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Superintendencia de Seguridad Social

Superintendencia de Seguridad Social. Alcances de la Normativa de Riesgo Operacional aplicable a las CCAF. 2008. 2009. 2010. 2011. 2012. 2013. Circular N° 2.502. Upgrade reportes. Riesgo de Liquidez. Supervisión basada en riesgos - SUSESO. Inicio Fiscalizaciones

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Presentation Transcript


  1. Superintendencia de Seguridad Social Alcances de la Normativa de Riesgo Operacional aplicable a las CCAF

  2. 2008 2009 2010 2011 2012 2013 Circular N° 2.502 Upgrade reportes Riesgo de Liquidez Supervisión basada en riesgos - SUSESO Inicio Fiscalizaciones In-situ y Extra-situ Circular N° 2.588 Reportes Circ. N° 2.644 Reportes Circ. N° 2.714 Riesgo idiosincrático Riesgo de Crédito Circular N° 2.589 Upgrade reportes Riesgo de Mercado Borrador Circular Entrada en vigencia Riesgo Operacional

  3. Definición de Riesgo Operacional (RO) para las CCAF • Al igual que otros reguladores se considera la definición utilizada por Basilea II. • Definición elegida tiene aplicación no sólo en instituciones financieras sino que puede ser aplicada a cualquier entidad. • Regular y supervisar el Riesgo Operacional en las CCAF es vital para que la industria pueda seguir avanzando y proyectándose en el tiempo.

  4. Definición de Riesgo Operacional para las CCAF • La definición de Riesgo Operacional contenida en la normativa es: “Corresponde al riesgo de pérdida debido a la inadecuación o a la falla de los procesos, del personal y de los sistemas internos y/o de los controles internos aplicables o bien a causa de acontecimientos externos. Esta definición incluye el riesgo legal, pero excluye el riesgo estratégico y de reputación”. • Lo anterior supone que las CCAF igualmente gestionarán el riesgo estratégico y reputacional.

  5. Regímenes administrados por las CCAF a los cuáles se les aplicará la normativa de RO

  6. Factores que determinan el Riesgo Operacional en las CCAF

  7. Eventos de Pérdida por RO y ejemplos en CCAF • Apropiación de fondos de la Caja • Otorgación sin facultades de créditos sociales Fraude interno • Atraco a sucursales de la Caja • Falsificación de documentación para el cobro de • prestaciones legales Fraude externo Relaciones Laborales • Resolución improcedente de contratos con empleados • Incumplimiento de normativa laboral Prácticas con clientes y productos • Sanciones por el incumplimiento de normativa • Errores en descuentos máximos • Desastres naturales • Actos vandálicos en sucursales o edificios centrales Daños en activos físicos • Pérdida irrecuperable de datos de backup Fallos en los sistemas Ejecución de procesos • Errores en la formalización de documentos • Diferencias de caja en las sucursales

  8. Exigencias contenidas en la Circular de Riesgo Operacional

  9. Exigencias contenidas en la Circular de Riesgo Operacional

  10. Exigencias contenidas en la Circular de Riesgo Operacional

  11. Exigencias contenidas en la Circular de Riesgo Operacional

  12. Exigencias contenidas en la Circular de Riesgo Operacional

  13. Exigencias contenidas en la Circular de Riesgo Operacional

  14. Exigencias contenidas en la Circular de Riesgo Operacional

  15. Exigencias contenidas en la Circular de Riesgo Operacional

  16. Exigencias contenidas en la Circular de Riesgo Operacional

  17. Otras Exigencias contenidas en la Circular de Riesgo Operacional

  18. Otras Exigencias contenidas en la Circular de Riesgo Operacional

  19. Entrada en Vigencia • El cumplimiento de las exigencias contenidas en la presente Circular será de carácter de obligatorio a contar del 1° de julio de 2012. • Sin perjuicio de lo anterior, la Caja de Compensación que considere que a dicha fecha no contará con las condiciones y capacidades técnicas para poder dar cumplimiento cabal a los requisitos de gestión de riesgo operacional exigidos a través de la presente Circular, deberá enviar un oficio a esta Superintendencia a más tardar el 30 de marzo de 2012. • Prórroga por una sola vez, en virtud de los antecedentes hasta el 1º de diciembre de 2012.

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