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Modelo de política de infancia y adolescencia para el municipio de Becerril Elaborado por:

Modelo de política de infancia y adolescencia para el municipio de Becerril Elaborado por: Aura María Hernández Del Valle Secretaría de Salud Departamental del cesar . INTRODUCCIÓN

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Modelo de política de infancia y adolescencia para el municipio de Becerril Elaborado por:

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  1. Modelo de política de infancia y adolescencia para el municipio de Becerril Elaborado por: Aura María Hernández Del Valle Secretaría de Salud Departamental del cesar

  2. INTRODUCCIÓN Siendo las niñas, niños, adolescentes y jóvenes parte esencial de la sociedad, se hace necesario garantizar su protección a través de acciones prioritarias que deben ir enfocadas en el mejoramiento de las condiciones para su desarrollo humano, para lo cual se hace necesario contar con una política pública de Infancia y Adolescencia que tenga como base el código de infancia y adolescencia y aterrice en las necesidades específicas del contexto social de cada municipio, teniendo en cuenta que los objetivos de la política pública que se adopta, es un acuerdo entre los actores comunitarios e institucionales de cada municipio, y que su plan de desarrollo, debe mostrar las acciones y responsabilidades que conlleven a lograr el cumplimiento de los mismos. La Ley 1098, conocida como el código de infancia y adolescencia es una consolidación del marco legal de la Convención Internacional de los Derechos de las niñas, niños y adolescentes, la cual reafirma la protección integral como el eje de acciones para el mejoramiento del bienestar de dicha población. Para entender de mejor forma a dónde se encamina nuestra política debemos saber que: Las niñas, niños, adolescentes y jóvenes son sujetos de derecho en los contextos familiar, institucional y social, los cuales merecen la garantía de los mismos a través del cumplimiento y responsabilidad ante sus deberes. Se deben generar de estrategias que den apoyo a los nuevos modelos familiares y a las familias con alta vulnerabilidad socioeconómica. Se debe atender al menor cuando se encuentre en vulneración de sus derechos y generar acciones de protección integral. Se debe implementar en los servicios a menores, un enfoque diferencial de acuerdo a su género, sexo, raza, etnia, capacidad, discapacidad, ciclo de vida, diversidad sexual, condiciones de vulnerabilidad, etc. Se debe implementar de forma efectiva la corresponsabilidad a la hora de garantizar y restablecer los derechos de las niñas, niños y adolescentes. Hay que realizar una articulación concertada y efectiva entre los actores institucionales, y a su vez entre estos y los comunitarios. Hay que establecer frentes específicos de inversión para reducir las desigualdades e inequidades a nuestros menores. Hay que implementar un sistema unificado de información entre los actores institucionales para tener consolidada las estadísticas en materia de salud y vulneración de derechos que se relacionen con nuestros menores y jóvenes.

  3. Antecedentes internacionales sobre derechos de infancia y adolescencia

  4. LOS DERECHOS HUMANOS • Los derechos humanos son normas básicas necesarias para vivir como un ser humano, sin las cuales las personas no pueden sobrevivir ni desarrollarse con dignidad. Son inherentes al ser humano, inalienables y universales. • Las Naciones Unidas establecieron una serie de normas comunes sobre los derechos humanos cuando aprobaron en 1948 la Declaración Universal de Derechos Humanos y su aceptación por parte de todos los países del mundo supone un apoyo moral al principio fundamental de que todos los seres humanos. • Los instrumentos del marco internacional de derechos humanos son: • Declaración Universal de Derechos Humanos • Tratados fundamentales sobre derechos humanos: • Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. • Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. • Convención sobre los Derechos del Niño. • Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. • Convención internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial. • Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer. • Como parte del marco jurídico de derechos humanos, todos los derechos humanos son indivisibles, están mutuamente relacionados y son interdependientes. Los derechos humanos son inherentes; nosotros simplemente nacemos con ellos y nos pertenecen como resultado de nuestra humanidad común. Ningún grupo selecto de gente es propietario de los derechos humanos, ni se conceden como una dádiva. Son inalienables; los individuos no pueden renunciar a ellos y nadie puede privarles de ellos, incluso en los casos en que los gobiernos no los reconocen ni los protegen. Son universales; todo el mundo tiene derechos en todas partes, independientemente de la edad, el sexo, la raza, la religión, la nacionalidad, el nivel de ingresos u otra situación o condición en la vida. Los derechos humanos pertenecen igualitariamente a todos y cada uno de nosotros.

  5. LOS DERECHOS HUMANOS COMO MARCO DE LOS DERECHOS DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA • Las niñas, niños y adolescentes tienen los mismos derechos humanos básicos que los adultos, además de unos derechos concretos que reconocen sus necesidades especiales. • Instrumentos básicos de derechos humanos: • Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos • Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales • Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes • Convención internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial • Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer. • Entre los derechos que comparte la Convención sobre los Derechos de las Niñas, niños y adolescentes con uno o más de estos instrumentos se encuentran: • No discriminación: todos los instrumentos de derechos humanos prohíben cualquier tipo de discriminación -distinción, exclusión, restricción o preferencia- en la prestación, protección y promoción de los derechos. En otras palabras, todo el mundo posee los mismos derechos humanos que aparecen en estos tratados, independientemente de su raza, género, religión, origen nacional u otra característica. La Convención contra la discriminación racial prohíbe completamente la discriminación basada en la raza o el origen nacional o étnico, y señala las medidas que los gobiernos deben tomar para eliminarla. La convención sobre la mujer promueve la eliminación de la discriminación basada en el género, y describe esferas específicas de la vida en las que debe tratarse a la mujer en pie de igualdad a fin de eliminar la discriminación. • Derecho a la vida: también aparece en el artículo 6 del pacto sobre derechos civiles y políticos. • Derecho a la libertad contra la tortura o cualquier trato cruel, inhumano o degradante: descrito para todos en la Convención sobre la tortura y también incluido en el artículo 7 del pacto sobre derechos civiles y políticos. • Derecho a que las personas detenidas sean tratadas con dignidad: el artículo 10 del pacto sobre derechos políticos y civiles describe ampliamente este derecho y la Convención sobre los Derechos del Niño especifica que los niños y niñas en esta situación deben recibir un tratamiento que tenga en cuenta su edad.

  6. Derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión: aparece en el artículo 18 del pacto sobre derechos civiles y políticos. • Derecho a la libertad de opinión y expresión: aparece en el artículo 19 del pacto sobre derechos civiles y político. • Derecho a un nivel de vida adecuado: aparece en el artículo 11 del pacto sobre derechos económicos, sociales y culturales. • Derecho a la salud y a recibir servicios de salud: aparece en el artículo 12 del pacto sobre derechos económicos, sociales y culturales. • Derecho a la educación: aparece en el artículo 13 del pacto sobre derechos económicos, sociales y culturales. • Muchos artículos del pacto sobre derechos civiles y políticos, y del pacto sobre derechos económicos, sociales y culturales llaman la atención sobre las necesidades especiales de las familias y los niños. Entre ellos está el artículo 24 del pacto sobre derechos civiles y políticos (que pide la protección de la niñez y la inscripción del nombre y la nacionalidad al nacer) y el artículo 10 del pacto sobre derechos económicos, sociales y culturales (que pide la atención, protección y asistencia específica a la infancia).

  7. LA INFANCIA Y ADOLESCENCIA EN EL MARCO DE DERECHOS HUMANOS. La Convención sobre los Derechos del Niño es el primer instrumento internacional jurídicamente vinculante que incorpora toda la gama de derechos humanos: civiles, culturales, económicos, políticos y sociales. En 1989 los mandatarios a nivel mundial decidieron que las niñas y niños debían de tener derechos especiales debido a los cuidados y protección específica, para lo cual se hizo una convención con 54 artículos y dos Protocolos Facultativos que define los derechos humanos básicos que disfrutan las niñas y niños en todas partes como son el derecho a la supervivencia; al desarrollo pleno, a la protección contra influencias peligrosas, los malos tratos y la explotación, y a la plena participación en la vida familiar, cultural y social. Al aceptar las obligaciones de la Convención los gobiernos se comprometieron a proteger y asegurar los derechos de la infancia y adolescencia, por lo que están obligados a la estipular y llevar a cabo todas las medidas y políticas necesarias para proteger el interés superior del niño. Principios rectores de la convención: la no discriminación, la adhesión al interés superior del menor, el derecho a la vida, la supervivencia y desarrollo y el derecho la participación, son la base para que todos y cada uno de los derechos se conviertan en realidad. Derechos a la supervivencia y el desarrollo: Estos son derechos a los recursos, las aptitudes y las contribuciones necesarias para la supervivencia y el pleno desarrollo del niño. Incluyen derechos a recibir una alimentación adecuada, vivienda, agua potable, educación oficial, atención primaria de la salud, tiempo libre y recreación, actividades culturales e información sobre los derechos. Estos derechos exigen no solamente que existan los medios para lograr que se cumplan, sino también acceso a ellos. Un específicos abordan las necesidades de los niños y niñas refugiados, los niños y niñas con discapacidades y los niños y niñas de los grupos minoritarios o indígenas. Derechos a la protección: Estos derechos incluyen la protección contra todo tipo de malos tratos, abandono, explotación y crueldad, e incluso el derecho a una protección especial en tiempos de guerra y protección contra los abusos del sistema de justicia criminal.

  8. Derechos a la participación: Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a la libertad de expresión y a expresar su opinión sobre cuestiones que afecten su vida social, económica, religiosa, cultural y política. Los derechos a la participación incluyen el derecho a emitir sus opiniones y a que se les escuche, el derecho a la información y el derecho a la libertad de asociación. El disfrute de estos derechos en su proceso de crecimiento ayuda a los niños y niñas a promover la realización de todos sus derechos y les prepara para desempeñar una función activa en la sociedad. • Las niñas, niños y adolescentes no son la propiedad de sus familias son seres humanos sujetos y objetos de derechos. La Convención ofrece una visión del menor como miembro de una familia y una comunidad, con derechos y responsabilidades apropiados para su edad y su etapa de desarrollo. • La Convención y su aceptación en tantos países han servido para defender la dignidad humana fundamental de todos los niños y niñas y la necesidad urgente de asegurar su bienestar y su desarrollo. • A pesar de la existencia de toda esta serie de derechos, las niñas, niños y adolescentes sufren a causa de la pobreza, la falta de hogar, los malos tratos, el abandono, las enfermedades que se pueden prevenir, la desigualdad en el acceso a la educación y la existencia de sistemas de justicia que no reconocen sus necesidades especiales. Estos son problemas que ocurren tanto en los países industrializados como en aquellos que se encuentran en desarrollo. • Las normas y los principios que se articulan en la Convención solamente pueden convertirse en realidad cuando sean respetados por todos, en la familia, en las escuelas y en otras instituciones que proporcionan servicios a la niñez, en las comunidades y en todos los niveles de la administración pública. • Todas las acciones políticas del gobierno, en materia de educación, la salud pública, ambiente, etc. afectan a la infancia y adolescencia de muchas formas, por lo que las opiniones de estos se deben escuchar y se tomar en cuenta en los procesos políticos, pero como los menores no votan, no participan en estos. • El desarrollo sano de la infancia es de especial importancia para el futuro y el bienestar de cualquier sociedad, debido a que todavía están en proceso de desarrollo y son especialmente vulnerables a los factores de riesgo que originan la pobreza, como las barreras de acceso a la atención de la salud, la falta de nutrición, agua potable y vivienda, y la contaminación del medio ambiente. Las investigaciones sociales muestran que las primeras experiencias de los menores influyen considerablemente sobre su desarrollo futuro, el cual determina su contribución a la sociedad a lo largo de sus vidas.

  9. ¿Para qué la convención de los derechos de la infancia y la adolescencia? • La Convención sobre los Derechos del Niño reúne los derechos humanos de la infancia que estaban articulados en otros instrumentos internacionales, de tal forma que se articulan los derechos de forma más completa y proporciona una serie de principios rectores que conforman el concepto fundamental que tenemos de la infancia. • Esta recopilación y clarificación de los derechos humanos de la infancia establece el entorno y ofrece los medios necesarios para permitir que todos los seres humanos desarrollen su pleno potencial. Los artículos de la Convención, además de establecer los principios básicos que sirven de base a la realización de todos los derechos, exigen la prestación de recursos, aptitudes y contribuciones específicos, necesarios para asegurar al máximo la supervivencia y el desarrollo de la infancia y la adolescencia, además de la creación de mecanismos para proteger a la infancia contra el abandono, la explotación y los malos tratos. • La Convención reconoce expresamente que la función principal en la crianza de los niños recae en sus progenitores. El texto alienta a padres y madres a abordar con sus hijos cuestiones relacionadas con sus derechos "en consonancia con la evolución de sus facultades" (artículo 5). Los progenitores, que conocen intuitivamente el nivel de desarrollo de su hijo, llevan a cabo esta tarea de forma natural. Los temas que debatan, la forma en que respondan a las preguntas, o los métodos disciplinarios que utilicen, dependerán de si el niño o niña tiene 3, 9 o 16 años. • Protocolos facultativos para la protección jurídica contra las peores formas de explotación de l@s menores. • La Convención sobre los Derechos del menor son una serie de normas y obligaciones irrevocables aceptadas universalmente creadas para ofrecer su protección y apoyo. Al aprobar la Convención, la comunidad internacional reconoció que l@s menores de 18 años necesitan una atención y protección especial. Para contribuir a eliminar los abusos y la explotación cada vez mayores de los niños, niñas y adolescentes en el mundo, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó en 2000 dos Protocolos facultativos de la Convención que refuerzan la protección de la infancia contra su participación en los conflictos armados y la explotación sexual.

  10. Después de la aprobación de un tratado de derechos humanos se suelen añadir "protocolos facultativos", mecanismos jurídicos que complementan y añaden provisiones al tratado. Un protocolo puede versar sobre un tema relacionado con el tratado original y se utiliza para profundizar sobre cuestiones que aparecían en el tratado original, abordar una preocupación nueva o añadir un procedimiento para la aplicación y puesta en marcha del tratado, como por ejemplo incluir un procedimiento para la presentación individual de quejas. Los protocolos facultativos a la Convención sobre los Derechos del Niño ofrecen más detalles y amplían las obligaciones del tratado original. • El Protocolo facultativo sobre la participación de l@s menores en los conflictos armados establece los 18 años como la edad mínima para el reclutamiento obligatorio y exige a los Estados que hagan todo lo posible para evitar que individuos menores de 18 años participen directamente en las hostilidades. • El Protocolo facultativo sobre la venta de menores, la prostitución infantil y la utilización de estos en la pornografía llama especialmente la atención hacia la criminalización de estas graves violaciones de los derechos de la infancia y la adolescencia y enfatiza en la importancia que tiene fomentar un mayor compromiso de la sociedad y cooperación internacional en las actividades para combatirlas. • Los protocolos facultativos deben interpretarse siempre a la luz del tratado original, ya que se rige por los principios de la no discriminación, el interés superior del menor y en su participación dentro de la sociedad. • Un protocolo es "facultativo" porque no vincula automáticamente a los Estados que ya han ratificado el tratado original, los estados deben escoger de manera independiente si quieren vincularse o no al protocolo. Los protocolos facultativos a la Convención sobre los Derechos del Niño permiten a los Estados que no son parte ratificarlos o adherirse a ellos. Por ejemplo, los Estados Unidos, que no han ratificado la Convención, han ratificado ambos protocolos facultativos.

  11. Antecedentes nacionales sobre derechos de infancia y adolescencia

  12. LEY 1098 DE 2006 - CÓDIGO DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA • Este toma como punto de partida la convención de los derechos de los niños, aprobada en 1989 y los tratados de derechos humanos suscritos por Colombia a nivel internacional. El código de infancia y adolescencia tiene dos perspectivas que poseen como eje fundamental la protección integral y son: el principio de interpretación y el principio de orientación a la acción. • PROTECCIÓN INTEGRAL • Esta representa la dirección de las acciones legales y su interpretación; esta tiene como blanco la gestión que conlleve al absoluto cumplimiento de los derechos de las niñas, niños y adolescentes. La protección integral dentro del código de infancia y adolescencia posee cuatro ejes: • Reconocimiento de l@s menores como sujetos de derecho: se refiere a la construcción de espacios para los menores, en los diversos contextos sociales para favorecer el ejercicio pleno y responsable de sus derechos. • Garantía y cumplimiento de los derechos: se refiere al establecimiento de las condiciones por parte del estado para el ejercicio de su ciudadanía, teniendo en cuenta las particularidades y condiciones individuales y de grupo. • Prevención de la amenaza o vulneración de derechos: se refiere a la temprana intervención de los factores de riesgo que amenazan el goce de los derechos de la infancia y adolescencia o su restablecimiento. • Seguridad de su restablecimiento inmediato: implica que el estado debe restablecer los derechos vulnerados de los menores a través de medidas como la vinculación de estos al Servicio del Sistema Nacional de Bienestar Familiar. • INTERPRETACIÓN DE LOS DERCHOS DEL CÓDIGO DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA • Interés superior y prevalencia de los derechos de las niñas, niños y adolescentes: obliga a que se satisfaga y garanticen los derechos, siendo estos universales, prevalentes e interdependientes.; este reconocimiento jurídico permite tomar decisiones que hagan realidad los derechos de los menores a través de su operativización en las políticas públicas, ya que toda decisión que tenga que ver con estos debe tener en cuenta el respeto y cumplimiento de sus derechos. En cuanto a la prevalencia, esta tiene que ver con la resolución de conflicto de intereses en donde en caso de que no haya conciliación entre las partes, el derecho de los menores tendrá prioridad.

  13. Exigibilidad: cualquier ciudadano puede exigirle a la autoridad competente el cumplimiento o restablecimiento de los derechos de las niñas, niños y adolescentes. • Universalidad: este guardo coherencia con el interés superior al establecer que se deben garantizar los derechos de los menores de edad, a través del diagnóstico de la situación de sus derechos en cada territorio y la posterior elaboración y ejecución de políticas públicas dirigidas hacia esta población. • Equidad: esta reconoce la diversidad e igualdad que se debe tener en cuenta a la hora de ofrecer condiciones de acceso a una buena calidad de vida y al desarrollo de sus potencialidades como individuo. • Solidaridad: hace referencia a la cooperación que debe haber entre los diferentes actores institucionales y comunitarios para la creación de condiciones que favorezcan al colectivo, respondiendo con acciones humanitarias ante situaciones que pongan en riesgo la calidad de vida o salud. • Integralidad: reconoce al menor como un ser íntegro y sujeto de derecho, al cual se le garantizará el cumplimiento de estos para su desarrollo integral desde la concepción hasta la adolescencia. • PRINCIPIOS ORIENTADORES DE LA ACCIÓN POR PARTE DEL ESTADO Y DEMÁS RESPONSABLES DE GARANTZAR LOS DERCHOS DE LOS MENORES • Corresponsabilidad: Propone la articulación entre actores para unir esfuerzos a través de acciones que garanticen el goce de los derechos de la infancia y la adolescencia, teniendo en cuenta que el primer responsable es el Estado y que la familia juega un papel importante, al igual que la sociedad. • Participación: se refiera al ejercicio democrático que permite a los ciudadanos conocer, decidir, acompañar y vigilar la administración pública. • Complementariedad: se trata de la complementariedad entre la acción pública, privada y comunitaria para hacer realidad el cumplimiento de los derechos y su restablecimiento. • Subsidiariedad: esta permite la regulación y asignación de competencias por parte del estado a sus autoridades y actores sociales.

  14. Antecedentes nacionales sobre políticas públicas de infancia y adolescencia

  15. LA PROTECCIÓN INTEGRAL A LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES. En el artículo séptimo de la Ley de Infancia y Adolescencia, al referirse a la protección integral de l@s menores, especifica que ésta se materializa en el momento en que los derechos de estos se articulen a las políticas, planes, programas, proyectos y acciones que se ejecuten y asignen recursos en el territorio nacional, en los departamentos y municipios. La protección integral se define a través de cuatro componentes:

  16. OBJETO DE LA POLÍTICA PÚBLICA DE INFANCIA, ADOLESCENCIA Y JUVENTUD • Garantizar que todas las niñas, niños, adolescentes puedan ejercer sus derechos humanos, sexuales y reproductivos y su restablecimiento en caso de ser vulnerados y que tod@sl@s jóvenes puedan gozar de sus derechos ciudadanos y brindarles oportunidades de desarrollo en las dimensiones humanas, sociales y económicas. • NOCIÓN DE POLÍTICA PÚBLICA • Cuando se habla de Política Pública de Infancia y Adolescencia, se habla de la construcción de acuerdos de los actores comunitarios e institucionales a partir de los cuales se generan cursos de acción y objetivos comunes para abordar la problemática social que afecta a los y las menores de edad, con el fin de alcanzar su bienestar y el de todos los miembros de la comunidad. Esta es más que un documento, es la expresión de la voluntad del gobierno municipal de alcanzar los deseos de la comunidad de superar las condiciones del medio que consideran adversas y relevantes que afectan el desarrollo de las niñas, niños y adolescentes del municipio. La Política Pública de Infancia y Adolescencia se encuentra formalmente implícita en los programas, planes y proyectos de la agenda del gobierno municipal . • Cuando hablamos de creación de políticas, hablamos del marco conceptual e ideológico que la sustenta el modelo que la sociedad quiere construir y debe tener tres elementos fundamentales: • El marco legal sobre el cual se construye el ideal de lo que deseamos construir. • Los objetivos en donde se plantean las alternativas para lograrlo. • Las acciones a partir de las cuales se materializa lo esperado. • Cuando hablamos de creación de políticas sociales, hablamos sobre la dignificación del ser humano y el reconocimiento universal de los Derechos Humanos, para lo cual se deben implementar acciones que se encaminen a la satisfacción de las necesidades insatisfechas en las dimensiones sociales, económicas, culturales, colectivas y de medio ambiente, para lo cual se requiere del compromiso de los gobiernos nacionales, departamentales, municipales e indígenas. • El artículo 1 del Capítulo 1 Libro III de la Ley 1098 de 2006 define la Política Pública de Infancia y Adolescencia como “El conjunto de acciones que adelanta el estado, con participación de la sociedad y de la familia, para garantizar la protección integral de las niñas, niños y adolescentes”.

  17. Objetivos de las políticas públicas: • Encaminar acciones y recursos del estado hacia el logro de condiciones sociales, económicas, culturales y ambientales, que hagan posible el desarrollo de las capacidades y de las oportunidades de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes como sujetos en ejercicio responsable de sus derechos. • Mantener actualizados los sistemas y las estrategias de información que permitan fundamentar la toma de decisiones adecuadas y oportunas sobre la materia. • Diseñar e implementar acciones para lograr la inclusión de l@s menores y jóvenes más vulnerables a la vida social en condiciones de igualdad y equidad. • Implementar efectivamente y fortalecer progresivamente la acción intersectorial e interinstitucional. • Principios rectores de las políticas públicas y su interpretación: • Interés superior y prevalencia de los derechos de las niñas, niños y adolescentes • Solidaridad • Participación social • Prioridad de las políticas públicas de infancia y adolescencia • Complementariedad • Prioridad de inversión social dirigida a las niñas, niños y adolescentes • Financiación, gestión y eficiencia del gasto de la inversión pública • Enfoque diferencial.

  18. POLÍTICAS PÚBLICAS DE CONTEXTO PARA LA POLÍTICA DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA • Sistema de Protección Social • El sistema de protección social nace a partir de la Ley 789 de 2002, en donde lo define como” el conjunto de políticas públicas orientadas a disminuir la vulnerabilidad y a mejorar la calidad de vida de los Colombianos, especialmente los más desprotegidos”, a partir de este enunciado se crearon dos estrategias, una estructural encaminada a la reducción de la pobreza y mejorar la distribución del ingreso , redistribuyendo el capital humano y físico para que todos estén en la capacidad de generar un ingreso aceptable; la otro estrategia es la asistencial, en donde se otorgan subsidios en dinero o especie a la población que no poseen capacidad de generar ingresos. • El sistema de Protección social tiene integrado dos subsistemas, el Sistema Social del Riesgo regido por el CONPES 3144 de 2001 y 3187 de 2002 y el Sistema Nacional de Bienestar Familiar REGIDO POR LA Ley 7 del 79. • Estrategia Red Juntos • “Es una estrategia de intervención integral y coordinada por parte de los diferentes organismos y niveles del estado, que permite optimizar y lograr sinergias de los recursos disponibles para mejorar las condiciones de vida de las familias en situación de extrema pobreza”. • Políticas intersectoriales con articulación de los derechos • Política de primera infancia • Política de Discapacidad (CONPES julio 16 de 2004) • Política pública diferenciada de los grupos étnicos • Política nacional de seguridad alimentaria y nutricional • Política nacional de construcción de paz y convivencia familiar – Haz Paz • Política nacional de salud sexual y reproductiva • Plan de acción nacional para la prevención y erradicación de la explotación sexual comercial de niñas, niños y adolescentes menores de 18 años 2006-2011. • Estrategia nacional para la consolidación de la política de trabajo infantil y la protección de trabajo juvenil - ETI. • Política de atención a la población desplazada por la violencia • Programa de prevención de la vinculación de niñas, niños y adolescentes a grupos armados, organizados al margen de la ley y atención y seguimiento a los que se desvinculan.

  19. Antecedentes sobre la situación de infancia y adolescencia en Colombia

  20. ANTECEDENTES SOBRE LA SITUACIÓN DE LA INFANCIA Y ADOLESCENCIA EN COLOMBIA Para la niñez en nuestro país se encuentra enfocado los siguientes factores de riesgo según el documento del PLAN PAIS (Plan decenal para la infancia 2004-2015 para Colombia): Bajo acceso a la alimentación adecuada, oportuna y suficiente, que agrava los problemas de salud, especialmente de las madres gestantes, en período de lactancia y en la primera infancia. La ausencia de oportunidades para el desarrollo de su personalidad, como educación, salud, vivienda, y el general, las condiciones necesarias para mantener la calidad de vida. Las diferentes formas de maltrato físico y psíquico, así como su participación en las peores formas de explotación laboral. Las diferentes formas de abuso y explotación sexual, utilización de las niñas y niños en la pornografía, así como el comercio sexual en internet y demás redes globales de información. La vinculación de niñas y niños en el conflicto armado más prolongado y en permanente degradación de américa latina. La crisis económica por varios años ha generado un deterioro de la capacidad productiva del país, desempeño e incremento de la población en condiciones de pobreza. La no cobertura universal de la seguridad social , y especialmente en el campo de la salud. Una serie de factores relacionados con las instituciones y el fundamento de la justicia (el enfoque sectorial de las políticas sociales, la corrupción, la impunidad y el desinterés de buena parte de la clase política nacional) y por tanto, con las posibilidades reales de ejercer los derechos ciudadanos. INDICADORES Atención prenatal: alcanzó el 91% en madres gestantes en el 2000 . El déficit restante se asocia a la ubicación de las madres en zona rural (84% de cobertura frente a 94% en zonas urbanas), su bajo nivel educativo y con un número de mayor de hijos, ya uqe la atención prenatal es superior cuando se trata de primogénitos y se reduce con el aumento de hijos. Atención del parto: Mortalidad materna e infantil Cto y desarrollo Its Lactancia materna buscar informe asi vamos en sdalud

  21. Nuestra política de infancia y adolescencia

  22. Ciclo de la política pública de Infancia y Adolescencia del municipio

  23. 1. Incorporación de la problemática de la infancia y adolescencia a la agenda pública

  24. ANTECEDENTES SOBRE LA SITUACIÓN DE LA INFANCIA Y ADOLESCENCIA EN EL MUNICIPIO POR FAVOR AQUÍ DESCRIBAN LA PROBLEMÁTICA SOCIAL QUE VIVE EL MUNICIPIO EN CUANTO A MALTRATO, ABUSO SEXUAL , FÍSICO Y PSICOLÓGICO, ABANDONO, DESERCIÓN ESCOLAR, INSERCIÓN A GRUPOS ARMADOS, SEGURIDAD, EXPLOTACIÓN LABORAL, PROSTITUCIÓN INFANTIL, DESEMPLEO, ETC. Y SI TIENEN ESTADÍSTICA INCLÚYANLA.

  25. 2. Formulación

  26. NUESTRA POLÍTICA DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA Las acciones que se priorizaron para reducir los factores de riesgo de la salud y la vida para las niñas, niños y adolescentes y así asegurar un desarrollo armonioso e integral a través del cumplimiento de sus derechos, se desarrollaron a partir de: La protección integral La perspectiva de derechos La perspectiva de género Se tuvo en cuenta además los siguiente enfoques: Enfoque Territorial. La formulación de lineamientos de política sectorial constituye una oportunidad para introducir en la gestión de los Gobiernos la gestión territorial. Según este enfoque, el territorio es concebido no como el espacio físico o geográfico solamente, sino como un espacio de relaciones entre actores sociales, sus organizaciones e instituciones, las formas técnicas de producción, el medio ambiente y sus tradiciones e identidad cultural acumulada a lo largo de la historia. El territorio es el conjunto organizado y complejo de las potencialidades humanas, naturales, físicas e institucionales de una colectividad. Por la multiplicidad de perspectivas sociales, culturales e históricas, y por la base económica y de recursos, los territorios desempeñan, en las nuevas concepciones, un papel activo como “agentes de desarrollo”. Enfoque en Potencialidades e Integración. La movilización de los propios recursos como eje orientador de las inversiones constituye la mejor vía para superar precisamente las carencias y situación de pobreza existente. A partir de la identificación de las potencialidades y ejes de desarrollo municipio se establecerán las necesidades o requerimientos de la infraestructura económica, productiva y social. Enfoque de Participación Se recogen las demandas y prioridades que se originan en las mesas de concertación como espacios de coordinación y participación de los principales actores de la sociedad civil del municipio; un esquema participativo exige una adecuada identificación de actores e intereses, e implica analizar las características de los actores. Al igualar las oportunidades de participación y la representación de los intereses de todos los ciudadanos, se estará logrando que la descentralización política aumente la eficiencia en los procesos de asignación para la provisión de los bienes públicos. A continuación se encuentran las tablas de consolidación de las mesas de trabajo que se realizaron en el municipio para la formulación de l política de infancia y adolescencia:

  27. Ejes de la Política Pública de Infancia y Adolescencia Ejercicio de todos los derechos de las niñas, niños y adolescentes

  28. Fuerzas sociales que intervienen en la implementación de la Política Pública de Infancia, Adolescencia y juventud Sector Económico Sector Social Sector Estatal

  29. Objetivos de la Política Pública de Infancia, Adolescencia y juventud

  30. Garantía de derechos por ciclo de vida CICLO DE VIDA DERECHOS GENERALES Y LIBERTADES FUNDAMENTALES LÍNEAS DE ACCIÓN P R O T E C C I O N I N T E G R A L DE LA GESTACIÓN A LOS 6 AÑOS DE EDAD Iniciar bien la vida Vida y salud Nombre y nacionalidad Oportunidades de desarrollo Pre Escuela (PAIPI) Salud Educación Empleo Vida Salud Educación básica primaria Oportunidades de desarrollo DE 7 A 11 AÑOS DE EDAD Bases de la ciudadanía con calidad de educación para todos Seguridad Cultura y deporte Vivienda Ambiente Vida Salud Educación media y secundaria Oportunidades de desarrollo DE 12 A 17 AÑOS DE EDAD Adolescencia con puertas al futuro Familia y valores Participación ciudadana

  31. Garantía de derechos por ciclo de vida CICLO DE VIDA DERECHOS VULNERADOS Y DE PROTECCIÓN LÍNEAS DE ACCIÓN P R O T E C C I O N I N T E G R A L NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES: Maltratados Abusados sexualmente Explotados sexualmente En la calle Explotados laboralmente Infractores de la Ley penal En el conflicto armado Desplazados Abandonados DE LA GESTACIÓN A LOS 6 AÑOS DE EDAD Iniciar bien la vida Salud Educación Empleo DE 7 A 11 AÑOS DE EDAD Bases de la ciudadanía con calidad de educación para todos Seguridad Cultura y deporte DE 12 A 17 AÑOS DE EDAD Adolescencia con puertas al futuro Vivienda Ambiente

  32. POLÍTICA PÚBLICA MUNICIPAL PARA LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA SALUD EDUCACIÓN EMPLEO Menores sanos y felices Educación con calidad para tod@s Haciendo empresa Cuidando mi cuerpo Negociación Regulación y control

  33. POLÍTICA PÚBLICA MUNICIPAL PARA LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE SEGURIDAD VIVIENDA SEGURIDAD No a las SPA Diversión sana Vivienda saludable Educación ciudadana

  34. POLÍTICA PÚBLICA MUNICIPAL PARA LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA AMBIENTE FAMILIA Y VALORES PARTICIPACIÓN Y CIUDADANÍA Pequeño gobierno Ambiente sano para tod@s Una gran familia Ciudadanía

  35. 3. Socialización

  36. Una vez establecidos los parámetros a seguir para la implementación de una política pública de infancia y adolescencia del municipio se socializará a los actores institucionales y comunitarios para que estos emitan su opinión sobre la misma y se hagan los ajustes requeridos.

  37. 4. Implementación

  38. Desarrollo de selección e intervención a la problemática planteada Política reconocida pero no abordada en la política pública Problemática rechazada debido a que es abordada por otra política Problemáticas Problemáticas a ser considerada en la política pública Problemáticas a ser abordada por la política pública Problema resuelto según la evaluación Resultados Problemática no reconocida Problemática rechazada por carencia de instrumentos de intervención

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