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DECRETO DE URGENCIA Nº 058 – 2011: “ distribución, EJECUCION, RENDICION Y SUPERVISION DE LOS FONDOS DE MANTENIMIENTO

DECRETO DE URGENCIA Nº 058 – 2011: “ distribución, EJECUCION, RENDICION Y SUPERVISION DE LOS FONDOS DE MANTENIMIENTO. EXPOSITOR : ECON. SEGUNDO GREGORIO DIAZ HERNANDEZ. Distribución de los fondos du n° 058 - 2011.

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DECRETO DE URGENCIA Nº 058 – 2011: “ distribución, EJECUCION, RENDICION Y SUPERVISION DE LOS FONDOS DE MANTENIMIENTO

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  1. DECRETO DE URGENCIA Nº 058 – 2011:“distribución, EJECUCION, RENDICION Y SUPERVISION DE LOS FONDOS DE MANTENIMIENTO EXPOSITOR : ECON. SEGUNDO GREGORIO DIAZ HERNANDEZ

  2. Distribución de los fondos du n° 058 - 2011

  3. Las actividades de Mantenimiento de Infraestructura y Equipamiento dentro del marco del DU Nº 058 2011, se ejecutará en 7,530 Establecimientos de Salud del Ministerio de Salud MINSA a nivel Nacional.

  4. Ejecución y rendición de los fondos du n° 058 - 2011

  5. Rendición de Gastos/Informe de Gastos a) Rendición de gastos/Informe de gastos de mantenimiento de Infraestructura y equipamiento • Los Comprobantes deben ser emitidos a nombre del establecimiento • de salud, Sin Borrones, ni enmendaduras y con letra legible 2) Las fechas que se consignen en los comprobantes de pago, no deben superar la fecha limite establecida en el DU 058-2011 (teniendo como fecha limite el 31 de Marzo del 2012. 3) En los casos que no sea posible la emisión de comprobantes de pago. el gasto podrá sustentarse con una declaración jurada del proveedor de servicio En el Formato Nº 3 Declaración Jurada de Gastos deben consignar los datos • Apellidos y Nombres y DNI del personal que recibe los fondos • Apellidos y Nombres y DNI del Jefe del Establecimiento de Salud • Apellidos y Nombres y DNI del representante de la DIRESA o DISA • Apellidos y Nombres y DNI del Comité veedor

  6. 4) Remisión de Declaración Jurada original, los Directores de las DISAS y DIRESAS remitirán al jefe de la OGA los formatos 1, 2 y 3 y la documentación obrara en el acervo documentario de cada DISA Y DIRESA 5) Los saldos no ejecutados al 31 de Marzo 2012 en las acciones de mantenimiento y equipamiento de los establecimientos de salud, serán devueltos al Tesoro Publico. Para ello la OGA solicitara al Banco de la Nación los saldos No utilizados para su respectiva devolución al Tesoro Publico. SALDOS Inconclusas Gastaron menos • Deberán realizar un Informe explicando los motivos por la cual no han culminado. • Deberán consignar en el Formato 3 los gastos que a la fecha limite hayan incurrido.

  7. 6) Los intereses ocasionados en la cuenta de ahorro a nombre del Jefe de establecimiento, serán utilizados para los fines comprendidos en el Decreto de Urgencia Nº 058-2011, los mismos que serán informados como gastos. 7) Las comisiones por los Impuestos de Transacciones Financieras (ITF) cobrados por el banco de la Nación al momento de los retiros, deben ser rendidos como gasto.

  8. SUPERVISIÓN

  9. Son las acciones de supervisión de la ejecución de mantenimiento de infraestructura y equipos a nivel nacional de los puestos y centros de salud, con la finalidad de monitorear el avance físico, ejecución financiera y rendición de gasto que estará a cargo de la Oficina General de Administración.

  10. CONFORMACION DEL COMITÉ SUPERVISOR CENTRAL- MINSA Las acciones de supervisión a Nivel Nacional esta a cargo de la Oficina General de Administración, para efectos se nombrara un Comité de Supervisión Central. Este comité esta conformado por: Un representante del Director General de Administración quien presidirá el Comité. Un representante de la Oficina de Economía de la Oficina General de Administración. Un representante de la Oficina de Infraestructura ( DGIEM). Un represente de la Dirección General de Salud de las personas (DGSP). La OGA MINSA mediante una Resolución Directoral conformara un equipo de supervisores, integrados por un representante de cada DISA y/o DIRESA (o quien haga sus veces), con la finalidad de monitorear el avance físico, y ejecución financiera y rendición de gastos. El jefe de cada DISA y DIRESA conformara su equipo de supervisores a nivel de RED, MICRORED y/o EESS.

  11. Supervisor Central del MINSA Supervisor es de cada RED, MICRORED y/o EESS Supervisor de la DISA y/o DIRESA • Consolidara la información de cada • supervisor y la evaluara • Elaborara un Informe Final y remitirá a la OGA MINSA • Las DISAS y/o DIRESAS hasta el 10 Mayo 2012 . Remitirá al Comité Supervisor de la Sede Central MINSA. • CONSOLIDADO • Remitirá su Plan de Trabajo • Cronograma de actividades • Contemplara plazos de ejecución • hasta la culminación de las acciones • de mantenimiento. • Reportan el avance físico F-3 • Consolidaran y Remitirán al • supervisor de la DISA y/o DIRESA • Remitirá copia al Comité Supervisor • Central (MINSA). • El informe final remitirá a la • Contraloría General de la Republica. • Se encargara de realizar capacitación • a los Comités de Mantenimiento, Veedor • y Supervisor de cada DISA y DIRESA, de • acuerdo al cronograma vigente. • Hasta el 31 de Mayo 2012 será remitido • a la Contraloría General de la Republica Establecimientos de Salud Informe Comité Superv. Constituye los Informes Finales de cada Establec. DISAS y/o DIRESAS Informe C/Resp.

  12. RENDICIÓN DE GASTOS DE SUPERVISIÓN Gastos Operativos, gastos de desplazamiento y viáticos Dichas rendiciones están contempladas en las siguientes Directivas: Directiva Administrativa N° 173-MINSA-OGA-V.01, Directiva Administrativa para el Otorgamiento y la Rendición de Viáticos, Pasajes y Otros Gastos de Viaje, aprobada mediante Resolución Ministerial N° 297-2011/MINSA. Directiva Administrativa N° 145-MINSA-OGA-V.01 Procedimiento para la Administración del Fondo para el Pago en Efectivo, del Fondo Fijo para Caja Chica y Encargos para el Personal de la Institución, aprobada mediante Resolución Ministerial N° 219-2009/MINSA.

  13. Para la rendición de cuentas se debe tener en cuenta lo siguiente: Los Comprobantes de pago, deben ser emitidos a nombre del MINSA, sin borrones, ni enmendaduras y con letra legible. Las fechas que se consignen en los comprobantes de pago no deben superar la fecha limite hasta el 15 Abril del 2012. En los casos que no sea posible la emisión de comprobantes de pago, el gasto podrá sustentarse con una Declaración Jurada del proveedor del servicio en el que se consignará sus datos personales, copia del número de documento de identidad y la descripción detallada del servicio prestado

  14. Los Gastos incurridos en las actividades de supervisión serán publicados en el portal institucional de cada DISA y DIRESA , para mayor transparencia. • Los saldos no ejecutados en los gastos de supervisión por parte de los supervisores al 15 de Abril del 2012 serán devueltos a la Oficina General de Administración para su respectiva reversión al tesoro Público. Los supervisores de las DISAS y DIRESAS deberán efectuar la rendición de gastos por la transferencia otorgada con Resolución Directoral emitida por la Oficina General de Administración Central MINSA, adicionalmente, deben remitir la información en Declaración Jurada al Comité Supervisor Central

  15. MUCHAS GRACIAS

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