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P royecto de nueva Ley reguladora del mercado de v alores Rodrigo Bolaños, Presidente Consejo Nacional para el Desarrollo del Mercado de Valores Costarricense. 23 de abril de 2014. DECRETO EJECUTIVO 37151-H y DECRETO EJECUTIVO No. 37249-H:. Artículo 4º— Objetivos del Consejo Nacional .

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  1. Proyecto de nueva Ley reguladora del mercado de valoresRodrigo Bolaños, PresidenteConsejo Nacional para el Desarrollo del Mercado de Valores Costarricense 23 de abril de 2014

  2. DECRETO EJECUTIVO 37151-H y DECRETO EJECUTIVO No. 37249-H: Artículo 4º— Objetivos del Consejo Nacional. Los principales objetivos del Consejo Nacional para el Desarrollo del Mercado de Valores consisten en asesorar a la Segunda Vicepresidencia de la República en el diseño, aprobación, implementación, monitoreo y evaluación de un plan de ruta estratégica para el desarrollo del mercado de valores costarricense, consistente con las políticas indicadas en el Artículo 2º del presente decreto.

  3. Principales resultados a la fecha • Elaboración y divulgación de Ruta Estratégica (2012). • Implementación de acciones para mejorar eficiencia y gestión de riesgos en la compensación y liquidación de valores. • Plan de acciones para mejorar mecanismo de subasta. • Diseño de mecanismos para dar a los inversionistas institucionales acceso directo a la subasta. • Apoyo técnico a las autoridades regulatorias para mejorar y fortalecer varios reglamentos (expertos internacionales). • Redacción de proyecto de nueva ley reguladora de valores con amplia consulta a los diferentes actores.

  4. Antecedentes del Proyecto de nueva ley… • Se elabora la Ruta estratégica para el desarrollo del mercado de valores costarricense (apoyo del BM). • Consejo determina que contar con una ley marco consistente con las nuevas realidades del país y del entorno requiere de una nueva ley. • Se redacta borrador de una nueva ley y con el visto bueno de la Segunda Vicepresidencia de la República, se somete a consulta a finales del 2013. • Se realiza amplia consulta con diversos actores del medio financiero en particular y fue abierta al público en general. • Consejo discute las diferentes observaciones recibidas durante el proceso de consulta. • Se abren espacios en las sesiones del Consejo para que los diferentes actores expongan sus observaciones. • Se realizan reuniones con los principales actores para informar sobre los resultados de la revisión de las observaciones por parte del Consejo.

  5. Proyecto de nueva Ley… • Aspectos generales: • Ley marco consistente con la dinámica actual de los mercados internacionales y con una visión progresiva de desarrollo. • Mayor protección al inversionista por medio de: • El deber obligatorio de asesoría al no profesional, • La mejor revelación de riesgos, • La asignación más clara de responsabilidades entre los participantes del mercado y, • El fortalecimiento del marco sancionatorio y de la regulación de conductas.

  6. Proyecto de nueva Ley… • Aspectos generales (Cont.): • Mayor acceso a los inversionistas y empresas por medio de la creación de accesos directos a las plataformas de negociación. Aperturas de los mercados primarios y secundarios. Específicamente: • Se abre el mercado para la negociación de instrumentos financieros (no sólo valores). • Se elimina el acceso exclusivo de los puestos de bolsa al mercado secundario y en su lugar se otorga la apertura para que los inversionistas institucionales (aseguradoras, bancos, Safis, operadoras de pensión, mutuales, y otros) puedan directamente comprar y vender para sus propios fondos o tesorerías. • Se permite a las cooperativas actuar como emisores de valores. • Se regula la colocación de los valores de oferta privada en aras de dar seguridad jurídica a los intermediarios y a los inversionistas. • Se abre la posibilidad para que los puestos de bolsa puedan brindar un sistema de acceso directo de tipo electrónico para “pequeños inversionistas”.

  7. Proyecto de nueva Ley… • Aspectos generales (Cont.): • Mayor integración con los mercados internacionales mediante: • Jurisdicción reconocida, • Operador remoto, • Títulos extranjeros. • Más posibilidades de financiación para las empresas pequeñas, medianas y grandes, al permitirse la diferenciación de emisores. • Sistemas más efectivos y eficientes para el resguardo de valores y la firmeza de las transacciones (central de valores única y mejor regulación de los custodios). • Regulación por actividades, con potestad supervisora independiente del sujeto, ampliándose el perímetro regulatoria y con ello limitando las “actividades sombra”.

  8. Proyecto de nueva Ley… • Aspectos generales (Cont.): • Otorgamiento de toda la potestad sancionatoria a la SUGEVAL y mejora de sus facultades regulatorias de supervisión y de conducta. Se le otorgan al CONASSIF y a la SUGEVAL competencias que ahora no tienen y que les permitirán cumplir sus funciones de una forma más integral. • Distribución más clara y balanceada de las responsabilidades y riesgos entre los diferentes participantes del mercado (públicos y privados). • Mejora del gobierno corporativo de las bolsas (desmutualización) y apertura de su capital accionario. • Igual trato tributario para igual fuente de ingreso, llevando la tasa de impuesto de los fondos de inversión del 5% al 8%, pero condicionado a la eventual aprobación de una reforma tributaria.

  9. Proyecto de nueva Ley reguladora del mercado de valoresRodrigo Bolaños, PresidenteConsejo Nacional para el Desarrollo del Mercado de Valores Costarricense 23 de abril de 2014

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