1 / 13

FLUJOGRAMA DEL NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENAL 2004 PROCESO COMÚN Por: Fanny Uchuya Donayre

FLUJOGRAMA DEL NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENAL 2004 PROCESO COMÚN Por: Fanny Uchuya Donayre (Consultora de la Comisión de Coordinación Interinstitucional de la Justicia Penal). ETAPAS DEL PROCESO PENAL COMÚN. DENUNCIA Y ACTOS INICIALES DE LA INVESTIGACIÓN. OBLIGADOS A DENUNCIAR

kioshi
Télécharger la présentation

FLUJOGRAMA DEL NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENAL 2004 PROCESO COMÚN Por: Fanny Uchuya Donayre

An Image/Link below is provided (as is) to download presentation Download Policy: Content on the Website is provided to you AS IS for your information and personal use and may not be sold / licensed / shared on other websites without getting consent from its author. Content is provided to you AS IS for your information and personal use only. Download presentation by click this link. While downloading, if for some reason you are not able to download a presentation, the publisher may have deleted the file from their server. During download, if you can't get a presentation, the file might be deleted by the publisher.

E N D

Presentation Transcript


  1. FLUJOGRAMA DEL NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENAL 2004 PROCESO COMÚN Por: Fanny Uchuya Donayre (Consultora de la Comisión de Coordinación Interinstitucional de la Justicia Penal)

  2. ETAPAS DEL PROCESO PENAL COMÚN

  3. DENUNCIA Y ACTOS INICIALES DE LA INVESTIGACIÓN • OBLIGADOS A DENUNCIAR • Cualquier persona (Acción penal pública) • Mandato de ley (Profesionales de la salud, educadores, funcionarios) • NO OBLIGADOS A DENUNCIAR • Cónyuge y parientes 4to grado de consaguinidad y 2do de afinidad • Conocimiento del hecho amparado por secreto profesional CONTENIDO Identidad del denunciante Narración detallada y veraz de los hechos Individualización del presunto responsable De parte DENUNCIA (Escrita – Oral) DILIGENCIAS PRELIMINARES DE INVESTIGACIÓN 20 días FISCAL PROVINCIAL De oficio Denunciantes P.N.P. INFORME POLICIAL (No calificación jurídica) Juez Audiencia por Plazo irrazonable

  4. LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA FISCAL PROVINCIAL CALIFICACIÓN DE DENUNCIA ARCHIVO DE LA DENUNCIA 1 ORDENAR LA INTERVENCIÓN DE LA PNP RESERVA PROVISIONAL DE LA INVESTIGACIÓN 2 FORMALIZACIÓN y CONTINUACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA 3 ACUSACIÓN DIRECTA • El hecho denunciado no • constituye delito • Causas de extinción • El hecho denunciado constituye • delito • La acción penal no ha prescrito • Falta la identificación del autor • o partícipe. Denunciante, ha omitido una condición de procedibilidad • Indicios reveladores de la • Existencia del delito • La acción penal no ha prescrito • Individualizado el imputado Cuando de las diligencias Actuadas preliminarmente Establecen suficientemente la realidad del delito y la Intervención del imputado en su comisión

  5. LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA FISCAL PROVINCIAL CALIFICACIÓN DE DENUNCIA ARCHIVO DE LA DENUNCIA RESERVA PROVISIONAL DE LA INVESTIGACIÓN N O T I F I C A C I O N 1 2 DENUNCIADO ORDENA SE FORMALICE LA INVESTIGACIÓN FISCAL PROVINCIAL FISCAL SUPERIOR 5 días DENUNCIANTE SE ARCHIVEN LAS ACTUACIONES Si no esta de acuerdo, requiera la elevación de las actuaciones (5días) SE PROCEDE SEGÚN CORRESPONDA

  6. LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA FISCAL PROVINCIAL CALIFICACIÓN DE DENUNCIA • CONTENIDO • Nombre completo del imputado • Los hechos y tipificación específica (Fiscal: • tipificación alternativa) • El nombre del agraviado (si fuera posible) • Las diligencias que de inmediato deban actuarse N O T I F I C A C I O N DISPOSICIÓN FORMALIZACIÓN Y CONTINUACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA 3 IMPUTADO PLAZO 120 días naturales (+60 días) Complejo: 8 meses (+8 meses JIP) Juez de la Investigación Preparatoria Juez Audiencia de Control del plazo Juez Audiencias CONCLUSIÓN DE LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA Dentro de los 15 días REQUERIMIENTO DE SOBRESEIMIENTO a FORMULA ACUSACIÓN b

  7. LA ETAPA INTERMEDIA PROCEDE El hecho objeto de la causa no puede atribuírsele al imputado El hecho imputado no es típico La acción penal se ha extinguido No existen elementos de convicción suficientes REQUERIMIENTO DE SOBRESEIMIENTO a Exp. Fiscal N O T I F I C A C I O N Audiencia de Control de sobreseimiento JUEZ INVESTIGACIÓN PREPARATORIA 10 días SUJETOS PROCESALES OPOSICIÓN A LA SOLICITUD DE ARCHIVO El JUEZ: Si lo considera admisible y fundado dispondrá la realización de una Inv. suplementaria 15 días 3 días (autos interlocutorios) AUTO ELEVA AL FISCAL SUPERIOR AUTO DE SOBRESEIMIENTO (Total – parcial) APELACIÓN 10 días NO RATIFICA EL R. DE S. RATIFICA EL R. DE S. JUEZ INV. P. AUTO DE SOBRESEIMIENTO ORDENA A OTRO FISCAL PROV. FORMULACIÓN DE LA ACUSACIÓN

  8. LA ETAPA INTERMEDIA • CONTENIDO (Deberá ser motivada) • Datos que identifiquen al imputado • Relación clara y precisa de los hechos • Elementos de convicción • La participación que se atribuye • Relación de circunstancias modificatorias • Artículo de la ley penal – cuantía de la pena • Monto de la reparación civil- bienes embargables • Medios de prueba para la audiencia FISCAL PROVINCIAL FORMULA ACUSACIÓN El MP, podrá señalar ALTERNATIVA ó SUBSIDIARIAMENTE, la calificación de la conducta en un tipo penal distinto N O T I F I C A C I O N JUEZ INVESTIGACIÓN PREPARATORIA 10 días OBSERVAR LA ACUSACIÓN POR DEFECTOS FORMALES 10 días DEDUCIR EXCEPCIONES Y OTROS MEDIOS DE DEFENSA SUJETOS PROCESALES IMPOSICIÓN O REVOCACIÓN DE MEDIDAS, PRUEBA ANTICIPADA Objeciones planteadas por los sujetos procesales PEDIR SOBRESEIMIENTO INSTAR CRITERIOS DE OPORTUNIDAD OFRECER PRUEBAS PARA EL JUICIO OBJETAR LA REPARACIÓN CIVIL

  9. LA ETAPA INTERMEDIA 10 días JUEZ INVESTIGACIÓN PREPARATORIA RESOLUCIÓN FIJA DÍA Y HORA PARA LA AUDIENCIA (Plazo: No menor 5 ni mayor de 20 días) • Se otorga la palabra a: El Fiscal, La defensa, Actor civil, Acusado, Tercero civilmente responsable. • Se debate la procedencia o admisibilidad de c/u de las cuestiones planteadas y la pertinencia de la prueba ofrecida. • El Fiscal podrá modificar, aclarar o integrar la acusación. • Se corre traslado a los sujetos procesales para su absolución INSTALACIÓN AUDIENCIA PRELIMINAR Artículo 352º NOTIFICACION • CONTENIDO • Nombre de los imputados y agraviados • El delito (s) materia de acusación fiscal • Medios de pruebas admitidos • Indicación de las partes constituidas en la causa • Orden de remisión de los actuados al Juez competente. MINISTERIO PÚBLICO AUTO DE ENJUICIAMIENTO SUJETOS PROCESALES Dentro de las 48 hrs. de la Notificación se hará llegar la resolución, Las actuaciones, objetos incautados y Se pondrá a su orden los presos preventivos JUEZ PENAL COMPETENTE (Unipersonal ó colegiado)

  10. EL JUZGAMIENTO JUEZ PENAL COMPETENTE (Unipersonal ó colegiado) MINISTERIO PÚBLICO NOTIFICACION AUTO CITACIÓN A JUICIO TESTIGOS, PERITOS Y OTROS SUJETOS PROCESALES AUDIENCIA El Juez enuncia: El Nº del proceso, la finalidad, la identidad personal del acusado, su situación jurídica, el delito y el nombre del agraviado El Fiscal expone su acusación, la calificación jurídica y las pruebas que ofreció Alegato del abogado defensor del actor civi Alegato del abogado defensor del tercero civilmente responsable Alegato del abogado defensor del acusado • Sesiones continuas e ininterrumpidas • Suspensión: No más de 8 días hábiles • Audiencia oral, pero documentada • en acta • Registro: En medio técnico • Incidentes: Se resolverán en un solo acto. • Poder disciplinario y discrecional El Juez informa al acusado de sus derechos El Juez preguntará al acusado si admite o no ser autor o participe del delito. Conferencia con el Fiscal Para un acuerdo en la pena Conclusión del Juicio Aceptación total Se suspende el juicio Breve término Aceptación parcial Se delimita el debate A la pena y reparación civil Solicitud de nueva prueba El Fiscal podrá ampliar complementariamente su acusación Debate probatorio: Examen del acusado, Actuación de medios de prueba admitidos y oralización de los medios probatorios Alegatos finales

  11. ETAPA DE JUZGAMIENTO SALA DE AUDIENCIAS Complejidad del asunto Hora avanzada Se difiera la redacción Del asunto Datos generales Enunciación de hechos y pretensiones penales Motivación Fundamentos de derecho La parte resolutiva La firma del juez o jueces AUDIENCIA PUBLICA LECTURA PARCIAL Sólo la parte dispositiva Juez: Relato sintético de los fundamentos CERRADO EL DEBATE Se enuncia el día y hora para la Lectura integral, plazo max. De 8 días. No excederá más de dos días No podrá suspenderse por más de tres días (Enfermedad) DELIBERACIÓN SENTENCIA En la sesión, no más de 48 hrs., sanción de nulidad LECTURA INTEGRAL Las partes: Recibirán inmediatamente una copia de ella Transcurrido el plazo sin que se produzca el fallo el juicio se repetirá en otro juzgado Apelación: Oral en la audiencia Apelación: Formalización por escrito (5 días) CONDENATORIA ABSOLUTORIA Registro PJ Inscripción de penas y Medidas de seguridad

  12. AUDIENCIAS JUDICIALES EN LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA Y FASE • INTERMEDIA EN EL NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENAL • Audiencia judicial para el auto de sobreseimiento por Principio de oportunidad Art. 2.7 • Audiencia judicial para resolver medios de defensa Art.8.3 • Audiencia judicial para la actuación de pruebas y alegato en el tramite de nulidad de transferencia Art. 15.2.C • Audiencia judicial para resolver declinatoria de competencia Art. 34.2 • Audiencia judicial para resolver pedido de tutela de! imputado por infracción de derechos en la I.P. Art. 71.4 • Audiencia judicial por minoría de edad - Fase Intermedia Art. 74 • Audiencia judicial por inimputabilidad del procesado Art. 75 • Audiencia judicial por anomalía psíquica sobrevenida Art. 76 • Audiencia judicial para la incorporación de las personas jurídicas Art. 91.2 • Audiencia judicial para resolver la solicitud de constitución del actor civil Art. 102.2 • Audiencia judicial para la constitución en parte del tercero civil Art. 112.1 • Audiencia judicial para decidir o confirmar restricción de derechos fundamentales Art. 203.3 • Audiencias judiciales para disponer la incautación de actuaciones y docs. no privados Art. 224.2.3 • Audiencia judicial cuando el Fiscal dispone copia de los documentos incautados Art. 225.5 • Audiencia judicial de reexamen de la orden de interceptación e incautación policial Art. 228.2 • Audiencia judicial para disponer la clausura de la investigación cuando el requerido se niega a entregar la correspondencia en cuyo poder se encuentra alegando que se trata de secreto de Estado Art. 229. • Audiencia judicial de reexamen de , intervención de comunicaciones y telecomunicaciones Art. 231.4 • Audiencia judicial, implícita para decidir la confirmación de la clausura y vigilancia de locales e inmovilización de urgencia de bienes muebles. Art. 241. • Audiencia judicial única para la actuación de varias pruebas y desarrollo de la misma en acto público Art. 244.6 • Audiencia judicial para emitir el auto de convalidación de la detención preliminar Art. 266.2 • Audiencia judicial para determinar la procedencia de ,la prisión preventiva Art. 271.1 • Audiencia judicial para decidir la prolongación de la prisión preventiva Art. 274.2 • Audiencia judicial para decidir el cambio de la situación de comparecencia por la detención preventiva Art. 279.2

  13. AUDIENCIAS JUDICIALES EN LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA Y FASE • INTERMEDIA EN EL NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENAL • Audiencia judicial para resolver la solicitud del imputado de cesación de la prisión preventiva y su sustitución por la de comparecencia Arto 283 • Audiencia judicial para determinar la prolongación de la detención domiciliaria Arto 290.4 • Audiencia judicial para determinar la internación preventiva del imputado Art. 294 • Audiencias judiciales para determinar el impedimento de salida del país o la localidad donde domicilia el imputado o del lugar que se le fije. Art. 296.1 • Audiencia judicial para cesar las medidas de suspensión preventiva de derechos. Art. 299.2 • Audiencia judicial para la sustitución, acumulación de las medidas preventivas de derechos Art. 301. • Audiencia judicial para decidir la imposición, variación o cesación de medidas preventivas contra las personas jurídicas Art. 315.2 • Audiencia judicial para el esclarecimiento de alegaciones sobre el derecho de propiedad u otros planteadas por persona distinta al imputado Art. 318.4 • Audiencia judicial para decidir sobre la variación y reexamen de la incautación Art. 319.3 • Audiencia judicial para decidir el pedido del imputado sobre la excesiva duración de las diligencias preliminares y la negativa del Fiscal de darles término y dictar la disposición correspondiente. Art. 334.2 • Audiencia judicial del control de plazo de la investigación preparatoria, Art. 343.2. • Audiencia preliminar judicial para emitir pronunciamiento sobre el requerimiento fiscal de sobreseimiento Art.345.3 • Audiencia preliminar para determinar la procedencia o admisibilidad de cada una de las cuestiones planteadas por los sujetos procesales en la fase intermedia. Art. 351 Y 352.

More Related