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“La Transparencia y Acceso a la Información:. ¿qué sigue?”. 27 de Abril de 2010. “ ACCESO A LA INFORMACIÓN EN COAHUILA ” DIFUSION Y VINCULACION: MECANISMOS DE UNA VERDADERA CULTURA DE TRANSPARENCIA. Lic. Sandrino Saucedo Contreras Director Jurídico del
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“La Transparencia y Acceso a la Información: ¿qué sigue?” 27 de Abril de 2010
“ ACCESO A LA INFORMACIÓN EN COAHUILA”DIFUSION Y VINCULACION: MECANISMOS DE UNA VERDADERA CULTURA DE TRANSPARENCIA • Lic. Sandrino Saucedo Contreras Director Jurídico del Instituto Coahuilense de Acceso a la Información Pública Culiacán, Sinaloa a 27 de abril de 2010
El 2 de abril se presento iniciativa al Congreso del Estado para reformar diversas disposiciones de la “Ley del Instituto Coahuilense de Acceso a la Información Pública”. Se reforman artículos 7 y 8 de la Constitución local. Se publicaron las siguientes leyes: • Ley de Acceso a la Información Pública de Coahuila. • Ley del Instituto Coahuilense de Acceso a la Información Pública. • Ley de Archivos Públicos para el Estado de Coahuila. • Anteproyecto de Ley para la Protección de la Intimidad de las Personas. 2009 2003 AÑOS El 1° de diciembreentra en vigor la Nueva Ley de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales para el Estado de Coahuila. 2008 2007 Reforma al articulo 6 de la CPEUM.
LEY DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PUBLICA 2004 vs 2010 INFORMACIÓN PÚBLICA MÍNIMA (IPM) INFORMACION CONFIDENCIAL Y DATOS PERSONALES PROCEDIMIENTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN SISTEMAS DE MEDIOS DE IMPUGNACIÓN SANCIONES
PRINCIPALES MODIFICACIONES.- CONTEMPLABA 19 PUNTOS DE IPM. POR EJEMPLO SE AMPLIA LA IPM A 25 PUNTOS, SE AÑADIERON LOS SIGUIENTES: ANTES HOY • Normatividad • Leyes. • Decretos. • Acuerdos. • Reglamentos. • Circulares. • Demás disposiciones de observancia general. • Estructura Orgánica • Organigrama. • Manual de Organización. • Directorios • Directorio de Servidores Públicos. • Directorio del Personal Responsable de atender las solicitudes de Información Pública. • Viáticos del Titular del Sujeto Obligado. • Curriculum de los servidores públicos de primer nivel. • Listado de expedientes clasificados como reservados. • Indicadores de gestión de los programas y proyectos. • Catálogos documentales de los archivos administrativos. • Solicitudes de información y respuestas. • Convenios que tengan los sujetos obligados con la federación. • Condiciones generales de trabajo. • Niveles tabulares en la estructura orgánica.
PRINCIPALES MODIFICACIONES ANTES HOY • La Ley señalaba que lo relacionado con la información confidencial seria materia de la normatividad que se emitiera para tal efecto. No se emitió una ley que cerrara el circulo de la información. Publica, Reservada o Confidencial. • ARTICULO 5.- EL CATALOGO DE DENOMINACIONES. Para los efectos de esta ley, se entenderá por: • VI. Información Confidencial. La información que defina la ley de la materia para la protección del derecho a la intimidad. La Ley contempla en el Capitulo Sexto lo relativo a los DATOS PERSONALES estableciendo una serie de definiciones, principios, reconociendo los derechos ARCO, acceso, rectificación , oposición y cancelación de los datos personales que se encuentren en bases de datos de los sujetos obligados. Se regulan del articulo 47 al 84 de la mencionada ley. Se establece la definición de datos personales: La información numérica, alfabética, grafica, fotográfica, acústica o de cualquier otro tipo concerniente a una persona física, identificada o identificable el nombre asociado al origen étnico, racial, o las características físicas, morales o emocionales, ala vida afectiva , familiar, el domicilio, numero de teléfono, cuenta personal de correo electrónico, patrimonio, ideología y opiniones políticas, creencias, convicciones religiosas, filosóficas, los estados de salud físicos, o mentales, las preferencias sexuales, la huella dactilar, el AND, la fotografía y el numero de seguridad social.
PRINCIPALES MODIFICACIONES DESPUES ANTES • Formas para presentar una solicitud de información • Articulo 65.- Verbal, escrito libre o formatos. • Articulo 40.- Requisitos de la solicitud • Identificación de la autoridad a quien se dirija. • Nombre completo, firma autógrafa y datos del solicitante. • Identificación de los datos e informaciones que requiere. • Lugar o medio señalado para recibir la información. Formas para presentar una solicitud de información Articulo 102. De manera verbal, escrito libre o formato, Sistema electrónico INFOCOAHUILA Articulo 103. Requisitos de la solicitud. Los datos de identificación del sujeto obligado a quien se dirija. La descripción de los documentos o la información que se solicita. El lugar o medio para recibir la información y las notificaciones. La modalidad en la que prefiere se otorgue la información, la cual podrá ser mediante consulta directa, copias simples, certificadas, digitalizadas. El nombre del solicitante y, opcionalmente , su perfil para fines estadísticos.
EL PROCEDIMIENTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PRINCIPALES MODIFICACIONES.- ANTES HOY PLAZO PARA CONTESTAR LAS SOLICITUDES Articulo 46. Toda solicitud de información deberá ser contestada en un plazo no mayor de 10 días hábiles. El plazo se podrá prorrogar en forma excepcional por otros 10 días hábiles, de mediar circunstancias que hagan difícil reunir la información. PLAZO PARA CONTESTAR LAS SOLICITUDES. Se homogenizan los plazos para contestar las solicitudes tanto escritas como por el sistema InfoCoahuila. Articulo 108. La respuesta a una solicitud de información, deberá ser notificada al interesado en el menor tiempo posible, que no podrá ser mayor de 20 días. Además se precisara el costo y la modalidad en que será entregada la información, atendiendo en la mayor medida de lo posible a la solicitud del interesado. Este plazo podrá ampliarse hasta por diez días cuando existan razones que lo motiven y estas se notifiquen al solicitante a mas tardar el 18 días del plazo para dar respuesta.
SISTEMA DE MEDIOS DE IMPUGNACIÓN PRINCIPALES MODIFICACIONES.- ANTES HOY • El sistema de medios de impugnación se integra por 2 recursos y una acción que nunca tuvo vigencia, haciendo el proceso de acceso a la información mas lento y con mas instancias intermedias. • 1.Recurso de reconsideración.- Se interpondrá ante el SUPERIOR JERÁRQUICO de la entidad pública de que se trate. • - Procede contra todo acto u omisión por parte de la entidad pública que: • Niegue el acceso a la información. • Se declare la inexistencia de la información y documentación errónea o incompleta. • Niegue la Existencia de la información y de la documentación. • El silencio de la Entidad Pública en las solicitudes de información. • Cualquier otro que por analogía se derive de los anteriores. • Se eliminan los recursos de la anterior Ley. • Se establece un solo recurso. Recurso de Revisión. • PROCEDENCIA. • Inconformidad con los costos o tiempos de entrega de la información. • La información que se entrego sea incompleta o no corresponda con la solicitud. • Inconformidad con las razones que motivan una prorroga. • La negativa de los derechos ARCO. • Tratamiento inadecuado de los datos personales. • Falta de respuesta a una solicitud de información dentro de los plazos establecidos.
SISTEMA DE MEDIOS DE IMPUGNACIÓN PRINCIPALES MODIFICACIONES.- ANTES HOY • Recurso de Revisión • Se presenta de manera directa ante el ICAI. • Puede interponerse vía electrónica. • 3.Se presenta dentro de los 15 días siguientes: • I. La notificación de la respuesta a su solicitud de información. • II. El Vencimiento del plazo para la entrega de la respuesta de la solicitud de información, cuando dicha respuesta no hubiere sido entregada, • 2. Recurso para la Protección del Acceso a la Información Pública. • Procede contra las resoluciones que pongan fin al recurso de reconsideración. • Este recurso deberá presentarse ante el Instituto Coahuilense de Acceso a la Información. • 3. Garantía de Acudir al ICAI vía artículo 47.
SANCIONES PRINCIPALES MODIFICACIONES.- ANTES HOY No señala sanciones para funcionarios que violen el derecho, solo remite a la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos que no se reformo para ese efecto. • Se contempla en el capitulo XI lo relativo a las sanciones y responsabilidades de los servidores públicos por faltas cometidas en materia de acceso a la información, así como de datos personales. • SANCIONES APERCIBIMIENTO PUBLICO • SUSPENSION DEL CARGO • 3 DIAS A 3 MESES • SIN GOCE DE SUELDO • El Instituto deberá comunicarle al órgano de control de los sujetos obligados, la violación en alguna responsabilidad de un servidor publico, para que este inicie el procedimiento de responsabilidad correspondiente a esta ley.
INFORMACIÓN PÚBLICA MÍNIMA Al finalizar el 2009, el nivel de cumplimiento de los sujetos obligados fue del 92% y a la fecha el cumplimiento es del 95%.
SOLICITUDES DE INFORMACIÓN • 2009 = 5,080 solicitudes de información. • 2010(hasta el 15 de abril)= 1322 solicitudes de información. • 2004 al 2010 total de solicitudes: 17376. • El 65% de las respuestas, se entregaron a través del Sistema Infomex Coahuila. • El 1.18% la información ha sido reservada.
Recurso de Revisión RECURSOS DE REVISIÓN • 2009 = 216 recursos de revisión. • El 82% de los recursos, el ICAI ha resuelto a favor de los solicitantes mediante la revocación, modificación o sobreseimiento, en este último al entregarles a los solicitantes la información.
DATOS PERSONALES El 1° de diciembre de 2009 entró en vigor el Capítulo Sexto “Los Datos Personales” de la Ley de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales para el Estado de Coahuila. El ICAI inicio con una primera etapa de capacitación a los sujetos obligados y en el segundo semestre del año, se impartirán cursos a la sociedad civil para promover la cultura de la protección de los datos personales entre ambos sectores.
PROGRAMAS DE TRABAJO • Universidad y Transparencia • Promueve la cultura de la transparencia y el ejercicio del derecho de acceso a la información entre estudiantes, catedráticos e investigadores universitarios. Los contenidos de transparencia se imparten en: • La Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro (6 mil 355 alumnos). • 16 centros de bachillerato tecnológico de Coahuila (22 mil alumnos). • La Facultad de Ciencias de la Comunicación de la Universidad Iberoamericana, Campus Laguna (232 alumnos). • Promotores de la Transparencia • Vinculación con instituciones educativas, de nivel preparatoria, para promover la cultura de la transparencia y el ejercicio del derecho de acceso a la información. • Cursos teóricos de 2 horas con contenido práctico. • Se muestra el Sistema Infomex Coahuila. (2009 se impartieron cursos en 37 instituciones y se capacitó a 11 mil 420 alumnos y maestros).