1 / 13

AUXILIARES DE LOS COMERCIANTES

Generalidades. 1.- Concepto: Toda persona que interviene en el tr?fico mercantil en representaci?n del principal (comerciante), con quien le une una relaci?n de dependencia o contractual.2.- Elementos:a) No ejerce el comercio por si mismo;b) Act?a en representaci?n;c) Relaci?n a lo interno (d

ion
Télécharger la présentation

AUXILIARES DE LOS COMERCIANTES

An Image/Link below is provided (as is) to download presentation Download Policy: Content on the Website is provided to you AS IS for your information and personal use and may not be sold / licensed / shared on other websites without getting consent from its author. Content is provided to you AS IS for your information and personal use only. Download presentation by click this link. While downloading, if for some reason you are not able to download a presentation, the publisher may have deleted the file from their server. During download, if you can't get a presentation, the file might be deleted by the publisher.

E N D

Presentation Transcript


    1. AUXILIARES DE LOS COMERCIANTES Guatemala, 10 de febrero de 2011. Lic. Sergio L. Mijangos Penagos.

    2. Generalidades 1.- Concepto: Toda persona que interviene en el trfico mercantil en representacin del principal (comerciante), con quien le une una relacin de dependencia o contractual. 2.- Elementos: a) No ejerce el comercio por si mismo; b) Acta en representacin; c) Relacin a lo interno (de trabajo) y a lo externo (de representacin); d) Relacin jurdica de diversa ndole: Mandato, Nombramiento, De trabajo.

    3. Ttulo II del Libro I del Cdigo de Comercio: Factores, Dependientes, Agentes de Comercio, distribuidores y Representantes, Corredores, Bolsa de Valores, y Comisionistas Otros: Relacionados con el Organo de Administracin de los comerciantes sociales.

    4. FACTOR: Quien en calidad de auxiliar, dirige una empresa o establecimiento mercantil. 1.- Direccin de la empresa: Individual Societaria (Art. 47 CC) 2.- Actuacin en representacin del Principal; 3.- Forma de constitucin: Art. 265 CC. Mandato con representacin, Nombramiento, y Contrato de Trabajo. En cualquier forma, debe registrarse. 3.- Facultades: Art. 266 CC. Expresamente asignadas; Investido de las que tienen relacin con el giro comercial. 4.- Prolongacin de funciones: Art. 271 CC.

    5. Dependientes: Art. 273 CC. Quienes desempean constantemente alguna gestin propia del trabajo de una empresa o establecimiento por cuenta y nombre del propietario. Relacin de dependencia laboral. Dependientes internos y viajeros.

    6. Comerciante Societario. rgano de Gestin o Administracin Art. 162. Un administrador nico o varios administradores, actuando conjuntamente constituidos en consejo de administracin sern el rgano de la administracin de la sociedad y tendrn a su cargo la direccin (gestin a lo interno) de los negocios de la misma y su representacin legal, es decir, servirse de la de la firma social y vinculacin con terceros. Sus facultades estn sealadas en los artculos 47 y163 del Cdigo de Comercio.

    7. Funciones del rgano de Administracin rgano societario de gestin y representacin permanente con un contenido funcional mnimo e inderogable al que se le vinculan facultades y derechos tpicos debidamente establecidos. Ejecuta los acuerdos de la Asamblea General. Adopta diariamente las decisiones en la esfera de su propia competencia. Realizacin de todas aquellas actividades y operaciones adecuadas al mejor desarrollo del objeto social. Mientras mayor sea el nmero de accionistas, mayor ser el margen de control y libertad de gestin autnoma en la conduccin de los negocios societarios, lo cual ha obligado a los Estados a tomar regulaciones especiales en este sentido.

    8. Otras caractersticas: Diferente al Mandato que es especfico y para casos concretos. Diferente a los Ejecutores Especiales (representacin sin mandato) Art. 136 Actividad de buena gestin de la sociedad dentro de los lmites del objeto social y sus competencias. Nombramiento y revocacin. Responsabilidad por su actuacin incorrecta o negligente: Artos. 171-177 Accin social de responsabilidad Accin individual de responsabilidad Responsabilidad solidaria Responsabilidad penal Art. 38 Cdigo Penal.

    9. Gerente: Base legal: Artculos 467, 181, 182 y 183 del CC. Direccin de una empresa (al igual que el Factor: Art. 266 CC); Facultad de representacin: con relacin a terceros y judicialmente (Art. 47 CC); Facultad de Ejecucin: giro ordinario de la sociedad (Artos. 47 y 182CC); Relacin de dependencia laboral; Plazo indefinido; Solidaridad y responsabilidad con la administracin.

    10. Corporate Gobernance La corporate gobernance surge en los aos ochenta como una reflexin sobre las implicaciones de un fenmeno contemporneo ampliamente verificable: la disociacin entre la direccin de las empresas y los propietarios legtimos, que ha hecho que stos tiendan a velar por sus derechos de propiedad y reclamar beneficios de corto plazo ante las grandes quiebras y escndalos financieros de 2001 y 2003 (Enron, Tyco, Wordcom y Xeros, entre otros.) Se le ha conocido con el sugestivo ttulo de El regreso del accionista.

    11. Good Gobernance o BUEN GOBIERNO El World Bank ante esta crisis apela a la confianza, la responsabilidad y la transparencia, lo que muestra un puente conceptual entre la corporate governance y la good governance. La gobernanza de empresas ha sido pensada en clave de superacin del dilogo de sordos entre inversores y dirigentes de empresa y en pro de una recomposicin de la confianza mutua. La good governance reposa sobre el establecimiento o restablecimiento- de un pacto social en el seno de la comunidad humana involucrada basado en principios de tica y transparencia en la gestin.

    12. Otras figuras afines: Ejecutores especiales (Art. 136 CC) Mandatarios: Generales Especiales Sociedades extranjeras (Art.215 inc. 4. CC) Liquidadores (Artos. 242 y 243): Atribuciones (Art. 247 CC) Prohibicin de emprender nuevas operaciones (Art. 254 CC). Interventores Judiciales (Art. 661 CC) Gestores de negocios: (Art. 1605 Cdigo Civil) En el Cdigo de Comercio (Artos. 14 parte final y 18 CC)

    13. Gracias

More Related