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DERECHO MERCANTIL

DERECHO MERCANTIL. FACULTAD DE COMERCIO Y ADMINISTRACION DIVISION DE ESTUDIOS DE POSGRADO LIC. MA. GUADALUPE TORRES SOLIS MATERIA: DERECHO. OBJETIVO. CONOCER LOS ELEMENTOS DEL DERECHO MERCANTIL.

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DERECHO MERCANTIL

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Presentation Transcript


  1. DERECHO MERCANTIL FACULTAD DE COMERCIO Y ADMINISTRACION DIVISION DE ESTUDIOS DE POSGRADO LIC. MA. GUADALUPE TORRES SOLIS MATERIA: DERECHO

  2. OBJETIVO

  3. CONOCER LOS ELEMENTOS DEL DERECHO MERCANTIL

  4. DERECHO MERCANTIL: ES LA RAMA DE DERECHO PRIVADO QUE REGULA LAS RELACIONES DE LOS INDIVIDUOS QUE EJECUTAN ACTOS DE COMERCIO O QUE TIENEN CARÁCTER DE COMERCIANTES C O N C E P T O S

  5. LOS ASIRIOS Y FENICIOS REALIZARON LOS PRIMEROS ACTOS DE COMERCIO , EN GRECIA TUVIERON LUGAR LOS PRIMEROS LUGARES FISICOS O ESTABLECIMIENTOS PARA ACTOS DE COMERCIO, CON DEMÓSTENES SE HICIERON LOS PRIMEROS CONTRATOS DE PRESTAMO, Y MARÍTIMOS Y HUBO UNA JURÍSDICCIÓN ESPECIAL PARA ASUNTOS MERCANTILES

  6. EN ROMA SE ENCUENTRAN DOCUMENTOS QUE REFLEJAN LA EXISTENCIA DE VERDADERAS INSTITUCIONES MERCANTILES • EJERCITORIA • INSTITUTORIA • RECEPTICIA

  7. EN LA EDAD MEDIA SE DEFINE EL DERECHO MERCANTIL COMO UNA CIENCIA JURÍDICA AUTÓNOMA Y SE APLICA EN: UNIVERSIDADES, CORPORACIONES, CONSEJOS, POR LOS CÓNSULES, EN ESTATUTOS

  8. Descubrimiento de América: trajo consecuencias sociales, económicas y políticas y su RESULTADO fue la promulgación del Primer Código de Comercio

  9. FUENTES DEL DERECHO MERCANTIL:SON EL CONJUNTO DE MEDIOS MATERIALES E INMATERIALES QUE JURÍDICAMENTE DETERMINAN EL NACIMIENTO, FORMACIÓN Y MANIFESTACIÓN DEL DERECHO MERCANTIL, ES DECIR TODO AQUELLO QUE DE ESTE ORIGINA EN SU ASPECTO OBJETIVO DE NORMA O REGLA OBLIGATORIA DE CONDUCTA Y CONSTITUYE EL MODO DE CÓMO SE DESARROLLA Y DESENVUELVE ESA RAMA DEL DERECHO.

  10. FUENTES DEL DERECHO MERCANTIL LEY MERCANTIL MEXICANA CÓDIGO DE COMERCIO LEYES ESPECIALES.-LEY GENERAL DE TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO REGLAMENTOS Y CÓDIGO CIVIL Y JURISPRUDENCIA MERCANTIL COSTUMBRE MERCANTIL

  11. PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO: ESTAN REPRESENTADAS POR LAS IDEAS FUNDAMENTALES DE UN SISTEMA JURÍDICO EN UNA ÉPOCA DETERMINADA Y CONSTAN DE: ACTOS SUBJETIVOS DE COMERCIO (SUJETO QUE LO REALIZA) Y ACTOS OBJETIVOS DE COMERCIO (EL COMERCIANTE)

  12. ACTOS DE COMERCIO:COMPRA, PERMUTA,O ARRENDAMIENTOCOMISIÓN Y MANDATO COMERCIALEMPRESAS MANUFACTURERASEMPRESAS DE CONSTRUCCIONESEMPRESAS INDUSTRIALESEMPRESAS EDITORAS TRANSPORTE: DE PERSONAS O COSAS POR TIERRA Y AGUAESPECTÁCULOS PÚBLICOSCHEQUES,LETRAS DE CAMBIO,O REMESAS DE DINERO

  13. COMERCIANTE: AQUELLAS PERSONAS QUE TIENEN LA CAPACIDAD PARA CONTRATAR Y HACER DEL COMERCIO SU PROFESÍÓN HABITUAL

  14. EL COMERCIANTE Y SUS AUXILIARES • DEPENDIENTES: Mercantiles( trabajadores que permanentemente prestan sus servicios a un comerciante en su giro.) • FACTORES: Personas a quienes corresponde la dirección de alguna empresa o pueden contratar en todos los negocios concernientes a los mismos • Sus características son la estabilidad y amplitud de su poder y si contrata sobre objetos comprendido sobre el giro que esta encargado la operación recae sobre el principal aun en caso de fraude, y sólo pueden traficar por negociaciones del mismo género para no ser desleal al principal (Prohibición de concurrencia) • AGENTES DE COMERCIO: Tiene una relación permanente con la casa es decir con el comerciante por el que actúa • RESCISIÓN.-Las dos partes se reservan el derecho de dar por concluido el contrato con el preaviso que convengan CONVENIENCIA DE LLEVAR LIBROS.-Para tener una visión exacta de la situación financiera del negocio ya que el comercio es la administración del dinero ajeno.

  15. ELEMENTOS DEL CONTRATO: • A) CONSENTIMIENTO .-Manifestación de la voluntad • B) OBJETO.- Aportación de los socios • C) CAUSA.- Finalidad que persiguen las partes D) FORMA DEL CONTRATO.- Otorgarlo ante Notario con escritura pública e inscripción de la sociedad en el registro de Comercio.

  16. CONTRATOS MERCANTILES • ACTOS CONSIDERADOS MERCANTILES: • ACTOS DE COMERCIO • CONTRATOS COMERCIALES

  17. PERMUTA TRUEQUE DE UNA COSA POR OTRA SU CONFIGURACIÓN SE DA DESDE QUE LAS PARTES SE COMPROMETEN A TRANSFERIRSE LA PROPIEDAD DE DOS COSAS

  18. SOCIEDADES MERCANTILES

  19. Que es sociedad????? • Negocio • Jurídico • Plurilateral

  20. SOCIEDAD COLECTIVA • Existe bajo una razón social y en la que todos los socios responden de modo subsidiario, ilimitada y solidariamente de las obligaciones sociales

  21. SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE • Existe bajo una razón social y se compone de uno o varios socios comanditados que responden de manera subsidiaria, ilimitada y solidariamente de las obligaciones sociales y de uno o varios comanditarios, que únicamente están obligados al pago de sus aportaciones.

  22. Importancia 4.- LASOCIEDAD ANONIMA

  23. LA SOCIEDAD ANÓNIMA APLICA EN TODOS LADOS

  24. CONCEPTO • De acuerdo con el artículo 87 de la Ley de Sociedades Mercantiles, Sociedad anónima, es una sociedad mercantil, con denominación , de capital fundacional dividido en acciones, cuyos socios limitan su responsabilidad al pago de las mismas. .

  25. Las notas esenciales que se desprenden de la definición legal de la anónima son: Su existencia en el mundo del comercio bajo una denominación social El carácter de la responsabilidad de los socios, que queda limitada al pago de sus acciones, que representan a la vez el valor de sus aportaciones. La participación de los socios queda incorporada en títulos de crédito, llamado acciones, que sirven para acreditar y transmitir el carácter de socio. CARACTERISTICAS:

  26. Requisitos de constitución: • La Ley de Sociedades Mercantiles en su artículo 89, dispone que para proceder a la constitución de una sociedad anónima se requiere: • Que haya dos socios como mínimo y que cada uno de ellos suscriba por lo menos una acción. • Que el capital social no sea inferior a la suma de cincuenta mil pesos y que esté íntegramente suscrito. • Que se exhiba en dinero en efectivo cuando menos el veinte por ciento del valor de cada acción pagadera en numerario. • Que se exhiba íntegramente el valor de cada acción que haya de pagarse en todo o en parte, con bienes distintos del numerario.

  27. ASAMBLEA GENERAL DE ACCIONISTAS • Es el órgano Supremo de la sociedad y es la reunión de accionistas legalmente convocada y reunida para expresar la voluntad social en asuntos de su competencia

  28. Administrador Único • Representa el órgano permanente a quién se confían la administración y representación de la sociedad.

  29. VIGILA LO BUENO Y CASTIGA LO MALO COMISARIOS • Son los órganos encargados de vigilar permanentemente la gestión social con independencia de la administración y en interés exclusivo de la sociedad.

  30. SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA • Es una sociedad mercantil con denominación o razón social, de capital fundacional, dividido en participaciones no representables po títulos negociables, en la que los socios sólo responden con sus aportaciones, salvo en los casos de aportación suplementaria, y accesoria permitidas por la ley.

  31. SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES • Es una sociedad mercantil, con denominación o razón social de capital fundacional, dividido en acciones, en la que sus socios sólo responden con sus aportaciones, salvo uno de ellos, al menos, que debe responder solidaria, subsidiaria e ilimitadamente por las deudas sociales.

  32. SOCIEDAD DE CAPITAL VARIABLE • De acuerdo al artículo 213 de la Ley General de Sociedades Mercantiles el capital social será susceptible de aumento por aportaciones posteriores de los socios o por admisión de nuevos socios y de disminución de dicho capital por retiro parcial o total de las aportaciones.

  33. SOCIEDAD COOPERATIVA • Es una Sociedad mercantil, con denominación, de capital variable, fundacional, dividido en participaciones iguales, cuya actividad social se presta exclusivamente a favor de sus socios que sólo responden limitadamente de las operaciones sociales.(mínimo 10 socios)

  34. CAUSAS DE DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LAS SOCIEDADES MERCANTILES Es la situación de la sociedad que pierde su capacidad jurídica para el cumplimiento del fin para el que se creó y que sólo subsiste para la resolución de los vínculos establecidos por la sociedad con terceros, por aquélla con los socios y por éstos entre sí.

  35. LEY GENERAL DE TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO

  36. TÍTULOS DE CREDITO • CÓDIGO DE COMERCIO Art.2º : Los derechos y obligaciones derivados de los actos o contratos que hayan dado lugar a la emisión o transmisión de títulos de crédito, o se hayan practicado con estos, se rigen por las normas enumeradas este artículo. • Las operaciones de crédito que esta ley reglamenta son actos de comercio. • Los actos y las operaciones a que se refiere él articulo anterior, se rigen: • I.- por lo dispuesto en el Código de Comercio, y en las demás leyes especiales, relativas; en su defecto; • Ii.- por la legislación mercantil general, en su defecto; • Iii.- por los usos bancarios y mercantiles y, en defecto de estos; y • Iv.- por el derecho común, declarándose aplicable en toda la republica, para los fines de esta ley, el código civil del distrito federal.

  37. PRINCIPIOS COMUNES A LOS TÍTULOS DE CREDITO Características: • Para que los documentos puedan considerarse titulos de crédito, deberán de tener las características siguientes: • LITERALIDAD: Esta característica se refiere a que el derecho que el documento representa debe ejercitarse por el beneficiario tal como esta escrito en el titulo, literalmente, y en consecuencia el obligado deberá cumplir en los terminas escritos en el documento. • AUTONOMIA: Debe entenderse por autonomía que el derecho se ejercerá independientemente de cualquier condición que trate de modificarlo o limitarlo, de tal manera, que el obligado deberá cumplir su obligación sin presentar condiciones para hacerlo • INCORPORACION: Significa que el derecho que el documento representa esta incorporado a el, es decir, estrechamente unido al titulo, sin que pueda existir el derecho separado del documento , de tal manera, que para poder ejercer el derecho, es necesario estar en posesión del titulo. • CIRCULACION: Esta característica de los títulos de crédito es la mas fácil de entender, pues consiste en que esta clase de documentos circulan trasmitiéndose de una persona a otra mediante el endoso o mediante la entrega material del documento solamente si se trata de documento “al portador

  38. CLASIFICACION DE LOS TITULOS DE CREDITOClasificación de Licenciados Puente y Calvo, establecen los siguientes grupos • POR SU CONTENIDO: Los títulos de crédito pueden ser de tres especies atendiendo a su contenido: • 1.     Títulos que dan derecho a una suma de dinero. • 2.     Títulos que dan derechos a cosas muebles diversas del dinero. • 3.     Títulos sociales (atribuyen a su tenedor la calidad de socio). • POR LA PERSONA DEL EMITENTE: Cuando el emisor de un titulo de crédito es una persona moral de Derecho Publico, se habla de títulos de deuda publica. Si el emisor es persona física o moral de Derecho Privado, se llaman títulos de deuda privada. • POR LA FORMA DE SU EMISION: Se clasifican en títulos que se emiten en forma singular y títulos que se emiten en serie o en masa. • 1.     Singulares: Pagare, Letra de Cambio, Cheuque. • 2.     Serie: Acciones, Obligaciones, Bonos de Deuda Publica. • POR LA FORMA DE SU CIRCULACION: La ley los clasifica desde este punto de vista en: • 1.     Títulos al Portador • 2.     Títulos Nominativos • En resumen las categorías son tres: • 1.     Títulos al Portador. • 2.     Títulos Nominativos (No Negociables). • 3.     Títulos a la orden

  39. TÍTULOS AL PORTADOR  Son títulos al portador los que no están expedidos a favor de persona determinada, contengan o no la cláusula “al portador”. Los títulos al portador, se ha dicho certeramente, son títulos anónimos. Los títulos de crédito podrán ser, según su forma de su circulación, nominativos o al portador. • TRANSMISIÓN  El titulo al portador es el más apto para la circulación, que se transmite su propiedad por el solo hecho de su entrega, estos se transmiten por simple tradición. La simple tenencia del documento basta para legitimar al tenedor como acreedor del derecho incorporado en el titulo. Se señala también que los títulos de este tipo son los que tienen más semejanza con el dinero. • TÍTULOS NOMINATIVOS  Los títulos nominativos son expedidos a favor de una persona cuyo nombre se consigna en el texto del mismo documento. Ejemplo los cheques, son nominativos si aparece escrito el nombre del beneficiario • FORMAS DE TRANSMISION DE TITULOS DE CREDITO : endoso  Una de las características de los títulos de crédito es que están destinados a circular. Para que un titulo nominativo o a la orden circule es necesario endosarlo para que pueda ser transmitido de una persona a otra. El endoso es el medio de transmitir los títulos nominativos o a la orden.

  40. LETRA DE CAMBIO • La letra de cambio es un titulo de crédito que contiene la orden incondicional que una persona llamada girador da a otra llamada girado, de pagar una suma de dinero a un tercero que se llama beneficiario, en época y lugar determinados. • Una letra de cambio girada a uno o varios meses fecha o vista, vence el día correspondiente al de su otorgamiento o presentación del mes en que debe efectuarse el pago, si este no tuviere día correspondiente al del otorgamiento o presentación, la letra vencerá el ultimo mes. • La letra de cambio no puede ser girada a la orden del mismo girador • El girador puede señalar para el pago el domicilio o la residencia de un tercero en el mismo lugar del domicilio girado, o en otro lugar. Si la letra no contiene indicación de que el pago será hecho por el girado mismo en el domicilio o en la residencia del tercero designado en ella, se entenderá que el pago será hecho por este ultimo, quien en ese caso tendrá carácter de simple domiciliario.

  41. OPERACIONES DE CREDITO • 1. OPERACIONES PASIVAS. •  Las Operaciones Pasivas, son la aceptación y admisión de capitales ajenos, por los que se pagan intereses al cliente y a su vez estos capitales se colocan a través de prestamos por los cuales se cobran intereses que son suficientes para cubrir lo que se le debe pagar al inversionista y la diferencia a favor del banco, Su finalidad consiste en obtener capitales ociosos; o con un pequeño rendimiento para hacerlos trabajar e invertirlos lucrativamente o con mayor beneficio del que antes conseguían. representan la base de la economía de todas las instituciones de crédito modernas, que no podrían concebirse sin un amplio capital ajeno, de manejo. • 1.1.    DEPÓSITOS BANCARIOS. • Depósitos bancarios, es la custodia de la cosa, como obligación negocial típica, con la obligación de restitución a petición del depositante, Ello supone, además, la no transmisión de propiedad de la cosa depositada y el no uso de la misma por el depositario. constituyen el llamado dinero bancario y forman la mayor parte de la oferta monetaria en los países mas adelantados. Representan en la inmensa mayoría del ahorro nacional en cualquier país

  42. OPERACIONES DE CREDITO • 1.1.1. LOS DEPÓSITOS REGULARES. • Son aquellos en los que el banco se obliga a la custodia y restitución de la misma cosa de que se hace entrega por el depositante, (son de muy escasa significación en el campo bancario), • Características: pueden ser depósitos de dinero o títulos valores, • Ventajas: Son depósitos de ahorro en los que se obtiene un interés, existe la seguridad de que sea devuelta la cantidad depositada mas su rendimiento, • El deposito irregular de dinero y otras cosas fungibles consumibles, en los términos del articulo 338 del Código de Comercio mexicano,  Son aquellos en los que el banco depositario sólo restituye otro tanto igual de las cosas o valores recibidos del • Características: Pueden ser depósitos de dinero o títulos de valores. • Ventajas: Los depósitos irregulares, pueden ser depósitos de disposición o depósitos en cuentas de cheques, pueden también ganar intereses como las Cuentas Maestras, pero en la inmensa mayoría de los casos son gratuitos,

  43. OPERACIONES DE CREDITO • 1.1.3. DEPÓSITOS EN CUENTA CORRIENTE • Es un servicio por medio del cual una persona efectúa libremente depósitos en efectivo o en remesas (documentos): en una cuenta y a cuyos cargos expide cheques por el importe total o parcial de la suma depositada, (Art. 269 Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito) • Pueden abrir una cuenta de cheques a nombre de personas físicas, físicas con actividad empresarial o personas morales capacitadas legalmente (todas las que la ley les reconozca personalidad jurídica), • Son personas morales: • La nación (Secretarias de Estado, Cámara de Diputados etc.) • Los Estados (Tesorería General del Estado, Recaudadora de Rentas etc.). • Los Municipios (tesorería Municipal, Presidencia Municipal etc.) • Sociedades Civiles o Mercantiles, • Sindicatos. • Sociedades Corporativas y mutualistas. • Las cuentas pueden manejarse en forma individual, mancomunada (dos o mas personas) y/o. • SECRETO BANCARIO ART. 105 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO •  ¿

  44. OPERACIONES DE CREDITO • 1.1.4. CHEQUES • Es una orden de pago que se da por escrito y que solo puede ser expedida a cargo de una Institución de Crédito; por quien, teniendo fondos disponibles en la misma, sea autorizado para expedir cheques, (Art. 175 Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito) • El cheque invariablemente debe de contener', la mención de ser cheque, lugar y fecha de expedición, la orden incondicional de pagar una suma de dinero, el nombre del librado (beneficiario), lugar del pago y firma del librador (quien expide el cheque), (Art., 176 L.G.T. y O.C.) • Formas especiales del cheque: • 1.       Cheque cruzado. • 2.       Cheque para abono en cuenta de cheques, • 3.       Cheque certificado

  45. OPERACIONES DE CREDITO • 1.1.5. LAS CUENTAS DE AHORROS (INVERMÁTICO) • Es un instrumento de ahorro e inversión en moneda nacional, al amparo de un depósito en cuenta corriente al que se accesa a través de una tarjeta de plástico que permite a la clientela contar con total liquidez, rendimientos atractivos y seguridad absoluta, Esta destinado para personas físicas. • 1.1.6. INVERSIONES. • Las Instituciones Bancarias cuentan con una área especializada en inversiones. • Su objetivo es atender tanto a personas físicas del estrato económico mas alto, incluyendo a los propios consejeros, y la clientela mas importante de las sucursales bancarias, como a toda empresa cuyos excedentes de tesorería representen montos importantes. • Su función consiste en asesorar a la clientela para estructurar portafolios de inversión que permitan obtener rendimientos atractivos y una liquidez adecuados al perfil y necesidades individuales. • Se le conoce a estas áreas como Mercado de Dinero, Las operaciones que aquí se realizan son generalmente en pagares, con rendimiento liquidable al vencimiento (garantizado). Se llaman Credibures, Bonos Bancarios, Papel Gubernamental, etc.

  46. OPERACIONES DE CREDITO • Los instrumentos de inversión que se manejan, se clasifican en términos generales en: •    Renta fija depósitos a plazo cetes, (garantizados por el gobierno federal) •   Renta variable : Compra-Venta de Acciones, fondos comunes, y títulos opcionales o Warrants, o warrants, son productos derivados, Los instrumentos derivados son aquellos que dependen del valor de otro instrumento (pueden ser una acción, un índice, una tasa de interés, tipo de cambio, o commodities-petroleo, azúcar, café etc.) que se conoce como bien subyacente • Fondos comunes. Son sociedades de inversión que invierten en distintas acciones de diferentes sectores de la economía, así como un porcentaje en renta fija, para proporcionar liquidez al inversionista, y reducir el riesgo en periodos críticos,

  47. OPERACIONES DE CREDITO • 2.1.    PLAZOS • Los créditos pueden ser a corto (1 año), mediano (1 a 5 años) y largo plazo (5 a 15 años) • Los financiamientos bancarios se clasifican en: • 1.       Créditos para capital de trabajo transitorios que comprenden: • Compra de giros, Prestamos Quirografarios, Apertura de Crédito, Apertura de Crédito con Caución Bursátil, Crédito en Cuenta Corriente para Servicio de Caja, Cartas de Crédito, Líneas de Servicio. • 2.       Créditos a la producción que pueden ser: • Crédito de habilitación o avío, Refaccionarios, Hipotecarios e industriales, • 3.       Créditos a Distribuidores de bienes duraderos que pueden ser: • Financiamiento de Ventas Financiamiento de inventarios en exhibición • 4.       Créditos al consumo que se clasifican en: • Tarjetas de crédito préstamos personales • 5.       Prestamos para la vivienda divididos en: • Vivienda de interés social Vivienda media, residencial alta. • 6.       Otros créditos • Fondos de fomento • Para el otorgamiento de un crédito (previa resolución) se solicita diversa documentación, entre la que destaca: • Títulos de Crédito (para su disposición), pagarés, letras de cambio, cartas de crédito • Contratos • Documentos legales del acreditado • Documentos de investigación • Dictámenes Técnicos 

  48. OPERACIONES DE CREDITO • 2.2.    LA COMPRA DE GIROS • Son cheques de otros bancos fuera de plaza, que se aceptan para abono en cuentas de cheques, su propósito es proporcionar liquidez a la clientela mediante la negociación en firme, Se establece una línea de crédito por cierto monto con un año como plazo máximo; así como la comisión por la prestación de este servicio. • 2.3.    PRÉSTAMOS QUIROGRAFARIOS, • Son créditos a corto plazo documentados por un pagaré, no existe garantía real o tangible, con solo la firma de los suscritos. Satisface las necesidades de efectivo, proporcionar liquidez inmediata para cubrir gastos imprevistos o necesidades eventuales de carácter transitorio Se aplica a todo tipo de mercado. Se cobra intereses sobre el periodo de acuerdo al plazo de la operación. • 2.4. CRÉDITO EN CUENTA CORRIENTE PARA SERVICIO DE CAJA (LÍNEAS DE SOBREGIROS) • Créditos a plazos máximos de un año revolvente hasta por el monto que se autorice a través de una cuenta de cheques, se otorga a personas físicas o morales, proporciona fondos que pudiera requerir por horas en su cuenta de cheques, paga intereses ordinarios por las disposiciones y moratorios después de haber dispuesto sin liquidar en un máximo de 48 horas.

  49. OPERACIONES DE CREDITO • 2.5. CRÉDITOS COMERCIALES • Son un medio de pago por el cual el banco se obliga por cuenta de un comprador a pagar a un vendedor una cantidad determinada, dentro de un plazo fijo y mediante el cumplimiento de un hecho; comúnmente la entrega de documentos que demuestran el embarque de mercancías, • Este tipo de crédito facilita el comercio interno y externo del país, da confianza entre el comprador y el vendedor al intervenir en la transacción de los servicios del banco, como mediador de los pagos. Se garantiza al exportador cubrir el valor de las mercancías vendidas, y al importador que los bancos le liquiden al vendedor hasta que se cumpla con los requisitos pactados. • El crédito esta enfocado al mercado de la producción, la distribución, empresas de servicios. • 2.6. CRÉDITO DE HABILITACIÓN O AVÍO • Financiamiento a mediano y largo plazo. En especifico es el adecuado para financiar inventarios y gastos directos de explotación de las empresas de producción de bienes y servicios. Satisface las necesidades de financiamiento que tenga la empresa fortaleciendo su ciclo productivo y para incrementar los activos circulantes. • Estos créditos son destinados a personas físicas con actividad empresarial y personas morales. dedicadas a la producción de bienes y servicios, ya sean establecidos o nuevos • El crédito de habilitación o avío pide como garantías especificas los frutos o productos que se obtengan con el crédito (aunque estos sean futuros o pendientes), así como garantías adicionales reales (muebles e inmuebles) y personales (fianza, aval).

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