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SITUACIÓN PROFESIONAL Y DERECHOS LABORALES DEL BIÓLOGO

SITUACIÓN PROFESIONAL Y DERECHOS LABORALES DEL BIÓLOGO. Mg. Gustavo Vicuña Gonzales Abogado en Asuntos Laborales CENTRO BIOCLIN GES. BASE LEGAL. Ley Nº 28847, Ley de Trabajo del Biólogo (26.07.2006) D.S. Nº 025-2008-SA, Reglamento de la Ley. Á MBITO DE APLICACIÓN.

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SITUACIÓN PROFESIONAL Y DERECHOS LABORALES DEL BIÓLOGO

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  1. SITUACIÓN PROFESIONAL Y DERECHOS LABORALES DEL BIÓLOGO Mg. Gustavo Vicuña Gonzales Abogado en Asuntos Laborales CENTRO BIOCLIN GES

  2. BASE LEGAL • Ley Nº 28847, Ley de Trabajo del Biólogo (26.07.2006) • D.S. Nº 025-2008-SA, Reglamento de la Ley. ÁMBITO DE APLICACIÓN • Se aplica a todos los profesionales biólogos colegiados y habilitados por el Colegio de Biólogos del Perú, que laboren en todas las dependencias del sector público y privado.

  3. REQUISITOS PARA EL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN • Tener título universitario de Biólogo o Licenciatura en Biología a nombre de la Nación. • Estar inscrito en el Colegio de Biólogos del Perú y debidamente habilitado. • Se sanciona penalmente el ejercicio ilegal de la profesión.

  4. ROL DEL PROFESIONAL BIÓLOGO • Formula, aplica y evalúa políticas sobre biodiversidad, medio ambiente, salud y recursos naturales. • Se relaciona con todas las disciplinas afines a las ciencias biológicas. • Diseña e implementa proyectos de conservación y explotación de los recursos naturales. • Ejecuta programas de investigación científica y tecnológica en áreas sobre biodiversidad y el efecto entre el medio ambiente y los seres vivos.

  5. ÁMBITO DE LA PROFESIÓN DEL BIÓLOGO (1) • Realiza actividades de investigación. • Planifica, dirige y ejecuta estudios y publicaciones. • Desempeña cargos y funciones, incluso nombramientos administrativos o judiciales. • Elabora y sustenta laudos, dictámenes, auditorías, pericias, tasaciones y proyectos en reparticiones públicas o privadas.

  6. ÁMBITO DE LA PROFESIÓN DEL BIÓLOGO (2) • Desempeña la docencia. • Asesora en la redacción de normas sobre recursos naturales y otros temas afines. • Administra análisis biológicos, ambientales, control de calidad y bioseguridad. • Gestiona sistemas de control y manejo de la biodiversidad. • Debe centrar su quehacer profesional en márgenes éticos.

  7. DERECHOS • Acceder a cargos de responsabilidad directiva. • Ser incorporado al cuerpo de Gerentes Públicos. • Contar con un ambiente de trabajo adecuado que asegure su salud e integridad personal. • Contar con un seguro complementario de trabajo de riesgo. • Acceder a exámenes médicos periódicos. • Percibir una remuneración equitativa.

  8. OBLIGACIONES • Respetar el ambiente con el fin de mantener el equilibrio ecológico en beneficio de la vida. • Respetar el carácter confidencial de su actividad profesional. • Cumplir con el Código de Ética, los Estatutos del Colegio, la Ley del Trabajo del Biólogo y su Reglamento.

  9. NORMAS APLICABLES PARA LOS DERECHOS LABORALES • Código de Ética del Colegio de Biólogos del Perú • En el sector público, el D. Leg. Nº 276 y, su Reglamento el D.S. Nº 005-90-PCM. • En el sector privado, el TUO del D. Leg. Nº 728, D.S. Nº 003-97-TR; y, su Reglamento el D.S. Nº 001-96-TR.

  10. INGRESO AL CAMPO LABORAL • En el sector público, mediante concurso público. • Si lo hace al sector privado, se realizará en virtud del contrato de trabajo celebrado con el empleador.

  11. ASCENSO EN EL SECTOR PÚBLICO • Se produce en función (y factores de ponderación) del tiempo mínimo de permanencia (10%), tiempo de servicios (10%), calificación profesional académica y grado de especialización (25%), desempeño laboral (20%), evaluación del conocimiento y la experiencia (25%), y el nivel de producción científico – profesional (10%).

  12. JORNADA LABORAL • En el sector público, será de 07 horas y 45 minutos diarios, con un día de descanso semanal y en días feriados. • A los comprendidos en la Ley Nº 23536, será de 06 horas diarias o 36 semanales. • En el sector privado, la jornada laboral es de 08 horas diarias o 48 semanales, con un día de descanso semanal y en días feriados.

  13. REMUNERACIONES Para los que laboran en el sector público: • Haber básico con referencia a la URP. • Bonificación personal por antigüedad, familiar y diferencial. • Asignación por cumplir 25 ó 30 años de servicios por única vez. • Aguinaldo por Fiestas patrias y Navidad. Para los que laboran en el sector privado: • Remuneración Mínima Vital. • Remuneración mínima nocturna. • Asignación familiar. • Gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad.

  14. OTROS DERECHOS LABORALES (1) Para los que laboran en el sector público: • Vacaciones. • Permisos para ejercer docencia universitaria y para cursar estudios superiores. • Licencias por enfermedad y embarazo, por fallecimiento de cónyuge, padres, hijos o hermanos, por capacitación oficializada, por función edil. • Acumulación al tiempo de servicios hasta 04 años por estudios universitarios. • Su traslado debe contar su consentimiento.

  15. OTROS DERECHOS LABORALES (2) • Constituir sindicatos y hacer uso del derecho de huelga. • Pensión de jubilación. • Al cese se le pagará la Compensación por Tiempo de Servicios. • Subsidios por fallecimiento del servidor, familiar directo (cónyuge, hijos o padres) y gastos de sepelio.

  16. OTROS DERECHOS LABORALES (3) Para los que laboran en el sector privado: • Vacaciones. • CTS • Utilidades. • Seguro de vida. • Jubilación.

  17. RÉGIMENES ESPECIALES DE CONTRATACIÓN (1) Cuerpo de Gerentes Públicos: • Descanso vacacional de 15 días. • Jornada de trabajo, establecida en la entidad. • Seguridad social en salud y pensiones. • Gastos por traslado. • CTS • Remuneración básica mensual. • Bonificación por lugar diferente de su domicilio. • Incentivo anual por productividad. • Su ingreso máximo será de un 30% mayor al de los Ministros de Estado. • Remuneración adicional en julio y diciembre.

  18. RÉGIMENES ESPECIALES DE CONTRATACIÓN (2) Contratación Administrativa de Servicios (CAS ): • Pago de Remuneración Mínima Vital. • Jornada de 08 horas diarias y/o 48 semanales. • El trabajo en sobretiempo será compensado con descanso. • Descanso vacacional por 15 días. • Seguridad social en salud y pensiones. • En caso de extinción injustificada del contrato se pagara las dejadas de percibir hasta 02 meses.

  19. GRACIAS POR SU PARTICIPACIÓN

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