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Administración Pública Competencias- Actos administrativos. Lic. Alexis Salas Vega Asesoría Laboral Dirección de Bienestar Laboral. Principios y Derechos Constitucionales. Constitución Política Principio de Legalidad (11) Libertad de Petición (27) Principio de Libertad (28)
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Administración Pública Competencias- Actos administrativos. Lic. Alexis Salas Vega Asesoría Laboral Dirección de Bienestar Laboral
Principios y Derechos Constitucionales • Constitución Política • Principio de Legalidad (11) • Libertad de Petición (27) • Principio de Libertad (28) • Principio de Igualdad (33) • Principio del Debido Proceso (39) • Principio Justicia Pronta y Cumplida (41)
Concepto de Derecho “Sistema de normas que regulan la conducta humana de manera bilateral, externa y coercitiva, con el propósito de hacer posibles los valores y principios en los que cree la sociedad.”. (Eduardo Couture)
ConceptoAdministración General “Es el proceso de diseñar y mantener un ambiente donde individuos, que trabajan juntos en grupos, cumplen metas específicas de manera eficiente. Proceso Administrativo: Planear, organizar, integrar, dirigir y controlar.” (Harold Koontz)
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Conjunto de entes y órganos que realizan la actividad administrativa del Estado.
CONSTITUCION POLITICA ARTICULO 11: “Los funcionarios públicos son simples depositarios de la autoridad y no pueden arrogarse facultades que la Ley no les concede ...”
Votos de la Sala Constitucional: “...El artículo once de la Constitución Política consagra el principio de legalidad. Este principio significa que los actos y comportamientos de la Administración deben estar regulados por norma escrita, lo que significa, desde luego, el sometimiento a la Constitución y a la ley, preferentemente, y en general a todas las otras normas del ordenamiento jurídico...En este sentido es claro que, frente a un acto ilícito o inválido, la Administración tiene, no solo el deber sino la obligación, de hacer lo que esté a su alcance para enderezar la situación...” (Voto No. 897-98) .
LEY GENERAL ADMINISTRACION PUBLICA (1978). ARTICULO 11: “La Administración pública actuará sometida al ordenamiento jurídico y solo podrá realizar aquellos actos o prestar aquellos servicios públicos que autorice dicho ordenamiento según la escala jerárquica de sus fuentes...”
Jerarquía de las fuentes del ordenamiento jurídico Constitución Política Tratados Internacionales y C.,A,. Leyes y Actos con Valor de Ley Decretos del Poder Ejecutivos Reglamentos Poder Ejecutivo y de Entes Desc. Manuales, Instructivos, Circulares Disposiciones Internas
LEY GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FUNCIONARIO PUBLICO: Persona que presta los servicios a la administración, en virtud de un acto válido y eficaz de investidura y competencia.
Artículo 111 Ley General de la Administración Pública Servidor Público 1. Es servidor público la persona que presta servicios a la Administración o a nombre y por cuenta de ésta, como parte de su organización, en virtud de un acto válido y eficaz de investidura, con entera independencia del carácter imperativo, representativo, remunerado, permanente o público de la actividad respectiva.
FUNCIONARIO PUBLICO “....quien ha escogido la función pública se encuentra, en virtud dela citada disposición constitucional (artículo 11), bajo la vigilancia constante del conglomerado social, en relación con su vida pública y en algunos casos de la privada, sin poder alegar que esa esfera de su persona debe ser sustraída de esa vigilancia o fiscalización, lo que sí puede alegar en su favor el particular, quien en protección de su ámbito de intimidad, goza de un mayor espacio de actividad...Sí se escoge la función pública como fuente de trabajo, se deben permitir ciertas injerencias en el reservado círculo de acción, en interés de una sana administración...” (Voto No. 541-96).
Principio de Legalidad • Acción administrativa debe de adecuarse a la totalidad del Sistema Normativo (bloque de legalidad) • Actuar en contra del bloque de Legalidad implicauna infracción del ordenamiento jurídico.
FUNCION PUBLICA • Cumplimiento actividades esenciales. • Se perfecciona con el vínculo administración-persona. • Acto de nombramiento de la administración. • Aceptación por parte del funcionario.
COMPETENCIAS VINCULO JURIDICO DEBERES DERECHOS OBLIGACIONES
DEBERES DE LA FUNCION PUBLICA • Fidelidad: Cumplimiento cabalmente de su cargo. • Obediencia: Artículo 108 LGAP • Dedicación al cargo: Compromiso con la Institución. • Deber de actuar con dignidad y honorabilidad: Decoro en el desempeño y en su vida social. • Discreción y secreto profesional. • Deber de cuidado. • Actualización.
Delito • Acción • Típica • Antijurídica • Culpable
DOLO Conciencia del acto ilícito saber y querer hacerlo
CULPA Imprudencia Negligencia Impericia Desatención o descuido. Falta a un deber de cuidado, no obstante ser previsible o lo previó, pero no observó la conducta necesaria para evitarlo.
IMPRUDENCIA • Comportamiento ligero. • Forma de obrar sin precaución. • Despierta reacciones exageradas sin preocupación por el daño. • Exceso de actividad riesgosa.
Negligencia Conducta omisiva, contraria a las normas que imponen un actuar presto, atento, ávido, en fin por evitar la realización de un resultado dañoso o peligroso. Omisión: Desatención Modo de ejercer la conducta: Comportamiento, pereza.
Impericia Falta de conocimiento técnico Impericia Absoluta: Se actúa fuera del campo en que está autorizado para ejercer la profesión. Impericia Relativa: Escasa competencia técnica.
De la responsabilidad del servidor público Artículo 199: “1. Será responsable personalmente ante terceros el servidor público que haya actuado con dolo o culpa grave en el desempeño de sus deberes o con ocasión del mismo, aunque solo haya utilizado los medios y oportunidades que le ofrece el cargo”.
Clases de responsabilidad del funcionario: • Penal • Civil • Administrativa
ACTOS ADMINISTRATIVOS Manifestación de voluntad unilateral de un funcionario público en el ejercicio de sus potestades administrativas, dirigida a producir efectos jurídicos
ACTO ADMINISTRATIVO ELEMENTOS Sujeto FORMALES Procedimiento Forma Motivo MATERIALESContenido Fin
Elementos Formales SUJETO: Órgano encargado de dictar el acto. -INVESTIDURA: Acto formal de nombramiento. -COMPETENCIA: Atribuciones para realizar su actuación.
Elementos Formales PROCEDIMIENTO Conjunto de etapas. Camino que debe seguirse para la creación de un acto administrativo. FORMA Deberá expresarse por escrito, indicar el órgano agente, derecho aplicable, disposición, fecha y firma y cargo.
Elementos Materiales MOTIVO Conjunto de circunstancias que ocasionan la aparición del acto. Debe ser lícito, posible, claro y preciso. Propósito, objetivo que el acto persigue. CONTENIDO FIN
Comunicación de los actos administrativos (art. 134 LGAP) • Escrito • Salvo (naturaleza o circunstancia) exija forma diversa
Cumplimiento de todos los elementos del acto • Efectos - eficacia
COMUNICACIÓN DE ACTOS ART. 239 L.G.A.P. TODO ACTO O PROCEDIMIENTO QUE AFECTE DERECHOS O INTERESES DE LAS PARTES O DE UN TERCERO DEBERA SER DEBIDAMENTE COMUNICADO. COMUNICACIÓN SE HARA POR MEDIO DE PUBLICACIÓN (ACTOS GENERALES) O POR MEDIO DE NOTIFICACIÓN (ACTOS CONCRETOS). REGULARIDAD CONTINUIDAD OPORTUNIDAD
NOTIFICACION POR DIARIO OFICIAL SI NO CONSTA EN EL EXPEDIENTE LA RESIDENCIA, LUGAR DE TRABAJO, U OTRO DIRECCION. ( 3 VECES ) NOTIFICACIONES PERSONALES DEBE CONSIGNAR FIRMA DEL INTERESADO, FIRMA DEL NOTIFICADOR, HORA Y FECHA. REGULARIDAD OPORTUNIDAD
NOTIFICACION POR FAX SI LA NOTIFICACION NO PASA, SE HARA UN MÁXIMO DE 5 INTENTOS EN EL MISMO DÍA, SE DEBE DEJAR CONSTANCIA EN EL EXPEDIENTE DE LAS CINCO ACCIONES REALIZADAS. EFICIENCIA • CAUSALES DE NULIDAD • HECHA POR MEDIO INADECUADO • FUERA DEL LUGAR DEBIDO • QUE SEA OMISA. REGULARIDAD CONTINUIDAD OPORTUNIDAD
Causales de nulidad de los actos administrativos • Falta o defecto • Requisitos del acto • Disconformidad y/o infracción al ordenamiento jurídico • Responsabilidad disciplinaria
Clases de nulidades • Nulidad relativa • Nulidad absoluta
Clases de nulidades • Nulidad relativa • Imperfección en sus elementos • No impide ejecución del fin • Saneamiento - convalidación
Clases de nulidades • Nulidad absoluta • Falta de uno o varios elementos constitutivos, real o jurídicamente • No procede saneamiento ni convalidación • Proceso de nulidad absoluta, evidente y manifiesta • Proceso de lesividad