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LA COMUNIDAD ANDINA EN EL CONTEXTO DE LAS MSF El Sistema Andino de Sanidad Agropecuaria

LA COMUNIDAD ANDINA EN EL CONTEXTO DE LAS MSF El Sistema Andino de Sanidad Agropecuaria. Expositor: Carlos Vergara Sánchez Gerente cvergara@comunidadandina.org. EL ACUERDO DE CARTAGENA Artículo 88 Literal f).

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LA COMUNIDAD ANDINA EN EL CONTEXTO DE LAS MSF El Sistema Andino de Sanidad Agropecuaria

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Presentation Transcript


  1. LA COMUNIDAD ANDINA EN EL CONTEXTO DE LAS MSFEl Sistema Andino de Sanidad Agropecuaria Expositor: Carlos Vergara Sánchez Gerente cvergara@comunidadandina.org

  2. EL ACUERDO DE CARTAGENAArtículo 88 Literal f) Establece que la Comisión a propuesta de la Secretaría General adoptará Normas y Programas Comunes sobre Sanidad Animal y Sanidad Vegetal

  3. COMPONENTE INSTITUCIONAL • La Comisión de la Comunidad Andina • La Secretaría General • El COTASA • Los Servicios Oficiales Sanidad Agropecuaria • Tribunal Andino de Justicia

  4. Periodo: 1975-2002 • Decisión 92 (1975-1992) • (Economía cerrada: Sustitución de importaciones) • Decisión 328 (1992-2002) • Inicio apertura comercial, ZLC (Co, Ec, Ve) • Se adopta el Acuerdo del GATT, OMC-AMSF

  5. EN EL PERIODO 1992-2004 • Las medidas sanitarias y fitosanitarias cobran mayor relevancia en las transacciones comerciales de los productos agrícolas y pecuarios • El Sistema Andino de Sanidad Agropecuaria se adecua a los avances del Proceso de Integración Subregional y a la Apertura Internacional • Se propicia a que los PMs, eleven de manera sostenida sus niveles sanitarios y fitosanitarios para mejorar la calidad de su producción agropecuaria y ser más competitivos en el Mercado Andino e Internacional

  6. PERIODO 2002-2004 Decisión 515 SISTEMA ANDINO DE SANIDAD AGROPECUARIA Establece el Marco Jurídico Andino para la adopción de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de aplicación al Comercio Intrasubregional y conTerceros Países

  7. OBJETIVOS DEL SISTEMA ANDINO DE SANIDAD AGROPECUARIA (SASA) EL SASA es el conjunto de principios, elementos e instituciones encargado de: • Armonizar las Legislaciones Fito y Zoosanitarias • Proteger y mejorar la sanidad animal y vegetal de la SR y contribuir al mejoramiento de la salud humana • Facilitar el comercio de plantas, productos vegetales, animales y sus productos • Desarrollar Programas de Acción Conjunta • Promover la Adopción de Posiciones Andinas en los foros de negociación internacional y con terceros países • Velar por el cumplimiento de la normativa comunitaria.

  8. DECISION 515 - Capitulo IIIInstrumentos del Sistema I) Instrumentos de Carácter Regulatorio II)El Sistema Andino de Información y Vigilancia Fito y Zoosanitaria (SAIVECAN) III) Procedimientos para que un País o parte de él se declare Libre de una Plaga o Enfermedad IV) Programas de Acción Conjunta

  9. Instrumentos del Sistema (Cont.) • Instrumentos de Carácter Regulatorio: • Las Normas Comunitarias Sanitarias y Fitosanitarias • Las Normas Nacionales Sanitarias y Fitosanitarias inscritas en el RS • Las Normas de Emergencia • El Registro Subregional de Normas Nac. Sanitarias y Fitosanitarias • Los Permisos y Certificados Fito y Zoosanitarios

  10. INSTRUMENTOS DE CARÁCTER REGULATORIO • LAS NORMAS COMUNITARIAS: • Decisiones de la Comisión: • 92, 328, 515, 436, 483, 519 • Resoluciones de la SG: • 347, 315, 449, 431, 451, 417, 419,..…….

  11. INSTRUMENTOS DE CARÁCTER REGULATORIO 2 REGISTRO SUBREGIONAL DE NORMAS FITO Y ZOOSANITARIAS • Su principales Objetivos: - Contribuir al Principio de Transparencia - Otorgar certeza y seguridad jurídica en la aplicación y cumplimiento de las normas Sanitarias y Fitosanitarias que adopten los PMs - Evitar que las Normas Sant. y Fito se utilicen como restricciones injustificadas al comercio.

  12. REGISTRO SUBREGIONAL Art. 39 Decisión 515: • Para que un PM pueda aplicar una Norma Sanitaria a otro País Miembro debe previamente inscribirla en el Registro Subregional. • La aplicación de Normas Nacionales NO Registradas habilitará a la SG a iniciar de oficio o a petición de cualquier PM, el procedimiento por incumplimiento conforme a lo previsto en el Reglamento de Procedimientos Administrativos de la SG.

  13. INSTRUMENTOS DE CARÁCTER REGULATORIO 3 NORMAS DE EMERGENCIA Un PM podrá adoptar Normas de Emergencia Temporales solo en los casos en que una situación Sanitaria o Fitosanitaria exija la aplicación de medidas inmediatas. Existe emergencia: Cuando ocurran focos o brotes repentinos de enfermedades o plagas dentro de la SR o fuera de ella y demanden establecer prohibiciones o limitaciones distintas de aquellas señaladas en las Normas Comunitarias. Serán Notificadas a la SG dentro de los 3 días hábiles siguientes a la fecha de su publicación oficial.

  14. INSTRUMENTOS DE CARÁCTER REGULATORIO Permisos Fito y Zoosanitarios: Se utilizan para identificar los requisitos que se establecen para la Importación de Plantas, Animales y sus Productos los que deben estar en correspondencia con las Normas Comunitarias Certificados Fito y Zoosanitarios: Se utilizan para asegurar que se están cumpliendo todos y cada uno de los requisitos establecidos en los permisos para importación

  15. II Sistema Andino de Información y Vigilancia Fito y Zoosanitaria Los Listados de las Plagas y Enfermedades de los Vegetales y Animales Las Legislaciones Sanitarias y Fitosanitarias Las Normas de Emergencia El Catálogo Básico de Plagas y Enfermedades de los Animales y Vegetales Exóticas a la SR Fichas Técnicas de Plagas y Enfermedades, Alertas Sanitarias, Inventario de Plagas y Enfermedades existentes en los PM Programas Nacionales y Programas de Acción Conjunta

  16. Declaración de País o Area o Zona Libre de una Plaga o Enfermedad • Procedimiento establecido para otorgar ese reconocimiento. • Requerirá presentar a la SG la documentación técnico científica que sustente y acredite dicha condición • La información que presente es puesta a consideración de los demás PPMM • Con opinión favorable se emite Resolución reconociendo al PM o área o zona libre de la plaga o enfermedad

  17. PRINCIPIOS GENERALES • Las Medidas Sanitarias y Fitosanitarias deben estar basadas: • En Principios Técnico-Científicos • No constituir una restricción innecesaria, injustificada o encubierta al comercio intrasubregional y con terceros países • Estar conformes con el Ordenamiento Jurídico Andino y ser consistentes con el Acuerdo de MSF de la OMC, la CIPF, la OIE, Codex Alimentarius • No discriminar de manera arbitraria e injustificada contra los productos importados originarios de los demás PMs cuando en el territorio del que la adoptó prevalezcan condiciones idénticas o similares

  18. Principios del AMSF • Principio de Análisis de Riesgo • Reconocimiento de Áreas o Zonas Libres de Plagas o Enfermedades • Equivalencia • Transparencia

  19. Situación Actual: Principales actividades desarrolladas en materia Fitosanitaria y Zoosanitaria

  20. EN SANIDAD VEGETAL • Se han adoptado Requisitos Fitosanitarios Armonizados para 31 productos agrícolas cuyo comercio es importante a nivel intrasubregional e internacional. Resoluciones 431 y 451 • Se dispone de una Normativa Fitosanitaria Andina relativa al análisis de riesgo de plagas. Resolución 025 • Se cuenta con una Norma Andina sobre requisitos y procedimientos para el establecimiento de Países o Áreas Libres de Plagas. Resolución 026

  21. Resoluciones en Sanidad Vegetal (Continuación) • Se dispone de un Glosario de Términos y Definiciones Fitosanitarias. Resolución 027 • Se dispone de Directrices para la expedición de Certificados Fitosanitarios para Exportación Resolución 239 • Se cuenta con un Reglamento Andino relativo a los Permisos Fitosanitarios Resolución 240 • Sobre Procedimientos Armonizados de Certificación Fitosanitaria para Exportación y Reexportación Resolución 241

  22. EN SANIDAD ANIMAL Se han establecido requisitos zoosanitarios armonizados para la totalidad de las especies domésticas de los animales, productos y subproductos pecuarios contenidos en la nomenclatura de la NANDINA vigente a fin de facilitar su comercio intrasubregional y frente a terceros países.

  23. PRINCIPALES RESOLUCIONES EN SANIDAD ANIMAL • Se tienen requisitos zoosanitarios armonizados para el comercio intrasubregional de animales terrestres, productos y subproductos pecuarios. Resoluciones 347, 315, 623 • Se dispone de requisitos zoosanitarios armonizados para el comercio frente a terceros países. Resolución 449 • Se tiene un Catálogo Básico de Plagas y Enfermedades de los animales exóticas a la Subregión Andina. Resolución 447 y sus modificatorias

  24. OTRAS RESOLUCIONES DE SANIDAD ANIMAL • Resolución 028 se establecen requisitos zoosanitarios para la importación de avestruces, huevos fértiles o embrionados de avestruces.

  25. Inventario Subregional de Plagas y Enfermedades Inventario Subregional de Plagas y Enfermedades Existentes en la Subregión • Actualmente se cuenta con 2 Inventarios: • De Plagas y Enfermedades de los Animales y • De las Plagas de los Vegetales • Estos inventarios han sido adoptados para su aplicación a nivel subregional por las Resoluciones 403 y 419 de la Junta del Acuerdo de Cartagena, respectivamente.

  26. Catálogo Básico de Plagas y Enfermedades Exóticas • Están referidos a Plagas y Enfermedades cuya existencia no ha sido comprobada en la Subregión. • Se caracterizan por: • Ocasionar considerables daños a la producción agropecuaria • Son de fácil diseminación, • Costoso control, • Difícil erradicación y • Alto riesgo para la Subregión.

  27. LA COMUNIDAD ANDINA Y LOS ACUERDOS INTERNACIONALES • ACUERDO DE MSFs DE LA OMC • ORGANOS RECTORES: • CIPF • OIE • CODEX • ORPF: NAPPO OIRSA SG/CAN COSAVE CARIBE OPS, IICA, FAO, OIE, CODEX

  28. ELABORACIÓN DE LA NORMATIVA ANDINA • Las Normas Andinas se elaboran tomando como referencia las legislaciones nacionales de los Países Miembros y las Normas Internacionales recomendadas por los Organismos rectores de la Organización Mundial del Comercio para las Medidas Sanitarias y Fitosanitarias: CIPF, OIE, Codex Alimentarius (Art. 14 de la Decisión 515)

  29. ACUERDO SG/USAID/USDAACTIVIDADES EN ELABORACIÓN • Talleres de Capacitación en Análisis de Riesgo • Conformación de los Listados de las Plagas Reglamentadas Cuarentenarias (A1 y A2) de los Vegetales • Conformación de los Listados de Enfermedades de los Animales Exóticas a la SR y Existentes de Importancia para la CA • Elaboración de Fichas Técnicas • Diseño y sofware del SAIVECAN. Se encuentra en la Fase de Prueba en los PMs y en la SG

  30. Otras Acciones del Convenio CAN/USAID/USDA • Taller Subregional de Capacitación en el SAIVECAN • Elaboración de la Normativa Comunitaria y Talleres de Capacitación en Inspección y Cuarentena Animal y Vegetal • Elaboración de la Normativa Andina sobre Inocuidad de Alimentos de Transformación Primaria . • Estudio de Situación y Determinación de la Capacidad Analítica de los PMs para establecer LMR de Plaguicidas y Productos Veterinarios • Talleres sobre HCCP, BPG, BPA, Establecimiento de AL o ZL

  31. OTRAS ACTIVIDADES EN EJECUCION • Revisión y actualización de Requisitos Fitosanitarios • Revisión y actualización de Requisitos Zoosanitarios.

  32. Acciones Prioritarias • Reforzar la capacidad operativa de los Servicios Nacionales de Sanidad Agropecuaria de los Países para generar CREDIBILIDAD Y CONFIANZA de manera que el país importador acepte como validos los certificados fito y zoosanitariosexpedidos por el país exportador. • Capacitar al personal técnico de los Países Miembros en la aplicación de la Normativa Andina y los principios sanitarios y fitosanitarios de la OMC

  33. Solución de Controversias: • La solución de controversias ENTRE PAISES MIEMBROS atribuidas a situaciones fito y zoosanitarias se resuelven siguiendo los procedimientos establecidos en el Ordenamiento Jurídico del Acuerdo de Cartagena. • CON TERCEROS PAISES en el foro de controversias de la OMC

  34. Bolivia Colombia Ecuador Perú Venezuela WWW.COMUNIDADANDINA.ORG

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