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JUSTICIA Y SOCIEDAD

JUSTICIA Y SOCIEDAD. INTEGRANTES : BLADIMIR GUTIERREZ. LAURA NATALIA VIZCAYA. NICOLÁS TARAZONA. LA JUSTICIA.

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JUSTICIA Y SOCIEDAD

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  1. JUSTICIA Y SOCIEDAD INTEGRANTES : BLADIMIR GUTIERREZ. LAURA NATALIA VIZCAYA. NICOLÁS TARAZONA.

  2. LA JUSTICIA La justicia (del latín, Iustitia) es la concepción que cada época y civilización tiene acerca del sentido de sus normas jurídicas. Es un valor determinado por la sociedad. Nació de la necesidad de mantener la armonía entre sus integrantes. Es el conjunto de reglas y normas que establecen un marco adecuado para las relaciones entre personas e instituciones, autorizando, prohibiendo y permitiendo acciones específicas en la interacción de individuos e instituciones.

  3. CLASES DE JUSTICIA. Justicia Comunitaria: La justicia comunitaria es la capacidad que tienen las comunidades para identificar y comprender integralmente sus contextos y conflictos, para construir y emprender estrategias conjuntas para su tratamiento no violento, a partir de sus propios acumulados sociales, económicos, políticos, culturales y ambientales. Justicia Legal: El bien común del Estado o Sociedad Política. Se disciplina mediante la Constitución y cada uno de los códigos de la nación. La justicia legal obliga a los legisladores a crear leyes justas sin intereses de partido o de grupo, y a la vez obliga a los ciudadanos a cumplir con las leyes establecidas. Justicia Social: Comprende el conjunto de decisiones, normas y principios considerados razonables de acuerdo al tipo de organización de la sociedad en general, o en su caso, de acuerdo a un colectivo social determinado.

  4. Justicia Internacional: Va enfocado al bien común internacional y se enfrenta a todo aquello que afecte la felicidad de las naciones, es decir contra el narcotráfico, la piratería aérea o cualquier tipo de piratería, torturas, secuestros, violaciones. Justicia Distributiva: Los principios de la justicia distributiva son principios normativos diseñados para guiar la asignación de los beneficios y las cargas de la actividad económica. Justicia Conmutativa: Se refiere a servicios y derechos que son debidos a otro, como en el caso de la compra-venta y en el salario. Este tipo de justicia se disciplina a través de contratos, que pueden ser escritos o sólo de palabra.

  5. Para santo Tomás, "la justicia es el hábito gracias al cual una persona da a cada uno lo que le corresponde de derecho con voluntad constante. La justicia mira al bien común, que trasciende el bien individual. La justicia-valor y virtud establece la igualdad entre las partes, la reciprocidad entre el derecho y el deber, la paridad entre las personas, el equilibrio entre los objetivos. Así pues, la virtud de la justicia es distinta de las otras virtudes, ya que la igualdad fundamental entre las personas no depende de suyo de la voluntad del agente, como en otras virtudes.

  6. LA SOCIEDAD Es la cuna del ser humano. Por medio de ella, podemos desarrollarnos como tal; ya en la antigüedad, se tomaban muy en serio el tema de la sociedad, y fue así como Aristóteles, en la antigua Grecia antes del nacimiento de Cristo, manifestaba de que el hombre era un ser social por naturaleza. Ya que éste, es un ser perfectible y necesita de la sociedad para perfeccionarse. Por esto la sociedad está hecha para el hombre; sin ir más lejos no debemos olvidar que somos nosotros quienes la conformamos. Pero toda sociedad, debe tender al bien común y no al bien público, ya que el bien público, es el bien de muchos, pero no de todos. En cambio, el bien común, es lo justo para todos. Como somos seres únicos y dignos, merecemos el todo, pero ese todo, debe de ser, para todos. O sea, cada integrante de la sociedad, debe recibir ese todo. Por lo mismo, el fin último de toda sociedad, según esta corriente de pensamiento, es el bien común. Postura que también defendió Santo Tomás.

  7. Muchos tratados han sido escritos, en nombre de la sociedad. Uno de los que más fuerte marcó, el rumbo de la sociedad, fueron los contractualistas. O sea, que el hombre no era un ser social por naturaleza, sino que por necesidad. Ya que el hombre requería del Estado, para salvaguardar la propiedad privada. Principalmente los bienes muebles, el ser humano, requería del Estado para que los protegiera. Por lo mismo, se firmaba un acuerdo o contrato tácito, en el cual se cedían ciertos derechos, en pos de que el Estado, cuidara de la preservación, de la propiedad privada. Esta teoría, fue sumamente controversial en su época, ya que echaba por tierra las teorías clásicas de sociedad. Pero más adelante, acercándose al siglo XXI, se volvió a las ideas más clásicas, defendiéndolas y postulando nuevamente, de que el ser humano es un ser social por naturaleza. La sociedad, le es algo propio, por derecho y no por un contrato. Pensemos, en una persona, que no cuenta con bienes. Por ende, bajo, aquella persona, no es parte de la sociedad. Es ahí, que se retoma la idea, de que somos seres dignos de manera intrínseca. Por lo que merecemos ser parte de la sociedad.

  8. En conclusión… Podemos decir que la sociedad es todo grupo humano que comparte un mismo lugar geográfico. En el cual, las creencias, la cultura, la religión y la historia, se comparten de manera común. La sociedad en sí, es parte de los estudios de la Sociología, Antropología y otras ciencias. Las cuales estudian tanto al ser humano, como ser y a la sociedad, como un conjunto de seres.

  9. LA GUERRA DE LAS MALVINAS

  10. 480 KM 12.000 KM

  11. Las islas fueron descubiertas por exploradores Españoles en 1592, posteriormente los franceses sin consentimiento de los españoles se tomaron como propias las islas, España protesto y los franceses en 1796 las evacuaron reconociendo la soberanía Española, en ese mismo lapso de tiempo gran Bretaña también quiso apropiarse de la isla fundando un asentamiento llamado Puerto Egmont, España logro la retirada de lo británicos en 1776 en el marco de los acuerdos llamados Convenciones de Nutka, justificando que habían sido los primeros descubridores, los británicos también reclamaban los derechos de descubrimiento por partes del territorio que no habían sido descubiertos por los españoles, al final gracias al acuerdo de Nutka (que decía que no se podían construir asentamientos permanentes y que los territorios descubiertos serian del país que los colonizo) se evito una guerra, en 1811 los españoles también desalojaron la isla la cual quedo desierta siendo visitada solo sus respectivos dueños para la explotación de recursos, y por barcos Balleneros de diversos países.

  12. 9 años después En 1820 el gobierno de Buenos Aires envió una fragata a tomar posesión y reafirmar sus derechos sobre las Malvinas justificando que estaban en su territorio, creando así puertos y asentamientos. 10 años después en 1830 llegaron fragatas de guerra británica  al mando del capitán John James Onslow, quien comunicó al jefe argentino que iba a reafirmar la soberanía británica y retomar posesión de las islas en nombre del rey, el capitán Argentino José maría pinedo  no se consideró en condiciones de resistir y optó por embarcar a sus hombres y retornar a Argentina. Al día siguiente desembarcaron las fuerzas británicas, izaron su pabellón y remplazaron el que había dejado Pinedo, tomando posesión de las Malvinas.

  13. Se Desato La Guerra Tras 149 años de administración británica ininterrumpida, fuerzas militares argentinas invadieron y ocuparon a la fuerza las Malvinas el 2 de abril de 1982,  El gobierno británico respondió con el envío de una fuerza naval que desembarcó seis semanas más tarde y después de duros combates forzaron la rendición argentina el 14 de junio de 1982, restableciendo la administración británica sobre las Malvinas. A pesar de estar lejos de casa gran Bretaña había salido con experiencia de la segunda guerra mundial, y también conto con apoyo de armamento de Estados unidos, Argentina con su baja experiencia solo conto con apoyo Brasileño.

  14. Después de la guerra, los isleños obtuvieron la plena ciudadanía británica, su estilo de vida fue mejorando por las inversiones que hizo Gran Bretaña y la liberalización de las medidas económicas que habían estado paralizadas para evitar conflictos con Argentina. En 1985, fue promulgada una nueva constitución, la cual dio mayor nivel de autonomía a los isleños.

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