1 / 15

Dr. Daniel Ramos Torres

Dr. Daniel Ramos Torres. CONCEPTUACIONES SOBRE LOS CONTRATOS ADMINISTRATIVOS DE COMPRAVENTA DE BIENES MUEBLES, ARREDAMIENTOS ORDINARIOS Y FINANCIEROS DE BIENES MUEBLES, SERVICIOS PROFESIONALES Y SERVICIOS.

Télécharger la présentation

Dr. Daniel Ramos Torres

An Image/Link below is provided (as is) to download presentation Download Policy: Content on the Website is provided to you AS IS for your information and personal use and may not be sold / licensed / shared on other websites without getting consent from its author. Content is provided to you AS IS for your information and personal use only. Download presentation by click this link. While downloading, if for some reason you are not able to download a presentation, the publisher may have deleted the file from their server. During download, if you can't get a presentation, the file might be deleted by the publisher.

E N D

Presentation Transcript


  1. Dr. Daniel Ramos Torres CONCEPTUACIONES SOBRE LOS CONTRATOS ADMINISTRATIVOS DE COMPRAVENTA DE BIENES MUEBLES, ARREDAMIENTOS ORDINARIOS Y FINANCIEROS DE BIENES MUEBLES, SERVICIOS PROFESIONALES Y SERVICIOS • Para nosotros, el contrato administrativo de compraventa, es el que celebran en ejercicio de la función administrativa, las Dependencias y Entidades, con un particular, para que este último entregue en propiedad, y de una sola vez o en entregas parciales, bienes muebles por el pago de un precio cierto y en dinero.

  2. Dr. Daniel Ramos Torres • Para nosotros, el contrato administrativo de arrendamiento ordinario de bienes muebles, es aquel que celebra la Administración Pública con un particular, persona física o moral, para que éste último le conceda a aquella el uso, goce y disfrute temporal de bienes muebles, mediante el pago de un precio cierto. El contrato satisface el interés público y está sujeto al Derecho de la Contratación Pública. • Para nosotros, el contrato administrativo de arrendamiento financiero de bienes muebles, es aquel contrato que celebran las Dependencias y Entidades con una arrendadora, para que ésta última le provea de bienes muebles, para su uso en plazo forzoso; la Administración Pública se obliga a pagar remuneraciones periódicas por ese uso, y a adoptar al vencimiento del contrato alguna de las opciones terminales para adquirir dichos bienes. Las remuneraciones periódicas también abarcan la amortización de la adquisición de los bienes, y la carga financiera de la arrendadora.

  3. Dr. Daniel Ramos Torres • A la luz de lo expuesto por la doctrina y por la legislación, podemos definir al contrato administrativo de prestación de servicios profesionales, como aquel contrato celebrado por la Administración Pública Federal con una persona física o moral, para que ésta última realice consultorías, asesorías, estudios e investigaciones a aquella, mediante el pago de una remuneración en dinero; el resultado de tales servicios profesionales sirven para resolver problemáticas internas de la Administración Pública o de la sociedad. • Podemos definir al contrato administrativo de prestación de servicios, como aquel contrato celebrado por la Administración Pública Federal, con una persona física o moral, para que ésta última realice trabajos de reconstrucción y mantenimiento preventivo, correctivo y siniestral de bienes muebles, y servicios domésticos como maquila, transporte de bienes muebles y personas, la limpieza y vigilancia, mediante el pago de una remuneración en dinero.

  4. Dr. Daniel Ramos Torres PLANEACIÓN, PROGRAMACIÓN, PRESUPUESTACIÓN CAAS

  5. Dr. Daniel Ramos Torres FASES O ETAPAS DE LAS LICITACIONES PÚBLICAS • La Carta Magna en su artículo 134, párrafo cuarto, establece que la licitación pública es el procedimiento regla para la adjudicación de los contratos administrativos de adquisiciones, arrendamientos y servicios, a fin de asegurar al Estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes: • “Las adquisiciones, arrendamientos y enajenaciones de todo tipo de bienes, prestación de servicios de cualquier naturaleza y la contratación de obra que realicen, se adjudicarán o llevarán a cabo a través de licitaciones públicas mediante convocatoria pública para que libremente se presenten proposiciones solventes en sobre cerrado, que será abierto públicamente, a fin de asegurar al Estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes.”

  6. Dr. Daniel Ramos Torres • La LAASSP, recoge el espíritu del artículo 134 constitucional, al disponer en su artículo 26, párrafo segundo, que: “Las adquisiciones, arrendamientos y servicios se adjudicarán, por regla general, a través de licitaciones públicas, mediante convocatoria pública, para que libremente se presenten proposiciones, solventes en sobre cerrado, que será abierto públicamente, a fin de asegurar al Estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad, crecimiento económico, generación de empleo, eficiencia energética, uso responsable del agua, optimización y uso sustentable de los recursos, así como la protección al medio ambiente y demás circunstancias pertinentes, de acuerdo con lo que establece la presente Ley.”

  7. Dr. Daniel Ramos Torres

  8. Dr. Daniel Ramos Torres ITP Y AD • La LAASSP, que regula las materias que nos ocupan, en los artículos 40, 41 y 42, establece dos tipos de supuestos conforme a los cuales los órganos de la Administración Pública Federal podrán seleccionar a su cocontratante, bien sea por la vía de la invitación a cuando menos tres personas, o por la adjudicación directa, según la elección que justificadamente hagan. • Una vez establecidas las bases y requisitos que caracterizan a las excepciones de la licitación pública, a continuación se exponen los fundamentos que la LAASSP, en sus artículos 40, 41 y 42, establece como indispensables para poder llevar a cabo los procedimientos de invitación a cuando menos tres personas o adjudicación directa. El método básicamente está en función de la naturaleza o fin del acto, así como en los montos presupuestarios que se vayan a erogar por la contratación.

  9. Dr. Daniel Ramos Torres

  10. Dr. Daniel Ramos Torres

  11. Dr. Daniel Ramos Torres LAS FACULTADES EXORBITANTES DE LA APF EN LOS CAAS • Las facultades exorbitantes que tienen las Dependencias y Entidades son reflejo de los principios de garantías, mutabilidad, flexibilidad, conmutabilidad, intransferibilidad, suspensión, terminación anticipada y rescisión, que junto con el poder sancionador de las Dependencias y Entidades son creadores del régimen jurídico especial que regula los CAAS.

  12. Dr. Daniel Ramos Torres EXTINCIÓN DE LOS CONTRATOS ESTABLECIDOS EN LA LAASSP Los contratos administrativos establecidos en la LAASSP, se extinguen de dos formas: la normal y la anormal. • La extinción contractualnormal se origina como consecuencia del cumplimiento del objeto del contrato o por el vencimiento del término. • La extinción contractualanormal se refiere a los casos de nulidad y resolución de la relación contractual. El concepto resolución comprende tanto la revocación como la rescisión, los cuales se caracterizan por ser procedimientos que extinguen anticipadamente la relación jurídica entre las partes obligadas en un contrato o convenio.

  13. Dr. Daniel Ramos Torres La siguiente tabla resume las formas de extinción de los contratos regulados en la LAASSP:

  14. Dr. Daniel Ramos Torres CONTROVERSIAS EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN Y DURANTE LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL A) CONTROVERSIAS EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN • Inconformidades • Recurso de Revisión • Juicio de Nulidad • Juicio de Amparo B) CONTROVERSIAS DURANTE LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL • Arbitraje • Jurisdicción Federal Administrativa de Legalidad y Constitucionalidad • Juicio Ordinario Mercantil • Juicio Civil Federal • Jurisdicción de Tribunales Extranjeros

  15. Dr. Daniel Ramos Torres GRACIAS POR SU ATENCIÓN

More Related