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El Delegado de Comisiones Obreras

El Delegado de Comisiones Obreras. INDICE DE CONTENIDOS. PRESENTACION. INTRODUCCION. VAMOS A UBICARNOS. QUE ES UN SINDICATO. QUE ES CC.OO. PRINCIPIOS Y VALORES. FICHA DE TRABAJO I. PORQUE DELEGADO DE CC.OO. ORGANIZACIÓN SINDICAL EN LA EMPRESA . SECCIONES SINDICALES.

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El Delegado de Comisiones Obreras

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Presentation Transcript


  1. El Delegado de Comisiones Obreras INDICE DE CONTENIDOS • PRESENTACION. • INTRODUCCION. • VAMOS A UBICARNOS. • QUE ES UN SINDICATO. • QUE ES CC.OO. PRINCIPIOS Y VALORES. • FICHA DE TRABAJO I. • PORQUE DELEGADO DE CC.OO. • ORGANIZACIÓN SINDICAL EN LA EMPRESA. • SECCIONES SINDICALES. • ORGANOS DE REPRESENTACION. • ASAMBLEA. • FICHA DE TRABAJO II. • DERECHOS Y GARANTIAS. • DERECHOS DE INFORMACION PASIVOS. • DERECHOS DE INFORMACION ACTIVOS. • GARANTIAS. • CONOCE CC.OO. • EL AFILIADO. • ESTRUCTURA DEL SINDICATO. • SERVICIOS AL AFILIADO.

  2. El Delegado de Comisiones Obreras VAMOS A UBICARNOS QUE ES UN SINDICATO • Los sindicatos son agrupaciones voluntarias de trabajadores/as para la defensa de sus intereses laborales. • El objetivo fundamental de los sindicatos es compensar la asimetría que caracteriza las relaciones del trabajo asalariado. • Es un instrumento de intervención para la tutela, defensa y promoción de los intereses de los trabajadores/as, a través de la acción colectiva y la intermediación con los demás agentes que intervienen en las relaciones laborales. • Tienen un carácter dual : • - Como instituciones de integración. • - Como actores de cambio, impulsando la implementación de nuevos derechos sociales, garantías jurídicas y servicios públicos. • La evaluación de los objetivos y resultados de la intervención sindical deberán incorporar: • Análisis del escenario de dicha intervención, atendiendo a los diferentes factores que lo condicionan (históricos, socio-económicos, institucionales, …). • Las interrelaciones que operan entre dichos factores y que definen los mercados de trabajo y los sistemas de relaciones laborales.

  3. El Delegado de Comisiones Obreras VAMOS A UBICARNOS QUE ES CC.OO.: PRINCIPIOS Y VALORES • CC.OO. Es una organización sindical formada por hombres y mujeres que nos afiliamos de manera voluntaria y solidaria para la defensa de nuestros intereses como trabajadores/as. • CC.OO. Es un sindicato reivindicativo y participativo, que quiere agrupar en su seno al conjunto de trabajadores/as en la defensa de nuestras reivindicaciones e intereses. • CC.OO. Es un sindicato que lucha contra cualquier tipo de discriminación por razones de origen geográfico o lingüístico. • CC.OO. Es un sindicato diverso que acoge al conjunto de las distintas profesiones y colectivos. • CC.OO. Es un sindicato plural. Abierto a todos los trabajadores/as, cualquiera que sea su ideología, filosofía, concepción política o religiosa, dentro del respeto a los derechos humanos y las normas democráticas. • CC.OO. Es un sindicato unitario y democrático. • CC.OO. Es un sindicato autónomo e independiente de los poderes económicos y políticos. • CC.OO. Es un sindicato socio-político. • CC.OO. Es un sindicato internacionalista que fomenta la solidaridad con los pueblos que luchan por las libertades democráticas. • CC.OO. Es un sindicato multiétnico, que defiende la igualdad de derechos y la inserción en nuestra comunidad.

  4. El Delegado de Comisiones Obreras 2. CAUCES PARA LA ORGANIZACIÓN DE LA ACCIÓN SINDICAL • Para CC.OO., los tres ejes organizativos básicos a través de los cuales se canaliza la acción sindical son los siguientes: • La Sección Sindical de Comisiones Obreras. • Los Órganos de Representación Sindical. • La Asamblea de Trabajadores.

  5. El Delegado de Comisiones Obreras 2.1. LA SECCIÓN SINDICAL, ¿Qué es? • La Sección Sindical de CC.OO. En una empresa o centro de trabajo está formada por el conjunto de las personas afiliadas a CC.OO en esa empresa o centro de trabajo, siendo el órgano de representación del sindicato en dicho ámbito. • Para constituir la sección sindical, los afiliados tienen que estar organizados entre si, asumiendo las responsabilidades necesarias para la dirección de la sección sindical y estableciendo la conexión necesaria con la estructura superior del sindicato (Uniones Territoriales y Sindicatos de Rama). • (ver Art.. 8 y 10 de la LOLS, los Reglamentos Confederales • y capitulo V.2 de la Guía Jurídica del Delegado Sindical) • Su funcionamiento es democrático, y los acuerdos son aprobados por mayoría. • La constitución de las Secciones Sindicales estarán promovidas por los afiliados y afiliadas del centro de trabajo y en su defecto por el sindicato o federación de la que dependa. • Una vez constituida, y en función de sus necesidades, se podrán elegir los órganos estatutarios que se crean convenientes, pero como mínimo se deberá dotar de un Secretario/a General. La sección sindical se debe convocar siempre por escrito, con un orden del día concreto y siempre se levantará acta de las reuniones, donde constará el número de convocados y asistentes, así como los acuerdos que se hayan tomado. Una copia del acta se remitirá al órgano federal mas inmediato, a efectos de su conocimiento.

  6. El Delegado de Comisiones Obreras 2.1. LA SECCIÓN SINDICAL, ¿Para que sirve? • Para aplicar la política del sindicato en la empresa o centro de trabajo. • Para dar respuesta a los problemas concretos que los trabajadores sienten. • Para orientar la actividad sindical. Elaborar directrices y aprobar las propuestas que llevaran los miembros de CC.OO. A los Comités de Empresa, juntas de personal y delegados/as de personal. • Para intervenir de forma activa en la negociación colectiva. Participar directamente en las negociaciones con la empresa y administración. • Para atender al trabajador afiliado, de forma que este pueda disfrutar de sus derechos como afiliado (información, formación, participación, asesoramiento, etc.) • Para garantizar la adecuada utilización de los derechos y particularmente velar por la adecuada utilización de las horas sindicales.

  7. El Delegado de Comisiones Obreras 2.2. LOS ORGANOS DE REPRESENTACIÓN SINDICAL ¿Qué son? 2.2.2 A RESALTAR: Los miembros del Comité no deben actuar por su cuenta, sino que deben llevar básicamente las posiciones de la sección sindical. Los delegados y comités de empresa deben ser el vehiculo de expresión de los trabajadores afiliados y no afiliados. Tanto los delegados como los miembros del Comité de Empresa son el vehiculo fundamental entre el sindicato y los trabajadores afiliados o no. Para vincular la acción sindical que se desarrolla en una empresa a la lucha del conjunto de los trabajadores, es necesario que la organización del sindicato externa a la empresa tenga una estrecha relación con secciones sindicales, delegados y comités, mandándoles información, convocando asambleas etc…

  8. El Delegado de Comisiones Obreras 2.2. LOS ORGANOS DE REPRESENTACIÓN SINDICAL ¿Para que sirven? 2.2.2 PARA QUE SIRVEN: La misión de los delegados o del Comité de Empresa es: Vigilar y exigir, en su caso, el cumplimiento del Convenio Colectivo y de las leyes laborales vigentes, por parte de la patronal. Denunciar (ante el sindicato y o la autoridad laboral competente) las infracciones a dichas leyes que puedan producirse. Plantear mejoras en las condiciones económicas, sociales y de trabajo, así como conseguirlas. Avanzar en la conquista de nuevos derechos. Organizar a los trabajadores, consultarles hacer que participen en las decisiones. Hacer llegar a los compañeros/as las orientaciones e información sindical, social o económica que el Sindicato facilita periódicamente a los representantes sindicales.

  9. El Delegado de Comisiones Obreras 2.2. LOS ORGANOS DE REPRESENTACIÓN SINDICAL ¿Para que sirven? • 2.2.3 ¿PARA QUE SIRVEN? • Las competencias de los/as delegados/as de la Juntas de Personal son: • Recibir información trimestralmente sobre la política de personal, del departamento, organismo o entidad local. • Emitir informes a solicitud de la Administración Publica sobre traslados de instalaciones, planes de formación profesional e implantación de sistemas de organización y métodos de trabajo. • Ser informados de todas las sanciones impuestas por faltas muy graves. • Tener conocimiento y ser oídos en el establecimiento de la jornada laboral, horario de trabajo, permisos, vacaciones y licencias, así como sobre las cantidades percibidas por el complemento de productividad. • Conocer las estadísticas sobre absentismo, accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y mecanismos de prevención que utilicen. • Vigilar el cumplimiento de las normas en materia de condiciones de trabajo y ejercer en su caso acciones legales. • Vigilar y controlar las condiciones de seguridad e higiene. • Participar en la gestión de obras sociales. • Colaborar con la administración correspondiente en el mantenimiento y mejora de la productividad. • Informar a los trabajadores de todos los aspectos que afecten a su relación laboral.

  10. El Delegado de Comisiones Obreras 2.3. LOS ORGANOS DE REPRESENTACIÓN SINDICAL ¿Para que sirven? • 2.2.3 DECALOGO DEL DELEGADO • Se preocupa por conocer los problemas, condiciones de trabajo de sus compañeros. • Fomenta la solidaridad y la corresponsabilidad entre los trabajadores. • Esta bien informado. • Es serio, habla claro y con modos. • Es firme • Fomenta la participación • Es paciente, ¡que remedio queda! • Es un ser humano. No es perfecto. • Nos equivocamos, pero lo reconocemos y ponemos los medios para que no vuelva a ocurrir. • Acude frecuentemente al sindicato para recoger y transmitir información.

  11. El Delegado de Comisiones Obreras 3. DERECHOS Y GARANTIAS DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES • 3.1. DERECHOS DE INFORMACIÓN PASIVOS • SITUACIÓN ECONOMICA, cada 3 meses: Perspectivas, ventas, producción • Anual: balance, gestión, etc • CONTRATACIÓN: Copias básicas, prorrogas y denuncias. • SUBCONTRATACION. Información trimestral. • FINALIZACION RELACIONES LABORALES. Información finalizaciones contratos. • FALTAS MUY GRAVES. Comunicación. • REGISTROS DE TRABAJADORES. Presencia miembro del Comité de Empresa. • TRABAJOS CATEGORIA INFERIOR. Informar al Comité. • SALARIO EN RELACION A BENEFICIOS. Ser informado de los libros contables. • CAMBIO DE TITULARIDAD DE LA EMPRESA. El antiguo y el nuevo empresario deben de informar por escrito. • HORAS EXTRAS. Información numero horas extras por trabajador mensualmente. • COTIZACIONES A LA SEGURIDAD SOCIAL. TC1 y TC2. • ABSENTISMOS/SALUD MEDIO AMBIENTE. Indice de absentismo cada tres meses, Accidentes de trabajo. Enfermedades profesionales cada tres meses • PAGO NOMINA ENTIDAD BANCARIA. Información previa

  12. El Delegado de Comisiones Obreras 3. DERECHOS Y GARANTIAS DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES • 3.2. DERECHOS DE INFORMACIÓN ACTIVOS • RECLAMACIÓN PROFESIONAL. Tener información, emitir informe. • PLANES DE FORMACIÓN PROFESIONAL. Información previa y emitir informe. • VACACIONES. Información, negociación, no imposición. • FINALIZACION RELACIONES LABORALES. Información finalizaciones contratos. • HORARIO FLEXIBLE. Información e informe vinculante. • TRASLADO DE TRABAJADORES. Que implique cambiar de residencia. • MODIFICACIÓN SUBTANCIAL CONDICIONES DE TRABAJO. Jornada, horarios y turnos, Informar al Comité. • SUSPENSION O EXTINCIÓN DE CONTRATOS. Expediente de regulación de empleo. • ( Art. 64 del ET art. 10.3 de la LOLS y • capitulo I de la Guía Jurídica del Delegado Sindical)

  13. El Delegado de Comisiones Obreras 3. DERECHOS Y GARANTIAS DE LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES • 3.3. GARANTIAS. • Expresión verbal / escrita / tablón de anuncios. • Crédito horario sindical retribuido. • No discriminación. • No sanción. • Elección en caso de despido / opción de ingreso • ( Art. 64 del ET art. 10.3 de la LOLS )

  14. El Delegado de Comisiones Obreras 4.2 ORGANIGRAMA BASICO DE CC.OO. 4. CONOCE COMISIONES OBRERAS

  15. El Delegado de Comisiones Obreras 4. CONOCE COMISIONES OBRERAS 4.3 SERVICIOS AL AFILIADO • Asesoría jurídico-laboral. • Gabinete de salud laboral. • Asesoría no laboral. • Empleo. • Cite. • Otros servicios de interés (seguros, planes de pensiones). • Descuentos en determinados servicios de interés para el afiliado.

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