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Normas De Convivencia, Organización Y Funcionamiento De Centro Y De Aula .

Normas De Convivencia, Organización Y Funcionamiento De Centro Y De Aula. C.E.I.P. “RAMÓN Y CAJAL “ PUERTOLLANO AÑO ACADÉMICO: 2008/09 DECRETO DE CONVIVENCIA. Apartados fundamentales. Introducción Título I. Disposiciones generales. Título II. Regulación de la convivencia.

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Normas De Convivencia, Organización Y Funcionamiento De Centro Y De Aula .

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  1. Normas De Convivencia, Organización Y Funcionamiento De Centro Y De Aula . C.E.I.P. “RAMÓN Y CAJAL “ PUERTOLLANO AÑO ACADÉMICO: 2008/09 DECRETO DE CONVIVENCIA

  2. Apartados fundamentales Introducción Título I. Disposiciones generales. Título II. Regulación de la convivencia. Título III. Medidas preventivas y correctoras. Procedimientos para su aplicación. Título IV.- Observatorio de la convivencia Escolar de CLM

  3. Educar en el ejercicio de al tolerancia y de la libertad dentro de los principios democráticos de convivencia, así como en la prevención de conflictos y la resolución pacífica de los mismos. Mejorar el clima escolar en los centros mediante medidas que refuercen la autoridad educativa y la responsabilidad del profesorado, la agilización de los procesos, el el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de los deberes por parte del alumnado y la colaboración de las familias con el profesorado. Principios generales

  4. Declaración de los principios y valores del PEC que guían la convivencia. La elabora la comunidad educativa y la forma sus representantes. Será pública, se difundirá entre toda la comunidad educativa y se expondrá en un lugar destacado del centro para que sea visible en todo momento. Carta de convivencia

  5. En el Consejo Escolar se formará una comisión de convivencia formada por representantes de todos los sectores en la misma proporción del consejo. Función de asesoramiento. Elaborará un informe anual analizando los problemas detectados en la gestión de la convivencia, que será trasladado a la dirección y al Consejo Escolar. Comisión de Convivencia

  6. Método de resolución de conflictos en el que mediante la intervención imparcial de un tercera persona, se ayuda a las partes implicadas a alcanzar por sí mismas un acuerdo satisfactorio. Puede utilizarse como estrategia preventiva. Su uso no es obligatorio. Pero si se decide utilizar este método, habrá que regularlo completamente en las Normas de Convivencia , Funcionamiento y Organización del Centro. Mediación escolar.

  7. A partir de ahora... PEC PLAN DE CONVIVENCIA SE CONSIDERA COMO UN CONTIENE NORMAS DE CONVICENCIA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO PRINCIPIOS EDUCATIVOS CARTA DE CONVIVENCIA

  8. Las familias del alumnado que presente problemas de conducta y de aceptación de loas normas escolares podrán´suscribir un COMPROMISO DE CONVIVENCIA Con el objeto de establecer mecanismos de coordinación con el profesorado y otros profesionales que atiendan al alumno y de colaborar en la aplicación de las medidas que se propongan, tanto en el tiempo escolar como extraescolar, para superar esta situación. Medidas preventivas.

  9. Principios del P.E.C. Procedimiento de Elaboración, Aplicación y Revisión. Normas del Aula. Derechos y Obligaciones de la comunidad Educativa. Procedimientos de Mediación. Medidas preventivas y Medidas correctoras. Criterios de Organización del Centro. Organización de Espacios y Tiempos. Procedimientos de Comunicación a las Familias. Las elabora el ED. Las informa el claustro. Las aprueba el Consejo Escolar. Normas de Convivencia, Organización y funcionamiento del Centro.

  10. Se utilizarán para corregir las conductas que vulneren las normas del Centro: 1.- Dentro del recinto escolar.En 2.-En la realización de las actividades complementarias o extraescolares. 3.-En el uso de los servicios e instalaciones del centro. 4.-Fuera del recinto escolar, siempre que estén motivadas o directamente relacionadas con la activad escolar. Medidas correctoras

  11. Los criterios de aplicación deberán tener en cuenta: 1.- El nivel y etapa escolar. 2.-Las circunstancias personales, familiares... 3.-Proporcionalidad a la gravedad de la conducta a modificar. 4.-Priorizar las que conlleven comportamientos positivos de reparación y de compensación mediante acciones y trabajos individuales o colectivos que tengan repercusión favorable en la comunidad y en el centro. 5.-Se prohíben las que atenten contra la integridad física y la dignidad del alumno. Medidas correctoras: Criterios de aplicación

  12. Serán atenuantes para la graduación de la falta: 1.- El reconocimiento espontáneo de la conducta incorrecta. 2.-La ausencia de castigos anteriores. 3.- La petición de excusas en los casos de injurias, ofensas y alteración de las actividades del centro. 4.-El ofrecimiento de actuaciones compensadoras del daño causado. 5.- La falta de intencionalidad. 6.- La voluntad de participar en procesos de mediación, si estuvieran contemplados para el caso. Medidas correctoras: atenuantes

  13. Serán agravantes para la graduación de la falta: 1.- Daño, injurias u ofensas a compañeros nuevos o que conlleven desigualdad o discriminatorios por cualquier causa. 2.-conductas atentatorias contra los derechos de los profesionales del centro, su integración ´física y moral, y su dignidad. 3.- Premeditación o reincidencia. 4.-Publicidad. 5.- Utilización de las conductas con fines de exhibición, comercial o publicitaria. 6.- Las realizadas colectivamente. Medidas correctoras: agravantes:

  14. Faltas injustificadas de asistencia o puntualidad. Desconsideración con los miembros de la comunidad. Interrupción del normal desarrollo de las clases o de las actividades del centro. Actos de indisciplina. Deterioro intencionado del material del centro o de cualquier miembro de la comunidad. . Conductas contrarias a las Normas de Convivencia del Centro.

  15. Reiteraciones en las conductas contrarias a las normas anteriores. El incumplimiento de las medidas correctoras impuestas con anterioridad. Actos de indisciplinas graves que alteren el normal desarrollo de la vida del centro. Injurias u ofensas graves contra otros miembros de la comunidad. Acoso o violencia contra personas, y actuaciones perjudiciales para la salud. Vejaciones o humillaciones, particularmente las que impliquen discriminación de cualquier tipo, o que se realicen contra personas más vulnerables por cualquier característica personal, económica, social o educativa. Suplantación de la identidad, la falsificación o sustracción de documentos y material académico. Deterioro grave de las dependencias y material delcentro o de la comunidad educativa, causado intencionadamente. Desconsideración con los miembros de la comunidad. Interrupción del normal desarrollo de las clases o de las actividades del centro. Actos de indisciplina. Deterioro intencionado del material del centro o de cualquier miembro de la comunidad. Exhibición de símbolos racistas, que inciten a la violencia, apología del terrorismo de la xenofobia. . Conductas Gravemente Perjudiciales para la convivencia.

  16. Medidas correctoras . Ante conductas contrarias a la convivencia . Ante conductas gravemente perjudiciales para la convivencia

  17. Procedimiento general: Audiencia del alumno. Conocimiento del Tutor Comunicación a las familias.

  18. Principios Generales

  19. Principios Generales

  20. MEDIDAS CORRECTORAS ANTE CONDUCTAS CONTRARIAS A LA CONVIVENCIA LAS IMPONE ANTE CONDUCTAS PERJUDICIALES A LA CONVIVENCIA TUTOR EL DIRECTOR Realización en horario no lectivo de tareas educativas por un periodo superior a una semana e inferior de un mes Restricción de determinadas espacios y recursos en el centro Suspensión del derecho a participar en determinadas actividades extraescolares o complementarias durante un periodo que no puede ser superior a un mes CUALQUIER PROFESOR La sustitución del recreo por una actividad alternativa, como la mejora cuidado y conservación de algún espacio del centro El cambio de grupo o clase El desarrollo de las actividades escolares en un espacio distinto al aula, bajo un control del profesorado Realización de tareas educativas fuera del centro con suspensión temporal de la asistencia por un periodo no superior a quince días Tutor Realización de tareas escolares en el centro en el horario no lectivo del alumnado por tiempo limitado y con el conocimiento de los padres + ITE El cambio de centro

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