320 likes | 497 Vues
FIDEICOMISO de GARANTIA Y SUSTENTABILIDAD LEGAL Por Eduardo M. Favier Dubois (h). emfavierdubois@favierduboisspagnolo.com. FAVIER DUBOIS & SPAGNOLO WWW.FAVIERDUBOISSPAGNOLO.COM. FIDEICOMISO EN GENERAL CARACTERISTICAS. BIFRONTE CONTRATO PROPIEDAD FIDUCIARIA: REQUISITOS PROPIOS ALTERIDAD
E N D
FIDEICOMISO de GARANTIA Y SUSTENTABILIDAD LEGAL Por Eduardo M. Favier Dubois (h) emfavierdubois@favierduboisspagnolo.com FAVIER DUBOIS & SPAGNOLO WWW.FAVIERDUBOISSPAGNOLO.COM
FIDEICOMISO EN GENERAL CARACTERISTICAS • BIFRONTE • CONTRATO • PROPIEDAD FIDUCIARIA: REQUISITOS PROPIOS • ALTERIDAD • DIVERSIDAD FIDUCIANTE – FIDUCIARIO • DIVERSIDAD FIDUCIARIO - BENEFICIARIO
CARACTERISTICAS(CONTINUACION) • VEHICULARIDAD • DE NEGOCIO SUBYACENTE • QUE DEBE SER EXPLICITO • AL QUE ESTA SUBORDINADO • NEUTRALIDAD • NO HAY ENRIQUECIMIENTO • ES GRATUITO U ONEROSO SEGÚN LO SEA EL NEGOCIO SUBYACENTE
CARACTERISTICAS(CONTINUACION) • TEMPORALIDAD • NO INSTANTANEO. • PLASTICIDAD • INCORPORACIONES POSTERIORES • PREVISION EXPRESA Y PAUTADA • RENDICION DE CUENTAS • AL BENEFICIARIO • AL FIDUCIANTE
LIMITES LEGALES • LICITUD DEL NEGOCIO SUBYACENTE • NO PUEDE UTILIZARSE PARA SORTEAR PROHIBICIONES PERSONALES DEL FIDUCIANTE. • NO PUEDE REEMPLAZAR UN NEGOCIO TIPIFICADO POR LEY EN TUTELA DE TERCEROS • EJ. LA SOCIEDAD COMERCIAL.
FIDUCIANTE SOCIEDADCOMERCIAL: REQUISITOS • SI SE TRATA DE UN ACTO EXTRAORDINARIO DE ADMINISTRACION • EXIGIR ASAMBLEA EXTRAORDINARIA • SI SE TRATA DE UN ACTO GRATUITO O DE GARANTIA A FAVOR DE SOCIOS • EXIGIR UNANIMIDAD Y VERIFICAR SOLVENCIA CIVIL Y COMERCIAL.
FIDEICOMISO DE GARANTIA:CONCEPTO • UNA PERSONA ( FIDUCIANTE) TRANSFIERE BIENES AL FIDUCIARIO • PARA GARANTIZAR CON ELLOS O CON SU PRODUCIDO EL CUMPLIMIENTO DE UNA OBLIGACION PROPIA O DE UN TERCERO A FAVOR DE SU ACREEDOR (BENEFICIARIO), • DEBIENDO REITEGRARSE LOS BIENES A SU TITULAR ORIGINAL (FIDEICOMISARIO) EN CASO DE QUE SE ABONE POR SEPARADO LA OBLIGACIÓN PRINCIPAL O DE QUE, PAGANDOSE ÉSTA CON SU PRODUCIDO, EXISTA REMANENTE
VARIANTES • FIDEICOMISO SOLO DE GARANTIA: • EL DEUDOR PAGA CON OTROS FONDOS LA DEUDA PRINCIPAL Y SOLO EN CASO DE INCUMPLIMIENTO SE EJECUTA EL BIEN FIDEICOMITIDO • FIDEICOMISO DE GARANTIA Y PAGO: • LA DEUDA PRINCIPAL SE PAGA CON LOS FRUTOS O EL PRODUCIDO DEL BIEN DADO EN FIDEICOMISO.
FUNCIONAMIENTO • SE DESIGNA BENEFICIARIO AL ACREEDOR • - EL FIDUCIARIO NO PUEDE SER EL PROPIO ACREEDOR (CONSENSO ACTUAL) • - AL VENCER LA OBLIGACION PRINCIPAL EL FIDUCIARIO DEBE CONSTATAR SU PAGO. • - EN CASO CONTRARIO PROCEDE A VENDER PRIVADAMENTE LOS BIENES, A PAGAR CON SU PRODUCIDO AL BENEFICIARIO Y A ENTREGAR EL REMANENTE AL FIDEICOMISARIO.
VENTAJAS: • CONSTITUYE UNA GARANTIA “AUTOLIQUIDABLE”: SE REALIZA EL BIEN SIN REMATE JUDICIAL • MAS RAPIDEZ. MEJOR PRECIO. • BAJA LA TASA DE INTERES • ACTIVA EL CREDITO • PUEDE RECAER SOBRE INTANGIBLES Y/O FLUJOS DE FONDOS FUTUROS • MENORES GASTOS.
VALIDEZ • ES VALIDO EN GENERAL. • NO ES DERECHO REAL POR LO QUE NO VULNERA EL “NUMERUS CLAUSUS” LEGAL. • SE CONDICIONA A LA NO APROPIACION DEL BIEN POR EL ACREEDOR EN CASO DE NO PAGO DE LA DEUDA (ART.3222 COD.CIVIL)
EFECTOS • TRANSMISION PRO SOLVENDO Y NO IN SOLUTUM • LA DEUDA PRINCIPAL QUEDA EN EL PATRIMONIO DEL DEUDOR
CESIONES DE CREDITOS: OBJETO • CREDITOS FUTUROS • FLUYENTES • CREDITOS EVENTUALES: • EL REQUISITO DE LAS NEGOCIACIONES EN CURSO • FLUJOS DE FONDOS FUTUROS: • EL PROBLEMA DE LA AFECTACION DEL CAPITAL DE TRABAJO
ACCESORIEDAD • ES ACCESORIO DE UNA OBLIGACION PRINCIPAL DE LA QUE SIGUE SU SUERTE. • EN CASO DE NULIDAD, INEXISTENCIA O CANCELACION DE LA OBLIGACION PRINCIPAL SE EXTINGUE EL FIDEICOMISO.
ESPECIALIDAD • EN CUANTO AL CREDITO • CAUSA, ENTIDAD Y MAGNITUD DE LA OBLIGACION GARANTIZADA. • EN CUANTO A LOS BIENES QUE LO GARANTIZAN • EN INTERES DE LOS TERCEROS ACREEDORES
NOTIFICACION AL DEUDOR CEDIDO • CREDITOS EXISTENTES AL MOMENTO DEL CONTRATO • NOTIFICACION INDIVIDUAL. • ACTO PUBLICO • CREDITOS FUTUROS O EVENTUALES • PROBLEMA DE LA NOTIFICACION A DEUDOR INEXISTENTE. • INSUFICIENCIA DE EDICTOS.
NOTIFICACION (CONT) • CESION DE CARTERA DE CREDITOS PARA GARANTIZAR LA EMISION DE TITULOS VALORES (ARTS.70/72 LF): • INNECESARIEDAD DE NOTIFICACION • SI HAY PREVISION CONTRACTUAL • Y ACTO UNICO INDIVIDUALIZANDO CADA CREDITO • HIPOTESIS DE AUSENCIA DE OFERTA PUBLICA. • EXIGENCIA DE ACTO AUTENTICO INDIVIDUAL
FIDEICOMISO INMOBILIARIO DE GARANTIA • SI EL DEUDOR FIDUCIANTE CONTINUA CON LA EXPLOTACION DEL INMUEBLE Y DEBE RENDIR CUENTAS AL FIDUCIARIO NO ES VALIDO POR INCUMPLIR REGLAS: • DEL COMODATO. • DE LA TRADICIÓN. • DE LOS ROLES DEL FIDEICOMISO
FIDEICOMISO DE ACCIONES EN GARANTIA • FORMALIDADES • ANOTACION DEL FIDUCIARIO EN EL LIBRO DE REGISTRO DE ACCIONES. • INFORMACION REQUERIDA POR LA RG.2/6 DE LA I.G.J.: • CONTRATO. • VINCULACIONES DE PARTICIPES • ALCANCES DE RESTRICCIONES AL FIDUCIARIO.
CUESTIONES CONTROVERTIDAS • A QUIEN CORRESPONDE EL DERECHO DE VOTO: AL FIDUCIARIO, AL ACREEDOR BENEFICIARIO O AL FIDUCIANTE. • EL VOTO DEL FIDUCIARIO DESIGNADO POR EL ACREEDOR CUANDO SE TRATA DE UN ACREEDOR DE LA SOCIEDAD GARANTIZADO CON EL PAQUETE MAYORITARIO: CONFLICTO DE INTERESES, ABSTENCION, DAÑOS Y/O NULIDAD. • SITUACION EN CASO DE CONCURSO PREVENTIVO DONDE SE PRESENTA A VERIFICAR LA OBLIGACION GARANTIZADA.
CUESTIONES (CONT) • EXIGENCIA DE PLURALIDAD DE FIDUCIARIOS? • EL RECHAZO DEL PEDIDO DE CONVOCATORIA A ASAMBLEA FORMULADO POR UN FIDUCIARIO DE GARANTIA A LA I.G.J. • (CASO “BS.AS. BROADCASTING”) • ¿A QUIEN CORRESPONDEN LAS EXIGENCIAS, LIMITACIONES, INCOMPATIBILIDADES, PROHIBICIONES Y RESPONSABILIDADES QUE LA LEY ATRIBUYE AL SOCIO Y/O AL CONTROLANTE Y/O AL ADMINISTRADOR DE HECHO Y/O AL SOCIO OCULTO • FIDUCIARIO, FIDUCIANTE O BENEFICIARIO?. • LA CLAVE DE LAS INSTRUCCIONES DE VOTO.
CONCURSO PREVENTIVO DEL FIDUCIANTE • VERIFICACION DEL CREDITO • OBLIGATORIA U OPTATIVA? • QUIROGRAFARIA, PRIVILEGIADA O “PREFERENTE”? • NO HAY “PREFERENCIA” DISTINTA AL PRIVILEGIO NI MENCION DEL FIDEICOMISO EN LA LEY CONCURSAL. • NO HAY BIEN EN PATRIMONIO DEL CONCURSADO SINO UN DERECHO PERSONAL DEL BENEFICIARIO CONTRA EL FIDUCIARIO Y NO CONTRA EL CONCURSADO.
VERIFICACION (CONT) • VERIFICACION FIRME O CONDICIONAL? • PUEDE REALIZARSE EL BIEN PENDIENTE LA VERIFICACION? • ACCESORIEDAD. • DEBERES DEL FIDUCIARIO.
SUSPENSION DE LA EJECUCION POR JUEZ DEL CONCURSO • LAS MEDIDAS CAUTELARES CONCURSALES ATIPICAS. • LA DOCTRINA DE LA PRESERVACION DEL FLUJO DE FONDOS DURANTE EL CONCURSO PREVENTIVO. • LA DOCTRINA DE LA IGUALDAD DE LOS ACREEDORES HASTA LA VERIFICACION.
JURISPRUDENCIA • CONTRA LA SUSPENSION • “EMPRENDIMIENTOS HIPOTECARIOS” • “LITORAL CITRUS” • A FAVOR DE LA SUSPENSION • “DINAR LINEAS AEREAS” • “KAYDERS”
JURISPRUDENCIA (CONT) • OTROS CASOS RECIENTES: • “TRENES DE BS.AS.” • VALIDEZ • INOPONIBILIDAD • NO VERIFICACION • NO NOVACION. • “IMSSA S.A.” • SUSPENSIÓN DE EJECUCION
INSOLVENCIA CIVIL DEL FIDUCIANTE • ACCIÓN DE FRAUDE PAULIANO (ART.15 L.F. Y ARTS. 961/972 C. CIVIL) • A PEDIDO DEL ACREEDOR QUIROGRAFARIO • DENTRO DE UN AÑO DEL ACTO O DE CONOCIDO • DEUDOR EN INSOLVENCIA CIVIL • PERJUICIOS A LOS ACREEDORES • CREDITO DE FECHA ANTERIOR • ACTO A TITULO GRATUITO O ACTO A TITULO ONEROSO SI EL ADQUIRENTE ES COMPLICE • CONTRA SUB-ADQUIRENTES SOLO SI HAY MALA FE
QUIEBRA DEL FIDUCIANTE • ACCION REVOCATORIA CONCURSAL • GRATUIDAD U ONEROSIDAD DEL ACTO. • CONOCIMIENTO DE CESACION DE PAGOS POR ALGUNA DE LAS PARTES. • DAÑO PATRIMONIAL • RETROATIVIDAD DE DOS AÑOS ANTES Y ACCION EN LOS TRES AÑOS DESPUES. • EXCEPCION DE LOS FIDEICOMISOS DEL ART. 35 BIS LEY 21.526 (“BCO.CASEROS”)
PROPUESTAS DE SUSTENTABILIDAD LEGAL • EL FIDUCIARIO NO DEBE SER EL ACREEDOR BENEFICIARIO. • EL NEGOCIO SUBYACENTE DEBE EXTERIORIZARSE Y SER LICITO • LA ACCESORIEDAD DETERMINA QUE LA SUERTE DEL FIDEICOMISO DEPENDE DE LA EXISTENCIA, VALIDEZ Y SUBSISTENCIA DE LA OBLIGACION PRINCIPAL. • SI EL FIDUCIANTE ES UNA SOCIEDAD COMERCIAL EL FIDEICOMISO PUEDE REQUERIR PREVIA ASAMBLEA EXTRAORDINARIA Y SI EL ACTO ES GRATUITO EXIGE CONFORMIDAD DE TODOS LOS SOCIOS Y VERIFICACION DE INEXISTENCIA DE INSOLVENCIA CIVIL O COMERCIAL.
PROPUESTAS DE SUSTENTABILIDAD(CONT) • NO PUEDE HABER UN FIDEICOMISO DE GARANTIA SOBRE UN INMUEBLE EN EL CUAL ESTE QUEDE FUERA DE LA ADMINISTRACION DEL FIDUCIARIO. • DEBE CUMPLIRSE CON LA ESPECIALIDAD RESPECTO DEL CREDITO Y NO PREVERSE LA APROPIACION DEL BIEN ENTREGADO. • LOS CREDITOS CEDIDOS DEBEN CUMPLIR CON LAS REGLAS DE NOTIFICACION INDIVIDUAL Y DE OBJETO FUTURO. • EN EL FIDEICOMISO DE ACCIONES EN GARANTIA NO CORRESPONDE CONFERIR DERECHO DE INSTRUCCIONES DE VOTO AL ACREEDOR BENEFICIARIO
PROPUESTAS DE SUSTENTABILIDAD(CONT) • EL FIDEICOMISO SOBRE FLUJO DE FONDOS FUTUROS DEBE RECONOCER COMO LIMITE LA NO AFECTACION DEL CAPITAL DE TRABAJO DE LA EMPRESA. • EN CASO DE CONCURSO PREVENTIVO DEL FIDUCIANTE EL ACREEDOR BENEFICIARIO DEBE PRESENTARSE A VERIFICAR COMO QUIROGRAFARIO Y CONDICIONAL, ABSTENIENDOSE DE VOTAR. • EL FIDUCIARIO NO DEBE EJECUTAR LA GARANTIA HASTA QUE NO ESTE VERIFICADO EL CREDITO
FIDEICOMISOPOR EDUARDO M.FAVIER DUBOIS (H). GRACIAS POR SU ATENCIÓN. FAVIER DUBOIS & SPAGNOLO Abogados y Consultores Libertad 567, piso 9º, Buenos Aires Tel./ Fax (011) 4382-0973 emfavierdubois@favierduboisspagnolo.com WWW.FAVIERDUBOISSPAGNOLO.COM