

An Image/Link below is provided (as is) to download presentation Download Policy: Content on the Website is provided to you AS IS for your information and personal use and may not be sold / licensed / shared on other websites without getting consent from its author. Content is provided to you AS IS for your information and personal use only. Download presentation by click this link. While downloading, if for some reason you are not able to download a presentation, the publisher may have deleted the file from their server. During download, if you can't get a presentation, the file might be deleted by the publisher.

E N D

Presentation Transcript


  1. LA FANTASIA DEL POSTRE LTDA ¿ QUIERES ENDULZAR TU VIDA? HAS REALIDAD ESTA FANTASÍA YSENTIRÁS OTRO SABOR EN TU VIDA

  2. NATHALY BERNAL ERIKA ROJAS YENNY RODRIGUEZ YENNIFER SUAREZ Socias de la fantasía del postre

  3. La fantasía del postre Ltda. Es un empresa de carácter publica, 100 % colombiana cuyo fin es la producción y comercialización de los postres para satisfacer los gustos de nuestro clientes implementando una excelente calidad y nuevas técnicas de mercadeo y así llevarles un sabor mas dulce a su vida cotidiana. MISIÓN

  4. La fantasía del postre Ltda. Se propone ser una de las mejores empresas a nivel nacional e internacional que cause impacto en la población y que sea ejemplo de creación de nuevas empresas. VISIÓN

  5. Ser una empresa limitada con el fin de Producir y comercializar diferentes productos (postres, helados.etc.) a un costo razonable, una buena calidad para que el cliente se sienta satisfecho y de esta manera le den otro sabor a su vida cotidiana. OBJETIVO GENERAL

  6. Satisfacer los gustos de la población en cuanto a postres con una excelente calidad y a un precio justo. • Ser una empresa que genere empleo y sirva de sustento para las familias de bajos recursos. • Contribuir al desarrollo de la economía colombiana. • Realizar un manejo adecuado de los desechos para poder contribuir con el medio ambiente y de igual manera ser ejemplo para otras empresas. • Estar actualizado con las nuevas técnicas de mercadeo OBJETIVOS ESPECIFICOS

  7. La empresa debe establecer que no se debe excluir de los trabajos administrativo ejecutivo y de planta a ningún personal que tenga limitaciones físicas que le impidan realizar ciertas funciones laborales y a su vez poder darles un respectivo cargo según dichas limitaciones. Por otra parte no se debe excluir la mejor atención a toda persona por motivos religiosos, ideológicos o por raza. FILOSOFIA

  8. JUNTA DIRECTIVA PRESIDENTE VICEPRESIDENTE REPRESENTANTE LEGAL ASESOR JURÍDICOY TRIBUTARIO DEPARTAMENTO DE CONTABILIDAD Y FINANZAS Jefe de Contabilidad DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS Jefe de recursos humanos Jefe de producción DEPARTAMENTO DE PRODUCCIÓN Operarios. DEPARTAMENTO DE MERCADEO Y VENTAS Vendedores DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN AL CLIENTE DEPARTAMENTO DE CALIDAD Asesor de calidad Vigilantes Mensajeros DEPARTAMENTO DE APOYO LOGÍSTICO Paseadores Mantenimiento

  9. CONSTITUCION DE UNA SOCIEDAD LIMITADA Numero setecientos cuarenta (740). En el circulo notario de Bogotá, Distrito capital, República de Colombia, el día primero de diciembre de 2005, ante mi Diego Julián Ocaña. Notario cuarenta y tres del referido circulo, comparecieron las socias: Nathali Alejandra Bernal Chavez identificada con el numero de tarjeta de identidad 910620-09298 expedida en la ciudad de Cundinamarca; Yenny Mercedes Rodríguez Sánchez identificada con cedula de ciudadanía 1.013.604.290 expedida en la ciudad de Bogotá; Erika Rocio Rojas Numpaque identificada con tarjeta de identidad 901023-50498 expedida en la ciudad de Bogotá y Yennifer Paola Suárez Contreras, a quienes conozco personalmente, de lo cual doy fe, y obrando en su propio nombre dijeron que han celebrado un contrato de sociedad comercial de responsabilidad limitada que se regirá por las estipulaciones contenidas en las cláusulas siguientes:

  10. Primera: son socias fundadoras, las comparecientes Nathali Alejandra Bernal Chavez, Yenny Mercedes Rodríguez Sánchez, Erika Rocio Rojas Numpaque y Yennifer Paola Suárez Contreras; su responsabilidad personal queda limitada al ante de sus aportes. Segunda: La sociedad gira bajo la razón social que se consigna en la siguiente formula enunciativa: “la fantasía del postre Ltda..” y con esta contratara, abrirá cuentas bancarias, realizara la publicidad de la empresa y ejecutara todos los actos propios del objeto social (conforme al articulo 357del C. de Co.). Tercera: La sociedad tendrá por domicilio principal la ciudad de Bogotá, Distrital Capital, República de Colombia. Cuarta: La sociedad servicio la fantasía del postre Ltda.. Tendrá por objeto social la optima y segura de nuestras artesanías y objetos al mercado y ejecución de 71 todos otros aquellos actos conexos y complementarios del mismo objeto social. Quinta: El capital Social es de 200.000.000 moneda colombiana. Dividido en un valor nominal de los socios fundadores así: la asociada Nathali Alejandra Bernal Chávez aporta en efectivo la suma de 50.000.000 en efectivo; la asociada Yenny Mercedes Rodríguez Sánchez, aporta en efectivo la suma de 50.000.000; la asociada Yennifer Paola Suárez Contreras aporta un local por valor de 50.000.000; la asociada Erika Rocio Rojas aporta 50.000.000 en efectivo

  11. Sexta: Todas y cada una de las asociadas delegan la representación y administración de la sociedad en un gerente, quien podrá celebrar y ejecutar todos los actos y contratos comprendidos dentro del objeto social o que tengan relación directa con la existencia o funcionamiento de la sociedad. Séptima: Todos los de la compañía componen la junta de Socios, que tendrá una reunión ordinaria cada seis (6) meses en la sede social de la empresa, en la fecha y hora determinada por el gerente y avisada por escrito a los socios con quince (15) días de anticipación, por lo menos las reuniones extraordinarias se efectuaran así lo determinen el representante legal a los socios. Octava: La junta de Socios ejercerán las siguientes funciones: 1ª. Estudiar y aprobar las reformas de los estatutos; 2ª. Examinar, aprobar o improbar los balances de fin de ejercicio y las cuentas que debe regir el gerente; 3ª. Disponer de las utilidades sociales conforme a este contrato y a las leyes; 4ª. Hacer la elección de gerente de la sociedad y removerlo libremente; 5ª. Considerar los informes del gerente sobre el estado de los negocios sociales; 6ª. Resolver todo lo relativo a la cesión de cuotas, así como a la admisión de nuevos socios; 7ª. Decidir sobre el retiro y exclusión de socios; 8ª. Ordenar las acciones que correspondan contra el gerente o cualquier otra persona que hubiere incumplido sus obligaciones u ocasionado daños o perjuicios a la sociedad; 9ª. Constituir las reservas ocasionales; 10ª. Adaptar, en general, todas las medidas que reclamen el cumplimiento de los estatutos y el interés común de los asociados; 11ª. Exigir de los socios las prestaciones complementarias u accesorias si a ello hubiere lugar; 12ª. Elegir y remover libremente a los funcionarios cuya designación considere necesaria para la mejor organización y buena marcha de la empresa, de acuerdo con el volumen de los negocios sociales; 13ª. Las demás que le señalen las leyes.

  12. Novena: La sociedad llevara un libro debidamente registrado en que se anotaran, por orden cronológico, las actas de las reuniones de la junta de socios, y estas están firmadas por su presidente y su secretario, en cada oportunidad. Décima: Cada seis (6) meses, el 30 de junio y el 31 de diciembre se verificara el balance general de los negocios; igualmente, se harán balances generales extraordinarios, cada vez que cualquiera de los socios así lo soliciten. Estos balances se harán en la forma indicada por los artículos 445 a 450 del C. de Co. Décima primera: las utilidades deberán repartirse en cada ejercicio social proporcionalmente al monto de sus aportes. Décima segunda: El reparto de útiles entre los socios requiere la aprobación previa de la Junta Socios, la justificación de ellas con balances fidedignos, la deducción previa de las 72 Sumas necesarias para integrar la reserva legal y el pago de impuestos. Décima tercera: La reserva legal de la sociedad ascenderá por lo menos al 50% del capital social. La junta de socios podrá ordenar reservas ocasionales con fines determinados que serán obligatorias para el ejercicio social en el cual se hagan: y podrán cambiar la destinación de estas reservas ocasionales u ordenar su distribución cuando sean innecesarias. Hechas las reservas aludidas el remanente será distribuido entre los socios en las proporciones acordadas en el contrato. Décima cuarta: El término de duración de esta sociedad será de 10 años contados a partir de la fecha de la presente escritura.

  13. Décima quinta: Además de las causales generales de disolución, esta sociedad quedara disuelta cuando ocurran perdidas que reduzcan al valor de los activos sociales por debajo del 50% del capital social o cuando el numero de socios excedan de 25 (Art., 370 del código del comercio). Décima sexta: La sociedad llevara un libro de inscripción de socios registrados en la cámara de comercio en el cual se anotaran el nombre, nacionalidad, domicilio, documento de identificación y numero de cuotas sociales o partes de capital que cada uno poseyere, así como los embargos, gravámenes y cesiones que se hubieren producido aun por vía de remate. Décima séptima: La representación legal de la sociedad. Como se ha dicho, corresponderá al gerente señálese un periodo de dos años para el ejercicio de las funciones de las personas a quien se designe como tal, contados a partir de la fecha de la presente escritura. se designa como representante legal a Erika Rocio Rojas Numpaque identificada con tarjeta de identidad 901023-50498 de Bogotá , como presidente a Yennifer Paola Suárez Contreras identificada con tarjeta de identidad 901125-55110 de Bogotá, como vicepresidente a Yenny Mercedes Rodríguez Sánchez con cedula de ciudadanía 1.013.604.290 de Bogotá y como contadora a Nathali Alejandra Bernal Chavez identificada con tarjeta de identidad 910620-09298 de la ciudad de Cundinamarca quienes aceptaron los nombramientos. Décimo octava: En todo lo no previsto en el presente contrato la sociedad se regirá por las demás disposiciones legales sobre sociedades de responsabilidad limitada y sociedades anónimas.

  14. NATHALI ALEJANDRA BERNAL NOTARIO YENNI MERCEDES RODRÍGUEZ ERIKA ROCIO ROJAS YENNIFER PAOLA SUÁREZ

  15. Art. 60.CST – Prohibiciones a los trabajadores. Se prohíbe a los trabajadores: 1o) sustraer de la fabrica, taller o establecimiento, los útiles de trabajo y las materias primas o productos elaborados, sin permisos del patrono. 2o) Presentarse al trabajo en estado de embriaguez o bajo la influencia de narcóticos o drogas enervantes. 3o) Conservar armas de cualquier clase en el sitio del trabajo, a excepción de las que con autorización legal pueda llevar los celadores. 4o) Faltar al trabajo sin justa causa de impedimento o sin permiso del patrono, excepto en los casos de huelga, en los cuales deben abandonar el lugar de trabajo. 5o) Disminuir intencionalmente el ritmo de ejecución del trabajo, suspender labores, promover suspensiones intempestivas del trabajo o excitar a su declaración o mantenimiento, sea que se participe o no en ellas. 6o) Hacer colectas, rifas y suscripciones o cualquier clase de propaganda en los lugares de trabajo. 7o) Coartar la libertad para trabajar o no trabajar, o para afiliarse o no a un sindicato o permanecer en el o retirarse. 8o) Usar los útiles o herramientas suministrados por el patrono en objetos distintos del trabajo contratado. REGLAMENTOS DE LA EMPRESA

More Related