1 / 17

TALLER DE DECRETOS

TALLER DE DECRETOS. DRA. SUSANA BEATRIZ PIGA. DRA. MARIA LORENA VELARDEZ. DRA. MONICA PATRICIA ABATE. TRASLADO DE LA DEMANDA: FUNDAMENTO. Una vez proveída la demanda, corresponde correr traslado de la demanda, el cual se fundamenta en el derecho

carrie
Télécharger la présentation

TALLER DE DECRETOS

An Image/Link below is provided (as is) to download presentation Download Policy: Content on the Website is provided to you AS IS for your information and personal use and may not be sold / licensed / shared on other websites without getting consent from its author. Content is provided to you AS IS for your information and personal use only. Download presentation by click this link. While downloading, if for some reason you are not able to download a presentation, the publisher may have deleted the file from their server. During download, if you can't get a presentation, the file might be deleted by the publisher.

E N D

Presentation Transcript


  1. TALLER DE DECRETOS DRA. SUSANA BEATRIZ PIGA DRA. MARIA LORENA VELARDEZ DRA. MONICA PATRICIA ABATE

  2. TRASLADO DE LA DEMANDA: FUNDAMENTO Una vez proveída la demanda, corresponde correr traslado de la demanda, el cual se fundamenta en el derecho de defensa en juicio como una garantía al demandado, consagrado en la Constitución Nacional y Provincial, y que respeta la inviolabilidad de la defensa en juicio.- REACCIÓN DEL DEMANDADO CIVIL POSIBLES ACTITUDES 1) ABSTENCIÓN 4) RECONVENCIÓN (Incomparencía o silencio) (contraataca) 3) CONTRADICCIÓN 2) SUMISION (ALLANAMIENTO A LA PRETENSIÓN) a) OPOSICIÓN (niega la existencia de los hechos y el derecho) b) EXCEPCIÓN Afirma la existencia de un hecho, impeditivo, o invalidativo respecto del hecho constitutivo afirmado por el actor

  3. REACCIÓN DEL DEMANDADO CIVIL POSIBLES ACTITUDES ABSTENCIÓN: Incomparencia o silencio CONSECUENCIA: 1° Se da por decaído el derecho que ha dejado de usar .– Se tiene por constituido el domicilio en los Estrados del Tribunal.- 2° Las resoluciones posteriores salvo la de la audiencia para absolver posiciones y la sentencia se notifican conforme el Art. 136 (automático Art. 43 del C. P. C. C..-

  4. REACCIÓN DEL DEMANDADO CIVIL POSIBLES ACTITUDES LA SUMISIÓN: a) ALLANAMIENTO (A LA PRETENSION) b) CONFESION (SOLO DE HECHOS) c) RECONOCIMIENTO (SOLO DE DERECHOS) a) ALLANAMIENTO: sumision a la pretension, se entiende como un premio a la actitud del demandado.- REQUISITO: Derecho disponible (control de la autoridad) EXIMICIÓN DE COSTAS (allanamiento, oportuno, real incondicionado, total y efectivo)

  5. REACCIÓN DEL DEMANDADO CIVIL POSIBLES ACTITUDES LA CONTRADICCIÓN Significa una verdadera resistencia a la pretensión demandada y puede consistir en: a) OPOSICIÓN b) EXCEPCIÓN

  6. a) OPOSICIÓN: El demandado se limita a negar la existencia de los hechos o del derecho invocado por el actor.- Negando el hecho constitutivo ejemplo al contestar la demanda simple expresa que el actor no le vendió la cosa objeto del cumplimiento del contrato.- b) EXCEPCIÓN: El demandado no se limita a negar, al contrario afirma la existencia de un hecho de carácter impeditivo, extintivo o invalidativo respecto del hecho constitutivo afirmado por el actor en su demanda.- Por ejemplo yo ya pague

  7. BIENVENIDOS AL SEGUNDO DECRETO Una vez proveída la demanda, puede pasar que el DEMANDADO… 1.- NO COMPAREZCA en cuyo caso y a pedido del actor se lo declarará REBELDE (ART. 62 CPCC) 2.-Que el demandado COMPAREZCA (denuncie domicilio real y constituya el domicilio procesal), Y NO DIGA NADA MAS. (Controlar patrocinio, poder, participación provisorio, nombre del/los demandados que se presentan. 3.- Se SOMETA a la pretensión del actor o sea SE ALLANA (Art. 311 del CPCC). 4.- OPONGA EXCEPCIONES (Art. 349/350 del CPCC). 5.- CONTESTE Debe agregar la documental (Art. 336 del CPCC) 6.- CONTESTE (Art. 359 y s. s.) Y OPONGA EXCEPCIONES 7.- PIDA QUE SE ACUMULEN LOS PROCESOS (Art. 198 y s. s. del CPCC) 8.- RECONVENGA (Art. 361 del CPCC) 9.- PLANTEE NULIDAD DE NOTIFICACION

  8. ENTONCES: QUE DEBEMOS HACER ????? 1.- Revisar que se encuentren agregadas las cedulas de notificación. 2.- En caso afirmativo, proveer la presentación realizada… Controlar: Encabezado, quien se presenta, en que carácter, domicilios, si viene con patrocinio, con apoderado, etc… idéntico al caso del proveído de la demanda. 3.- CONTROLAR con la cedula los plazos del traslado para ver si la presentación ha sido realizada en tiempo y forma, si el proceso estaba suspendido, si han contestado todos los demandados. IMPORTANTÍSIMO!!!!! Por las EXCEPCIONES PREVIAS, INCIDENTES (NULIDAD DE NOTIFICACIÓN POR EJEMPLO) y por LA CONTESTACIÓN DE DEMANDA.

  9. SE ABSTIENE - Incomparencia o silencio EXPTE. Nro: xxxxxxxxx EN autos caratulados xxxxxxxx contra xxxxx sobre xxxxx.- Santiago del Estero de del dos mil Catorce.- Agréguese el recaudo que adjunta y téngase presente.- Atento lo solicitado, constancias de autos no habiendo el demandado debidamente notificado, comparecido a estar a derecho, no ha constituido domicilio procesal, ni ha contestado la demanda en tiempo y forma, dentro del termino legal señalado a tal efecto el cual se encuentra vencido, téngase por constituido el domicilio en los Estrados del Tribunal, y dásele por decaído el derecho que ha dejado de usar, haciéndole saber que las sucesivas resoluciones serán notificadas en la forma y oportunidad del ar. 136 del C. P. C.C..- Asimismo declarase la cuestión como de puro derecho y córrase nuevo traslado por su orden a los fines de ley.-

  10. CONTESTO DEMANDA - ORDINARIO - SIMPLE EXPTE. Nro: xxxxxxxxx EN autos caratulados xxxxxxxx contra xxxxx sobre DAÑOS Y PERJUICIOS – BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS.- Santiago del Estero de del dos mil Catorce.- Por presentado, con el domicilio procesal constituido, por denunciado el real, y por parte en el carácter invocado, dásele participación en merito la copia del poder que adjunta en copia debidamente certificada por xxxxxxx.- Téngase por evacuada en tiempo y forma el traslado de la demanda – Téngase presente las pruebas ofrecidas para su oportunidad a lo demás oportunamente si procediere.-

  11. CONTESTACION DE DEMANDA Y AGREGACION DE PRUEBA DOCUMENTAL EXPTE. Nro: xxxxxxxxx EN autos caratulados xxxxxxxx contra xxxxx sobre DAÑOS Y PERJUICIOS – BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS.- Santiago del Estero de del dos mil Catorce.- Por presentado, con el domicilio procesal constituido, por denunciado el real, y por parte en el carácter invocado, dásele participación en merito la copia del poder que adjunta en copia debidamente certificada por xxxxxxx.- Téngase por evacuada en tiempo y forma el traslado de la demanda – De la documental que acompaña córrase traslado al actor por el termino de cinco días con las copias respectivas y bajo apercibimiento de ley (art. 360 inc. 1° segunda parte del C. P C.C.).- Téngase presente las demás pruebas ofrecidas para su oportunidad a lo demás oportunamente si procediere.- Notifíquese personalmente o por cedula.- (art. 138 inc. 1° del C. P. C. C.)

  12. DECLARACION DE REBELDIA (SIMPLE) EXPTE. Nro: xxxxxxxxx EN autos caratulados xxxxxxxx sobre DAÑOS Y PERJUICIOS.- Santiago del Estero de del dos mil Catorce.- Agréguese la cedula diligenciada que acompaña y téngase presente.- De conformidad a lo solicitado y constancias de autos, y lo dispuesto por el Art. 62 del C. P. C. C., no habiendo la parte demandada debidamente notificada, comparecido a estar a derecho, no ha constituido domicilio procesal, ni ha evacuado el traslado de la demanda en tiempo y forma, téngase por constituido el domicilio en los Estrados del Tribunal, dásele por decaído el derecho que ha dejado de usar y decláreselo rebelde haciéndole saber que las sucesivas providencias serán notificadas automáticamente conforme el (Art. 62 tercer párrafo del C. P. C. C.).- Notifíquese personalmente o por cedula.- Art. 62 del C. P. C. C.

  13. DECLARACION DE REBELDIA Y LA CUESTION COMO DE PURO DERECHO EXPTE. Nro: xxxxxxxxx EN autos caratulados xxxxxxxx c/xxxxxxxx.- Santiago del Estero de del dos mil Catorce.- Agréguese la cedula diligenciada que acompaña y téngase presente.- De conformidad a lo solicitado y constancias de autos, y lo dispuesto por el Art. 62 del C. P. C. C., no habiendo la parte demandada debidamente notificada, comparecido a estar a derecho, no ha constituido domicilio procesal, ni ha evacuado el traslado de la demanda en tiempo y forma, téngase por constituido el domicilio en los Estrados del Tribunal, dásele por decaído el derecho que ha dejado de usar y decláreselo rebelde haciéndole saber que las sucesivas providencias serán notificadas automáticamente conforme el (Art. 62 tercer párrafo del C. P. C. C.) asimismo, declárese la cuestión como de puro derecho y córrase nuevo traslado a las partes por su orden y por el termino de ley.- Notifíquese personalmente o por cedula.- (Art. 138 del C. P. C. C.)

  14. COMPARECE - CONSTITUYE DOMICILIO PROCESAL EXPTE. Nro: xxxxxxxxx EN autos caratulados xxxxxxxx c/xxxxxxxx SOBRE DAÑOS Y PERJUICIOS – BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS.- Santiago del Estero de del dos mil Catorce.- Por presentado, con el domicilio procesal constituido, por denunciado el real, y por parte en el carácter invocado, dásele participación en merito la copia del poder que adjunta en copia debidamente certificada por xxxxx.-

  15. PRESENTACION Y ALLANAMIENTO EXPTE. Nro: xxxxxxxxx EN autos caratulados xxxxxxxx c/xxxxxxxx SOBRE xxxxx Santiago del Estero de del dos mil Catorce.- Por presentado, con el domicilio procesal constituido, por denunciado el real, y por parte en el carácter invocado, dásele participación en merito la copia del poder que adjunta en copia debidamente certificada por xxxxx.- Téngase presente el allanamiento efectuado conforme el Art. 311 del C. P. C. C. y del pedido de eximición de costas (Art. 73 del C. P. C. C.) traslado a la contraria por el termino de ley.- Notifíquese personalmente o por cedula.- A lo demás, oportunamente si procediere.-

  16. PRESENTACION Y PLANTEO DE EXCEPCIONES EXPTE. Nro: xxxxxxxxx EN autos caratulados xxxxxxxx c/xxxxxxxx SOBRE DAÑOS Y PERJUICIOS – BENEFICIO DE LITIGAR SI GASTOS xxxxx Santiago del Estero de del dos mil Catorce.- Por presentado, con el domicilio procesal constituido, por denunciado el real, y por parte en el carácter invocado, dásele participación en merito la copia del poder que adjunta en copia debidamente certificada por xxxxx.- Téngase por interpuesto en la excepción de xxxx (Art. 350 y 352 del C. P. C. C.) en tiempo y forma el Art. 349 del C. P. C. C., de la misma córrase traslado a la parte contraria por el termino de ley (Art. 353 del C. P. C. C.).- Notifíquese personalmente o por cedula (Art. 138 Inc. 2 del C. P. C. C.).-

  17. MUCHAS GRACIAS

More Related