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Especializaci ón en NIIF Colegio de contadores públicos de Piura. Módulo de Instrumentos financieros NIC 32 – NIC 39 – NIIF 7. Introducción y aspectos generales NIC 39 - Alcance de la norma. En otras NICs Subsidiarias, asociadas y “Join ventures” Beneficios de empleados “Leasing”
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Especialización en NIIF Colegio de contadores públicos de Piura Módulo de Instrumentos financieros NIC 32 – NIC 39 – NIIF 7
Introducción y aspectos generales NIC 39 - Alcance de la norma En otras NICs Subsidiarias, asociadas y “Join ventures” Beneficios de empleados “Leasing” Combinaciones de negocios Otras exclusiones Instrumentos de capital propios Contratos de seguro Garantías específicas Derivados climatológicos” Commodities de uso propio Dentro del alcance Inversiones de deuda y de capital Préstamos y cuentas por cobrar Derivados “Swaps” de tasa de interés Contratos a futuro, contratos de moneda extranjera Opciones
Principales asuntos de la NIC 32 (¶2-3) • El objetivo de esta Norma es establecer principios para presentar los instrumentos financieros como pasivos o patrimonio neto y para compensar activos y pasivos financieros. • Aplica a la clasificación de los instrumentos financieros, desde la perspectiva del emisor, en activos financieros, pasivos financieros e instrumentos de patrimonio; • Aplica en la clasificación de los intereses, dividendos y pérdidas y ganancias relacionadas con ellos, y en las circunstancias que obligan a la compensación de activos financieros y pasivos financieros. • Los principios de esta Norma complementan los relativos al reconocimiento y • edición de los activos y pasivos financieros, de la NIC 39 Instrumentos • financieros: Reconocimiento y Medición, y a la revelación de información sobre ellos en la NIIF 7 Instrumentos Financieros: información a revelar.
Definiciones principales (¶11) Instrumento financiero Un instrumento financiero es cualquier contrato que dé lugar, simultáneamente, a un activo financiero en una entidad y a un pasivo financiero o a un instrumento de patrimonio en otra entidad. Instrumentos financieros Compuestos Derivados Primarios • Forwards / futuros • Opciones financieras • Swaps • Garantías financieras • Cartas de crédito • Depósitos en efectivo • Bonos, préstamos • Cuentas por cobrar y por pagar (incluye arrendamiento financiero) • Instrumentos de capital • Deuda convertible • Deuda intercambiable • Bonos de moneda doble
Liquidación en términos brutos y términos netos (¶8): Esta Norma se aplicará a aquellos contratos de compra o venta de partidas no financieras que se liquiden por el importe neto, en efectivo o en otro instrumento financiero, o mediante el intercambio de instrumentos financieros, como si dichos contratos fuesen instrumentos financieros, con la excepción de los contratos que se celebraron y se mantienen con el objetivo de recibir o entregar una partida no financiera, de acuerdo con las compras, ventas o necesidades de utilización esperadas por la entidad.
Definiciones principales (¶11) Activo financiero Un activo financiero es cualquier activo que posea una de las siguientes formas: (a) Efectivo; (b) Un instrumento de patrimonio neto de otra entidad; (c) Un derecho contractual: (i) a recibir efectivo u otro activo financiero de otra entidad; o (ii) a intercambiar activos financieros o pasivos financieros con otra entidad, en condiciones que sean potencialmente favorables para la entidad; o (d) Un contrato que sea o pueda ser liquidado utilizando instrumentos de patrimonio propios de la entidad, y sea: (i) un instrumento no derivado, según el cual la entidad está o puede estar obligada a recibir una cantidad variable de sus instrumentos de patrimonio propios, o (ii) un instrumento derivado que es o puede ser liquidado mediante una forma distinta al intercambio de una cantidad fija de efectivo o de otro activo financiero por una cantidad fija de los instrumentos de patrimonio propios de la entidad; a estos efectos no se incluirán entre los instrumentos de patrimonio propios de la entidad aquéllos que sean, en sí mismos, contratos para la futura recepción o entrega de instrumentos de patrimonio propios de la entidad.
Definiciones principales (¶11) Pasivo financiero Un pasivo financiero es cualquier pasivo que presente una de las siguientes formas: • (a) Una obligación contractual: • (i) de entregar efectivo u otro activo financiero a otra entidad; o • (ii) de intercambiar activos financieros o pasivos financieros con otra • entidad, en condiciones que sean potencialmente desfavorables • para la entidad; o • (b) Un contrato que será liquidado o podrá serlo utilizando los • instrumentos de patrimonio propios de la entidad, y que es: • (i) un instrumento no derivado, según el cual la entidad está o puede estar obligada a entregar una cantidad variable de instrumentos de patrimonio propio, o • (ii) un instrumento derivado que será liquidado o podrá serlo mediante una forma distinta al intercambio de una cantidad fija de efectivo o de otro activo financiero por una cantidad fija de los instrumentos de patrimonio propios de la entidad; a estos efectos no se incluirán entre los instrumentos de patrimonio propios de la entidad aquéllos que sean, en sí mismos, contratos para la futura recepción o entrega de instrumentos de patrimonio propios de la entidad.
Definiciones principales (¶11) Instrumento de patrimonio Un instrumento de patrimonio es cualquier contrato que ponga de manifiesto una participación residual en los activos de una entidad, después de deducir todos sus pasivos. Valor razonable Valor razonable es el importe por el cual puede ser intercambiado un activo o cancelado un pasivo, entre un comprador y un vendedor interesados y debidamente informados, en condiciones de independencia mutua.
Definiciones principales (¶12) Los términos que siguen están definidos en el párrafo 9 de la NIC 39, y se utilizan en esta Normas con el significado especificado en ella. • activo o pasivo financiero al valor razonable con cambios en resultados • activos financieros disponibles para la venta • baja en cuentas • compra o venta convencional • compromiso en firme • costo amortizado de un activo o de un pasivo financiero • contrato de garantía financiera • costos de transacción • eficacia de la cobertura • instrumento derivado • instrumento de cobertura • inversiones mantenidas hasta el vencimiento • método de la tasa de interés efectiva • partida cubierta • préstamos y partidas por cobrar • transacción prevista
Pasivos y Patrimonio (¶15) El emisor de un instrumento financiero lo clasificará en su totalidad o en cada una de sus partes integrantes, en el momento de su reconocimiento inicial, como un pasivo financiero, un activo financiero o un instrumento de patrimonio, de conformidad con la esencia económica del acuerdo contractual y con las definiciones de pasivo financiero, de activo financiero y de instrumento de patrimonio.
Identificación de un Instrumento Patrimonial (¶16) • (a) El instrumento no incorpora una obligación contractual: • de entregar efectivo u otro activo financiero a otra entidad; o • (ii) de intercambiar activos o pasivos financieros con otra entidad, en condiciones que sean potencialmente desfavorables el emisor. • Y • (b) Si el instrumento será o podrá ser liquidado con los instrumentos de patrimonio propios del emisor, es: • un instrumento no derivado, que no comprende ninguna obligación contractual para el emisor de entregar un número variable de los instrumentos de patrimonio propio; o • (ii) un instrumento derivado a ser liquidado exclusivamente por el emisor a través del intercambio de una cantidad fija de efectivo u otro activo financiero por una cantidad fija de sus instrumentos de patrimonio propios; a estos efectos no se incluirán entre los instrumentos de patrimonio propios de la entidad a los que sean, en sí mismos, contratos para la futura recepción o entrega de instrumentos de patrimonio propios de la entidad.
Elemento clave identificador (¶17) • Estamos ante un pasivo si: • Existe una obligación contractual para una de las partes implicadas en el instrumento financiero (el emisor), consistente en entregar efectivo u otro activo financiero a la otra parte (el tenedor), o intercambiar activos o pasivos financieros con el tenedor en condiciones que sean potencialmente desfavorables para el emisor. (¶17) • La entidad no tiene un derecho incondicional de evitar la entrega de • efectivo u otro activo financiero con el objetivo de liquidar una obligación • contractual, ésta cumplirá la definición de pasivo financiero.(¶19)
Elemento clave identificador (¶17) Pasivos atendiendo a la sustancia antes que la forma: Una acción preferente será un pasivo financiero si el emisor está obligado a reembolsarla por una cantidad fija o determinable, en una fecha futura cierta o determinable, o si concede al tenedor el derecho de requerir al emisor para que reembolse el instrumento, en una fecha concreta o a partir de la misma, y por una cantidad fija o determinable.
Elemento clave identificador (¶21) • Pasivos atendiendo a la sustancia antes que la forma: • Un contrato no es un instrumento de patrimonio por el mero hecho de que • pueda ocasionar la recepción o entrega de los instrumentos de patrimonio • propios de la entidad. Una entidad puede tener el derecho o la obligación • contractual de recibir o entregar una cantidad de sus propias acciones o de • otros instrumentos de patrimonio que varíe de tal forma que el valor razonable • de los instrumentos de patrimonio propios a entregar o recibir sea igual al • importe del derecho o la obligación contractual. • Ejemplos: • un contrato para entregar instrumentos de patrimonio propios de la entidad que equivalgan a un valor de 100 u.m.* • (b) un contrato para entregar instrumentos de patrimonio propios de la entidad que equivalgan al precio de 100 onzas de oro. • Estos contratos serán pasivos financieros de la entidad, incluso aunque ésta deba o pueda liquidarlo mediante la entrega de acciones propias. No es un instrumento de patrimonio, porque la entidad utiliza una cantidad variable de sus instrumentos de patrimonio propios para liquidar el contrato. De acuerdo con lo anterior, el contrato no pone de manifiesto una participación residual en los activos de la entidad, una vez deducidos todos sus pasivos.
Elemento clave identificador (¶22) Un contrato que será liquidado por la entidad recibiendo (o entregando) una cantidad fija de sus instrumentos de patrimonio propios a cambio de un importe fijo de efectivo u otro activo financiero, es un instrumento de patrimonio. Por ejemplo, una opción emitida sobre acciones que dé a la contraparte el derecho a adquirir un número determinado de acciones de la entidad por un precio fijo, o por una cantidad fija previamente establecida del principal de un bono, será un instrumento de patrimonio.
Elemento clave identificador (¶23) Un contrato que contenga una obligación, para la entidad, de comprar sus instrumentos de patrimonio propios a cambio de efectivo o de otro instrumento financiero, dará lugar a un pasivo financiero que se reconocerá por el valor presente del importe a reembolsar (por ejemplo, por el valor presente del precio de recompra a plazo, del precio de ejercicio de la opción o de otro importe relacionado con el reembolso). Así sucede aunque el contrato en sí no sea un instrumento de patrimonio. Un ejemplo de esta situación se presenta cuando la entidad tiene un contrato a plazo que le obliga a comprar sus instrumentos de patrimonio propios a cambio de efectivo. Al reconocer inicialmente el pasivo financiero, de acuerdo con la NIC 39, su valor razonable (esto es, el valor presente del importe a reembolsar) se reclasificará desde el patrimonio neto. Posteriormente, el pasivo financiero se medirá de acuerdo con la NIC 39. Si el contrato venciera y no se produjese ninguna entrega, el importe en libros del pasivo financiero se reclasificará como patrimonio neto. La obligación contractual de una entidad para comprar sus instrumentos de patrimonio propio, ocasiona un pasivo financiero que se contabilizará por el valor presente del importe a reembolsar, incluso si la obligación de compra estuviera condicionada al ejercicio de una opción de reembolso a favor de la otra parte (por ejemplo, una opción de venta emitida por la entidad que da a la otra parte el derecho de vender a la misma, por un precio fijo, sus instrumentos de patrimonio propios).
Elemento clave identificador (¶24) Un contrato a ser liquidado por la entidad mediante la entrega o recepción de una cantidad fija de sus instrumentos de patrimonio propio, a cambio de un importe variable de efectivo o de otro activo financiero, será un activo o un pasivo financiero. Un ejemplo es un contrato por el que la entidad ha de entregar 100 de sus instrumentos de patrimonio propio, a cambio de un importe de efectivo equivalente al valor de 100 onzas de oro.
Elemento clave identificador (¶25) Cláusulas de liquidación contingente Un instrumento financiero puede obligar a la entidad a entregar efectivo u otro activo financiero, o bien a liquidarlo como si fuera un pasivo financiero, en el caso de que ocurra o no ocurra algún hecho futuro incierto (o en función del resultado de circunstancias inciertas) que estén fuera del control tanto del emisor como del tenedor del instrumento, como, por ejemplo, los cambios en un índice bursátil de acciones, en un índice de precios al consumidor, en una tasa de interés o en determinados requerimientos fiscales, o bien en los niveles futuros que alcancen los ingresos de actividades ordinarias del emisor, su resultado neto o su razón de deuda a patrimonio. El emisor de este instrumento no tiene el derecho incondicional de evitar la entrega de efectivo u otro activo financiero (ni la liquidación del instrumento tal como si fuera un pasivo financiero). Por lo tanto, será un pasivo financiero para el emisor, a menos que: (a) la parte de la cláusula de liquidación contingente, que pudiera exigir la liquidación en efectivo o en otro activo financiero (o, en otro caso, de una forma similar a como se liquidan los pasivos financieros) no sea genuina; o (b) sólo en caso de liquidación del emisor pueda requerirse que éste liquide la obligación en efectivo o con otro activo financiero (o, en otro
Acciones en tesorería (¶33) Si una entidad readquiriese sus instrumentos de patrimonio propios, el importe de las “acciones propias en cartera” se deducirá del patrimonio. No se reconocerá ninguna pérdida o ganancia en el resultado del ejercicio derivada de la compra, venta, emisión o amortización de los instrumentos de patrimonio propios de la entidad. Estas acciones propias podrán ser adquiridas y poseídas por la entidad o por otros miembros del grupo consolidado. La contraprestación pagada o recibida se reconocerá directamente en el patrimonio neto.
Intereses, dividendos, pérdidas y ganancias(¶35) Los intereses, dividendos, y pérdidas y ganancias relativas a un instrumento financiero o a un componente del mismo, que sea un pasivo financiero, se reconocerán como ingresos o gastos en el resultado del ejercicio. Las distribuciones a los tenedores de un instrumento de patrimonio serán cargadas por la entidad directamente contra el patrimonio neto, por una cuantía neta de cualquier beneficio fiscal relacionado. Los costos de transacción que correspondan a cualquier partida del patrimonio netose tratarán contablemente como una deducción del patrimonio neto, por un importe neto de cualquier beneficio fiscal relacionado.
Costos de transacción (¶37-38) Por lo general, una entidad incurre en diversos tipos de costos cuando emite o adquiere sus instrumentos de patrimonio propio. Esos costos pueden incluir los de registro y otras tasas cobradas por los reguladores o supervisores, los importes pagados a los asesores legales, contables y otros asesores profesionales, los costos de impresión y los timbres relacionados con ella. Los costos de las transacciones de patrimonio neto se contabilizarán como una detracción del importe del mismo (neto de cualquier beneficio fiscal relacionado), en la medida en que sean costos incrementales directamente atribuibles a la transacción de patrimonio, que se habrían evitado si ésta no se hubiera llevado a cabo. Los costos de una transacción de patrimonio que se haya abandonado, se reconocerán como gastos. Los costos de transacción relativos a la emisión de un instrumento financiero compuesto se distribuirán entre los componentes de pasivo y de patrimonio del instrumento, en proporción a las entradas de efectivo provenientes de ellos. Los costos de transacción relacionados conjuntamente con más de una transacción (por ejemplo, los costos totales derivados de una oferta de venta de acciones y admisión a cotización de otras acciones) se distribuirán entre ellas utilizando una base de reparto que sea racional y coherente con la utilizada para transacciones similares.
Compensación (¶42) Un activo y un pasivo financiero serán objeto de compensación, de manera que se presente en el balance su importe neto, cuando y sólo cuando la entidad: (a) tenga, en el momento actual, el derecho, exigible legalmente, de compensar los importes reconocidos; y (b) tenga la intención de liquidar la cantidad neta, o de realizar el activo y cancelar el pasivo simultáneamente. En la contabilización de una transferencia de un activo financiero que no cumpla las condiciones para su baja en cuentas, la entidad no compensará el activo transferido con el pasivo asociado (véase el párrafo 36 de la NIC 39).
Ejemplos prácticos ¿Por qué se considera al efectivo como instrumento financiero? La moneda (efectivo) es un activo financiero porque representa un medio de pago y, por ello, es la base sobre la que se miden y reconocen todas las transacciones en los estados financieros. Un depósito de efectivo en un banco o entidad financiera similar es un activo financiero porque representa, para el depositante, un derecho contractual para obtener efectivo de la entidad o para girar un cheque u otro instrumento similar contra el saldo del mismo, a favor de un acreedor, en pago de un pasivo financiero.
Ejemplos prácticos ¿Un pagaré que solamente puede ser cancelado mediante la entrega de bonos soberanos es un instrumento financiero? Un pagaré a ser cancelado mediante títulos de deuda pública otorga al tenedor el derecho contractual a recibir, y al emisor la obligación contractual de entregar, títulos de deuda pública, pero no efectivo. Los bonos son activos financieros porque representan, para el gobierno que los ha emitido, una obligación de pagar efectivo. El pagaré es, por tanto, un activo financiero para su tenedor y un pasivo financiero para su emisor.
Ejemplos prácticos ¿Cómo se consideran a los instrumentos de deuda perpetua? Los instrumentos de deuda “perpetua” (tales como bonos, obligaciones y pagarés “perpetuos”) normalmente otorgan al tenedor el derecho contractual a recibir pagos en concepto de intereses en fechas fijadas que se extienden indefinidamente en el futuro, pero no le conceden el derecho a recibir el principal, o bien le conceden el reembolso de éste en unas condiciones que lo hacen muy improbable o muy lejano en el tiempo. Por ejemplo, una entidad puede emitir un instrumento financiero que la obligue a realizar pagos anuales a perpetuidad iguales a una tasa de interés establecida en el 8 por ciento, aplicado a un valor nominal o un principal de 1.000 u.m.* Suponiendo que la tasa de interés de mercado, en el momento de la emisión del instrumento financiero, sea ese 8 por ciento, el emisor asumirá una obligación contractual para realizar una serie de pagos de interés futuro cuyo valor razonable (valor presente), en la fecha de su reconocimiento inicial, es de 1.000 u.m. El tenedor y el emisor del instrumento financiero poseen, respectivamente, un activo y un pasivo financiero.
Ejemplos prácticos ¿Será un contrato de arrendamiento financiero un instrumento financiero? Según la NIC 17 Arrendamientos, un arrendamiento financiero se considera fundamentalmente un derecho a recibir por parte del arrendador, y una obligación de pagar por parte del arrendatario, una corriente de flujos de efectivo que son, en esencia, la misma combinación de pagos entre principal e intereses que se dan en un acuerdo de préstamo. El arrendador contabilizará esta inversión por el importe por recibir en función del contrato de arrendamiento, y no por el activo que haya arrendado. Un arrendamiento operativo, por otra parte, se considera fundamentalmente un contrato no completado, que compromete al arrendador a facilitar el uso de un activo en periodos futuros, a cambio de una contraprestación que es similar a una comisión por el un servicio. El arrendador, en este caso, continuará contabilizando el propios activo arrendado, y no los importes a recibir en el futuro en virtud del contrato. De acuerdo con lo anterior, un arrendamiento financiero se considera como un instrumento financiero, mientras que un arrendamiento operativo no (excepto por lo que se refiere a los importes concretos que se hayan devengado y estén por pagar).
Ejemplos prácticos ¿Por qué los activos físicos no son considerados instrumentos financieros? Los activos físicos (como inventarios y propiedades, planta y equipo), los activos arrendados y los activos intangibles (como patentes y marcas registradas) no son activos financieros. El control sobre tales activos tangibles e intangibles crea una oportunidad para la generación de entradas de efectivo u otro activo financiero, pero no da lugar a un derecho presente para la recepción de efectivo u otro activo financiero.
Principales asuntos de la NIC 39 Objetivo El objetivo de esta Norma es el establecimiento de principios para el reconocimiento y la medición de los activos financieros y pasivos financieros, así como de algunos contratos de compra o venta de partidas no financieras. Los requerimientos para la presentación y revelación de información sobre los instrumentos financieros se establecen en la NIC 32 Instrumentos Financieros: Presentación e Información a Revelar
Principales asuntos de la NIC 39 • Categorías de Instrumentos Financieros • Activos o pasivo financiero a valor razonable con cambios en el resultados • Inversiones mantenidas hasta el vencimiento • Préstamos y partidas por cobrar • Activos financieros disponibles para la venta
Clasificación – Activos financieros (cuatro categorías) 1. Al Valor razonable vía ganancias y pérdidas Negociables (trading) Designado al inicio Intención de generar ganancias en el corto plazo; derivados (excepto si es cobertura) Sin restricciones en designación; irrevocable – no debe cambiarse
Clasificación – Activos financieros (cuatro categorías) 2. Préstamos y cuentas por cobrar Activos financieros no-derivados. Pagos fijos o determinables. No son cotizados en un mercado activo. No hay intención de ser negociados.
Clasificación – Activos financieros (cuatro categorías) 3. Mantenidos hasta el vencimiento Activos financieros no-derivados. Pagos fijos o determinables y vencimiento fijo. No hay intención de ser negociados y hay Intención y capacidad de mantenerlo hasta el vencimiento.
Mantenidos hasta el vencimiento – Regla de restricción La clasificación de un instrumento como “Mantenido hasta el vencimiento” es restringida si durante el año corriente o dos años anteriores, la gerencia vende o reclasifica instrumentos como “disponible para la venta” antes de su vencimiento por una parte mayor al que se pueda considerar insignificante. Existen 3 excepciones a la regla: • La venta se realiza cerca a la fecha de vencimiento del instrumento; • Se ha percibido sustancialmente todo el importe principal a través de un cronograma de pagos; • Evento aislado mas allá del control de la compañía.
Clasificación – Activos financieros (cuatro categorías) 4. Disponible para la venta Todo instrumento de capital no clasificado en cualquiera de las otras tres categorías.
Clasificación – Resumen Activos Financieros Activo al valor razonable con cambios en resultados Al vencimiento Préstamos y Ctas por cobrar Disponible para la venta
Clasificación – Resumen Pasivo Financiero Otros A valor razonable con cambios en resultados
Ejemplos: Instrumentos Financieros activos-Ejemplos Una empresa posee los siguientes activos financieros. Decida a cuál de las categorías, indicadas a continuación, pertenecen y cómo deben ser registrados. • Préstamo adquirido como una participación en un préstamo otorgado por otro acreedor en la fecha original del préstamo. Otorgamiento de un préstamo sindicado. • La adquisición de un interés en una cartera de préstamos o cuentas por cobrar después que los mismos fueron originados. • La empresa A tiene una cuenta de recursos administrada por un fondo de inversión independiente. Los recursos en la cuenta son bonos y acciones y son mantenidas por la gerencia del fondo de inversión en un fideicomiso para la empresa A. La empresa A ha establecido parámetros dentro de los cuales la gerencia del fondo puede tomar las decisiones de comprar y vender las inversiones por cuenta de A.
Ejemplos: Instrumentos Financieros activos-Ejemplos Clasificación – ¿a corto plazo? En la NIC 39 no hay ninguna definición de “a corto plazo”. La norma requiere que exista la intención de obtener utilidades por las fluctuaciones del precio a corto plazo, pero no restringe el periodo de tiempo en que el instrumento se mantiene. Una empresa debe seguir clasificando sus inversiones en acciones cotizadas en bolsa como negociables, si la intención de la Gerencia fue la de obtener utilidades por las fluctuaciones del precio a corto plazo no obstante que las acciones se mantuvieran durante un plazo mayor. Ejemplo: La empresa A compra acciones cotizadas en bolsa con la intención de generar rentabilidad por las fluctuaciones del precio a corto plazo. A mantiene las acciones durante tres años debido a una caída brusca en el mercado de valores y luego vende las acciones en un mercado más flotante. ¿Estas acciones deben registrarse como corto plazo de acuerdo con la NIC 39?.
Medición Inicial Activos financieros o pasivos financieros son reconocidos inicialmente al: Valor razonable de la contraprestación recibida en el caso de un pasivo Valor razonable de la contraprestación dada en el caso de un activo • Los costos de transacción en compras son incluidos • Se consideran las obligaciones/derechos contractuales
Medición Medición inicial de activos y pasivos financieros 43. Al reconocer inicialmente un activo o un pasivo financiero, la entidad lo medirá por su valor razonable más, en el caso de un activo o un pasivo financiero que no se contabilice al valor razonable con cambios en resultados, los costos de transacción que sean directamente atribuibles a la compra o emisión del mismo. 44. Cuando una entidad utilice la contabilidad de la fecha de liquidación para un activo que sea posteriormente medido al costo o al costo amortizado, el activo se reconocerá inicialmente por su valor razonable en la fecha de contratación (véanse los párrafos GA53 a GA56 del Apéndice A).
Medición Posterior Activos/pasivos a valor razonable vía ganancias y pérdidas A valor razonable vía ganancias y pérdidas Préstamos y cuentas por cobrar Al costo amortizado Mantenidos al vencimiento A valor razonable vía patrimonio Disponible para la venta Otros pasivos
Principales asuntos de la NIC 39 • Definiciones relacionadas al reconocimiento y medición • Costo amortizado • Método de la tasa de interés efectiva • Baja en cuentas • Valor razonable • Compra o venta convencional (regular way transaction) • Costos de transacción • Compromiso en firme • Transacción prevista • Instrumento de cobertura • Partida cubierta • Eficacia de la cobertura
Principales asuntos de la NIC 39 Reconocimiento inicial ¶14 Una entidad reconocerá un activo o un pasivo financieros en su balance cuando, y sólo cuando, se convierta en parte obligada, según las cláusulas contractuales del instrumento en cuestión. (Véase el párrafo 38 respecto de las compras convencionales de activos financieros).
Principales asuntos de la NIC 39 • Baja en cuentas de un activo financiero • 17. Una entidad dará de baja en cuentas un activo financiero cuando, y sólo cuando: • (a) expiren los derechos contractuales sobre los flujos de efectivo del activo financiero; • (b) se transfiera el activo financiero, como establecen los párrafos 18 y 19 y la transferencia cumpla con los requisitos para la baja en cuentas, de acuerdo con el párrafo 20. • 26. Al dar de baja en cuentas un activo financiero en su integridad, se reconocerá en el resultado del periodo la diferencia entre: • (a) su importe en libros, y • (b) la suma de (i) la contraprestación recibida (incluyendo cualquier nuevo activo obtenido menos cualquier pasivo asumido) y (ii) cualquier resultado acumulado que haya sido reconocido directamente en el patrimonio neto (véase el apartado (b) del párrafo 55).
Principales asuntos de la NIC 39 Baja en cuentas de un pasivo financiero 39. Una entidad eliminará de su balance un pasivo financiero (o una parte del mismo) cuando, y sólo cuando, se haya extinguido, esto es, cuando la obligación especificada en el correspondiente contrato haya sido pagada o cancelada, o bien haya expirado.
Medición • Medición posterior de activos financieros • 46. Después del reconocimiento inicial, una entidad medirá los activos financieros, incluyendo aquellos derivados que sean activos, por sus valores razonables, sin deducir los costos de transacción en que pueda incurrir en la venta o disposición por otra vía del activo, salvo para los siguientes activos financieros: • (a) préstamos y cuentas por cobrar, tal como se los define en el párrafo 9, que se medirán al costo amortizado utilizando el método de la tasa de interés efectiva; • (b) inversiones mantenidas hasta el vencimiento, tal como se las define en el párrafo 9, que se medirán al costo amortizado utilizando el método de la tasa de interés efectiva; y • (c) las inversiones en instrumentos de patrimonio que no tengan un precio de mercado cotizado de un mercado activo y cuyo valor razonable no pueda ser medido con fiabilidad, y los instrumentos derivados que estén vinculados a dichos instrumentos de patrimonio no cotizados y que deben ser liquidados mediante su entrega, que se medirán al costo (véanse los párrafos GA80 y GA81 del Apéndice A).
Medición • Medición posterior de pasivos financieros • 47. Después del reconocimiento inicial, una entidad medirá todos sus pasivos financieros al costo amortizado utilizando el método de la tasa de interés efectiva, excepto: • (a) Los pasivos financieros que se contabilicen al valor razonable con cambios en resultados. Tales pasivos, incluyendo los derivados que sean pasivos, se medirán al valor razonable, con la excepción de los instrumentos derivados que, siendo pasivos financieros, estén vinculados con y deban ser liquidados mediante la entrega de un instrumento de patrimonio no cotizado cuyo valor razonable no pueda ser medido con fiabilidad, que se medirán al costo. • (b) Los pasivos financieros que surjan por una transferencia de activos financieros que no cumpla con los requisitos para su baja en cuentas o que se contabilice utilizando el enfoque de la implicación continuada, que se medirán de acuerdo con los párrafos 29 y 31.
El Valor Razonable • La entidad A posee el 15% de las acciones de la entidad B. • El volumen negociado de las acciones indica que se trata de un mercado activo. • Las acciones son públicamente ofertadas en el mercado activo a un precio actual de 100. • La entidad A obtiene varios estimados independientes del precio que ella podría obtener si vende las acciones que mantiene. Estos estimados indican que la entidad A podría obtener un precio de 105, por ejemplo: 5% por encima del precio al que son públicamente ofertadas actualmente en el mercado • ¿Cuál es el precio que debe usar la Entidad A para medir su inversión a valor razonable?
El Valor Razonable Valor razonable (Orígenes) vs Valor Razonable Costo Histórico Su virtud radica en su fiabilidad, es siempre imparcial, objetivo y verificable. Las estimaciones basadas en el mercado están llenas de tendencias y juicios subjetivos. Sin embargo, proporciona mayor relevancia ya que incorpora información actual. • Aproximar los valores contables a los valores económicos que refleja el mercado. • Permite que la contabilidad sea expresión de los precios que afronta la empresa en el mercado. Objetivo 1970 Statement of Financial Accounting Concepts SFAC N°3: Comprehensive Income
El Valor Razonable Valor razonable (Orígenes) Mercado activo Valor Razonable = Precio Cotizado Se considera que un instrumento financiero está cotizado en un mercado activo si los precios de cotización están fácil y regularmente disponibles a través de una bolsa, de intermediarios financieros, de un organismo regulador y esos precios reflejan transacciones de mercado actuales que se producen regularmente entre partes que actúan en condiciones de independencia mutua. - Precio de mercado cotizado para un activo Bid price - Precio de mercado cotizado para un pasivo Ask price