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ANIMALES DE ASISTENCIA. Lcdo. WILLIAM PELLOT OCASIO OPPI. PERSPECTIVA GENERAL. DESDE EL 15 DE MARZO DE 2011 SOLO SE RECONOCEN LOS PERROS COMO ANIMALES DE ASISTENCIA BAJO LOS TÍTULOS 2 U 3 DE LA ADA.
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ANIMALES DE ASISTENCIA Lcdo. WILLIAM PELLOT OCASIO OPPI
PERSPECTIVA GENERAL • DESDE EL 15 DE MARZO DE 2011 SOLO SE RECONOCEN LOS PERROS COMO ANIMALES DE ASISTENCIA BAJO LOS TÍTULOS 2 U 3 DE LA ADA. • UN ANIMAL DE SERVICIO ES UN PERRO QUE ESTÁ ENTRENADO INDIVIDUALMENTE PARA TRABAJAR O REALIZAR CIERTAS TAREAS PARA UNA PERSONA CON IMPEDIMENTOS.
PERSPECTIVA GENERAL, CONT. • COMO REGLA GENERAL, LAS ENTIDADES OBLIGADAS BAJO LOS TÍTULOS 2 Y 3 DE LA ADA, TIENEN QUE PERMITIRLE ACCESO A LOS ANIMALES DE ASISTENCIA, QUE ACOMPAÑAN A PERSONAS CON IMPEDIMENTOS, A TODAS LAS ÁREAS A LAS CUALES SE PERMITE LA ENTRADA DEL PÚBLICO EN GENERAL.
DEFINICIONES • SE DEFINE EL CONCEPTO DE ANIMAL DE ASISTENCIA, COMO AQUELLOS PERROS, DE CUALQUIER RAZA, QUE SON INDIVIDUALMENTE ENTRENADOS PARA REALIZAR TRABAJOS O TAREAS POR PERSONAS CON IMPEDIMENTOS.
EJEMPLOS DE TRABAJOS O TAREAS • GUIAR PERSONAS CIEGAS; • ALERTAR A PERSONAS SORDAS; • HALAR UNA SILLA DE RUEDAS; • ALERTAR Y PROTEGER A UNA PERSONA QUE ESTÁ CONVULSANDO; • RECORDARLE A UN PACIENTE MENTAL CUANDO TIENE QUE TOMAR SUS MEDICAMENTOS;
EJEMPLOS DE TRABAJOS O TAREAS, CONT. • CALMAR A UNA PERSONA QUE TIENE UN EPISODIO DE ANSIEDAD POR RAZÓN DE ESTRÉS POST-TRAUMÁTICO.
ESTOS ANIMALES NO SON MASCOTAS, SON ANIMALES DE TRABAJO. • EL TRABAJO O TAREA TIENE QUE ESTAR DIRECTAMENTE RELACIONADO A LA CONDICIÓN DE LA PERSONA. • AQUELLOS ANIMALES CUYA ÚNICA FUNCIÓN ES DAR APOYO O CONFORT EMOCIONAL NO SON ANIMALES DE TRABAJO BAJO ADA.
ESTO EN NADA AFECTA LA DEFINICIÓN DE ANIMAL DE ASISTENCIA DE LA FAIR HOUSING ACT O LA DEFINICIÓN DE ANIMAL DE SERVICIO DEL AIR CARRIER ACCESS ACT QUE SON MUCHO MAS AMPLIAS.
LUGARES DONDE SE PERMITEN ANIMALES DE ASISTENCIA • BAJO ADA, LOS GOBIERNOS ESTATALES Y MUNICIPALES, NEGOCIOS Y ENTIDADES SIN FINES DE LUCRO, ABIERTOS AL PÚBLICO, ESTÁN OBLIGADOS A PERMITIR QUE ESTOS ANIMALES ACOMPAÑEN A LAS PERSONAS CON IMPEDIMENTOS EN TODAS LAS ÁREAS DEL EDIFICIO DONDE SE PERMITE PÚBLICO.
LUGARES DONDE SE PERMITEN ANIMALES DE ASISTENCIA, CONT. • POR EJEMPLO, EN UN HOSPITAL SERÍA INAPROPIADO EXCLUIR A UN ANIMAL DE SERVICIO DE ÁREAS TALES COMO LOS CUARTOS DE PACIENTES, CLÍNICAS, CAFETERÍAS, O CUARTOS DE EXAMEN. • SIN EMBARGO, SERÍA APROPIADO EXCLUIRLOS DE SALAS DE OPERACIONES, ÁREAS DE QUEMADOS O DONDE SE REQUIERE UN AMBIENTE ESTÉRIL.
CONTROL • BAJO ADA, LOS ANIMALES DE SERVICIO TIENEN QUE ESTAR CON CORREA O ARNÉS, A MENOS QUE HACERLO INTERFIERA CON LA HABILIDAD DEL PERRO PARA HACER SU TRABAJO O QUE LA CONDICIÓN DE LA PERSONA NO LE PERMITA USAR ESTOS EQUIPOS. EN ESE CASO EL PERRO DEBE ESTAR BAJO CONTROL CON MANDOS DE VOZ O DE SEÑALES.
REGLASESPECIALES • CUANDO NO ES OBVIO QUE SERVICIO EL ANIMAL PROVEE SOLO SE PUEDEN HACER 2 PREGUNTAS: 1. ¿ES EL PERRO UN ANIMAL DE SERVICIO QUE LA PERSONA NECESITA POR SU CONDICIÓN? Y 2. ¿PARA QUÉ TIPO DE SERVICIO O TAREA HA SIDO ADIESTRADO EL PERRO?
REGLAS ESPECIALES • NO SE PUEDE PREGUNTAR NI REQUERIR: 1. SOBRE LA CONDICIÓN DE LA PERSONA; 2. EVIDENCIA MÉDICA; 3. TARJETAS DE IDENTIFICACIÓN ESPECIALES; 4. CERTIFICACIONES DE ADIESTRAMIENTO DEL PERRO; NI 5. SOLICITAR QUE EL PERRO DEMUESTRE SUS HABILIDADES.
REGLAS ESPECIALES • LAS ALERGIAS O EL MIEDO A LOS PERROS NO SON RAZONES VÁLIDAS PARA NEGAR ACCESO O SERVICIO A LAS PERSONAS QUE USAN ESTOS ANIMALES. • NO SE PUEDE REMOVER A UNA PERSONA QUE USA UN ANIMAL DE SERVICIO DEL LUGAR, A MENOS QUE EL PERRO NO ESTÉ BAJO CONTROL O ENTRENADO EN SUS NECESIDADES BIOLÓGICAS.
REGLAS ESPECIALES • DE SER NECESARIO SACAR EL PERRO, POR UNA DE ESTAS DOS RAZONES, SE LE TIENE QUE OFRECER AYUDA A LA PERSONA PARA HACER SUS DILIGENCIAS ASISTIDO POR PERSONAL DE LA ENTIDAD. • ESTABLECIMIENTOS COMO RESTAURANTES, ESTÁN OBLIGADOS A PERMITIR A LAS PERSONAS CON SUS PERROS DE ASISTENCIA ESTAR EN LOS SALONES COMEDORES, AUN CUANDO LOS CÓDIGOS DE SALUD LOCALES LO PROHÍBAN.
REGLAS ESPECIALES • LOS USUARIOS DE ANIMALES DE ASISTENCIA NO PUEDEN: 1. SER AISLADOS DE LOS OTROS CONSUMIDORES; 2. TRATADOS DE FORMA MENOS FAVORABLE; O 3. COBRARLES CUOTAS ADICIONALES, INCLUYENDO AQUELLAS QUE SE COBRAN A CLIENTES CON MASCOTAS.
REGLAS ESPECIALES • ESTO ÚLTIMO NO SIGNIFICA QUE SI EL ANIMAL DE ASISTENCIA CAUSA DAÑOS EN LA PROPIEDAD NO SE LE PUEDA COBRAR A LA PERSONA POR ESOS DAÑOS. • EL PERSONAL DE LA ENTIDAD NO ESTÁ OBLIGADO A CUIDAR O ALIMENTAR LOS ANIMALES DE ASISTENCIA.
CABALLOS EN MINIATURA • LA REGLAMENTACIÓN REQUIERE DE MODIFICACIONES RAZONABLES PARA PERMITIR EL USO DE CABALLOS EN MINIATURA, QUE HAN SIDO ADIESTRADOS PARA REALIZAR CIERTAS TAREAS PARA LAS PERSONAS CON IMPEDIMENTOS. • HAY 4 FACTORES A CONSIDERAR AL MOMENTO DE DETERMINAR EL USO DE ESTOS ANIMALES.
CABALLOS EN MINIATURA, CONT. • EL TIPO, TAMAÑO Y PESO DEL CABALLO Y SI LA FACILIDAD PUEDE ACOMODAR ESAS CARACTERÍSTICAS. • LA PERSONA TIENE CONTROL ADECUADO DEL CABALLO. • EL CABALLO ESTÁ ENTRENADO EN HÁBITOS DE LIMPIEZA.
CABALLOS EN MINIATURA, CONT. 4. SI LA PRESENCIA DEL CABALLO COMPROMETE REQUISITOS LEGÍTIMOS DE SEGURIDAD DE LA OPERACIÓN DEL NEGOCIO.