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¿Qué es la Justicia Global? Thomas Pogge Comentario de Texto

¿Qué es la Justicia Global? Thomas Pogge Comentario de Texto. En Hacer justicia a la humanidad . Thomas Pogge . México, FCE, 2009. pp. 51-64 María José Guerra Palmero. Universidad de La Laguna. Marzo 2010 Universidad de Guanajuato . . Reorientando el análisis:.

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¿Qué es la Justicia Global? Thomas Pogge Comentario de Texto

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Presentation Transcript


  1. ¿Qué es la Justicia Global?Thomas PoggeComentario de Texto En Hacer justicia a la humanidad. Thomas Pogge. México, FCE, 2009.pp. 51-64 María José Guerra Palmero. Universidad de La Laguna. Marzo 2010 Universidad de Guanajuato.

  2. Reorientando el análisis: • Justicia global / justicia internacional, ética internacional, ley de las naciones. • Distinciones: • 1.Enfoque: • Análisis moral interactivo. Agentes. • Análisis moral institucional. Instituciones. • 2. Marco de análisis: • Relaciones intranacionales. • Relaciones internacionales.

  3. Gobiernos: • Soberanía interna. • Soberanía externa. • Valoraciones normativas separadas: • Justicia dentro del Estado • Ética internacional. • Del análisis interactivo: • Agentes. Pobres: culpables de su pobreza. • Del análisis institucional: • Estructura social y límites a la movilidad social.

  4. Keynes y el New Deal nos enseñaron la responsabilidad de las políticas públicas. • Diseño institucional y su efecto sobre la satisfación o frustración de necesidades humanas. • Articulación filosófica de lo anterior: • Teoría de la Justicia, Rawls, 1971 • Instituciones sociales- Justicia. • Análisis moral institucional aplicado a la organización interna de un Estado.

  5. Ausencia de análisis institucional para el orden internacional. • Actores: gobiernos de los Estados Nación. • Fallo perceptivo : el orden internacional y sus instituciones. • Rawls no es fiel a su enfoque al enfrentar las relaciones internacionales. • Vuelve al análisis moral interactivo. • Teoría de la ética internacional, no de la justicia.

  6. “ El concepto de la justicia global echa abajo la separación tradicional entre relaciones intranacionales e internacionales y extiende el análisis moral institucional a todo el campo.” • Revierte distinciones tradicionales de la ética y de la ciencia política.

  7. “¿Qué motiva esta dramática reorientación?” • Un mundo habitado sólo por Estados. No se sostiene. • Otros agentes: multinacionales, organizaciones internacionales, asociaciones regionales, Ongs, … • La orientación anterior no era adecuada moralmente: los gobiernos no expresan siempre los intereses de sus pueblos. • Ej. País africano, etc. Recursos, costes laborales y ambientales.

  8. Frente a la norma de cumplir los acuerdos internacionales// • La falta de legitimidad de acuerdos que expropian de sus recursos a los habitantes de un país y que arruina su medio ambiente. • Nigeria y la Shell

  9. Privilegios de los gobiernos para endeudarse y vender recursos • Empobrecedores, • Opresivos, • y Desestabilizadores. • Implicación de los ciudadanos de los países ricos en los horrores –pobreza y violencia- de los pobres.

  10. “ El antiguo marco era cómodo: compartimos la responsabilidad por el orden institucional de nuestra sociedad y por los numerosos perjuicios que ocasiona a nuestros conciudadanos. …En este marco tradicional no cargamos con ninguna responsabilidad por la violencia y la pobreza que se inflige a los extranjeros dentro de la caja negra de su propio Estado.” p. 57

  11. Incomodidad del enfoque de la Justicia Global • ¿Cómo debe ser juzgado en términos morales el orden global vigente? • Incidencia de daños moralmente significativos: • EJS. • OMC – agricultura y proteccionismo de los países ricos. • Afianzamiento de dictaduras y regímenes opresivos.

  12. Objeciones al nuevo marco: • 1) Orden institucional global inmune a la crítica dado el consentimiento de los estados más pobres y menos poderosos. • Respuestas: • Consentimiento otorgado por los Gobiernos. • No se pueden ceder derechos inalienables de sus súbditos. • Cesión de derechos. Edad mínima. Infancia.

  13. “Un orden global e institucional que de un modo previsible y evitable produce un gran exceso de violencia y pobreza severa no puede ser justificado ni siquiera por el consentimiento unánime de todos sus miembros.” p. 61

  14. 2) “El auténtico sentido y meta de los gobiernos es representar y promover los intereses de su pueblo.” • Respuestas: • Límites a esto: “no es permisible asesinar a gente inocente para favorecer nuestros propios intereses”, “tampoco es permisible para nuestro gobierno que lo haga en nuestro nombre” p. 61. • Ej. Guerra de Afganistán.

  15. Parcialidad de los gobiernos limitada. • “Campo de juego nivelado”, la idea de una competición justa. • Lograr que el Orden Institucional Global sea un campo de juego nivelado. • Reformas institucionales globales: contra la pobreza severa y la violencia. • Ej. OMC

  16. ¿Qué es la justicia global? • “El uso generalizado de la expresión “justicia global” indica un cambio en la estructura del discurso moral. Tradicionalmente, las relaciones internacionales se consideraban como algo distinto de la justicia nacional. Antes se centraban en las interacciones entre los Estados, y luego se consideró el diseño del orden institucional nacional a la luz de sus efectos sobre los ciudadanos.

  17. Ese análisis moral institucional se empieza a aplicar a los arreglos institucionales supranacionales, hoy más influyentes e importantes en la vida de las personas. La perspectiva tradicional sugería acuerdos justos entre los Estados. La nueva perspectiva muestra que el orden institucional global es injusto pues enriquece a las élites de los países ricos y pobres, y perpetúa la opresión y el empobrecimiento de las mayorías.” Thomas Pogge

  18. “La importancia de este enfoque de la justicia global va más allá de la filosofía. Es esencial para hacer posible que los ciudadanos corrientes, en particular los ciudadanos de los países desarrollados, lleguen a una comprensión adecuada de su situación moral y sus responsabilidades.

  19. Y es también muy útil para impulsar a los científicos sociales, en especial a los economistas del desarrollo, para que superen su sesgo hacia lo que denomino “nacionalismo explicativo”: su tendencia a explicar el fenómeno de la pobreza y del hambre en términos de factores causales internos a las sociedades en las que se presenta.

  20. Por válidas y útiles que sean, esas explicaciones nacionalistas se deben complementar con investigaciones sustanciosas de los efectos comparativos de los factores institucionales globales sobre la incidencia de la pobreza extrema en todo el mundo.

  21. Es satisfactorio que el desarrollo del enfoque de la justicia global muestre de una vez por todas que la lechuza de Minerva despliega sus alas antes del anochecer, que la filosofía puede dar un fuerte impulso conceptual a la economía, la ciencia política y la política. Sin embargo, aún está por verse qué efecto tendrá este impulso.” Thomas Pogge

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