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CONTIGO MEJOR PAÍS: Más Capacitación, Mejor Trabajo

FRANQUICIA TRIBUTARIA DE CAPACITACIÓN: UNA HERRAMIENTA AL SERVICIO DE LA COMPETITIVIDAD. CONTIGO MEJOR PAÍS: Más Capacitación, Mejor Trabajo. Franquicia Tributaria.

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CONTIGO MEJOR PAÍS: Más Capacitación, Mejor Trabajo

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  1. FRANQUICIA TRIBUTARIA DE CAPACITACIÓN: UNA HERRAMIENTA AL SERVICIO DE LA COMPETITIVIDAD CONTIGO MEJOR PAÍS: Más Capacitación, Mejor Trabajo

  2. Franquicia Tributaria Es un Incentivo Tributario que permite a las empresas clasificadas por el SII como contribuyentes de la Primera Categoría de la Ley del Impuesto a la Renta, descontar del impuesto a pagar, los montos invertidos en Programas de Capacitación para trabajadores de la propia empresa, potenciales trabajadores o ex trabajadores, con los alcances, límites y montos que se señalarán. CONTIGO MEJOR PAÍS: Más Capacitación, Mejor Trabajo

  3. REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LAS EMPRESAS • Tener una planilla anual de remuneraciones imponibles igual o mayor a 35 UTM, que cubran al menos el período que dure la ejecución de la acción de capacitación, habiendo cumplido con haber pagado y no sólo declarado las imposiciones previsionales, y además haber cotizado por concepto de salud. • Que hayan cumplido con los trámites ante SENCE y ante el SII(Form. de comunicación y liquidación debidamente tramitados ante el SENCE, y form. 22; 1887 u otros que establezca el SII, en forma completa, correcta y dentro de plazos). • Las empresas al final de cada ejercicio anual deberán presentar obligatoriamente el FORMULARIO “Declaración Jurada” Anual Notarial sobre retención y pago de cotizaciones previsionales. CONTIGO MEJOR PAÍS: Más Capacitación, Mejor Trabajo

  4. MONTO A RECUPERAR POR LA EMPRESA UTM Referencia: $ Ajustar según UTM vigente CONTIGO MEJOR PAÍS: Más Capacitación, Mejor Trabajo

  5. TOPES A CONSIDERAR EN EL USO DE LA FRANQUICIA TRIBUTARIA Además del límite general del 1 % señalado anteriormente, existen dos limites al interior del sistema, cuyo objetivo es focalizar y distribuir el gasto de las empresas en capacitación. a) Valor máximo imputable por hora participante en las acciones de capacitación. ($4.000) b) Escala de acceso al beneficio de acuerdo al nivel de remuneraciones brutas mensual de los participantes (objetivo: focalizar su uso en trabajadores de menor nivel de remuneración) CONTIGO MEJOR PAÍS: Más Capacitación, Mejor Trabajo

  6. DISTRIBUCIÓN REGIONAL 2008

  7. EMPRESAS CON MAS 1%

  8. ¿A QUIÉNES PUEDO CAPACITAR? • Contratados, Socios o propietarios que trabajen en la empresa (97.3% del total de participantes 2008) • Por contratar (2.3% del total de participantes 2008) • Trabajadores desvinculados de la empresa (0.4% del toral de participantes 2008) CONTIGO MEJOR PAÍS: Más Capacitación, Mejor Trabajo

  9. PRE Y POST CONTRATO Capacitación Pre-Contrato Acciones de capacitación con cargo a la franquicia tributaria, realizada antes de la vigencia del contrato de trabajo. El empleador y el trabajador suscriben un contrato de capacitación cuya vigencia no exceda de 2 meses y que no podrá celebrarse, entre las mismas partes más de una vez en un año calendario. Capacitación Post-Contrato Acciones de capacitación con cargo a la franquicia tributaria, ejecutadas hasta 5 meses después del término del vínculo laboral. Dichas acciones deben ser comunicadas al SENCE un día antes que comiencen, y deben ser impartidas a trabajadores cuya última renta no supere las 25 Unidades Tributarias Mensuales (UTM). CONTIGO MEJOR PAÍS: Más Capacitación, Mejor Trabajo

  10. ¿QUIÉN CAPACITA? • CAPACITACION DIRECTA (Cursos Internos e Interempresas): Son cursos estructurados y ejecutados por instructores propios de la Empresa o externos, los que deben ser personas naturales. A través de esta vía se capacitó al 25% del total de participantes 2008. • CAPACITACION CON OTEC: Cursos de Instituciones reconocidas por SENCE. A través de esta vía se capacitó al 75% del total de participantes 2008. CONTIGO MEJOR PAÍS: Más Capacitación, Mejor Trabajo

  11. ¿CÓMO SE CÓMUNICA UNA ACCIÓN DE CAPACITACIÓN VÍA FT? • Vía OTIC: La empresa entrega su aporte a un Organismo Técnico Intermedio para Capacitación, el cual administra el aporte, realizando el proceso de comunicación de cursos ante Sence. Por este servicio cobra una comisión que es un % del aporte. • Estos organismos no pueden ejecutar capacitación laboral, sino que sirven de nexo entre las empresas afiliadas y los organismos técnicos de capacitación • Vía Directa: La empresa administra su 1% y comunica al Sence los cursos en forma directa. (Ya sea en forma presencial o vía Internet) CONTIGO MEJOR PAÍS: Más Capacitación, Mejor Trabajo

  12. ¿CÓMO OPERAN LOS OTIC? • El OTIC recibe de parte de la empresa el aporte que corresponde a una parte o al total del 1%. • El OTIC abre 6 cuentas distintas donde administra los aportes: • Cuenta de Capacitación (Trabajadores de la empresa • Cuenta de Reparto (Trabajadores de otras empresas) • Gasto de Administración (cobrado por el OTIC) • Cuenta evaluación y certificación competencias • Cuenta de excedente de capacitación (año siguiente) • Cuenta de excedente de reparto (año siguiente) • Cuenta evaluación y certificación competencias • Cuenta de becas de capacitación (remanentes de las cuentas de excedentes, al tercer año) CONTIGO MEJOR PAÍS: Más Capacitación, Mejor Trabajo

  13. COSTOS INDIRECTOS DEDUCIBLES VÍA FT • Estudio de Detección de Necesidades de capacitación de la empresa (hasta un tope máximo del 10% del total de costos directos anuales visados por SENCE). • Administración de la Unidad de Capacitación Interna (Hasta un 15% del monto total anual imputable a franquicia, visados por SENCE, excluidos los montos aportados a los OTIC ). • Viático y traslado de participantes (hasta un tope máximo del 10% del total de costos directos anuales visados por SENCE en la medida que las acciones de capacitación se ejecuten fuera del radio urbano), considerando para estos efectos solamente los gastos directos en los que haya incurrido la empresa, excluyendo los aportes a OTIC. SENCE

  14. COMITÉ BIPARTITO Y SU PROPOSITO EN LA EMPRESA. Es una entidad formada al interior de las empresas, constituida por tres representantes del empleador y por tres de los trabajadores. Y su función es acordar y evaluar el programa de capacitación en la empresa, y asesorar a la dirección de la empresa en materias de capacitación. Las empresas con CBC podrán obtener un 20% de beneficio adicional por cada participante, considerando los topes de valor hora por participante y tramos de franquicia, en la medida que, con este beneficio la empresa no supere el gasto efectivo en el que incurrió por participante. SENCE

  15. Muchas gracias www.sence.cl CONTIGO MEJOR PAÍS: Más Capacitación, Mejor Trabajo

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