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Querellantes: Manos Limpias, Falange Española de las Jons y Libertad e identidad.

Causa especial 140431 / 2010. Querellantes: Manos Limpias, Falange Española de las Jons y Libertad e identidad. Querellado/s: ______________________________________________________ AUTO En España, a 14 de abril de 2010 Dada cuenta y a tenor de los siguientes; I. Hechos

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  1. Causa especial 140431 / 2010 • Querellantes: Manos Limpias, Falange Española de las Jons y Libertad e identidad. • Querellado/s: ______________________________________________________ • AUTO • En España, a 14 de abril de 2010 • Dada cuenta y a tenor de los siguientes; • I. Hechos • Primero,- de lo actuado hasta el día de hoy, queda probado que el magistrado de la Audiencia • Nacional, Ilmo. Baltasar Garzón, incoó en diciembre de 2006 un procedimiento criminal, • determinando su concreto objeto, con el fin de determinar posibles responsabilidades y • contribuir a la localización e identificación de las víctimas de la Guerra Civil española y de la • dictadura que le siguió. • Segundo,- que el magistrado Ilm. Baltasar Garzón actuó conociendo la existencia de la Ley • de Amnistía del año 1977 y también la más reciente Ley de la recuperación de la memoria • histórica de 2007 al considerar que existían indicios más que suficientes para determinar la • existencia de delitos de “lesa humanidad”. • Tercero,- que ________________________________________, defensor/a de las libertades y • de los derechos civiles e individuales de las personas de este país, ha dado publicidad y ha • apoyado la acción del Ilmo. Baltasar Garzón, al considerar un “acto de justicia” la persecución • de aquellos crímenes del franquismo. • Cuarto,- que dicha persona/entidad ha dado publicidad a su teoría de que don Baltasar Garzón • está siendo objeto de “un acto injusto de persecución” por parte de personas y/o • organizaciones afines a la ultraderecha españóla y/o herederas de la llamada ideología • franquista y falangista y que, de ello, se ha aprovechado el poder judicial para incoar un • procedimiento abreviado a dicho magistrado. • Determinación de los hechos y de la persona/s imputada/s • que de los hechos anteriormente expuestos y de la prueba practicada, se infiere indicios suficientes de la comisión de una conducta de “prevaricación” de palabra y pensamiento, en grado de complicidad con el Ilmo. Don Baltasar Garzón. • que la parte querellada es _______________________________________________ • Parte dispositiva • Disponemos: que ha lugar a proceder contra _______________________por las conductas • descritas en los hechos primero a cuarto en cuanto constitutivos de un “delito” de • prevaricación, en grado de complicidad, por dar apoyo popular a la acción legal del magistrado • tendente a contribuir a localizar e identificar a las víctimas de los llamados “crímenes del • franquismo”. • Otrosi decimos; dese traslado de las actuaciones tramitadas a toda la ciudadanía para que • comparezcan como parte denunciada en el juicio oral acordado en esta fase del proceso y en • este orden jurisdiccional contra el Ilmo. Baltasar Garzón Real.

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