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El Derecho de Aguas chileno en 7 ideas

El Derecho de Aguas chileno en 7 ideas. Dr. Alejandro Vergara Blanco Profesor Titular de Derecho Administrativo Director Programa de Derecho Administrativo Económico Pontificia Universidad Católica de Chile. Seminario de Recursos Hídricos y Desarrollo Sustentable.

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El Derecho de Aguas chileno en 7 ideas

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  1. El Derecho de Aguas chileno en 7 ideas Dr. Alejandro Vergara Blanco Profesor Titular de Derecho Administrativo Director Programa de Derecho Administrativo Económico Pontificia Universidad Católica de Chile Seminario de Recursos Hídricos y Desarrollo Sustentable. Programa Bicentenario Congreso Nacional de Chile Santiago, 21 de noviembre de 2011

  2. 1. El estatuto normativo de las aguas está dirigido por un Código que ya tiene 30 años • CPR 1980 • Art.19Nº24: • Distinción entre derechos constituidos y reconocidos • Propiedad sobre derechos de aguas • DS Nº1.220, 1998 • Reglamento Catastro Público de Aguas • Regulación perfeccionamiento de títulos antiguos incompletos • Ley Nº20.099, 2006 • Fortalecimiento inscripción CPA • Incorporación de publicidad solicitudes mediante difusión radial • Nuevos términos para regularizaciones expeditas de aguas subterráneas Ley Nº20.411, 2009 Impide-limita regularizaciones expeditas de aguas subterráneas Principales hitos normativos Antiguo régimen / nuevo régimen • CA 1981 (promulgado 13/08/1981 y publicado 29/10/1981… ¡ya 30 años!) • Aguas como bien nacional de uso público • Reafirmación de la institución concesional en origen derechos de aguas • Fortalecimiento derecho de aprovechamiento de aguas • Administración compartida (DGA/juntas de vigilancia) • Ley Nº20.417, 2005 (modifica CA) • Aguas subterráneas (interrelación con aguas superficiales; áreas de restricción y zonas de prohibición; comunidades de aguas subterráneas, entre otras) • Caudal ecológico mínimo • Patente por no uso de aguas • Limitaciones adquisición derechos de aguas (memoria explicativa; reserva para abastecimiento a poblaciones, entre otras) • Ley Nº20.417, 2010 (medio ambiente) • Delega a potestad reglamentaria criterios para fijación del caudal ecológico mínimo • DL 2.603 1979 • Art.7: • Valor uso efectivo y actual del agua • Reconocimiento usos consuetudinarios Ley Nº20.304, 2008 Operación de embalses frente a alertas y emergencias de crecidas y otras medidas que indica

  3. 2. La realidad objeto de regulación está marcada por la conflictividad • Desigual distribución de recursos hídricos en el país (zona norte muy árida; regiones centrales con presencia intermitente de aguas; y zona sur con abundancia de precipitaciones). • Incremento de demanda por aguas desde distintos sectores. • Necesidad creciente de aguas para las principales actividades económicas del país (minería, agricultura, hidroelectricidad e industria, entre otras). • Sequía • Agotamiento de cuencas y acuíferos. • Presencia mayoritaria de usos consuetudinarios de aguas. • Importante grado de conflictividad entre usuarios del recurso, entre dichos usuarios y la autoridad administrativa (DGA) y al interior de la Administración misma.

  4. 3. Existe una pluralidad de órganos y disparidad de criterios en la resolución de conflictos relevantes Principales problemáticas: -Disponibilidad de aguas. -Regularización y perfeccionamiento de derechos antiguos. -Restricciones, limitaciones y prohibición en materia de aguas subterráneas. DGA Aunque no es su rol, debe enfrentar y en ocasiones resolver una poderosa conflictividad En muchas ocasiones ejerce competencias técnicas, sin tener ese carácter El gran tribunal de aguas en Chile es hoy la Corte de Apelaciones de Santiago

  5. 4. Precario tratamiento doctrinal del Derecho de Aguas • Escaso desarrollo científico-jurídico de la disciplina del Derecho de Aguas. • Escasa o nula relevancia del Derecho de Aguas en el plan de estudios de la mayoría de las Facultades de Derecho del país. • Sin perjuicio de ello, se observa un atisbo de cambio en los últimos años en este sentido y una mayor concientización por la importancia del estudio de las aguas. Son manifestaciones de ello: • -Más publicaciones especializadas e interdisciplinarias en lo relativo a las aguas. • -Programas de postgrado que incluyen la enseñanza de aspectos generales del • Derecho de Aguas. • -Estas jornadas especializadas y otras más genéricas que tratan temáticas relativas a las aguas (jornadas de recursos naturales, de energía, entre otras).

  6. 5. Un escenario en que indudablemente se han producido avances… • Fomento de la participación de los usuarios en la gestión, administración y distribución de las aguas. • Mejoras tecnológicas para el aprovechamiento de las aguas. • Posicionamiento de la idea de gestión integrada de cuencas hidrográficas, aunque todavía no se materializa del todo. • Mayor compromiso de la autoridad administrativa (DGA) por resolver problemáticas de aguas. • Mayor preocupación por temas ambientales y de protección de la calidad de las aguas.

  7. 6. Sin embargo, también existen importantes problemáticas…

  8. …problemáticas…

  9. …problemáticas…

  10. …problemáticas

  11. 7. Y, por cierto, un escenario en que se observan relevantes desafíos y tareas pendientes…

  12. …desafíos y tareas pendientes…

  13. …desafíos y tareas pendientes

  14. MUCHAS GRACIAS

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