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Primeras Jornadas M.E.F. - C.G.N.

Primeras Jornadas M.E.F. - C.G.N. El Sistema Integrado de Información Financiera: Instrumento indispensable de transparencia institucional. Las Normas Contables. ¿Deberíamos considerar modificaciones en las disposiciones vigentes? Cra. Laura Cayón. Normativa vigente Jurídicas:

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Presentation Transcript


  1. Primeras Jornadas M.E.F. - C.G.N. El Sistema Integrado de Información Financiera: Instrumento indispensable de transparencia institucional. Las Normas Contables. ¿Deberíamos considerar modificaciones en las disposiciones vigentes? Cra. Laura Cayón

  2. Normativa vigente Jurídicas: • TOCAF: Título III. Del Registro y Control de las Operaciones • Capítulo I - Del Registro – Arts. 93 a 103 • Ordenanza del Tribunal de Cuentas Nº 81 Profesionales • Normas Internacionales Contabilidad del Sector Público NICSP) - para Organismos del Presupuesto Nacional y Gobiernos Departamentales. • Normas Internacionales Contabilidad (NICS) - para Empresas del dominio industrial y comercial del Estado.

  3. ¿ Que nos dicen las disposiciones vigentes? Con relación a los criterios contables de registración Explícitamente no hace referencia a ningún criterio. TOCAF. OTC 81 NICsp Contabilidad Patrimonial Criterio de lo devengado en ingresos y gastos.

  4. ¿ Que nos dicen las disposiciones vigentes? Con relación a los criterios contables de registración Criterio Mixto. Ingresos: criterio de lo percibido Gastos: criterio de lo devengado, con la convención de que los anticipos se consideran gastos ejecutados. TOCAF. OTC 81 NICsp Contabilidad Presupuestal Explícitamente no hace referencia a ningún criterio. La exposición de la ejecución presupuestal depende de los criterios contables adoptados.

  5. ¿ Que consecuencias tiene en la aplicación de un sistema integrado de información financiera? • Si se preserva la integridad de la información, para hacer converger: • el criterio mixto de la contabilidad presupuestal • con el criterio devengado de la contabilidad patrimonial • se deben realizar múltiples ajustes, • los cuales deben exponerse en los Estados Contables.

  6. ¿Deberíamos considerar modificaciones en las disposiciones vigentes? • Si existiera convergencia en cuanto a los criterios contables aplicados, podrían darse los siguientes beneficios: • Simplificación en el diseño del modelo integrado • Uniformidad y simplicidad en las registraciones contables • Eliminación de la necesidad de conciliar la información por aplicación de criterios contables divergentes • Transparencia de la información que emana del sistema integrado. • Y por último deberíamos preguntarnos ¿Qué beneficios existen de mantener criterios divergentes?

  7. Muchas gracias.

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