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Tema 4 LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS.

Tema 4 LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS. 4.1 EL DERECHO DE AUTONOMÍA. 4.2 LOS ESTATUTOS DE AUTONOMÍA. 4.2.1. Contenidos mínimos de los Estatutos de Autonomía. 4.3 LAS INSTITUCIONES AUTONÓMICAS. A) Asamblea legislativa B) Consejo de Gobierno C) Tribunal Superior de justicia.

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Tema 4 LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS.

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Presentation Transcript


  1. Tema 4 LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS. 4.1 EL DERECHO DE AUTONOMÍA. 4.2 LOS ESTATUTOS DE AUTONOMÍA. 4.2.1. Contenidos mínimos de los Estatutos de Autonomía. 4.3 LAS INSTITUCIONES AUTONÓMICAS. A) Asamblea legislativa B) Consejo de Gobierno C) Tribunal Superior de justicia. 4.4 LAS COMPETENCIAS Y SU DISTRIBUCIÓN. 4.5 CLASES DE COMPETENCIAS. 4.6 FINANCIACIÓN DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS.

  2. 4.1 EL DERECHO DE AUTONOMÍA. La administración autonómica y local Está regulada En la Constitución Título VIII “De la organización territorial del Estado” art. 137-158. I- Principios Generales El Título VIII está dividido en 3 capítulos II- De la admón. Local III- De las C.C.A.A.

  3. El derecho de autonomía Se basa En el principio de solidaridad (art. 2 de la Constitución) entre C.C.A.A. Que viene a significar Que entre C.C.A.A. debe existir un equilibrio económico, adecuado y justo entre las diversas partes del territorio español, y atendiendo en particular a las circunstancias del hecho insular. Existen en España 17 Comunidades Autónomas y 2 ciudades autónomas que son Ceuta y Melilla.

  4. 4.2 LOS ESTATUTOS DE AUTONOMÍA. • Son norma institucional Básica de cada C.C.A.A. • Tienen rango de leyes orgánicas. • Se consideran como una peculiar Constitución de cada C.C.A.A. • A los Estatutos de Autonomía se subordinan el resto de normas jurídicas de la comunidad. • CONTENIDO MÍNIMO DE LOS ESTATUTOS. • La denominación de la Comunidad. • La delimitación de su territorio. • La denominación de las instituciones autonómicas propias. • Las competencias asumidas.

  5. 4.3 LAS INSTITUCIONES AUTONÓMICAS. La organización institucional autonómica (art. 152 de la Constitución) En una Asamblea legislativa Presidente Se basa Un consejo de Gobierno Vicepresidente Consejeros Un Tribunal Superior de Justicia A) LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

  6. B) EL CONSEJO DE GOBIERNO.

  7. C) EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA. • Extienden su jurisdicción a todo el territorio de la C.C.A.A. • Dispone de 4 salas: Civil, Penal, Contencioso-administrativo, Social.

  8. D) OTROS ÓRGANOS INSTITUCIONALES.

  9. 4.4. LAS COMPETENCIAS Y SU DISTRIBUCIÓN. ¿Qué es competencia? ¿Qué es materia? • Es la potestad (ejecutiva y legislativa) que se ejerce sobre una materia. Ejemplo dictar leyes y reglamentos desarrollar la normativa estatal, aplicar la misma, ejercer el poder ejecutivo, etc. • Son ámbitos de actuación sobre los que se ejercen las competencias. Ejemplo sanidad, educación, medio ambiente. Las competencias entre el Estado y las C.C.A.A. se contienen en los artículos 148 y 149 de la Constitución. El Tribunal Constitucional es el encargado de resolver los conflictos sobre competencias entre el Estado y las C.C.A.A.

  10. 4.5. CLASES DE COMPETENCIAS. Son: Exclusivas, Compartidas y Concurrentes. A) EXCLUSIVAS. DE LA C.C.A.A. DEL ESTADO • Artículo 149.1 de la Constitución. • No hay intervención de la C.C.A.A. • Ejemplo: justicia, defensa, frontera o hacienda general. • Ejerce las competencias que no hayan sido asumidas por las C.C.A.A. • Art. 148.1 de la Constitución • Las que están asumidas en los Estatutos de Autonomía. • Las que no se prevea la intervención del Estado.

  11. B) COMPETENCIAS COMPARTIDAS Comparten una misma materia. EL ESTADO Y LAS C.C.A.A. Se reparten las competencias Asumen funciones distintas que no se interfieren. Ej. Legislación civil, laboral, penal…

  12. C) COMPETENCIAS CONCURRENTES EL ESTADO Y LAS C.C.A.A. EJERCEN AMBOS TODO TIPO DE COMPETENCIAS CON CARÁCTER COMPLEMENTARIO. Ej. Promoción al deporte y turismo, fomento a la cultura e investigación, sanidad e higiene, etc. COMPARTEN UNA MISMA MATERIA

  13. D) AMPLIACIÓN DE COMPETENCIAS. Las competencias de las C.C.A.A. pueden ser modificadas por: El Estado mediante Ley Orgánica transfiere o delega materias de titularidad estatal. Reforma de los Estatutosde Autonomía

  14. 4.6 FINANCIACIÓN DE LAS C.C.A.A. ART. 157 DE LA CONSTITUCIÓN. LOS RECURSOS DE LAS C.C.A.A. se constituyen por: • Impuestos cedidos por el Estado. • Sus propios impuestos, tasas y contribuciones especiales (contribuciones urbanas, rurales). • Transferencias de un fondo de Compensación Interterritorial (son asignaciones para corregir el desequilibrio económico de los distintos territorios de España). • Asignaciones con cargo a los Presupuestos Generales del Estado. • Rendimiento de su patrimonio e ingresos de derecho privado. Ejemplo alquileres, prestaciones de servicio. • El producto de operaciones de crédito ante bancos u otras entidades financieras.

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