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PROCURADURIA FEDERAL DE LA DEFENSA DEL TRABAJO

SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL. MECANISMOS DE ASESORIA. Y. REPRESENTACION DE TRABAJADORES. Y SINDICATOS EN LA. PROFEDET. PROCURADURIA FEDERAL DE LA DEFENSA DEL TRABAJO. SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL. PROCURADURIA FEDERAL DE LA DEFENSA DEL TRABAJO.

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Presentation Transcript


  1. SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL MECANISMOS DE ASESORIA Y REPRESENTACION DE TRABAJADORES Y SINDICATOS EN LA PROFEDET PROCURADURIA FEDERAL DE LA DEFENSA DEL TRABAJO

  2. SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL PROCURADURIA FEDERAL DE LA DEFENSA DEL TRABAJO CREACION DE LA PROFEDET ACUERDO DE LA SECRETARIA DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TRABAJO 7 LEY LEY 1 2 1929 1931 1970 1975 1999 14 1933 18 11 SEPTIEMBRE MARZO AGOSTO MAYO JUNIO DICIEMBRE LEY FEDERAL DEL TRABAJO LEY FEDERAL DEL TRABAJO REGLAMENTO REGLAMENTO REGLAMENTO TITULO XI PROFEDET AUTORIDAD DE TRABAJO TITULO VIII PROFEDET 1. REPRESENTAR O ASESORAR EN DIFERENCIAS Y CONFLICTOS SOBRE CONTRATOS DE TRABAJO 2. PROPONER SOLUCIONES AMISTOSAS 1. APLICACION DE MEDIDAS DE APREMIO 1. ORGANO DESCONCENTRADO DE LA STPS ARTS. 334 FRAC. III FUNCIONES: ARTS. 530-536 AMPLIACION DE FUNCIONES: 2. CREACION DEL COMITE TECNICO CONSULTIVO 2. FUNCION CONCILIADORA MARCO HISTORICO- LEGAL

  3. Marco Legal • En México la aplicación de las normas de trabajo corresponde a autoridades locales y federales, según lo establece el artículo 123 Constitucional en su Apartado “A”, fracción XXXI y 527, 528, y 529 de la Ley Federal del Trabajo. • En virtud de que la PROFEDET es una Autoridad de Trabajo, de acuerdo con lo que dispone el artículo 523 de la Ley Federal del Trabajo, le compete la aplicación de las normas de trabajo en la competencia federal, de acuerdo al Artículo 123, Apartado “A”, fracción XXXI, y el Artículo 527 de la Ley citada, • Por su parte la Procuración de Justicia Laboral, tiene su base en la Ley Federal del Trabajo en el Capítulo III, del Título XI, (Art. 530-536) en la cual establece que a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, a través de sus procuradores, asesora y representa a los trabajadores que soliciten los servicios de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, de manera gratuita. • El servicio se brinda a trabajadores y sus sindicatos que lo soliciten.

  4. SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL PROCURADURIA FEDERAL DE LA DEFENSA DEL TRABAJO 1. ASESORAR O REPRESENTAR AL TRABAJADOR, BENEFICIARIOS O SU SINDICATO 4. CUIDAR QUE LA ADMINISTRICION DE JUSTICIA SEA PRONTA Y EXPEDITA 2. INTERPONER LOS RECURSOS EN DEFENSA DE LOS TRABAJADORES 3. PROPONER SOLUCIONES AMISTOSAS OBJETIVOS NATURALEZA JURIDICA AMBITO DE COMPETENCIA CONCILIACION ASESORIA REPRESENTACION OBJETIVOS, NATURALEZA Y COMPETENCIA 1. ORGANISMO DESCONCENTRADO DE LA STPS 2. ORGANO REPRESENTATIVO Y TUTELAR DE LOS TRABAJADORES 1. POBLACION TRABAJADORA Y BENEFICIARIOS 2. ASUNTOS DE COMPETENCIA FEDERAL (FRAC. XXXI APARTADO A, ART. 123) SERVICIOS GRATUITOS

  5. ¿Cuál es el papel de PROFEDET en la comunidad laboral? • Es un Órgano Desconcentrado de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, con autonomía técnica y administrativa. • Los servicios que presta son gratuitos. • Fundada en 1929, • Tiene a su cargo el cumplimiento, en el ámbito federal, de las funciones que le confiere la Ley Federal del Trabajo, el Reglamento Interior de la propia Secretaría y el Reglamento • Orienta y asesora a los trabajadores, sus beneficiarios y sindicatos, sobre los derechos y obligaciones derivados de las normas de trabajo y de previsión y seguridad sociales, así como de los trámites, procedimientos y órganos competentes ante los cuales acudir para hacerlos valer; así mismo recibe de los usuarios, las quejas por el incumplimiento y violación a las normas de trabajo y de previsión y seguridad sociales, cita a los actores de la producción para llegar a soluciones conciliadoras respecto a los conflictos que afrontan y, representa a la población objetivo, cuando éstos así lo soliciten, ante los órganos jurisdiccionales, administrativos y cualquier otra institución pública o privada, a efecto de ejercitar las acciones y recursos que correspondan en la vía ordinaria especial, inclusive el juicio de amparo, hasta su total terminación; • Colaboran 460 personas, localizadas en oficinas centrales (72%) y en cuarenta y ocho oficinas de representación ( 28%). • El Órgano Desconcentrado dispone de estructura, planes, programas, objetivos, e indicadores para desempeñar su misión y para establecer congruencia con la posición que se desea ocupar en el futuro, considerando los referentes de austeridad, racionalización y disciplina presupuestaria que están vigentes.

  6. ¿Cuáles son sus facultades? El Reglamento vigente, además de otras disposiciones, establece, entre las atribuciones de PROFEDET, las siguientes: Orientar y asesorar a los trabajadores, sus sindicatos o beneficiarios sobre los derechos y obligaciones derivados de las normas de trabajo y de previsión y seguridad sociales, así como de los trámites, procedimientos y órganos competentes ante los cuales acudir para hacerlos valer; Realizar la planeación, programación, organización, dirección, control y evaluación de sus actividades conforme a las normas legales y reglamentarias aplicables y los lineamientos que emita el Secretario Proponer a las partes interesadas soluciones amistosas para el arreglo de sus conflictos, mediante la celebración de convenios fuera de juicio y hacerlos constar en actas autorizadas;

  7. Recibir de los trabajadores, sus sindicatos o beneficiarios, las quejas por el incumplimiento y violación a las normas de trabajo y de previsión y seguridad sociales y, en su caso, citar a los patrones o sindicatos para que comparezcan a manifestar lo que a su derecho convenga, apercibiéndolos que de no comparecer se les aplicará, como medida de apremio, una multa de hasta cien veces el salario mínimo general diario vigente en el lugar y tiempo del incumplimiento; Formular las denuncias que correspondan ante las autoridades competentes por el incumplimiento y violación a las normas de trabajo y de previsión y seguridad sociales y ante el Ministerio Público los hechos que presuntamente constituyan ilícitos penales; Representar a los trabajadores, sus sindicatos o beneficiarios, cuando éstos así lo soliciten, ante los órganos jurisdiccionales, administrativos y cualquier otra institución pública o privada, a efecto de ejercitar las acciones y recursos que correspondan en la vía ordinaria, especial, inclusive el juicio de amparo, hasta su total terminación; Coordinar las actividades de la Procuraduría con las Procuradurías de la Defensa del Trabajo de las entidades federativas, a fin de establecer criterios comunes para el mejor cumplimiento de las responsabilidades que la Ley les confiere; Llevar su propia contabilidad; elaborar, analizar y consolidar sus estados financieros, así como proporcionar a la Secretaría la información y documentación que se le requiera, y Las demás que le confieren los ordenamientos legales, reglamentarios y administrativos. Los servicios que preste la Procuraduría a los trabajadores, sus sindicatos o beneficiarios serán gratuitos y, salvo los casos de excepción establecidos en la Ley, a petición de parte.

  8. Misión, Visión y Objetivo MISIÓN • Brindar de manera gratuita, los servicios de asesoría, conciliación y representación jurídica a través de un servicio profesional, honesto y eficiente, promoviendo la cultura de la prevención, privilegiando la conciliación como forma de solución expedita de los conflictos y de ser necesario la representación de los trabajadores, beneficiarios y sus sindicatos ante los tribunales laborales. VISIÓN • Ser la instancia de gobierno federal debidamente posicionada ante la sociedad y reconocida por su imparcialidad y apego a legalidad en materia de procuración de justicia laboral, con la capacidad de transformación para la defensa efectiva del trabajo. OBJETIVO INSTITUCIONAL • Procurar la Justicia laboral en defensa de los trabajadores, de forma gratuita, expedita, honesta y cálida.

  9. PROCURADURIA FEDERAL DE LA DEFENSA DEL TRABAJO SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL ORGANIGRAMA PROCURADURIA GENERAL SUBPROCURADURIA GENERAL DE ASESORIA Y APOYO TECNICO SUBPROCURADURIA GENERAL DE CONCILIACION Y DEFENSORIA SUBPROCURADURIA GENERAL DE ASUNTOS FORANEOS SECRETARIA GENERAL ADMINISTRATIVA DIRECCION DE REPRESENTACION JURIDICA DIRECCION DE ASESORIA Y VINCULACION DIRECCION DE CONSULTA Y APOYO TECNICO DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS DIRECCION DE PLANEACION DIRECCION DE RECURSOS Y AMPAROS DIRECCION DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES DIRECCION DE CONTROL DE PROCESOS ZONA NORTE DIRECCION DE CONTROL DE PROCESOS ZONA CENTRO DIRECCION DE CONTROL DE PROCESOS ZONA SUR 48 PROCURADURIAS FEDERALES Y AUXILIARES

  10. 47 25 PROCURADURIA FEDERAL DE LA DEFENSA DEL TRABAJO 16 45 4 SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL 20 13 19 46 40 26 34 11 22 15 23 7 36 35 2 5 31 24 37 18 33 17 3 30 27 38 21 39 6 9 12 42 32 10 29 ZONA NORTE 16 44 8 43 14 28 1 41 ZONA CENTRO 17 ZONA SUR 15 10 48 PROCURADURIAS FEDERALES Y AUXILIARES 48 48 TOTAL

  11. ¿Cuál es la cobertura de los servicios?

  12. Empresas

  13. PROCURADURIA FEDERAL DE LA DEFENSA DEL TRABAJO SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL ASESORIA JURIDICA 1. IDENTIFICAR AL SOLICITANTE TRABAJADOR (INTERESADO) BENEFICIARIO REPRESENTANTE SINDICAL 2. UBICAR LA CONSULTA RAMA INDUSTRIAL EMPRESA ORGANISMO INFORMA 3. DEFINIR EL PERFIL PROBLEMAS CANALIZA ORIENTACION PREVIA TURNA DETECTAR INF. OCULTA PERSONALIDAD 4. APLICAR TECNICAS Y/O ESTRATEGIAS INTERROGATORIO ENTREVISTA COMENTARIOS DERECHO LABORAL 5. DEFINIR TIPO DE PROBLEMA SEGURIDAD SOCIAL OTROS: FISCAL, PENAL, CIVIL. OBJETIVOS TOMA DE DECISIONES M E T O D O COMPETENCIA FEDERAL COMPETENCIA LOCAL 1. PREVENIR 2. ORIENTAR ACCION LEGAL A EJECUTAR (ARTICULOS APLICABLES) 3. ASESORAR PRIORIDADES CANALIZA INFORMA

  14. SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL FUNCION CONCILIATORIA FORMALIZACION DEL ACTA DE CONCILIACION O CONVENIO UBICAR A LAS PARTES EN CONFLICTO ORIENTACION AL TRABAJADOR ENTREVISTA EXHORTO PARA DIRIMIR CONTROVERSIAS PROCURADOR PROGRAMAR CON ANTICIPACION (PREVENIR) MESA DE CONCILIACION PROPUESTAS DE ALTERNATIVAS DE SOLUCION A SATISFACCION DE AMBAS PARTES TRABAJADOR SI CREAR CLIMA DE CONFIANZA Y RESPETO PROCURADOR ANALISIS DEL CONFLICTO NO EMPLEADOR NEGOCIACION CON EL ENPLEADOR (REPRESENTANTE) PUENTE DE COMUNICACION A PETICION DEL INTERESADO SE ELABORA DEMANDA UBICAR A LAS PARTES EN CONFLICTO EXHORTO PARA DIRIMIR CONTROVERSIAS MEDIO IDONEO PARA RESOLVER CONFLICTOS LABORALES AMINORANDO GASTOS, TIEMPO Y RIESGOS JUDICIALES CONCILIACION: PROCURADURIA FEDERAL DE LA DEFENSA DEL TRABAJO

  15. SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL DEFENSORIA : PROCESO O LITIGIO PODER JUDICIAL DE LA FEDERACION DEMANDA SEGUIMIENTO SEGUIMIENTO PROCURADOR TRIBUNAL COLEGIADO REPRESENTANTE JURIDICO DEL TRABAJADOR 1. PLANTEAMIENTO A FAVOR DEL TRABAJADOR 2. VIOLACIONES IMPUGNADAS ANALIZA PROCEDENCIA DE LA ACCIÓN DEMANDA DE AMPARO JUNTA FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE 1. AUDIENCIAS DE PRUEBAS CONTRA EL TRABAJADOR 2. AUDIENCIAS DE DESAHOGOS LAUDO PROCURADURIA FEDERAL DE LA DEFENSA DEL TRABAJO 1. ANALIZA PODERES DEL DEMANDADO 1. PROEMIO PROCEDIMIENTO DE EJECUCION O EMBARGO 2. PRESTACIONES 2. PREPARA PRUEBAS 3. HECHOS 3. HACE OBJECIONES 4. DERECHO 5. PUNTOS PETITORIOS 4. DESAHOGO DE PRUEBAS 6. JURISPRUDENCIA

  16. PERFIL PROFESIONAL DEL PROCURADOR DE LA DEFENSA DEL TRABAJO SECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL 5. SERVIDOR PUBLICO 1. EXPERTO EN DERECHO LEY 6. COADYUVANTE DE TRIBUNALES DE TRABAJO 2. ASESOR 7. AUTORIDAD DE TRABAJO 8. REPRESENTANTE PROFEDET 3. CONCILIADOR 9. COLABORADOR TRABAJO EN EQUIPO 4. LITIGANTE 1O. PROTAGONISTA NUEVA CULTURA LABORAL STPS 11. INTEGRANTE DEL SECTOR LABORAL

  17. SERVICIOS OTORGADOS DICIEMBRE 2006 – NOVIEMBRE 2008 ASESORIA SIMPLE 10,976 EXPEDIENTES 8,807 DICTAMENES 764 OFICIOS DE CANALIZACION 10,636 ASESORIA VERBAL 26,787 CORREO ELECT. 4,792 ORIENTACION TEL. 59,659 CONSULTA EDO, PROC 9,445 GRAN TOTAL 131,866

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