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LOS FINES DEL ESTADO

LOS FINES DEL ESTADO. El Estado es una creación colectiva y artificial destinada a ordenar y servir a la sociedad. Su existencia solo tiene justificación por los fines que históricamente le cupe cumplir.

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LOS FINES DEL ESTADO

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Presentation Transcript


  1. LOS FINES DEL ESTADO

  2. El Estado es una creación colectiva y artificial destinada a ordenar y servir a la sociedad. Su existencia solo tiene justificación por los fines que históricamente le cupe cumplir. • Dichos fines tienen una naturaleza política y un carácter continuo; vale decir, acreditan una esencia o sustancia referida a un orden de convivencia organizado e institucionalizado bajo el gobierno de una autoridad y con ininterrumpido despliegue de energía y fuerza sin solución de continuidad. • En ese sentido, en razón a los fines del Estado es improbable percibir a este en un momento dado en situación de reposo e inmovilidad.

  3. Teoría absolutista Teoría jurídico-formalista Teoría relativista Teoría limitativista LAS TEORÍAS

  4. Esta concepción parte de la base según la cual el Estado existe y se desarrolla de manera natural y espontánea; en consecuencia es un fin en sí mismo, una institución que tiende hacia sí y se concreta en sí. Por ende, persigue metas u objetivos cualitativamente diferentes a los del conjunto de sus miembros. Más que una configuración histórica específica, se inspira en una concepción ideal y arquetípica del cuerpo político. • Esta teoría convalida el autoritarismo estatal al hacer que los operadores del poder político no respondan por las actividades que desarrollan, haciendo inútil cualquier sustentación de la vigencia de los derechos fundamentales. Teoría absolutista

  5. Esta concepción plantea que el derecho constitucional debe prescindir de investigar sobre los fines del Estado, ya que ello rebasa largamente su campo de estudio. En esa óptica, Hans Kelsen sostiene que el Estado es un sistema de normas cerrado y lógicamente autárquico que no necesita de ulterior justificación ante una instancia externa a ese orden. No es que se afirme que el Estado «carezca» de fin, lo que se afirma es que no tiene sentido indagar sobre el mismo. Teoría jurídico-formalista

  6. Esta teoría hace referencia a la delimitación teleológicamente estricta de una actividad estatal guiada por parámetros enmarcados en la tríada de seguridad, libertad y derecho. Este trino objetivo es tal en razón de que la seguridad es consecuencia de la vigencia plena e integral del derecho, como lo es la libertad, que es producto de la realización y verificación efectiva del fenómeno jurídico. Teoría relativista

  7. Esta concepción parte del conocimiento de los linderos o parámetros que por propia naturaleza tiene el Estado, así como de los deberes positivos de este con relación a sus miembros integrantes. Teoría limitativista

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