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COMISION DE ZONAS EXTREMAS. SESION día : 08 DE Septiembre del 2010 Representando a Confemuch. Sr. Anthony Lenz Tapia Dirigente nacional. Participa el Sr Rodrigo González Subsecretario de Hacienda Cuarta Sesión.
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COMISION DE ZONAS EXTREMAS SESION día : 08 DE Septiembre del 2010 Representando a Confemuch. Sr. Anthony Lenz Tapia Dirigente nacional
Participa el Sr Rodrigo González Subsecretario de HaciendaCuarta Sesión • Temas a responder: sobre bonos ley 20 313 art 30 y 20.374. con un costo de 3.306 millones de pesos. en total vigencia para el año 2011. • La continuidad no esta en discusion.la interpretación de la ley es que el beneficio existe • Sera reajustada de acuerdo a la ley de reajuste
El monto será reajustado anualmente • Es la base es la que esta en la ley mas el reajuste. • El financiamiento es como siempre del gobierno central y luego por la dirección de presupuesto • No será con financiamiento a través de los municipio • Esta garantizado por la ley de presupuesto y por lo tanto son de cargo fiscal ( Ministerio de Hacienda y Dirección de Presupuesto)
Situaciones especiales: • Que sea considerado este bono como asignación de zona.( esta en análisis) • Casos especiales de comunas de extremo aislamiento que esta en igual situación(esta en análisis). • Funcionarios de corporaciones Municipales(esta la propuesta de los parlamentarios)
En busca de la equidad del bono(esta en análisis). • Propuesta de una verdadera Reforma Municipal: institucionalidad, legalidad, retribución económica que se merecen los funcionarios. (propuesta parlamentaria). • este bono ayuda y reconoce a la perdida a un derecho adquirido a los trabajadores del sector Publico (al sueldo regionalizado, nivelación de zona)
Ley 20 313 ley de reajuste del sector publico. • Artículo 30.- Concédase, a contar del 1 de enero de 2009, una bonificación especial no imponible al personal asistente de la educación que se desempeñe en los establecimientos educacionales administrados directamente por las municipalidades o por corporaciones privadas sin fines de lucro creadas por éstas y en los establecimientos regidos por el decreto ley N° 3.166, de 1980 y que laboren en la Primera, Décimo Quinta, Segunda, Décimo Primera y Décimo Segunda Regiones, así como en las Provincias de Palena, Chiloé e Isla de Pascua y en la comuna de Juan Fernández. • Esta bonificación tendrá, a partir del 1 de enero de 2009, un valor trimestral de $136.938.- para el personal que se desempeñe en la Primera, Décimo Quinta y Segunda Regiones y de $213.552.- para los que se desempeñen en la Décimo Primera y Décimo Segunda Regiones, así como en las Provincias de Palena, Isla de Pascua y en la comuna de Juan Fernández. En el caso de la Provincia de Chiloé tendrá un monto trimestral de $72.000.-
A partir del 1 de enero de 2010, dicha bonificación tendrá un valor trimestral de $165.000.- respecto del personal que se desempeñe en la Primera, Décimo Quinta y Segunda Regiones y de $243.000.- para los que se desempeñen en la Décimo Primera y Décimo Segunda Regiones, así como en las Provincias de Palena e Isla de Pascua y en la comuna de Juan Fernández. En el caso de la Provincia de Chiloé la bonificación tendrá un monto trimestral de $90.000.- • La bonificación se pagará en cuatro cuotas iguales, las que vencerán el día 1 de los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre de cada año. Los montos a percibir serán proporcionales al tiempo trabajado en el trimestre respectivo.
Diputad@s integrantes • Sr Gabriel Asencio. Presidente. DC • Sra. Carolina Goic. DC Sr Manuel Rojas.UDI • Sr Alejandro Santana. RN Sr David Sandoval UDI • Sr René Alinco. PPD Sr Orlando Vargas.IND • Sr Nino Baltolu.UDI. • Hugo Gutiérrez. PC. • Marta Isasi IND. • Luis Lemus.IND • Gaspar Rivas. RN • Manuel Rojas.UDI.