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Carlos Fernando Correa carlosfcorrea

ELEMENTOS DEL VALOR EN ADUANAS . 2. CONCEPTOS INCLUIDOS EN EL PRECIO PAGADO DEPENDIENDO DE LA REGLA Incoterms

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Presentation Transcript


    1. Carlos Fernando Correa www.carlosfcorrea.com

    2. ELEMENTOS DEL VALOR EN ADUANAS

    4. 2.1 Las 11 reglas (Caractersticas) Trminos internacionales de comercio, de aplicacin opcional. Emitidos por la Cmara Internacional de Comercio (CIC) Sirven para facilitar las operaciones de comercio y para evitar malos entendidos Sirven para distribuir riesgos Cada 10 aos se revisan o cambian (se publicaron en 1936 y se revisaron en 1953, 1967, 1980, 1990, 2000 y ahora 2010.

    5. Reglas Incoterms 2010

    6. 2.2 PRINCIPALES CAMBIOS ENTRE LOS INCOTERMS 2000 Y LAS NUEVAS REGLAS Incoterms 2010 Las Reglas Incoterms son propiedad intelectual de la Cmara de Comercio Internacional y de sus Captulos Nacionales. Para su revisin y publicacin se recogen las propuestas de los grupos nacionales y se configura un panel de expertos que deciden su redaccin final. El proceso involucra un total de 130 pases.

    7. Ejemplos de cambios propuestos. Australia, Brasil, Francia y Noruega para eliminar el trmino DAF, lo que en efecto se llev a cabo. Australia Japn y Suecia por su parte pidieron una mayor claridad acerca de los medios de transporte especfico para cada Regla. Estados Unidos de Amrica, Suecia y la FIATA (Federacin internacional de Asociaciones de Transitarios y Similares) pidieron incluir referencias a los costos adicionales que se pueden enfrentar por tener que cumplir con un programa de seguridad derivados de los atentados 9/11, como por ejemplo el C-TPAT

    8. Grupos de Reglas Incoterms 2010

    9. Medios de transporte 1) Mutimodal o Cualquiera: EXW, FCA, CPT, CIP, DAT, DAP, DDP. 2) Martimo o Fluvial: FAS, FOB, CFR. CIF

    11. ASPECTOS RELEVANTES RECONOCIDOS EN LAS NUEVAS REGLAS Incoterms 2010 Simplificacin y unificacin del derecho internacional privado, Proliferacin en el mundo de mercados integrados, entendiendo por tales las regiones del mundo en las que la mercanca puede circular sin necesidad de trmites aduaneros significativos, Aumento o disminucin de ciertas prcticas comerciales en el mundo, y; Amenazas a la seguridad de los pases que ha hecho necesario la creacin de programas como el estadounidense C-TPAT o la figura del Operador Logstico en la Comunidad Econmica Europea.

    13. 1. Reduccin de 13 Incoterms a 11. Se suprimieron los Incoterms DAF, DES, DEQ y DDU Se agregaron dos Reglas mas: DAT (Delivered at Terminal) y DAP (Delivered at Place).

    14. 2 Las reglas Incoterms 2010, continan con una estructura acotada de 10 puntos programticos correspondientes a las obligaciones del vendedor (encabezados A) y a las del comprador (encabezados B), precedidas de una introduccin denominada Nota de Gua que resume brevemente las caracterstica de cada regla Incoterms, pero cuyo texto no debe ser considerado parte de las mismas.

    15. 4. En algunas Reglas Incoterms se sustituyeron los posesivos masculinos (his account) por posesivos neutros (it). 5. Para los trmites aduaneros de importacin y exportacin se utiliza la expresin cuando sean aplicables por efecto de los mercados integrados en los que los trmites de ese tipo han desaparecido prcticamente. 6. En los apartados A 10 de cada Regla Incoterms 2010, se establece la obligacin del vendedor de proporcionar cualquier informacin relacionada con seguridad para cumplir con los programas anti terrorismo y anti contrabando de pases como EEUU, Canad o en la Comunidad Europea por citar algunos.

    16. 7. En los trminos FOB, CFR y CIF desaparece el concepto de que la entrega se lleva a cabo cuando el vendedor coloca los bienes por encima de la barandilla del buque, por ser difcil de verificar por las partes en la vida real, y se sustituye por el concepto de legalmente abordo lo que significa que la entrega se lleva a cabo cuando la naviera expide el conocimiento de embarque correspondiente. 8. En las Reglas Incoterms CIF y CIP se establece que el seguro pagado por el vendedor en beneficio del comprador debe reunir la cobertura mnima prevista en las clusula C del las Institute Cargo Clauses, desapareciendo por lo tanto el concepto del 110% del valor de los bienes a que se referan las reglas Incoterms 2000.

    17. 9. Esta edicin de las reglas Incoterms 2010 hacen especial nfasis en la propiedad intelectual, pues indica claramente que Incoterms es una marca registrada de la ICC y contienen un apartado en el que se menciona que cuando se usen en un contrato de compra venta internacional se debern observar las siguientes reglas: a) Usar la marca registrada Incoterms para referirse nicamente a las reglas Incoterms de la ICC y otros productos relacionados de la ICC b) En los textos citar Incoterms como un adjetivo y no un sustantivo c) No usar la expresin Incoterms sin poner la primer letra en mayscula d) No usar Incoterm como un singular de cada regla. Un trmino individual debe ser referido como una regla Incoterms. e) Usar el smbolo despus de la marca registrada Incoterms. f) Cualquier uso de la marca registrada Incoterms en cualesquiera bienes o servicios no proporcionados por la ICC se debe hacer con licencia de la ICC.

    18. 2.3 Uso de las Reglas Incoterms 2010 en los contratos, el arbitraje y los medios de transporte correcto para cada Regla Incoterms 2010. Las reglas Incoterms 2010 se deben usar en el contrato y en los documentos relativos a la compra venta especificando el lugar y puerto con la mayor precisin posible, como por ejemplo: EXW Chicago Illinois, Estados Unidos, Bodega de Textronic Inc, 5234 Road Drive Incoterms 2010.

    19. Qu no regulan los INCOTERMS? Transmisin de la Propiedad. Estado de la Mercanca. Forma de Pago. Condicin de la mercanca. Exoneraciones de responsabilidades. Otros derechos conexos No estn pensados para remplazar trminos contractuales.

    20. El contrato. Un contrato, en trminos generales, es definido como un acuerdo privado, oral o escrito, entre partes que se obligan sobre materia o cosa determinada, y a cuyo cumplimiento pueden ser compelidas. Es un acuerdo de voluntades que genera, extingue, modifica o transfiere derechos y obligaciones para las partes. El contrato de compra-venta es el factor central de toda transaccin comercial, constituyndose en el punto de partida del comercio internacional e instrumento jurdico de la actividad econmica mundial.

    21. Tipos de contratos. 1.Contrato de Transporte 2.Contrato de Seguro. 2. Comisin, representacin y distribucin. 3. Prestacin de servicios (asistencia tcnica, anlisis, etc.). 4. Licencia para el uso y explotacin de patentes y marcas. 5. Franquicias.

    22. El Contrato de Compraventa El contrato de compra-venta internacional de mercancas est regido por la convencin de las Naciones Unidas sobre contratos de compra-venta internacional de mercancas, que fue aprobada y suscrita en Viena el 11 de abril de 1980, este convenio entr en vigencia el 1 de enero de 1988: Aplica solo a contratos de Compraventa entre partes que tengan su establecimiento en estados diferentes. Regula exclusivamente el contrato de Compra-Venta Por su carcter de tratado Internacional es Norma Suprema de la nacin mexicana (Art 133. constitucional, aunque solo aplique a operaciones de forma Internacional).

    23. Se refiere a los aspectos: - Formacin del Contrato y disposiciones generales. (ser de forma escrito., ausencia de Vicios del Consentimiento) - Obligaciones del Vendedor (Conforme a las condiciones, pretensiones de terceros patentes propiedad industrial derechos y acciones por incumplimiento) - Obligaciones del Vendedor. (pagar el precio de las mercancas, recibir las mercancas, derechos y acciones por incumplimiento) - Transmisin del Riesgo (En que momento se transmite, responsabilidades, mercancas claramente identificadas) - Disposiciones comunes a las Obligaciones (indemnizacin, intereses, exoneracin, efectos de la Resolucin del contrato, conservacin de las mercaderas). - Disposiciones Finales (de la misma convencin, no prevalecer sobre acuerdos ya celebrados, adhesin, entrada en vigor)

    24. Clusula de Arbitraje: TODAS LAS DESAVENIENCIAS QUE DERIVEN DE ESTE CONTRATO SERAN RESUELTAS DEFINITIVAMENTE DE ACUERDO CON EL REGLAMENTO DE ARBITRAJE DE LA CAMARA DE COMERCIO INTERNACIONAL POR UNO O MS ARBITROS NOMBRADOS CONFORME A ESTE REGLAMENTO

    25. Arbitraje de la Cmara de Comercio Internacional Decisiones definitivas y vinculantes Neutralidad Especializacin de los rbitros Rapidez y economa Confidencialidad Reconocimiento Internacional de los Laudos Convencin de Nueva York (1959)

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