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Uso de las clausulas de sanción en operaciones de Comercio Exterior.

Uso de las clausulas de sanción en operaciones de Comercio Exterior. Impacto sobre Cartas de Crédito, Cobranzas Documentarias y Garantías. “Documento preparado por el g rupo de trabajo de Lavado de Dinero y Lucha contra el Terrorismo de la Comisión de Banca de la ICC .”. Contenido.

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Uso de las clausulas de sanción en operaciones de Comercio Exterior.

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Presentation Transcript


  1. Uso de las clausulas de sanción en operaciones de Comercio Exterior. Impacto sobre Cartas de Crédito, Cobranzas Documentarias y Garantías.

  2. “Documento preparado por el grupo de trabajo de Lavado de Dinero y Lucha contra el Terrorismo de la Comisión de Banca de la ICC.”

  3. Contenido • Inclusión e implicación de las cláusulas de sanción en las operaciones bancarias. • Ejemplo de cláusulas de sanción. • Recomendaciones

  4. Introducción • La utilización de las clausulas de sanción; un Problema para los bancos. • Impuestas por la ONU, el Consejo de la Unión Europea y por los países. • Utilizan al Comercio, como medio de política exterior. • Prohíben relaciones con países, personas, buques, aeronaves, tecnología y mercancía.

  5. Introducción • Su ejecución debe ser decidida por los tribunales, autoridades regulatorias y no por las reglas de la práctica bancaria. • Los bancos están obligados a cumplirlas cuando se apliquen. • Las reglas no indican cómo deben ser tratadas dichas clausulas.

  6. Introducción • Los bancos están sujetos a requisitos regulatorios conflictivos, y por lo mismo deben elaborar políticas para mitigar estos riesgos legales. • Un banco que opera en un país puede estar sujeto a regulaciones de otro, que lo incapacitan para llevar a buen término una transacción que contiene elementos transfronterizos.

  7. El problema • Como consecuencia de estas sanciones, la banca , cada vez más, aplica dichas cláusulas en sus transacciones. • No existe un estándar para estas cláusulaspues varía mucho el ámbito de su aplicación. • En algunos países, por ley la simple mención de las palabras “boicot” o “sanciones” haría que el banco avisador, rechace y devuelva la transacción. • Ponen en duda la naturaleza de independencia e irrevocabilidad de la carta de crédito.

  8. El problema • De particular preocupación resultan las cláusulas que afectan lo que establece el capitulo de reembolsos en las UCP 600. • La cláusula más simple puede causar grandes problemas en una transacción. • Los involucrados en la práctica comercial deben ajustar sus prácticas a fin de reflejar esta realidad.

  9. El problema • La implementación de políticas por sanciones vulnera el papel que desempeña un banco confirmador o un nominado transferente. • Cuando las cláusulas aparecen en el crédito, el banco nominado no está consciente de las sanciones que el banco emisor le va a aplicar. • También hay incertidumbre de obtener el reembolso si se paga una presentación en orden y el emisor encuentra que hay una persona o entidad sancionada y mencionada en los documentos. • En las decisiones de confirmación, la evaluación del riesgo no sólo incluirá el riesgo país y del banco emisor sino también, si se trata de un pago restringido debido a las regulaciones de sanción. • No existe una solución a este problema.

  10. Ejemplos de las cláusulas de sanción cláusula de sanción simple informativa "La presentación de documentos que no estén de acuerdo con las leyes y regulaciones aplicables al anti-boicot, lavado de dinero, terrorismo, narcotráfico y sanciones económicas, no es aceptable. Las leyes aplicables varían dependiendo de la transacción y podrían incluir las de las Naciones Unidas, los Estados Unidos de Norteamérica y / o las leyes locales. "

  11. Ejemplos de las cláusulas de sanción Cláusula compleja, que pone en entredicho la obligación del banco. "[El Banco] cumple con las leyes de sanción y regulaciones internacionales emitidas por los Estados Unidos de América, la Unión Europea y las Naciones Unidas (así como las leyes locales y regulaciones aplicables a la sucursal emisora) y mas allá de esas leyes y reglamentos, [El Banco], ha adoptado políticas que en algunos casos van más allá de los requisitos de las leyes y reglamentos aplicables. Por lo tanto [El Banco] no asume ninguna obligación de efectuar ningún pago, o de implementar, esta carta de crédito (incluyendo pero no limitado a tramitar los documentos o avisar la carta de crédito), si hay participación de cualquier persona (física, moral o gubernamental) que aparezcan en las listas de sanciones de los EE.UU., UE, la ONU o en las listas de sanciones locales o si existe cualquier relación o nexo con Cuba, Sudán, Irán o Myanmar, o cualquiera de sus agencias gubernamentales”.

  12. Ejemplos de las cláusulas de sanción "El comercio exterior y las sanciones económicas (" sanciones ") impuestas por los gobiernos, agencias o departamentos gubernamentales, reguladores, bancos centrales y / o las organizaciones transnacionales (incluidas las Naciones Unidas y la Unión Europea) impactan sobre las transacciones que involucran a países o personas residentes dentro de los países que incluyen actualmente a los Balcanes, Belarús, Costa de Marfil (Costa de Marfil), Líbano, Liberia, Ruanda, Sierra Leona, Somalia, Siria, la República Democrática del Congo, Uzbekistán, Afganistán, Irán, Irak, Myanmar (Birmania), Corea del Norte, Cuba, Zimbabue y Sudán. El Banco Emisor y todas su partes corporativas relacionadas podrían ser sujetos a y afectados por sanciones, con las cuales el va a cumplir. Sírvanse poner en contacto con el banco emisor para cualquier aclaración antes de presentar los documentos al banco emisor para la negociación o compromiso de cualquier asunto relacionado con éste crédito en el que participen países o personas afectados por las sanciones. El banco emisor no es ni será responsable por cualquier pérdida o daño directa o indirectamente asociados con la aplicación de sanciones a una transacción o servicio financiero que involucre al banco emisor. El Banco Emisor no está obligado a cumplir con ninguna obligación al amparo de este crédito en el cual el determine a su discreción que, o es probable que, infringe o incumple cualquier sanción. Esta cláusula se aplica sin perjuicio de cualquier inconsistencia con la edición actual de la Cámara Internacional de Comercio de las Reglas y Usos Uniformes relativos a los Créditos Documentarios“.

  13. Recomendaciones • Una cláusula de sanción no debe poner en duda el compromiso del banco en una transacción. • Los profesionales deben: - Ser cuidadosos en su elección de las contrapartes o proveedores de servicios. - En las cartas de crédito y garantías demandables, asegurarse de no hacer nada que ponga en tela de juicio el carácter irrevocable de la operación. - la certeza de pago o de la intención de honrar las obligaciones, entendiendo siempre que la carta de crédito o garantía y las UCP, ISP o URDG siempre han estado sujetos a la aplicación de las leyes locales

  14. Recomendaciones • Evitar la inclusión de cláusulas que ponen en duda el compromiso del banco o la naturaleza irrevocable de una transacción, o cuando el uso de dicha cláusula está en conflicto con la ley local. • Si un banco se ve afectado por una cláusula de sanción gubernamental, ésta puede resultar útil para suplementar las reglas aplicables a la práctica. • Las sanciones podrán estar en vigor en países con los que se está tratando por lo que hay que tomar en cuenta estas cuestiones y apegarse a las políticas de riesgo de la propia empresa.

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