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SEXTO MANDAMIENTO, 1

ME 68 de 141. SEXTO MANDAMIENTO, 1. CCE 2332 : “La sexualidad abraza todos los as- pectos de la persona humana, en la unidad de su cuerpo y de su alma. Concierne particularmente a la afectividad , a la capacidad de amar y de procrear y, de manera más general, a la actitud

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SEXTO MANDAMIENTO, 1

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  1. ME 68 de 141 SEXTO MANDAMIENTO, 1 CCE 2332: “La sexualidad abraza todos los as- pectos de la persona humana, en la unidad de su cuerpo y de su alma. Concierne particularmente a la afectividad, a la capacidad de amar y de procrear y, de manera más general, a la actitud para establecer vínculos de comunión con otro”. “La diferencia y la complementariedad físicas, morales y espiritua- les (del hombre y de la mujer) están orientadas a los bienes del ma- trimonio y al desarrollo de la vida familiar” (CCE 2333). “Cuando el Génesis habla de ‘ayuda’ no se refiere solamente al ámbito del obrar, sino también al del ser. Femineidad y masculinidad son entre sí complementarios no sólo desde el punto de vista físico y psíqui- co, sino ontológico” (Carta a las mujeres (IV Conferencia de Pe- kín), 29.06.1995).

  2. ME 69 de 141 SEXTO MANDAMIENTO, 2 La sexualidad concierne la totalidad de la persona. Su estudio íntegro abarca, al menos, siete amplios campos Cromosómico: hombre y mujer se diferencian en los cromosomas sexuales (xx / xy). 1 Morfológico: los cuerpos masculino y femenino difieren no sólo en los genitales, sino también en otras marcadas diferencias somáticas. 2 Racional: no sólo nivel instintivo. Tanta es la carga racio- nal de la condición sexuada del ser humano que incluso ha hecho ciencia de la sexualidad. 3

  3. ME 70 de 141 SEXTO MANDAMIENTO, 3 Voluntario: por ello el hombre y la mujer son responsa- bles de su práctica sexual y de sus consecuencias. 4 Afectivo-sentimental: la sexualidad humana no es pura- mente biológica, sino que hace relación muy directa al amor. 5 Placentero: es fuente de uno de los mayores placeres del hombre y de la mujer, y no sólo de placer sensitivo, sino también afectivo y emocional. 6 Procreador: una de las finalidades más marcada de la se- xualidad es la procreación de nuevas vidas. 7

  4. ME 71 de 141 SEXTO MANDAMIENTO, 4 CCE 2348: “Todo bautizado es llamado a la castidad”: hace relación al amor. El célibe por el “reino de Dios” entrega su amor indiviso a Dios; la castidad del soltero antes de casarse se orienta al amor en el futuro matrimonio; la castidad en el matrimonio se concreta en la vocación a la unión amorosa esponsalicia. “La castidad -no simple continencia, sino afirmación decidida de una voluntad enamorada- es una virtud que mantiene la juventud del amor en cualquier estado de vida. Existe una castidad de los que sienten que se despierta en ellos el desarrollo de la pubertad, una castidad de los que se preparan para casarse, una cas- tidad de los que Dios llama al celibato, una castidad de los que han sido escogidos por Dios para vivir en el matrimonio” (San Josemaría, Es Cristo que pasa, 70).

  5. ME 72 de 141 SEXTO MANDAMIENTO, 5 Para vivir la castidad, “el dominio de sí es una obra que dura toda la vida. Nunca se la considerará adquirida de una vez para siempre. Supone un esfuerzo reiterado en todas las edades de la vida. El esfuerzo requerido puede ser más intenso en ciertas épocas, como cuando se forma la personalidad, durante la in- fancia y la adolescencia” (CCE 2342). Para vivir la castidad es preciso educar la pureza, lo que exige la práctica de otras virtudes íntimamente relacionadas con la pureza, como es la templanza y la fortaleza. Asimismo, exige fomentar las disposi- ciones del pudor y de la modestia. Se requiere la ayuda de los medios sobrenaturales, cuales son la oración, la devoción a la Virgen y la recepción de los sacramentos.

  6. ME 73 de 141 SEXTO MANDAMIENTO, 6 El matrimonio es el estado que garantiza el sentido pleno de la sexualidad entre el hombre y la mujer: sólo él protege la do- nación plena que entraña la vida conyu- gal, y supone el compromiso de entrega mutua, estable y exclusiva entre un hombre y una mujer. Por eso la relación sexual lícita es la que tiene lugar en el ámbito del matrimonio. La unidad y la indisolubilidad del matrimonio es lo que justifica que la esposa dé al marido toda su realidad como mujer y, a su vez, el marido entregue a su esposa su especificidad como hom- bre. Sólo en él se justifica la entrega amorosa y mutua de lo que tienen como específico en su ser de varón y de mujer.

  7. ME 74 de 141 SEXTO MANDAMIENTO, 7 CCE 2357: “Apoyándose en la sagrada Escritura que los presenta como depravaciones graves, la Tradición ha declarado siempre que los actos homosexuales son intrínsecamente desordenados. Son contrarios a la ley natural. Cierran el acto sexual al don de la vida. No proceden de una verdadera complementariedad afectiva y sexual. No pueden recibir aprobación en ningún caso”. CCE 2358: “Un número apreciable de hombres y mujeres presenta tendencias homosexuales profundamente arraigadas. Esta inclina- ción, objetivamente desordenada, constituye para la mayoría de ellos una auténtica prueba. Deben ser acogidos con respeto, com- pasión y delicadeza. Se evitará, respecto a ellos, todo signo de dis- criminación injusta. Estas personas están llamadas a realizar la voluntad de Dios en su vida, y, si son cristianas, a unir al sacrifi- cio de la cruz del Señor las dificultades que pueden encontrar a causa de su condición”.

  8. ME 75 de 141 SEXTO MANDAMIENTO, 8 CCE 2352: “Tanto el Magisterio de la Iglesia, de acuerdo con una tradición constante, como el sentido moral de los fieles, han afir- mado sin ninguna duda que la masturbación es un acto intrínseca y gravemente desordenado. El uso deliberado de la facultad sexual fuera de las relaciones conyugales normales contradice a su fina- lidad, sea cual fuere el motivo que lo determina. Así, el goce se- xual es buscado aquí al margen de la relación sexual requerida por el orden moral; aquella relación que realiza el sentido íntegro de la mutua entrega y de la procreación humana en el contexto de un amor verdadero”. Idem: “Para emitir un juicio justo acerca de la responsabilidad moral de los sujetos y para orientar la acción pastoral, ha de tenerse en cuenta la inmadurez afectiva, la fuerza de los hábitos contraídos, el estado de angustia u otros factores psíquicos o sociales que pue- den atenuar o tal vez reducir al mínimo la culpabilidad moral”.

  9. ME 76 de 141 SEXTO MANDAMIENTO, 9 La fornicación 1) niega la relación esencial de la sexualidad huma- na que, por su propia naturaleza, está orientada a la intimidad del matrimonio y con un fin procreador; 2) es un escándalo para la vida social y es contraria a la dignidad de las personas, pues se prostituyen ya que no están casados. Además, si se engendra una nueva vida, se enturbia el origen de los hijos nacidos de una relación no esponsalicia. La pornografía indica una profunda degeneración del valor sexual de la persona humana. “Ofende la castidad porque desnaturaliza la finalidad del acto sexual. Atenta gravemente a la dignidad de quie- nes se dedican a ella (actores, comerciantes, público), pues cada uno viene a ser para otro objeto de un placer rudimentario y de una ganan- cia ilícita. Introduce unos a otros en la ilusión de un mundo ficticio. Es una falta grave. Las autoridades civiles deben impedir la pro- ducción y la distribución de material pornográfico” (CCE 2354).

  10. ME 77 de 141 SEXTO MANDAMIENTO, 10 El matrimonio es una institución natural (se fundamenta en la naturaleza misma del hombre y de la mujer). Toda unión estable entre un hombre y una mujer, nacida de un compromisofirme e irrevocable del amor esponsalicio (entrega y fidelidad) merece un aprecio y un reconocimiento social. Esa dignidad del matri- monio natural goza en todas las culturas y en todos los tiempos de general valía y consideración. El matrimonio cristianoañade a esa di- gnidad una mayor excelencia: “sacra- mento grande” (Ef 5, 32), que comunica una gracia especial para que el amor hu- mano se engrandezca con el amor sobre- natural y para ayudar a los cónyuges a cumplir las obligaciones del matrimonio.

  11. SEXTO MANDAMIENTO, 11 ME 78 de 141 CCE 2350: “Los novios están llamados a vivir la castidad en la continencia. En esta prueba han de ver un descubrimiento del mutuo respeto, un apren- dizaje de la fidelidad y de la esperanza de recibirse el uno y el otro de Dios. Reservarán para el tiempo del matrimonio las manifestaciones de ternura específicas del amor conyugal. Deben ayudarse mutuamente a crecer en la castidad”.

  12. ME 79 de 141 SEXTO MANDAMIENTO, 12 El amor está en el origen de la unión de dos vidas para siempre. Pero la esencia del matrimonio está en el vínculo que se origina del pacto conyugal entre los esposos, no en el amor. Mediante la presencia de Cristo entre los espo- sos cristianos, el amor sensible y el amor afec- tivo son elevados y sublimados por el amor sobrenatural, gracia especial que da el sacra- mento: los esposos están capacitados para vi- virlos en su integridad, purificados de los egoís- mos que siempre acompañan al querer humano. Si los esposos llegaran a agotar el amor sensible y el afectivo, el amor sobrenatural (que fructifica por la oración y la recepción de los sacramentos) podrá ayudar a que los recuperen.

  13. ME 80 de 141 SEXTO MANDAMIENTO, 13 CCE 2366: “La fecundidad es un don, un fin del matrimonio, pues el amor conyugal tiende naturalmente a ser fecundo. El niño no viene de fuera a añadirse al amor mutuo de los espo- sos; brota del corazón mismo de ese don recí- proco, del que es fruto y cumplimiento”. El cristiano sabe además que los padres son coo- peradores con Dios que crea el alma del niño. Es cierto que “el matrimonio no es solamente para la procreación, sino que la naturaleza del vínculo indisoluble entre las personas y el bien de la prole requieren que el amor mutuo de los esposos mismos se manifieste ordenadamente, progrese y vaya madurando” (Gaudium et spes 50). Pero tal perfección no se alcanza si se evi- tan los hijos sin motivos suficientes (dimensiones unitiva y pro- creadora del acto conyugal que el hombre no puede disociar).

  14. ME 81 de 141 SEXTO MANDAMIENTO, 14 Moral católica: los padres deben hacer un juicio práctico cuando, por serios motivos, decidan distanciar el nacimiento de un nuevo hijo, bien sea por un tiempo determinado o por un espacio indefinido (mientras perduren las causas de esta decisión). Gaudium et spes 50: “Con responsabilidad humana y cristiana los esposos cumplirán su misión (...) de común acuerdo y común es- fuerzo, por formarse un juicio recto, atendiendo tanto a su propio bien personal como al bien de los hijos, ya nacidos o todavía por venir, discerniendo las circunstancias de los tiempos y del estado de vida tanto materiales como espirituales, y, finalmente, la socie- dad temporal y de la propia Iglesia. Este juicio, en último término, deben formarlo ante Dioslos esposos personalmente. En su modo de obrar, los esposos cristianos sean conscientes de que no pueden proceder a su antojo”. Regirse por la conciencia, según la ley divina.

  15. ME 82 de 141 SEXTO MANDAMIENTO, 15 La grandeza del matrimonio está sometida a todo genero de degra- daciones y aparece un esfuerzo por desvirtuar la familia y el ma- trimonio al identificar cualquier unión sexual con el matrimonio. Ejemplo de las “parejas de hecho”. Dos vicios corrompen la natu- raleza de la familia: el adulterio y la plaga del divorcio. El adulterio es un pecado por dos razones: 1) tal relación sexual se realiza fuera del matrimonio entre ambos (contra la castidad); 2) se comete uno o dos pecados graves contra la justicia de una o dos personas que están casadas con los adúlteros, porque sus derechos son violados por quienes cometen el adulterio. Graves deberes de justicia si hay un nacimien- to ilegítimo.

  16. ME 83 de 141 SEXTO MANDAMIENTO, 16 Argumentos complementarios sobre el aborto considerado ya en el quinto mandamiento: Desde el momento de la fecundación, se inicia una vida humana, de forma que lo concebido no es una mera masa gelatinosa ni un cúmulo de células, sino una vida distinta del óvulo y del espermato- zoide, que inicia un proceso biológico de intensa actividad y que está destinada a desarrollarse hasta la edad adulta. Este ser vive independientemente de la madre, la cual sólo le ofrece el alimento. Es, pues, un individuo. Pero no cabe hablar de un individuo de la especie humana que no sea persona: el feto no es “algo” sino “alguien” (“persona” es un con- cepto filosófico y no biológico).

  17. ME 84 de 141 SEXTO MANDAMIENTO, 17 A menudo se oye afirmar que existe en ciertos supuestos un “con- flicto de derechos”: vencería el derecho de la madre frente al de- recho a nacer del feto aún no nacido, por ejemplo cuando se trata de una violación que ocasiona un embarazo no deseado, o cuando corre riesgo la vida de la madre (en este caso cabría considerar al no nacido como “injusto agresor”). PERO no cabe hablar de conflicto de derechos cuando se trata de la vida de una persona. La madre tiene derechos sobre el hijo, pero no puede disponer del derecho fundamental a vivir de un ser distinto del suyo, cual es el hijo. Además, en ningún caso cabe hablar de “in- justo agresor”, dado que el hijo es totalmente inocente. Si interven- ción médica a la mujer absolutamente necesaria para su vida y con- lleva la muerte del feto: puede lícitamente someterse a ella (muerte del hijo soportada, tolerada, sufrida, no directamente querida).

  18. ME 85 de 141 SEXTO MANDAMIENTO, 18 Humanae vitae 14: “Debemos declarar una vez más que hay que excluir absolutamente, como vía lícita para la regulación de los nacimientos, la interrupción directa del proceso generador ya ini- ciado, y sobre todo el aborto directamente queri- do y procurado, aunque sea por razones terapeúti- cas. Hay que excluir igualmente (...) la esteriliza- ción directa, perpetua o temporal, tanto del hom- bre como de la mujer; queda además excluida to- da acción que, o en previsión del acto conyugal, o en su realización, o en el desarrollo de sus con- secuencias naturales, se proponga, como fin o co- mo medio, hacer imposible la procreación”.

  19. ME 86 de 141 SEXTO MANDAMIENTO, 19 “Desgraciadamente, a menudo se entiende mal el pensamiento católico, como si la Iglesia sostuvie- se una ideología de la fecundidad a ultranza, esti- mulando a los cónyuges a procrear sin discerni- miento alguno y sin proyecto” (Juan Pablo II, Alocución, 17.07.1994). Además de la abstención, es lícita la “continencia periódica” y el recurso a los “métodos naturales” por motivos graves. “La Iglesia anima a las parejas a ser generosas y confiadas, a com- prender que la paternidad y la maternidad son un privilegio y que todo niño es el testimonio del amor existente en una pareja de uno hacia otra, por su generosidad y su apertura hacia Dios” (Juan Pa- blo II, Discurso, 24.09.1983).

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